CSJ - SP30682(06-07-2011)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP30682(06-07-2011)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2011
,1./4 01 a4f.4 reZnia
UNICA IN NCIA 682
LUCERO CO ES M DEZ ../A7Lefe, ire224 L9r4temez
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACION PENAL
Magistrado Ponente
JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA
Aprobado Acta No. 225 Bogota, D. C., seis (06) de Julio de os mil once (2011). VISTOS Se pronuncia la Corte acerca de las solicitudes allegadas dentro de la actuaciOn de Unica instancia seguida en contra de LUCERO CORTES MENDEZ por la conducta punible de trafico de intluencias de servidor
ANTECEDENTES
1. En firme la decisiOn que resolviO la situaciOn juriclica de la sindicada, esta Ultima alleg6 las siguientes peticiones en materia probatoria:
% 1-n4:m4 ‘('-;P0a14, U
NICANt( 0682
2 LUCERO CORTES t, DEZ Kt-le L.-1:;:e./2 4t,cina cedtereeez 1.1. Oficiar a Ia oficina de registro y control del Palacio de Justicia para precisar en cue fechas ingresaron LUCERO CORTES MENDEZ y la testigo de cargo Carmen Cecilia Moreno Arm:4o a las dependencias de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de Ia Judicatura. Lo anterior, para establecer las circunstancias temporales en que se present6 la conducta investigadal. 1.2. Solicitar a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de Ia Judicatura a fin de obtener copia del expediente radicado con el nUrnero 200401017, en el cual el magistrado de Ia Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de Ia Judicatura de Cundinamarca Rafael Velez Fernandez fue sancionado con un ario de suspension en el ejercicio del cargo. Ello, con el propOsito de demostrar que Ia providencia alli proferida respondiO a faltas suficientemente acreditadas en las diligencias y de ninguna manera a una retaliaciOn por no acceder a las presiones de sancionar al abogado Juan Carlos Salazar Torres2. 1.3. Pedir a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de Ia Judicatura para que envie copia del fallo de 9 de abril de 2008, por medio del cual se le impuso a Rafael Velez Fernandez un afio de suspension. Esto Ultimo, para determinar que Ia sane& disciplinaria obedecie a fallas probadas en el expediente y no a una represalia por parte de los 1 Petician obrante a folios 38-39 y 117-118 del cuaderno V de la actuation principal. 2 Folio 38 del cuaderno V ibidem. Mod aea 4 glcm d 3 UNICA i(LT)--A--.r..lis 0682 LUCERO CORT_S NDEZ (6?-41e c/ of trateeaz Magistrados de dicha CorporaciOns. 1.4. Tener como prueba documental Ia copia de la sentencia absolutoria de 30 de abril de 2009, proferida por German London() Carvajal, Magistrado de la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca, en el proceso disciplinario radicado con
el flamer() 2004-52494. Lo anterior, a fin de precisar el funcionario que decidi g el caso seguido en contra del abogado Juan Carlos Salazar Torres5. 1.5. Practicar la declaraciOn del magistrado German London() Carvajal. Ello, para averiguar si recibiO algim tipo de requerimiento o instrucciOn por parte de sus superiores de Ia Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura en relaciOn con el aludido proceso6. 1.6. Tener como prueba la copia del fallo de tutela dictado por la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura el 15 de octubre de 2009, en el cual le negO a su esposo Manuel Arturo RincOn Guevara un amparo de Indole constitucional propuesto en contra del Juzgado 46 Penal del Circuito de Bogota, el Tribunal Superior del respectivo Distrito Judicial y la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia7. Esto ultimo, para demostrar el nub poder de influencia que tanto ella 3 Folio 117 ibidem. 4 Folios 70-100 ibidem. 5 Folio 69 ibidem. 6 Folios 53 y 69 ibidem. Folios 102-116 ibidem. ,c-Afrelecra
CINICA A 30682
4 LUCERO ENDEZ Cz7"-} co.:p.(4 e_.,e0tana eAdra..defa como su cemyuge tenian en las decisiones emanadas del Consejo Superiora, Por su parte, el magistrado Rafael VOlez Fernandez present() un escrito en el que solicita ampliar por Ia via de la certificaciem jurada su declaraciOn, con el objeto de dar a conocer una verdad procesal que
"esclarecera el objeto de la presente investigaciOn"°, relacionada con "evidencias técnicas [...] de gran trascendencia y gravedad'1° Por Ultimo, el ciudadano Francisco Pareja Gonzalez present() un escrito pidiendo a Ia Corte la expediciOn de un certificado acerca de la ejecutoria de la medida de aseguramiento proferida en contra de la representante a la Camara LUCERO CORTES MENDEZ, para acreditar ante Ia Mesa Directiva del Organo legislativo dicha situaciOn y, debido a ello, ser Ilamado a fungir en su reemplazo l 1.
