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CSJ - SP26329(23-11-2006)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP26329(23-11-2006)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2006

$ Revisión 26.329

MARIO HERNANDO SUÁREZ ROA

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

MAGISTRADO PONENTE

ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓN

APROBADO ACTA N: 133.

Bogotá, D. C., veintitrés (23) de noviembre de dos mil seis (20006). ASUNTO La Sala se pronuncia sobre la competencia para conocer de la demanda de revisión presentada por el apoderado de Mario Hernando Suárez Roa. CONSIDERACIONES El apoderado del señor Mario Hernando Suárez Roa reclama la revisión de la sentencia condenatoria proferida en su contra por el Juzgado 2 Penal del Circuito de Velez (Santander) el 25 de julio de 2002, por los delitos de peculado por Revisión 26.329 MARIO HERNANDO SUÁREZ ROA apropiación en concurso heterogéneo con | abuso de autoridad por acto arbitario e injusto. De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 75 del Código de Procedimiento Penal, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia conoce de [a! acción de revisión cuando la sentencia ejecutoriada haya sido proferida en única o segunda instancia por esta corporación o por los tribunales superiores de distrito, pues si la decisión fue tomada por un juez municipal o de circuito la competencia está asignada a la sala penal de decisión del Tribunal Superior ! del respectivo distrito, conforme a lo previsto en, el numeral 3 del artículo 76 ¡bíidem. Así las cosas, la Corte se abstendrá de conocer el eescrito y lo

remitirá a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil. | y Consecuente con lo expuesto, la Sala de Casación| Penal de la Corte Suprema de Justicia, Revísión 26329 MARIO HERNANDO SUAREZ ROA RESUELVE Primero. Abstenerse de conocer la demanda de revisión presentada por el apoderado de Mario Hernando Suárez Roa. Segundo. Remitir el escrito a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de San Gil. Notífíc¡uese Y cúmplase

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YESID RAMÍREZ BASTIDAS

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