CSJ - SP30682(22-07-2011)
Corte Suprema de Justicia
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- CSJ - SP30682(22-07-2011)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2011
,P44.4iied,4 Zef-~4
ÚNICA INSTANCIA 30682
LUCERO CORTÉS MÉNDEZ tc9eAld>:. Se/t24etnes. coteala
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente
JULIO ENRIQUE SOCHA SALAMANCA
Aprobado Acta No. 254 Bogotá, D. C., veintidós (22) de julio de dos mil once (2011). VISTOS Se pronuncia la Corte acerca de la última solicitud allegada por LUCERO CORTÉS MÉNDEZ, sindicada a la actuación por el delito de tráfico de influencias de servidor público.
ANTECEDENTES
1. Dentro del término de instrucción, la procesada presentó un escrito en el que pide a la Sala: 1.1. Practicar el testimonio de su esposo, Manuel Arturo Rincón Guevara, para que se refiera a la visita por él realizada al magistrado . 1-..;er-Ae114..a „
2 ÚNICA Iñl AN I 30682
LUCERO COR ÉS M NDEZ
(T,C. (77 (9r: t-4; .ceigbifre Rafael Vele Fernández en la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judi ura de Cundinamarca, así como al papel desempeñado por la perso a que aquel día lo acompañaba. 1.2. Ser esc chada en ampliación de indagatoria. 1.3. Y reite ar la práctica de la declaración del exmagistrado Jorge Alonso Flec as Díaz, como lo hizo en anterior oportunidad, con el fin
de "conoce la actividad de los magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Su erior de la Judicatura"'y "establecer si se hizo algún tipo de requeri lento o instrucción"2 en el proceso adelantado contra Rafael Véle Fernández. CONSIDERACIONES Según lo p avisto en el artículo 235 de la Ley 600 de 2000, Código de Procedimi nto Penal aplicable para este caso, los funcionarios judiciales stán obligados a decretar "las pruebas que no conduzcan a establecer la verdad sobre los hechos materia del proceso o las que haya sido obtenidas en forma llegar y, al mismo tiempo, a rechazar " a práctica de las legalmente prohibidas o ineficaces, las que vers n sobre hechos notoriamente impertinentes y las manifiesta ente superfluas". En el pre ente asunto, la Sala ordenará el testimonio de Manuel Folio 107 'el cuaderno V de la actuación principal. 2 Ibídem. .9áfrief4, ÉK4n4,
3 ÚNIC STA IA 30682
LUCERO C RTÉS MÉNDEZ Arturo Rincón Guevara, en la medida en que la circunstancia aludida por la solicitante (la visita de su esposo y de Carmen Cecilia Moreno Araújo al magistrado Rafael Vélez Fernández) fue un aspecto fáctico estimado en la resolución que definió la situación jurídica (como integrante del "interés exteriorizado por Manuel Arturo Rincón Guevara para que se resolviera con fallo de sanción el proceso disciplinario contra el abogado Juan Carlos Salazar Torres")p ara predicar desde el punto de vista probatorio la probable participación
de la sindicada en la conducta punible materia de imputación. Así mismo, dispondrá escuchar a LUCERO CORTÉS MÉNDEZ en diligencia de ampliación de indagatoria, toda vez que el artículo 342 del estatuto adjetivo señala que procede a petición del procesado o su defensor "sin necesidad de motivación alguna". En cuanto a la solicitud de adelantar el testimonio del exmagistrado Jorge Alonso Flechas Díaz, la Corte la encuentra irrelevante, por cuanto esta persona ya declaró en la actuación procesal y los temas propuestos por la solicitante son a todas luces superfluos. En efecto, si de lo que se trata con este elemento de convicción es de "conocer la actividad de los magistrados de la Sala Disciplinaria del Consejo Superior de la Judicatura'',c abe anotar que en la diligencia de 18 de septiembre de 2009 él se refirió con suficiencia a la índole de sus funciones para la época en que recibió la visita de la procesada y su acompañante. Por ejemplo, el testigo sostuvo en esa ocasión lo 3 Folio 238 del cuaderno IV de la actuación principal. 4 Folio 107 del cuaderno V de la actuación principal. 4n4
4 ÚNICA I TANCÍ 30682
LUCERO CO TÉS M NDEZ siguiente: "Vi Po lo general atendía en mi mismo despacho de magistrado, donde ejercía función de presidente, y [era] mi función ordinaria, mi función adminis tiva como representante de la institución, y recibía a todas las persona que me visitaban"5.
Y, en segun lugar, si lo buscado por la sindicada es que el deponente
se refiera en esta oportunidad al disciplinario que culminó el 9 de abril de 2008 co sanción al magistrado Rafael Vélez Fernández, es de destacar qu él no hizo parte de los funcionarios que suscribieron dicho fallo (s no Temístocles Ortega Narváez, María Mercedes López Mora, Marth Patricia Zea Ramos y Julia Emma Garzón de Gómez) y, además, uando fue interrogado acerca del particular manifestó no tener especí icos recuerdos del asunto. Según el declarante: "No pa icipé en la sentencia que se haya proferido en contra del magistrado Vélez emández, me enteré por medios periodísticos, posterior a la finaliza 'ón de mi periodo, y en dichos se daba a entender que el doctor Vélez e taba muy molesto e inconforme con su sentencia, pero la leí como cualqui r ciudadano porque ya no era magistrado, cuando fui magistrado para fin les del 2007, no recuerdo si se registró la ponencia por el volumen de exp dientes que se manejaban en las salas, que yo haya firmado esa senten la, no [...] la verdad no recuerdo que haya sido ponente ni intervin nte en el fallo, si acaso hubo algún debate no se tomó decisión de fondo, pero, repito, magistrado llevaba un promedio de 40-30 cada proces s, entonces es muy difícil recordar con precisión, con minucias, cada proce ,6 5 Folios 49-5 O • el cuaderno I de la actuación principal. 6 Folios 52-53 ibídem. ,444710r, % (7;,f,„‘a 5 ÚNICA TANCI 0682
LUCERO CORTÉS MÉNDEZ
C(.</xetei. -9-ic>•k--mes 41:04).34z En consecuencia, será negado el testimonio de Jorge Alonso Flechas Díaz, pedido por la defensa material. Por último, la Sala dispone comisionar a Marco Alfredo Morales Vela, Magistrado Auxiliar de esta Corporación, para llevar a cabo la práctica de las diligencias ordenadas, el día viernes 29 de julio del presente año; el testimonio a las nueve de la mañana y la ampliación a las dos de la tarde. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, RESUELVE ORDENAR la práctica del testimonio de Manuel Arturo Rincón Guevara el 29 de julio de 2011, a las nueve de la mañana. ESCUCHAR a LUCERO CORTÉS MÉNDEZ en ampliación de indagatoria el 29 de julio de este año, a las dos de la tarde.
3. NO PRACTICAR la declaración del exmagistrado Jorge Alonso Flechas Díaz Contra el numeral tercero de esta providencia, procede el recurso de reposición.
Notifíquese y cúmplase a;ve ;4;n4,
ÚNICA STANCII4 0682
6 LUCERO C RTÉS M NDEZ l/a>p,„47, peitgagil
JOSÉ LUIS LÓ CAMACHO JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTINEZ
FERNANDO SIGIFR PÉREZ
ALFREDO ÓMEZ QUINTERO ROSARIO DE LEMOS
0160 NsP 0025
AUGUSTO . IBÁÑEZ GUZMÁN LAMANCA
IMPEDIDO
7/ YteNANrOVA GARCIA
Secretaria