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CSJ - SP31653(27-07-2011)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP31653(27-07-2011)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2011

Úlnica instancia 31.65

EÉNGAR ELLISES TORRES MURILLO y

ODIN HORACIO SANCHEZ MONTES DE OCA

República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Aprobado acta No.260 Bogotá, D. C., veintisicte (27) de julio de dos mil once (2011).

I.- OBJETO DE LA DECISIÓN: Finalizada la diligencia de audiencia pública, le corresponde a la Sala de Casación Penal dictar sentencia en el juicio adelantado en contra de los ex Representantes a la

Cámara por el Departamento del Chocóá, EDGAR EULISES

TORRES MURILLO y ODÍN HORACIO SÁNCHEZ MONTES DE

OCA.

II.- SITUACIÓN FÁCTICA

Hechos del Proceso:

1. Se investigó a los cx Representantes a la Cámara por el departamento del Chocó, por sus probables vinculos con el frente “Elmer Cárdenas”, conforme a los scñalamientos que hizo cl ex jefe de csa organización Fredy Rendón Herrera, más 2 Única instancia 31.653

Odin Horacio Sánchez Montes de Oca y Édgar Eulises Torres Murilto República de Colombia Corte Suprema de Justicia conacido como cl “ALEMÁN", en el sentido de haber recibido su apoyo económico y logístico, desde el año 1998 hasta antes de su desmovilización que ocurrió en el municipio de UNGUÍA — CHOCÓ el 16 de agosto de 2006.

2. Adicionalmente, en desarrollo del Proyecto Político de las autodefensas que se denominó por una Urabá Grande Unida

y en Paz, que sc coneció en cl Departamento del Chocó como Proyeeto Politica del Darién Colombiano, se llevó a cabo en los municipios de RIOSUCIO, UNGUÍA y ACANDÍ, el proceso de sclección del candidato que por csa región del Urabá Chocoano scría cl representante de las autodefensas en el Congreso de la República para el período 2002-2006,

3. Concluido csc proccso y clegido cl scñor ROBERT MENDOZA BALLESTEROS, se realizó con los dirigentes politicos de mayor aceptación en la región, entre ellos los acusados, un pcriplo por los municipios que la comprendian, en compañía de un miembro representante de las autodefensas, con el fin de medir el grado de aceptación de cada uno de ellos y así escoger el movimiento o partido político en cuya lista figuraria el candidato de las autodefensas, proceso que culminó con la inclusión de MENDOZA BALLESTEROS en la lista a la Cámara de Representantes de EDGAR EULISES TORRES, como tercer renglón de la misma. 3 Única Instancia 31.653

Odin Horacio Sánchez Mantes de Oca y Edgar Eutises Terres Murillo República de Colombia Corte Suprema de Justicia

4. En cl marco de esos acucrdos políticos para cl Congreso de la República, los acusados celebraron también con FREDY RENDON HERRERA una alanza para la campaña politica a la Gobcrnación del Departamento del Chocó período 2003-2007, con el proposito de llevar a ese cargo a JULIO IBARGUEN, y en las elecciones del año 2007 apoyar igualmente

la candidatura de PATROCINIO SÁNCHEZ a esa misma dignidad de elección popular, en un pacto que posteriormente se suscribió por los Presidentes de los Directorios Politicos Departamentales y se denominó "PACTO DE SINGAPUR”. Génesis, estructura y área de influencia del Bioque Calima de las autodefensas unidas de Colombia:

5. Tal como se logró establecer en la investigación y se dejó reseñado en la decisión de 14 de abril de 2010 mediante la cual sc llamó a juicio a los ex Representantes a la Cámara EDGAR EULISES TORRES MURILLO y ODÍN HORACIO SAÁNCHEZ MONTES DE OCA, cl siguiente fue cl desarrollo del accionar de los grupos paramilitares en gran partc del Departamento del Chocó: Con base en el testimonio de Fredy Rendón Herrera?, desmovilizado ex comandante del frente 'Elmer Cárdenas', se sabe que las autodefensas de la denominada 'Casa !'Tenumonio rendido en lau instalaciones de la Carcel de Hagút el 26 de sunio de 2009. 4 Unica instancia 31.653

