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CSJ - SP31067(09-06-2009)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP31067(09-06-2009)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2009

Revil(7 31067

JAIR RIVER ARENAS

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

MAGISTRADO PONENTE

AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN

Aprobado: Acta No. 170

Bogotá, D. C., nueve (09) de junio de dos mil nueve (2009). MOTIVO DE LA DECISIÓN La (cid:9) Sala (cid:9) se (cid:9) pronuncia (cid:9) sobre el (cid:9) impedimento (cid:9) que, (cid:9) para integrar la Sala que debe resolver la acción de revisión propuesta por el apoderado del señor Jair Rivera Arenas, hacen manifiesto los magistrados, doctores Sigifredo Espinosa Pérez, Alfredo Gómez Quintero, María del Rosario González de Lemos, Yesid Ramírez Bastidas, Jorge Luis Quintero Milanés, Julio Enrique Socha Salamanca y Javier Zapata Ortiz.

ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES

1. Mediante sentencia del 15 de agosto del 2007, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, (radicado 27817) inadmitó la demanda de casación contra el fallo de la Sala Penal del Tribunal Superior de Armenia del 13 de diciembre de 2006 que había revocado integralmente la sentencia proferida el 29 de septiembre de 2006 por el

1 41 Revi 31067

  • JAIR RIVE (cid:9) RENAS Juzgado 2° Penal del Circuito de la misma ciudad en la que se absolvió al señor Rivera Arenas como coautor del delito de fraude procesal, para en su defecto condenarlo por el

mencionado delito.

2. A través de apoderado, el condenado presentó demanda mediante la cual solicita la revisión del aludido fallo.

3. En auto del pasado 4 de mayo de 2009, los señores magistrados arriba señalados se declararon impedidos para decidir la acción de revisión, de conformidad con el artículo 228 del Código de Procedimiento Penal, razón por la cual se procedió al sorteo de conjueces.

Incontrastable resulta la estructuración de la causal especial invocada, prevista en esa disposición, en armonía con los artículos 99.6 y siguientes del mismo Estatuto, por cuanto los funcionarios suscribieron la providencia cuyo examen se demanda.' Consecuente con lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, RESUELVE Declarar fundado el impedimento para tramitar y decidir la acción de revisión presentada por el apoderado del señor Jair Rivera Arenas, manifestado por los doctores Sigifredo 2 Revist 31067

JAIR RIVER ARENAS

Espinosa Pérez, Alfredo Gómez Quintero, María del Rosario González de Lemos, Yesid Ramírez Bastidas, Jorge Luis Quintero Milanés, Julio Enrique Socha Salamanca y Javier Zapata Ortiz. En consecuencia, los mismos no integrarán la Sala de

Decisión.

Notifíquese y

CRYMISION DÍSERVICIO

JOSE LEONIDAS BUSTOS MARTÍNEZ

Magistrado

EXCUSA JUSTIFICADA EXCUSA JO t FERNANDO ENRIQUE ARBOLEDA RIPOLL PATRICIA CASTF1 CARDEN AS juez Con jui1 11 /4/

ALEZ /D 10c OrNc: kiEZ SALAZAR

01 (cid:9) (cb

HUGO QUITERO BERNATE

Conjuez 3 Revigt 31067

JAIR RIVE (cid:9) RENAS

TERESA RUIZ NÚÑEZ

Secretaria 4

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