CSJ - SP30765(15-10-2009)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP30765(15-10-2009)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2009
ÚNICA 30765
OREANDO GUERRA Y CONSTAUTINO RODRIGUEZ
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
-SALA DE INSTRUCCIÓNBogotá D.C., quince (15) de octubre de dos mil nueve (2009).
1. Las presentes diligencias se iniciaron por virtud de la denuncia instaurada por el doctor Carlos Germán Navas Talero, en su condición de ciudadano y servidor público.
Los hechos objeto del proceso se (cid:9) circunscriben a determinar si los entonces Representantes a la Cámara, miembros de la bancada del Gobierno, en la reunión de Agenda Legislativa celebrada el 29 de octubre de 2008 o con posterioridad, exigieron al Gobierno Nacional como contraprestación por su voto "La aprobación de partidas presupuestales para sus regiones y posiciones en la burocracia"; sin que ello comprometa -destaca la Salalas opiniones y los votos emitidos dentro de las sesiones parlamentarias correspondientes conforme lo establecido en el artículo 185 de la Carta Política.
2. Conforme a la certificación expedida por el Secretario General de la Cámara de Representantes 2 los doctores Orlando Aníbal Guerra de la Rosa y Constantino Rodríguez Página 1 de la denuncia.
Su aducción había sido dispuesta por la Sala. 1
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ORLANDO GUERRA Y CONSTANTINO RODRIGUEZ Caivo3, cuyos nombres se mencionan en la denuncia inicial, ostentan La calidad de Representantes a la Cámara por las circunscripciones electorales de los departamentos del Putumayo y Guaviare, respectivamente, por el período constitucional 2006-2010; es decir, que tienen la condición
de aforados constitucionales y por tanto es la Corte Suprema de Justicia, de conformidad con el artículo 235, numeral 3 de la Constitución Política la autoridad competente para la presente investigación.
3. Toda vez que los hechos relatados constituyen presuntamente un delito contra la administración pública, en su modalidad de concusión conforme a las previsiones del artículo 404 del Código Penal, para los fines previstos en el artículo 322 del estatuto procesal penal, se dispone abrir INVESTIGACIÓN PREVIA y se ordena la práctica de las siguientes pruebas: 3.1. Requerir al Señor Ministro del Interior y de Justicia, para que remita a la Corte el documento anexo a que hace alusión en la respuesta suministrada mediante oficio número
0F109-7779-DMI-0100, de fecha 31 de marzo del año en curso. De la misma manera, habrá de enviar, en el evento de existir, copias de las actas que se levantaran 4 con motivo Cfr. folios 15 y 16. ' No soslaya la Sala que en la referida comunicación informó que no existe grabación de la 4 mencionada reunión. 2
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ORLANDO GUERRA Y CONSTANTINO RODRIGUEZ de la reunión de Agenda Legislativa celebrada el 28 de octubre de 2008 a las (8:30 a.m.) y sus distintas citaciones. 3.2. (cid:9) Solicitar al Señor Secretario de la Cámara de Representantes copia de las distintas Actas que se levantaron ante esa corporación frente a las sesiones en las que se discutió y aprobó el proyecto de Acto legislativo contentivo de Reforma Política, Reelección Presidencial y
Referendo. 3.3. Citar y oír en declaración a Bernardo Moreno, Secretario General de la Presidencia de la República; Claudia Salgado, Asesora Secretaría General; Alejandro Arbeláez, Asesor Secretaría General; Alejandra Uribe, Asesora Ministerio del Interior y de Justicia; Faihan Alfayez, Asesor Ministerio del Interior; Ana María Uribe, Asesora Ministerio del Interior; Rutty Paola Ortiz, Subdirectora de Presupuesto; Carlos Andrés Ortiz, Asesor Ministerio de Hacienda; Maria Isabel Ulloa, Asesora Ministerio de Hacienda; Paola Buendía, Asesora Planeación Nacional; funcionarios que conforme a la certificación expedida por la Dirección del Departamento de La Presidencia de la República estuvieron presentes en la Reunión de Agenda Legislativa, celebrada el 28 de octubre de 2008, a las 8:30 a.m. Para su recepción comisiónese a la Magistrada Auxiliar CLARA PATRICIA OTERO RODRIGUEZ. 3
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ORLANDO GUERRA Y CONSTANTINO RODRIGUEZ 3.4. Oír a través de certificación jurada, al Señor Ministro de Hacienda, quien conforme a las previsiones del artículo 271 de la Ley 600 de 2000, habrá de devolverlo en un término de ocho (8) días siguientes a la recepción del interrogatorio que se traduce en: a) Generales de ley. b) Se servirá indicar si estuvo presente en una reunión de Agenda Legislativa celebrada el día 28 de octubre de 2008, a las 8:30 a.m. En caso afirmativo: 1) Qué proyectos de ley se trataron.
- Quiénes concurrieron. iii) Si los congresistas que participaron en la misma, o algunos de ellos, de ser así habrá de suministrar sus nombres, exigieron o pidieron "La aprobación de partidas presupuestales para sus regiones con nombres propios y posiciones en la burocracia" como condición para votar favorablemente los proyectos del Gobierno, en especial el relacionado con la reelección presidencial. (cid:9) En caso afirmativo, en qué consistieron tales exigencias, quién o quiénes las efectuaron y cuál fue la respuesta de los voceros del Gobierno y del Ministerio que usted preside. iv) Si es cierta o no la versión publicada en el diario El tiempo el martes 29 de octubre de 2008 en su página 1.3.
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(se le adjuntará copia) según la cual varios miembros de la bancada de gobierno elevaron solicitudes indebidas. y) En su criterio, cómo califica la actitud de los congresistas participantes en la referida reunión. vi) Las demás que a bien tenga el Señor Ministro. 3.3. Por la Secretaría de la Sala se habrá de acreditar sobre La existencia de procesos contra miembros de la bancada de gobierno en la Cámara de Representantes. Una vez se obtenga ésta información, practicar inspección judicial sobre estos expedientes a fin de determinar si se trata de los mismos hechos. Para su práctica comisiónese a la Magistrada Auxiliar CLARA PATRICIA OTERO RODRIGUEZ. 3.4. Comuníquese a los doctores Orlando Aníbal Guerra de
la Rosa y Constantino Rodríguez Calvo la apertura de esta investigación preliminar (sentencias C-863 de 2002 y C-096 de 2003) y líbrense las demás comunicaciones dispuestas en La ley. 3.5. Finalmente, y,en estricto acatamiento a la sentencia C545 de mayo 28 de 2008 emanada de la Corte Constitucional frente a la separación de las funciones de instrucción y juzgamiento de los miembros del Congreso de la República y en aras a respetar plenamente dicha garantía, se dispone el adelantamiento de las presentes diligencias por parte de la 5
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ORLANDO GUERRA Y CONSTA: CNC) RODRIGUEZ Sala de instrucción conformada por tres magistrados conforme se dispuso en el Acuerdo 001 de 2009 proferido por la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia
Cúmplase (cid:9) / /
AUGUSTO J. íÑEZ, UZMÁN
-----,
SIGIFR EZ(cid:9) ALFREDO GÓMEZ QUINTERO
TERESA RUIZ NÚÑEZ
Secretaria 6