Oc'n Horacio Sánchez Montes de Oca y Eogar Eviises Torres Murillo 1 Repiblica de Colombia C w,$¡ Corl.e Suprema de Justicia Castaño' incursionaron en el Chocó por el municipio de Unguía más o menos en febrero de 1996, y de allt al municipio de Acandi, lugar en el que se establecieron definitivamente y desde el cual iniciaron su expansión hacia otros lugares del norte de ese departamento, combatiendo contra el frente 57 de las FARC. Posteriormente, con el crecimiento del grupo, se tomaron

otros municipios como Unguia y Riosucio y sitios aledaños, lo cual no hicieron en solitario pues inmediatamente se comunicaron con Carlos Castaño quien contactó a alias “El Alemán" con las autoridades policiales y miltares de la región, con quienes acordó el ingreso al comando de policia de Riosucio para incursionar en diciembre de 1996 y enero de 1997, lugar en donde, según dice, habla policiales 'caleteros' que colaboraban con la subversión a quienes les encontraron armamento y otros elementos de la guerrilla que fueron incautados. Ya entrado el año 1997 ingresaron al municipio de Vigia del Fuerte y Hojayá, en donde encontró a sus alcaldes muy complacidos por la llegada de las autodefensas, al punto que inicialmente sujfragaron algunos gastos de la tropa paramilitar, como las bonificaciones de sus integrantes. Seguidamente, dice haber entrado con su tropa a Juradó vía aérea desde Necaclí (Antioquia) y desde ese momento se iniciaron sus re'aciones con la clase dirigente del Chocó, 4 Asegura que la complacencia de estos mandutarios locales por la presencia de su grupo paramilitar era real, pues ya desde antes había desplegado una red de intei:gencia pura avenguar el pensamiento y movimientos de los habitantes y suz drrigentes. S Única instancia 31 653 Odin Heracio Sánchez Montes de Oca y N Édgar Eulises Torres Murillo República de Colorbia ' Corte Suprema de Justicia que ha sido la de siempre en la región coma los Lozanistas, Cordobistas, de Odín Sánchez y de Carlos Escobar.

Para los años 1998 y 1999 incursionaron en Quibdóo, Andagoya, Istmina y Condoto y se reunia con los alcaldes del Baudó, con tal complacencia de las autoridades que cuando llegaba uniformado y armado con sus hombres al aeropuerto de Quibdó en avioneta privada, jamás tuvo inconvenientes?. Varos deciarantes en esta investigación han sido contestes en afirmar, sin ambages, la real y efectiva presencia paramilitar en la región del Bajo Atrato, Acand!, Unguía, Riosucio, Vigta del Fuerte y Bojayá, tanto en la parte urbana como rural, donde campearon como amos y señores personas armadas ilegales del frente “Élmer Cárdenas”, nombre que se le diío a partir del año 1997 al “Frente Chocó” que dingía quien así se llamaba y precisamente a raíz de su fallecimiento en combate” tal agrupación ilegal prosiguió con esa denominación y bajo el mando de alias “cl Alemán”. Todos ellos han coincidido en afirmar que algunas zonas del Departamento del Chocó fueron totalmente dominadas por el frente “Elmer Cárdenas” comandado por Fredy Rendón Herrera, quien como testigo jfundamental y denunciante en este caso, en una de sus intervenciones ante la Sala señaló: [...] desde 1996 cuando nosotros llegamos por primera vez los alcaldes de Acandí y Ungta, 1 Mesta aquí reyulta una nameción yenérica, pues deuir ese momento, egún lo dio bajo juramento, fue que Ye inició su conocimiento mús de cerca con las dingentes Odin Súnchez, ANCAR Kulises Torres e |iMginio

Masquern, que eran las fuerzas políticas mayor:tarias en la xnne. — “ D::hr-elún de Hredy Kendán el 27 de abrd de 2009 en lan instelariones de la Cáreci de Mog0i. 6 Única instancia 31653 Ocin Horacio Sanchez Montes de Oca y Edgar Euilses Torres Munilo . República de Colombia 1 < M Corte Suprema de Justicia todos contaron con nuestro apoyo trrestricto [...] económico y trabajo en comunidades [...] desde el 20 de diciembre del 96 hasta nuestra desmovilización [...] todos los alcaldes de Riwsucio sin excepción fueron montados por nusotros y, ahí hicimos relaciones con la clase dirgente |[..] (min.00:40:15...). Igualmente, otro de los testigos fue enfático en reafirmar que las autodefensas tenían el dominio total de algunas zonas del Chocó: [...] en vista de que nosotros |...] teniamos el control, político, social y militar [...] allá era el abandono total |...] haciamos de comisano de familia de policia judicial |...] de todo |...] allá no habia presencia del Estado [...] nosotros éramos la autoridad allá |...] éramos de todo [.-.] (min.00:49:20...P.

