CSJ - SP30011(13-11-2008)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP30011(13-11-2008)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2008
Extr §clición 30.011
EONARDO ANTONIO BRIZENO ARAGÓN
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Bogotá, D. C., trece (13) de noviembre dé dos mil ocho (2008). Acta Nb. 331 ASUNTO Decide la Sala sobre la viabilidad de suspender el trámite de extradición que se sigue contra .el ciudadano costarricense Leonardo Antonio Briceño Aragón. ANTE( EDENTES Desde el 18 de junio del presente año se encuentra en trámite la solicitud de extradición del ciudadano costarricense Leonardo Antonio Briceñc. Aragón elevada por el gobierno de Costa Rica. El Ministerio del Interior y de Justicia hade saber que mediante Nota Verbal No. 08-343 del 9 de octubre de 2008 la Embajada de Costa Rica manifiesta "...el consentimiento de las autoridades co:tarricenses competentes para que el señor Fiscal General de la Nación puede suspender el cumplimiento de la orden de captura con fines de extradición, y en consecuencia, el De iartamento Administrativo de Seguridad proceda a expulsar de territorio nacional al señor Briceño Aragon". Extratión 30.011 LEONARDO ANTONIO BRIC O ARAGÓN CONSIDERACIONES Dispone el inciso segundo del artículo 105 del Decreto 4000 del 30 de noviembre de 2004: "Cuando un ciudadano extranjero haya sido solicitado en extradición por su país de origen y manifieste su voluntad de comparecer ante las autoridades de dicha nación, podrá darse trámite a la expulsión y entrega a la autoridad del país requirente, siempre a satisfacción de
su gobierno, efecto para el cual el Fiscal General de la Nación podrá suspender el cumplimiento de la orden de captura con el fin de extradición, o levantar el estado de privación de libertad en que se encuentra el requerido." De la documentación remitida por el Ministerio del Interior y de Justicia se desprende que el 25 de septiembre de 2008 el ciudadano constarricense Leonardo Antonio Briceño Aragón expresó se deseo de acogerse a la medida administrativa de expulsión del territorio colombiano para someterse voluntariamente a las autoridades judiciales de su país de origen. De la resolución de suspensión de la orden de captura emitida por el Fiscal General de la Nación se deduce que con resolución numero 093-133508 DAS. DGOP.SEXT del 4 de agosto de 2008, la subdirectora del Departamento Administrativo de Seguridad ordenó la expulsión del territorio nacional del señor Extradiln 30.011 LEONARDO ANTONIO BRICE ARAGÓN Leonardo Antonio Briceño Aragón y, la embajada Costa Rica, con Nota Verbal 08-343 del 9 de octubre de 2008, manifestó su consentimiento para que se proceda a la suspensión de la orden de captura con fines de extradición proferida contra el antes mencionado. Suspendida como ha sido la orden de captura con la observancia plena de los requisitos establecidos en en inciso segundo del articulo 105 del Decreto 4000 del 30 de noviembre de 2004 y, ordenada la expulsión del territorio nacional del ciudadano constarricense Leonardo Antonio Briceño Aragón, resulta procedente a juicio de la Sala suspender el trámite de extradición
y como consecuencia de ello, disponer que, en firme esta providencia se archiven las diligencias. En merito de lo expuesto la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia,
RESUELVE
1. Suspender el trámite de extradición seguido contra el ciudadano costarricense Leonardo Antonio Briceño Aragón, en consecuencia, ordenar que, en firme esta providencia se archiven las diligencias.
2. Ordenar que, de lo decidido se de cuenta al Ministerio de Interior y de Justicia, al Ministerio de
Relaciones Exteriores, al Director del Departamento 3 Extradicir 30.011 LEONARDO ANTONIO BRICEN(RARAGÓN de Seguridad, al Director del Instituto Nacional Penitenciario y Carcelario, a la Oficina de Sistemas de La Fiscalía General de la Nación y al señor Leonardo Antonio Briceño Aragón. 4