CSJ - SP25643(02-11-2006)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP25643(02-11-2006)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2006
Wgóa¿áaa de Colombia MEO Página 1 de 8 " V Extradición N 25.643 hF duy E 7 JORGE PLAZAS SILVA? 7 Ta Renuncia a términos l %az"& %/'Wídz' aá,_/%rm;
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente: |
Dr. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ
Aprobado Acta N 125 Bogotá, D.C., dos de noviembre de dos mil seis. VISTOS La Corte se pronuncia sobre la renuncia que el capturado presenta a los términos establecidos para el ejeróicio de sus derechos. ANTECEDENTES El Gobierno de los Estados Unidos de América, por conducto de su embajada en Colombia, mediante nota DPepúblicad e Colombia ALP Página 2 de 8 ¡¿reN Extradición NP 25.643 j A - JORGE PLAZAS SILVA Ke? U e Renuncia a téminos V Y ono %áwmaéz_% ! verbal 0599 del 8 de marzo de 2006, solicitó al Ministerio de Relaciones Exteriores Ia% detención provisional, con fines de extradición, del c¿>|ombiano JORGE PLAZAS SILVA, pues la Corte Dístritai de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva Yorki lo requiere para comparecer en juicio, toda vez que a|lí% se emitió en su contra la resolución de acusación 05% Cr.-1262, dictada el 1% de diciembre de 2005, en la cu.fal se le formulan cargos por
delitos federales de narcótico]s. El señor Fiscal General íde la Nación, con resolución del 24 de marzo de 2006, ordenó la captura de PLAZAS SILVA para los fines mencioínados, y en cumplimiento de tal orden, el 3 de abril síguie%1te, fue aprehendido JORGE
LARRY PLAZAS SILVA.
La mencionada representación diplomática formalizó la petición de extradición de FLAZAS SILVA, lo que hizo a DReprública de Colombia uPágina 3 de 6 Extradición N? 25.643 Tuy f JORGE PLAZAS SILVA e Renuncia a términos %4'/5 %r&7&z aé%¿é£¿—¿w través de la nota verbal 1323 del 1 de junio de 2006, en la cual informó que entre la anterior nota y la última, la acusación 05 Cr.-1202 fue sustituida por la S3 05 Cr.- 1262 dictada por un Gran Jurado de la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Sur de Nueva York, para ampliar la fecha del delito de concierto de narcóticos del cargo uno a abril de 2006. Del mismo modo, después de la detención del requerido, el Gran Jurado emitió la acusación sustitutiva S4 05 Cr.-1262, la cual agrega otros coacusados y otros actos manifiestos relacionados con ellos, sin que impacten los cargos formulados contra SILVA PLAZAS en la acusación S3 05 Cr.-1262. En este Último acto se le formulan al recilamado dos cargos: (i) concierto para violar las leyes de narcóticos de los
Estados Unidos, específicamente las leyes relacionadas con la fabricación y distribución de una sustancia controlada, cinco kilogramos o más de mezclas y sustancias que Pepública de Colombia Página 4 de 8 M Extradición N? 25.643 £ JORGE PLAZAS SILVA Renuncia a términos contenían una cantidad perceptible de cocaína; (ii) fabricación y distribución de una sustancifa controlada, cinco kilogramos o más de mezclas y sustancizjas que contenían una cantidad perceptible de cocaína. El Ministerio de Relacionés Exteriores, anotando que “por s a no existir Convenio aplicable, al caso es procedente obrar de conformidad con el o?denamiento procesal penal colombiano”, remitió la miencionada nota verbal y los documentos anexos al del Inierior y de Justicia, entidad que a su vez envió tal documentación a esta Corte, donde luego de proveerse porque el reáuerido contara con defensa . adecuada, se ordenó correr 5e| traslado para solicitar pruebas, término dentro del cual sef pronunció el defensor, lo que conlilevó a que el 19 d<;e octubre pasado se emitiera providencia mediante la cuál no se accedió a la práctica de | las pruebas requeridas por el profesional del derecho, | disponiéndose se corriera traslado por cinco (5) a los | " intervinientes para que presentaran alegatos, recibiéndose 1 WW!Z¿?M de Colambia Página 5de8 |- Extradición N? 25.643 JORGE PLAZAS SILVA Renuncia a términos memorial suscrito por PLAZAS SILVA mediante el cual indica
que renuncia “a los términos fijados para el ejercicio de mis derechos dentro del trámite de extradición que se sigue en mi contra”. CONSIDERACIONES Como lo .estimó el Ministerio de Relaciones Exteriores, este trámite de extradición se rige por las disposiciones del Código de Procedimiento Penal de
2000. Lo anterior implica que aún en esta actuación especial, todos los intervinientes gozan de los mismos derechos e idénticas garantías y facultades concebidas por el legislador para los sujetos procesales al interior del proceso.
Por eso es viable que cualquier sujeto procesal renuncie a los términos consagrados por la ley en su Página 6 de 8 Extradición N 25,643 JORGE PLAZAS SILVA Renuncia a términos %Ám %Af£& déM favor para ejercer algún derecho, ya que así lo admite el artículo 167 del compendio brocesal penal aludido. ! Pero tal renuncia no puéde afectar el eventual interés abrig'ado por otros sujetoá procesales o intervinientes para hacer uso, de acLerdo con sus particulares perspectivas, de los ámbitos de intervención procesal que la ley estatuye, como sonilos que, en el escenario del trámite de extradición, señíala para solicitar o presentar pruebas, o aportar alegatos. Además del solicitado,¡tiene la facultad de intervenir ante esta Corte dentro ¿lel trámite de extradición el defensor y el agente del Ministerio Público, este último según lo dispone el artículó 87, literal d) de la Ley 201 de 1995 y el artículo 29 deíl Decreto 262 de 2000, por
manera que la aceptaciórf de la renuncia que presenta JORGE PLAZAS SILVA a! los términos que en su favor DRepúbtlica de Colombia Página 7 de8 4Extradición N" 25.643 ? JORGE PLAZAS SILVA + Renuncia a términos prevé el artículo 518, incisos 1 y 3, de la Ley 600 de 2000, no afectará la prosecución normal de esta actuación, ni alterará la posibilidad de que su representante legal y el Agente del Ministerio Público intervengan en la fase pendiente —presentación de alegatos-. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, Sala de Casación Penal, RESUELVE 1% Aceptar la renuncia que el capturado hace al término previsto en la ley para alegar de conclusión. 2% Dese cumplimiento a lo dispuesto en el numeral segundo de la providencia del 19 de octubre pasado, esto es, correr traslado a los intervinientes, por cinco (5) días, para que presenten alegatos. Q?%Ótíáá'zz& de Colombia P Página 8 de 8 Extradición N? 25.643 $F| JORGE PLAZAS SILVA “y B Dara deJ d Renuncia a términos Cópiese, notifíquese y cúmplase. , N a
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