III.- FILIACIÓN DE LOS PROCESADOS

6. ODÍN HORACIO SÁNCHEZ MONTES DE OCA, identificado con la C. C. 19,372.369, mació cl 30 de agosto de 1955 en Lorica (Córdouba), hijo de Rafacel Sanchez Hinostroza y Luz María Montes de Oca, casado con Luz Estela Garcés Realpe, padre de una niña menor de edad, de profesión abogado,

dedicado a actividades politicas desde el año 1993, Representante a la Cámara en los periodos 19982002 y 20062010, por la circunscripción territorial del departamento del Cnocó. Presentó renuncia a su investidura como Representante A7 Semón de la declaración rendala por Fredy Rendón ¡ierrera (el ulemaán”) el 14 de abnil de 2009 dentro del Rudicado 26.025, por el que se dio micio a estu investigación. Manifemaciónen CA catrevisto con lo pokría judicial y que Fatificó en icamonio el desmovilzado Mermes Andrés Kehnlbedo Valeia, Alina El katamono"”. 7 Única instancia 31 653 Odin Horacio Sánchez Montes de Oca y Édgar Eulises Torres Mundo República de Colombia ' Corte Suprema de Justicia a la Cámara para cl período constitucional 2006-2010, la cual lc fuc aprobada en scsión plenaria de dicha Corporación cl 22 de septiembre de 2009 (1.6 c.4).

7. ÉDGAR EULISES TORRES MURILLO, identificado con la C. C. 82.382.068, nació en Primavera Istmina (Chocó), en 1960, hijo de Armando Torres y Eleuteria Murillo, casado, con tres hijos, de profcsión abogado, Representante a la Cámara desde cl año 1990 por la circunscripción territorial del departamento del Chocó. Presentó renuncia a su investidura como Representante a la Cámara para el pcriodo constitucional 2006-2010, la cual lc fuc aprobada en sesión plenaria de dicha

Corporación el 1 de septiembre de 2009 (1. 177 c.2).

IV.- ANTECEDENTES PROCESALES

8. La Sala, después de declarar formalmente abierta la investigación cl 31 de agosto de 2009 y recibirles indagatoria a los ahora enjuiciados el dia 1% de septiembre de 2009, por decisión del 8 de septiembre siguiente les resolvió su situación juridica con medida de aseguramiento de detención preventiva, que fuc confirmada el día 29 de ese mismo mes y año por no encontrar elementos de juicio que permitieran revocar la impuesta. 9, El 15 de febrero del año 2010, sc profirió auto de cierre de instrucción, contra el cual se interpuso recurso de 8 Única instancia 31 653

Odín Horacio Sánchez Montes de Oca y Edgar Eulses Torres Murilo República de Colombia . -3"%-= Xfu Y CorlLe Suprema de Justicia reposición -por parte del defensor del procesado EDGAR Euliscs Torres Murillo -, al que adhirió el señor Agente del Ministerio Público, a fin de que se continuara con la investigación; mediante auto del 4 de marzo de la misma anualidad fue resuelto ncegativamente cl recurso, cobrando cjecutoria la clausura del ciclo instructivo

10. Vencido cl término para alegar de los sujetos procesales, por auto del 14 de abril de 2010 sc calificó el mérito del sumario, acusando a los sumariados ÉDGAR EULISES TORRES MURILLO y ODÍN HORACIO SÁNCHEZ MONTES DE OCA, como probables autorces del delito previsto en el libro

segundo, Titulo XII, capitulo primero, articulo 340, inciso segundo de la Ley 599 de 2000, modificado por el artículo 8 de la lcy 733 de 2002, dcenominado Concierto para delinguir agravado, concurriendo la circunstancia deserita en el articulo 58 numeral 9% del Código Penal (Ley 3599/00), y se dejó incólume la medida de aseguramiento impuesta de acuerdo con lo sostenido al respecto en la motivación.

