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CSJ - SP26783(18-04-2007)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP26783(18-04-2007)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2007

Rad. 26783. EXTRADICIÓN

ORESTES ZULUAGA CARDONA

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia Proceso No 26783

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente

JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS Aprobado acta N° 053

Bogotá, D. C., dieciocho (18) de abril de dos mil siete (2007). V I S T O S Resuelve la Corte la solicitud de renuncia a “ términos” elevada por el defensor del requerido en extradición, ciudadano colombiano ORESTES

ZULUAGA CARDONA.

A N T E C E D E N T E SRad. 26783. EXTRADICIÓN

ORESTES ZULUAGA CARDONA

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

2

1. El Gobierno de los Estados Unidos de América, mediante Nota Verbal número 3215 del 15 de diciembre de 2006, a través de su Embajada en Colombia, solicitó formalmente la extradición del ciudadano colombiano

Orestes Zuluaga Cardona.

2. Dentro del término de traslado para pedir pruebas, el defensor del solicitado en extradición, Orestes Zuluaga Cardona , presentó escrito mediante el cual manifestó que “ renuncio al término de traslado y a la solicitud de pruebas” que la ley confiere.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE

1. Es evidente que, por regla general, los sujetos procesales en cuyo favor

se consagren términos para el ejercicio de un derecho puedan renunciar a ellos. Esto significa, entonces, que el solicitado en extradición puede renunciar únicamente a las oportunidades que la ley le otorga para pedir pruebas y presentar alegatos de conclusión como expresión de disponibilidad del ejercicio del derecho a la defensa. Sin embargo, dicha potestad no puede extenderse al derecho que tiene el Ministerio Público de intervenir en el trámite de extradición pasiva, pues la Constitución y las leyes le asignan funciones tendientes, entre otras, a vigilar el cumplimiento de las decisiones judiciales y la protección de los derechos fundamentales.Rad. 26783. EXTRADICIÓN

ORESTES ZULUAGA CARDONA

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

3 Por consiguiente, la Corte, interpretando la petición que eleva el defensor del solicitado en extradición, entendiendo los propósitos que sustenta la misma y dado el estado actual del trámite, aceptará la renuncia que hace de los términos para pedir pruebas, lo que, como se indicó, no se extenderá al derecho que le asiste al Ministerio Público para tales efectos. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA , SALA DE CASACIÓN PENAL, R E S U E L V E ACEPTAR la renuncia de los términos del traslado para pruebas manifestada por el defensor del solicitado en extradición, ciudadano

ORESTES ZULUAGA CARDONA, sin perjuicio del derecho que le asiste al Ministerio Público. Cópiese, notifíquese y cúmplase.

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO

SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ ÁLVARO ORLANDO PÉREZ PINZÓNRad. 26783. EXTRADICIÓN

ORESTES ZULUAGA CARDONA

República de Colombia

Corte Suprema de Justicia

4

MARINA PULIDO DE BARÓN JORGE LUIS QUINTERO MILANÉS

YESID RAMÍREZ BASTIDAS JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA

MAURO SOLARTE PORTILLA JAVIER ZAPATA ORTIZ

TERESA RUIZ NUÑEZ

Secretaria

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