CSJ - SP27199(15-05-2008)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP27199(15-05-2008)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2008
República de Colombia 1\ - Corte Suprema de Justicia
RAD. 27199 ÚNICA INSTANCIA
MIGUEL PINEDO VIDAL
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Bogotá D. C., quince (15) mayo de dos mil ocho (2008) El defensor suplente del procesado MIGUEL PINEDO VIDAL quien se encuentra privado de la libertad, solicita que se ordene su traslado del centro carcelario con el fin de ejercer lafacultad de contrainterrogar a la testigo MAGALI ORTIZ RUBIO en la diligencia de ampliación de su declaración. Así las cosas, la Sala no accede a tal pretensión, pues ha venido sosteniendo que: "Resultaría abiertamente dilatorio de la actuación judicial la ordenación previa del traslado de los sindicados desde su lugar de reclusión para poder practicar cualquier prueba, si se tienen en cuenta todas las dificultades logísticas que tal procedimiento implica para garantizar no solo que el encartado no se evada, sino también la seguridad del mismo, lo que devendría en directa violación del artículo 29 de la Constitución Política en cuanto le garantiza al sindicado el derecho a un proceso sin dilaciones injustificadas" 1 . Adicionalmente, la presencia física del procesado privado de la libertad no es necesaria ni obligatoria para cuando se trata de la práctica de pruebas. Solamente es obligatoria su asistencia en los eventos estrictamente señalados en la ley, por ejemplo, la indagatoria, el reconocimiento en fila de personas, entre otras. 1 Auto del 28 de agosto de 1996. Rad. 10.684
República de Colombia Corte Suprema de Justicia
RAD. 27199 ÚNICA INSTANCIA
MIGUEL PINEDO VIDAL
CÚMPLASE
PÉREZ