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CSJ - SP30693(12-11-2008)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP30693(12-11-2008)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2008

República de Colombia

ÚNICA 30693

HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO

Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Bogotá D.C., doce (12) de noviembre de dos mil ocho (2008). En sus ediciones del 20 de octubre anterior', las publicaciones Semana y El Tiempo dieron a conocer la entrega de doscientos cincuenta millones de pesos ($250.000.000), realizada por Armando Cabrera Polanco al Senador HERNÁN ANDRADE SERRANO, en fecha cercana a las elecciones para Congreso de la República, cumplidas en los primeros días de marzo de 2006. Los artículos se refieren, de igual forma, a las actividades cumplidas por Cabrera Polanco, consistentes en el cobro ilegal a la Caja Nacional de Previsión, CAJANAL, de pensiones de jubilación en favor de maestros, labores por las cuales fue condenado como gestor de millonarios fraudes a la entidad estatal, cuyo producto, señalan, constituye su patrimonio. Mencionan además, la existencia de nuevas investigaciones en su contra por hechos similares, cumplidos con posterioridad a la sanción aludida y el hallazgo con ocasión de esos trámites, de dos pagarés suscritos por el doctor ANDRADE SERRANO como garantía del pago de la suma entregada. 'lile. 1 a8 República de Colombia 2 (cid:9) ÚNICA 30693 HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO Corte Suprema de Justicia Posteriormente, quienes se suscriben como Ciudadanos del Distrito Capital de Bogotá, remitieron a la

Sala nuevo artículo de prensa alusivo al mismo tema2, publicado el 26 de octubre último en El Tiempo, documento acompañado de escrito donde anuncian las manifestaciones del ex Concejal de Neiva, Juan Carlos Osorio sobre el presunto uso dado al dinero recibido por el doctor ANDRADE SERRANO, consistente en la financiación irregular de su campaña politica al Senado de la República. Atendidas las aludidas publicaciones, una vez establecido que HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO se desempeña como Senador de la República 3 y, por tanto, ostenta la condición de aforado constitucional, se dispone

abrir INVESTIGACIÓN PREVIA.

En orden a lograr los fines previstos en el artículo 322 del estatuto procesal penal, se ordena la práctica de las siguientes diligencias:

1. Establecer, a través de la Dirección Nacional de Fiscalías, cuántas investigaciones cursan actualmente en contra de Armando Cabrera Polanco, estado actual y autoridad ante la cual se adelantan.

Fi. 21 2 3 FI. 26

República de Colombia 3 (cid:9) ÚNICA 30693 m` (cid:9) y HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO _ corte Suprema de Justicia

2. Alcanzada esta información, se practicará inspección a las actuaciones con el propósito de establecer los hechos a los cuales se refieren, obtener los pagarés mencionados en los artículos de prensa cuya suscripción se atribuye al doctor ANDRADE SERRANO y allegar los demás elementos de juicio relacionados con los hechos referidos en las publicaciones citadas.

3. Solicitar al Departamento Administrativo de Seguridad los antecedentes penales de Armando Cabrera

Polanco.

4. Allegar copias de la sentencia emitida por el Juzgado 11 Penal del Circuito de esta ciudad, en la cual se condenó a Armando Cabrera Polanco como gestor de cobros ilegales de pensiones a CAJANAL y del fallo al recurso de casación interpuesto contra esta decisión4.

5. Establecer los productos financieros a nombre del doctor HERNÁN ANDRADE SERRANO para el período comprendido entre marzo de 2005 y abril de 2006, aportando copia de los extractos correspondientes.

6. Obtener copia de las entrevistas concedidas por el Senador HERNÁN ANDRADE SERRANO durante los días 19 al 23 de octubre del año en curso, en los noticieros radiales Sentencia de Casación de 25/11/99 Rad. 15548

República de Colombia 4 (cid:9) ÚNICA 30693 HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO Corte Suprema de Justicia de RCN y Caracol - cadena básica -, la W y de televisión CM& en relación con los hechos tema de indagación.

7. Requerir del Concejo Nacional Electoral copia de los informes presentados por el doctor HERNÁN ANDRADE SERRANO, sobre los ingresos y egresos de su campaña al Senado de la República para el período constitucional 2006 - 2010.

8. Solicitar al Diario La Nación certifique si publicó la noticia de la condena impuesta a Armando Cabrera Polanco como responsable de cobros ilegales de pensiones a CAJANAL y, en caso afirmativo, que remita copia de ella.

La misma información se solicitará al Diario del Huila y a El Tiempo.

9. Escuchar la declaración de Juan Carlos Osorio, ex concejal de Neiva, de quien se informa conoce los hechos investigadoss.

10. Obtener las declaraciones de Juan Carlos Osorio relacionadas con el tema de la indagación, rendidas en los noticieros de televisión CM&, emisión de las 9:30 del 21 de octubre de 2008 y RCN, emisión de las 7:00 p.m. del 22 del mismo mes, según se informa en escrito allegado al trámite.

FI. 21 5 ?epÚblica de Colombia

ÚNICA 30693

HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO

Corte Suprema de Justicia

11. Escuchar el testimonio de Augusto Moreno, Director de CALIANAL sobre los hechos materia de la investigación6.

12. Reconocer al doctor Carlos Augusto Gálvez Argote como defensor del Senador HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO, en los términos y con las facultades señaladas en el poder conferido.

Así mismo se tiene al abogado Raúl Yesid Molano Rodríguez, como su suplente, atendiendo manifestación expresa7 del apoderado designado. Bajo el compromiso de guardar la debida reserva, se accede a la solicitud de copias de la actuación elevada por el defensor. La Secretaría de la Sala procederá a su expedición dejando la constancia correspondiente.

13. Informar al doctor HERNÁN ANDRADE SERRANO la apertura de esta investigación preliminar (sentencias C863 de 2002 y C-096 de 2003), de las diligencias ordenadas y librar las demás comunicaciones dispuestas en la ley.

14. En memorial allegado por la defensa, se informa el interés del doctor ANDRADE SERRANO en contribuir con 6 pl. 4

Fla. 27 y 28 República de Colombia 6 (cid:9) ÚNICA 30693 HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO Corte Suprema de Justicia esta indagación, "...estando presto a explicar su conducta en el momento en que se considere pertinente mediante la correspondiente versión libre...»8. Considerando esta manifestación, oportunamente se adoptará la decisión que corresponda, la cual se informará al interesado. Para la práctica de las actuaciones indicadas en los 0 numerales 1°, 5 , 6° y 10° se comisiona, por el término de diez (10) días al grupo del CTI asignado a esta Corporación. Se comisiona a la Magistrada Auxiliar Martha Lucía Peña Manosalva, para las diligencias dispuestas en los numerales 2°, 9° y 11 0 con la facultad de señalar fecha y hora para adelantarlas. Cúmplase EZ (cid:9)

JOSÉ L BU8TOS MARTÍNEZ ALFREDO GÓMEZ QUINTERO 8 FL 29

República de Colombia 7 (cid:9) ÚNICA 30693 HERNÁN FRANCISCO ANDRADE SERRANO corte suprema de Justicia

TERESA RUIZ NUÑEZ

Secretaria

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