🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP26362(23-08-2007)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP26362(23-08-2007)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2007

República de Colombia Extradición No.26.362

RANFER MANUEL RÍOS MERCADO

Corte Suprema de Justicia 1 Proceso No 26362

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente:

Dr. ALFREDO GÓMEZ QUINTERO

Aprobado Acta No. 150 Bogotá, D.C., veintitrés (23) de agosto de dos mil siete (2007) MOTIVO DE LA DECISIÓN Procede la Sala a declarar desierto el recurso de reposición interpuesto por el señor RANFER MANUEL RÍOS MERCADO, contra el auto del 27 de marzo del año en curso, por medio del cual la Corte negó las pruebas por solicitadas.República de Colombia Extradición No.26.362

RANFER MANUEL RÍOS MERCADO

Corte Suprema de Justicia 2

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES

1. Mediante la providencia señalada, la Sala negó la práctica de los medios de convicción reclamados por el señor RÍOS MERCADO y dispuso que, en firme esa decisión, se corriera traslado a los interesados para que presentaran sus estudios previos al concepto de rigor.

2. El señor RÍOS MERCADO anotó en el acta de notificación “repongo”. El expediente quedó a disposición del reclamado y de la defensa en la Secretaría de la Sala por el término de 2 días, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 189 del Código de

Procedimiento Penal.

3. El impugnante y su representante, sin embargo, guardaron silencio, lo que obliga a la Corte a declarar desierto el recurso y ordenar que se continúe con el trámite de este asunto.

En mérito de lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia,República de Colombia Extradición No.26.362

RANFER MANUEL RÍOS MERCADO

Corte Suprema de Justicia 3 RESUELVE Declarar desierto el recurso de reposición interpuesto por el señor RÍOS MERCADO contra el auto del 27 de marzo de 2007. Dése cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 3º de la mencionada providencia. Contra esta decisión no procede ningún recurso. Notifíquese y cúmplase.

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ MARIA DEL ROSARIO GONZÁLES DE LEMOSRepública de Colombia

Extradición No.26.362

RANFER MANUEL RÍOS MERCADO

Corte Suprema de Justicia 4

AUGUSTO IBÁÑEZ GUZMÁN JORGE L. QUINTERO MILANÉS

YESID RAMÍREZ BASTIDAS JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

MAURO SOLARTE PORTILLA JAVIER ZAPATA ORTÍZ

CITA MEDICA

TERESA RUÍZ NÚÑEZ

Secretaria

Consultar sobre este documento ...