CSJ - SP25714(21-11-2006)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP25714(21-11-2006)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2006
AA Página 1 de 5 Extradición n. 25.714 Jairo Fernando Mier Cárdenas y |
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente: Dr. SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ Aprobado Acta n. 131
Bogotá, D. C., veintiuno de noviembre de dos mil seis VISTOS La Corte procede a adicionar el concepto rendido el 19 de octubre del año en curso, dentro del trámite de extradición del ciudadano colombiano JAIRO FERNANDO MIER CÁRDENAS, requerido por el Gobierno de Estados Unidos de América, toda vez que en el punto 7 del mencionado documento de manera %/%% Calamlis Página 2 de 5 N xxxxx Extradición n. 25,714
Jairo Fernando Mier Cárdenas : (/%A/M/¡z¿/ aaa inadvertida se omitió hacer referencia a unos cargos que motivaron la petición de entrega.
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES
1. Recibido del Ministerio del Interior y de Justicia el dossier conformado a raíz de la solicitud de extradición que formulara el Gobierno de Estados Unidos de América, por conducto de su Embajada en Colombia, respecto del ciudadano colombiano JAIRO FERNANDO MIER CÁRDENAS, la cual se formalizó con la nota verbal n.? 1529 del 22 de junio de 2006, la Corte, luego de agotar el trámite legal, emitió concepto favorable el 19 de octubre que pasó.
2. Al estudiarse el principio de la doble incriminación, la Corte hizo referencia a la resolución de acusación n. 1-06-CR-135,
dictada el 15 de marzo de 2006 en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Georgia, en la cual se le formularon a MIER CÁRDENAS los siguientes cargos: (i) concierto para participar en transacciones monetarias con bienes derivados de negocios ilícitos —cargo uno-; (ii) concierto para ayudar y facilitar la distribución de cinco kilogramos o más de una P dla A ECabmdbi Página 3 de 5 M Extradición n. 25.714 Jairo Fernando Mier Cárdenas 4 Zn Fade Jd cantidad perceptible de cocaína y otras sustancias controladas — cargo dosy, (iti) ayudar, facilitar, realizar e intentar realizar transacciones monetarias con bienes derivados de negocios ilícitos y ocultar la naturaleza, la propiedad, la ubicación, la fuente y el control de bienes derivados de negocios ilícitos —cargos 3 a 17-.
3. Después de señalarse que las conductas imputadas en el país requirente tienen correspondencia en la legislación penal patria, toda vez que las describe y sanciona los artículos 340
(concierto para delinquir) y 323 (lavado de activos), tipos penales que prevén pena de prisión cuyos mínimos no son inferiores a 4 años, la Corte emitió su opinión favorable a la solicitud de extradición de MIER CÁRDENAS. En ese momento, señaló: “7 Reunidos en su totalidad los requisitos previstos en el Código de Procedimiento Penal, la Corte Suprema de Justicia, $Sala de Casación Penal, CONCEPTUA FAVORABLEMENTE al pedido de extradición del ciudadano
colombiano JAIRO FERNANDO MIER CÁRDENAS, cuyas notas civiles y condiciones personales fueron constatadas en el cuerpo de este pronunciamiento, conforme con la nota verbal n. 1529 del 22 de junio de 2006, suscrita por la Página 4 de 5Extradición n. 25.714 Á ' Jairo Fernando Mier Cárdenas “e Zn Fade Jd Embajada de los Estados Unidos de Amétrica, por los cargos número 1, 2 y 3 imputados la resolución de acusación n. 106-CR-135 del 15 de marzo de 2006, emitida en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Norte de Georgia, División de Atlanta.”
4. Como puede observarse, cuando se precisó que el concepto favorable a la solicitud de extradición comprendía los cargos formulados contra MIER CÁRDENAS en la mencionada resolución de acusación extranjera, inadvertidamente se omitió los que van del 4 al 17, precisamente referidos al lavado de activos.
5. Por esa razón, es conveniente adicionar ahora el concepto favorable a la petición de extradición de JAIRO FERNANDO MIER CÁRDENAS que formuló el Gobierno de los Estados Unidos de América por medio de la nota verbal 1529 del 22 de junio de 2006, en el sentido que también comprende los cargos 4 a 17 contenidos en la resolución de acusación n. 1-06-CR-135, dictada el 15 de marzo de 2006 en la Corte Distrital de los
Estados Unidos para el Distrito Norte de Georgia.
6. La Secretaría de la Sala comunicará esta adición al
concepto del 19 de octubre de 2006 al solicitado JAIRO FERNANDO MIER CÁRDENAS y demás intervinientes en el Z- . Bidla Ae Calmbis Página 5 de 5 Extradición n. 25.714 Jairo Fernando Mier Cárdenas “é Zn Fade Jd trámite de extradición y la remitirá al Ministerio del Interior y de Justicia para lo de su cargo. Comuníquese
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