CONSIDERACIONES
1. De conformidad con lo serialado en el articulo 235 de la Ley 600 de 2000, COdigo de Procedimiento Penal aplicable para el presente asunto, no podia& admitirse "las pruebas que no conduzcan a establecer la verdad sobre los hechos materia del proceso o las que hayan sido obtenidas en forma liege, de suerte que el funcionario esta obligado a rechazar "la practice de las legalmente prohibidas o 8 Folio 101 ibidem. 9 Folio 125 ibidem.
Ibidem. 11 Folio 50 ibidem. (Ket„,,da
5 UNICA) STA A 30682
LUCERO 0RTES ENDEZ CC7;:ttee t9it;iteitnee €2,‘ adelea2 ineficaces, las que versen sobre hechos notoriamente impertinentes y las manifiestamente superfluas". En este orden de ideas, la pertinencia o relevancia de una prueba depende del enunciado factico que se quiera demostrar, asi como de su relackin (ya sea directa o indirecta) con el supuesto materia de imputaciOn susceptible de confirmar o refutar, que en este caso,
como lo reconociO la Sala en anterior oportunidad, estd circunscrito a la acciOn atribuida a la procesada de: Th.] presionar al magistrado [del Consejo Seccional de la Judicatura de Cundinamarca] Rafael Velez Fernandez, por intennedio de sus superiores Jorge Alonso Flechas Diaz, Angelino Lizcano Rivera y Julia Emma GarzOn de Gomez, pars que sancionara disciplinatiamente al abogado Juan Carlos Salazar Torres, dentro del proceso adelantado a raiz de la queja instaurada por el esposo de la congresista, Manuel Arturo RincOn Guevara"' 2. Con base en ese punto de referenda, la Corte se pronuncia acerca de las solicitudes en materia probatoria de la siguiente manera: 1.1. En cuanto a las pretensiones de la defensa, y en la medida en que por esas Was pretende desvirtuar la imputaciOn formulada en su contra, la Sala accedera a: (i) Oficiar a la dependencia encargada del registro y control del Consejo Superior de la Judicatura (DirecciOn de Seguridad del Palacio de Justicia), en aras de establecer en quó ocasiones ingresaron a las 12 Folio 230 del cuaderno IV de la actuation principal. • .4g/war:a Klynita
6 ONIC INSTAN IA 30682
LUCERO COR MENDEZ
C!) CY) Yee/he:ma dairdeda instalaciones de tal corporaciOn Ia representante LUCERO CORTES MÉNDEZI al igual que Carmen Cecilia Moreno AraOjo i durante el ario 2007 y primer semestre del 2008, inclusive. Y (ii) tener como medios de prueba documentales las copias de las
sentencias de 30 de abril y 15 de octubre de 2009 allegados por Ia sindicada. 1.2. En cambio, rechazare Ia practice de: (1) Oficiar a la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura para conseguir copia del proceso radicado con el nOrnero 2004-01017. Dicha documentaciOn no lograria esclarecer los hechos, por cuanto el propOsito anunciado por Ia defensa (consistente en establecer que el magistrado Rafael Velez Fernandez fue sancionado por Ia prueba a obrante en ese expediente, y no como el producto de una retaliaciOn) tambien se podria alcanzar, segiin Ia solicitante, obteniendo Ia copia del fallo de fecha 9 de abril de 2008 con el cual fue decidida Ia actuation. Oficiar at Consejo Superior de Ia Judicature para que envie copia del fallo de 9 de abril de 2008, en el cual se le impuso a Rafael Velez Fernandez un ario de suspension en el ejercicio del cargo. El tramite seria manifiestamente superfluo, toda vez que una copia de esa decision ya obra en las diligencias13. Vdase folios 46 y siguientes del cuaderno de anexos I de Ia actuation. ReAaaea Ktiziea
