CSJ - SP25980(07-09-2006)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP25980(07-09-2006)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2006
ra Revisión 25.980
ALFREDE LÓPEZ ORDONEZ e
ILDE URBANO
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE
ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN
APROBADO ACTA N 93
Bogotá, D. C., siete (07) de septiembre del dos mil seis (2006). ASUNTO La Sala se pronuncia sobre la competencia para conocer de la demanda de revisión presentada por Alfredo López Ordoñez e llde Urbano. CONSIDERACIONES Los señores López Ordoñez y Urbano reclaman directamente la revisión de la sentencia condenatoria proferida en su contra
Revisión 25.980 ALFREDO LÓPEZ ORDONEZ e ILDE URBANO por el Juzgado 2 Penal del Circuito de Pitalito CHuila) el 31 dermarzo de 2006, por los delitos de acceso carnal o acto sexual en persona puesta en incapacidad de resistir agravado, en concurso con lesiones personales. De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 75 del Código de Procedimiento Penal, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia conoce de la acción de revisión cuando la sentencia ejecutoriada haya sido proferida en única o segunda instancia por esta corporación o por los tribunales superiores de distrito, pues si la decisión fue tomada por un juez municipal o de circuito la competencia está asignada a la sala penal de decisión del Tribunal Superior del respectivo distrito, conforme a lo previsto en el numeral 3 del artículo 76 ibidem. Así las cosas, la Corte se abstendrá de conocer el escrito y lo
remitirá a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva. Consecuente con lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, - T — Revisión 25.980
ALFREÑO LOPEZ ORDONEZ e
7 ILDE URBANO RESUELVE Primero. Abstenerse de conocer la demanda de revisión presentada por los señores Alfredo López Ordoñez e llde Urbano. Segundo. Remitir el escrito a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Neiva. Notifíquese y camplase
CITA MENICA,
MAURO SOLARTE PORTILLA
PERMISO
ALFREDO GOMEZ QUINTERO
Revisión 25980