CSJ - SP28561(03-12-2009)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP28561(03-12-2009)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2009
Casación 28561 Luis Francisco Vargas Lemus
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente Dr. JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ Aprobado acta número 374 Bogota D.C., tres de diciembre de dos mil nueve. La Sala resuelve sobre la solicitud de desistimiento del recurso de casación presentado por el procesado Luis Francisco Vargas Lemus, coadyuvado por su defensor. ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES El Juzgado 1% Penal del Circuito Especializado de Bogotá mediante sentencia del 12 de marzo de 2004, condenó a Luis Francisco Vargas Lemus a la pena de 228 meses de prisión por el delito de secuestro extorsivo agravado, del Casación 28561 Luis Francisco Vargas Lemus cual se hizo víctima al comerciante Luis Alberto Sierra Pineda, a quien se le exigió por su liberación y la devolución de un vehiculo de su propiedad, la suma de veinte millones de pesos. El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá confirmó la decisión anterior mediante sentencia del 9 de mayo de 2007, la cual fue impugnada con el recurso extraordinario de casación por el defensor de Vargas Lemus. Cumplidos los traslados de rigor la actuación se remitió a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, para conocer del medio extraordinario de impugnación aludido. Con memorial allegado a la secretaria de la Sala el procesado Vargas Lemus, coadyuvado por su defensor, manifestó que desistía en forma irrevocable del recurso.
Por ser procedente la Sala aceptará la solicitud referida de acuerdo con lo establecido en el artículo 230 del Código de Procedimiento Penal (L. 600/00), de conformidad con el cual “Podrá desistirse de la casación y de la acción de revisión antes de que la Sala las decida.” En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal, Casación 28561 Luis Francisco Vargas Lemus RESUELVE Aceptar el desistimiento del recurso extraordinario de casación presentado por el procesado Luis Francisco Vargas Lemus, coadyuvado por su defensor. Regresen las diligencias al Tribunal del origen. Notifiquese y cúmplase.
ALFREDO GÓMEZ QUINTERO MARÍ L ROSARIC&3LEZ DE LEMOS
CITA MEDICA
JORGE LUIS QUINTERO MILANES
A RUIZ NÚÑEZ
Senretaria