CSJ - SP30891(15-01-2009)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP30891(15-01-2009)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2009
Única instancia 30.891 Oscar Mauricio Lizcano Arango
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Bogotá D. C., quince (15) de enero de dos mil nueve (2009). Con fundamento en la documentación allegada y para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 322 de la Ley 600 de 2000, SE ABRE INVESTIGACION PREVIA en contra del Representante a la Cámara OSCAR MAURICIO LIZCANO ARANGO. En consecuencia, SE DECRETA la práctica de las siguientes diligencias:
1. Acredítese por Secretaría de esta Sala la calidad de congresista del doctor OSCAR MAURICIO LIZCANO ARANGO. 1.1. Solicítese al Instituto Geográfico Agustín Codazzi el envío, a estas diligencias, de copia de la hoja de vida que allí repose respecto del mencionado LIZCANO ARANGO.
2Así mismo, solicítese a la Oficina de Recursos Humanos del Congreso de la República, envíen lista del personal de la Unidad de Trabajo Legislativo (UTL) del doctor MAURICIO LIZCANO ARANGO y la hoja de vida del señor Augusto González Patiño. 3Se comisiona a los funcionarios de Policía Judicial del C.T.I., asignados a la Comisión de Apoyo Investigativo de esta Corporación para: 2 (cid:9) Única instancia 30.891 n Oscar Mauricio Lizcano Mango (cid:9) 1 .(cid:9) .i r i.né54,......11,"./.... 3.1. Ubicar, individualizar y entrevistar a las siguientes personas:
Comandante alias "Franco", quien presuntamente dirigía el grupo de contraguerrilla "Delta" del Frente Cacique Pipintá de las AUC en el sector de Villamaría y Chinchiná (Caldas), Euridice Cortés Velasco alias "DIANA" quien se desempeñaba como líder política de esa agrupación ilegal y se encuentran en Ley de Justicia y Paz. Así mismo a quienes se destacaron como líderes de dicho frente paramilitar en los últimos años. Posteriormente, si es del caso, serán escuchados en testimonio bajo juramento. 3.2. Realizar todas las averiguaciones tendientes a individualizar, identificar y ubicar al señor CARLOS PATIÑO alias "Patemuro", de quien se dice es un narcotraficante de la zona de Viterbo y Belalcazar y parte del norte del Valle. Se establecerá a través de los organismos de inteligencia todos los informes que se tengan respecto de este sujeto. Posteriormente, si es del caso, será escuchado en testimonio. 3.3. Solicitar a la Registraduría Nacional del Estado Civil constancia respecto de los cargos de elección popular que ha desempeñado el congresista mencionado, así como el movimiento o movimientos políticos que lo avalaron para ello, en el Departamento de Caldas. 3.4. Inspeccionar procesos, libros o documentos relacionados con personas, propiedades o delitos que tengan que ver con el objeto 3 (cid:9) Única instancia 30.891 Oscar Mauricio Lizcano Arango jgfrittear eeué 5;stann aldfiLátew de la investigación y especialmente todo lo relacionado con las cuentas de la campaña electoral del doctor LIZCANO ARANGO.
Con dicha finalidad se solicitará la colaboración de un Investigador Perito Contable del CTI. 3.5. Realizar labores encaminadas a determinar el posible autor o autores de la denuncia aquí allegada.
4. Para la práctica de estos testimonios y todas aquellas pruebas que se deriven de los mismos y las demás que se requieran para esclarecer los hechos denunciados, se comisiona a los Magistrados Auxiliares de la Comisión de Apoyo Investigativo de esta Sala. Se les faculta, a la vez, para programarlos y disponer el lugar y hora de realización, y para solicitar el apoyo necesario de los investigadores del CTI de la Fiscalía que colaboran con la Corte, orientado a la localización y citación de los declarantes.
5. Teniendo en cuenta que el doctor OSCAR MAURICIO LIZCANO otorgó poder al Abogado ANDRES GARZON ROA, reconózcasele dicho poder al defensor en los mismos términos en que fue otorgado.
Por Secretaría líbrense las comunicaciones de ley. Única instancia 30.891 Oscar Mauricio Lizcano Arango (..?;;It• 5. r/ enna‘iví.›..1