UNICA INSTANCIA 30682
7 LUCERO CORTES MENDEZ cootk SeiCAtegna ale dradeeth Y WO practicar el testimonio del magistrado German London° Carvajal, funcionario que a la postre resolvb el proceso disciplinario seguido en contra de Juan Carlos Salazar Torres, en el sentido de
absolverlo. Dicho medio de prueba no conduciria a demostrar el enunciado fectico planteado por la defensa, es decir, que Ia sentencia de 30 de abril de 2009, mediante Ia cual se absolvie disciplinariamente al abogado, fue proferida sin algtin tipo de presiOn o intervencien por parte de los superiores del funcionario del Consejo Seccional. Se trata de una circunstancia que, en principio, debe presumirse de todo ado jurisdiccional proveniente de la administraciOn de justicia y, por lo tanto, lo que deberia probarse es el hecho contrario. 1.3. En cuanto a la solicitud del magistrado Rafael Velez Fernandez, en el sentido de ampliar mediante certificacien jurada Ia declaraciOn rendida en el proceso, se accedere a Ia misma, de acuerdo con el tramite previsto en el articulo 271 de la Ley 600 de 2000, para que se refiera a la nuevas circunstancias y evidencias que sean de su conocimiento y que segOn el resultan de interes para los fines de la presente investigaciOn.
2. Finalmente, se dispone que por la secretaria de Ia Sala se emita el certificado solicitado por Francisco Pareja Gonzalez, en los terminos y para el propOsito indicado en el escrito respectivo.
En mêrito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACION PENAL, i-971Age idea e4 Kelm 8 CINICA INSTANCIA 30682 LUCERO CORTES MENDEZ (-55?--;t4e, SfAxemez eraithaz RESUELVE ORDENAR la prâctica del medio de prueba al cual alude el numeral 1.1 del acâpite "CONSIDERACIONES" de este proveido. Asi
mismo, TENER por incorporados a la actuaciOn los documentos referidos en dicho apartado que fueron aportados por la defensa. NO DECRETAR la prâctica de las pruebas mencionadas en el numeral 1.2 de la parte considerativa del presente auto. DISPONER la declaraciOn por certificaciOn jurada del magistrado Rafael Velez Fernândez en los têrminos serialados en el numeral 1.3 de este interlocutorio. CUMPLIR con lo dispuesto en el numeral 2 de la parte motiva del presente auto. Contra el numeral segundo de esta providencia, procede el recurso de reposiciOn. Notifiquese y ctimplase
JAVIER ZAPATA ORTIZ
ONI INSTA IA 30682
LUCER FCORTES ENDEZ
(i.74117-7,1% ,...(7(;;;4tc na e4 ealiehz WIFile 3/4
JOSE LUIS BAR LC CAMACHO JOSE LEO AS BUSTOS MARTiNEZ
FERNANDO ALBE 0 CASTRO CABALLERO SIGIF SA PEREZ
O
ALFREDO GOMEZ QUINTERO MARIA ROSARIO DE LEMOS
IMPEDIDO
AuGusTen.--rtrail GUZMAN
IMPEDIDO
4..131A Y LANDA NOAqARCIA
Secretaria