11. Contra la antenor decisión los abogados defensores de los dos implicados interpusicron recurso de reposición, el cual fue resuclto mediante auto del S de mayo de 2010, confirmando la misma y declarando desierto el recurso, respecto de la defensa de ODÍN HORACIO SÁNCHEZ MONTES DE OCA. g Úlnica instancia 31.653

Odin Horacio Sánchez Montes de Cca y Eagar Eulises Torres Munillo A República de Colombia .A < X._P, 's.5 r Y q Cocl.e Supcema de Justicia

12. El día 2 de agosto de 2010 sc verificó la audiencia preparatoria en cuyo curso fucron negadas las solicitudes de nulidad deprecadas por los defensores de los acusados, resucltas las pretensiones probatorias de los sujetos procesales, decretándosce unas y rechazándose otras, motivo por cl cual interpusieron recurso de reposición, el Ministerio Público, los defensores y el procesado ODÍN SÁNCHEZ, resuelto mediante auto del 5 de agosto, cl cual no repuso la decisión de nulidad

impugnada, reconsideró la práctica de algunos testimonios y confirmó en lo demás la decisión recurrida.

13. Sc instaló la audiencia pública el pasado 7 de marzo, decretándose la clausura del debate probatorio el dia 1 de abrii de la presente anualidad, mismo día en que se inician alegatos de los sujctos procesales que concluycron cl pasado 4 de mayo de 2011, cuando se da por terminado el juicio.

V.- ALEGATOS DE LOS SUJETOS PROCESALES:

+« Ministerio Público:

14. Considera el Representante de la sociedad que están dados en la actuación los elementos de convicción que en el grado de certeza permiten obtener el conocimiento acerca de la responsabilidad de los procesados en el delito de Concierto para delinquir agravado por el cual se les formuló acusación, pues obran scrioa medios de prucba que acreditan, en términos del 10 Única instancia 31.653

Odin Horacio Sánchez Montes de Oca y Édgar Eutises Torres Murilo República de Colombia CorLe Suprema de Justicia Art. 232 de la Ley 600 de 2000, que las Ex Representantes a la Cámara por cl Choco, EDGAR EULISES TORRES MURILLO y ODÍN HORACIO SÁNCHEZ MONTES DE OCA, se concertaron con el Bloque EÉLMER Cárdenas de las A.U.C dirigido por FREDY RENDÓN HERRERA alias “EL ALEMÁN”" para obtcner respaldo no solo electoral sino económico y logistico en las causas electorales que adelantaban en el departamento del Chocó durantc las clecciones al Congreso de la República año

2002 y a la Gobernación del Departamento del Chocó, periodo 2003, tiempo durante el cual la organización armada al margen de la ley, ejercia injerencia armada, social y política en la región y especialmente en los municipios de Riosucio, Acandí y Unguía.

15. Para arribar a tal ascrto la Dcelegada del Ministerio Público aborda el testimonio de FREDY RENDÓN HERRERA en sus 3 intervenciones del año 2009: 27 de abril, 26 de junio y 28 de agosto, en las que básicamente el ex jefc paramilitar señala la injerencia ejercida por cl Bloque ÉLMER CÁRDENAS en la región del Urabá Chocoano, la complacencia de las comunidades con la presencia de esa organización armada al margen de la ley, incluida la fucrza pública, las rclaciones con los políticos de la región como los aquí procesados, el Proyecto Regional que impulsaban las autodefensas, la solicitud de apoyo que la misma clasc política lc formulaba a la agrupación armada ilcgal para que a través de sus Promotores de Desarrollo Social (PDS), como CATALINO SEGURA MORENO, 1i Única instanc:a 31 653

Ogin Horacio Sanchez Montes de Oca y Edgar Eulises Torres Murillo República de Colombia Corte Suprema de Justicia alias "NANDO” o "ASPRILLA", JOSÉ LUIS ARRIETA SÁNCHEZ, alias “MAURICIO” y HERMES ANDRES REBOLLEDO VALETA, alias “"EL ESCAMOSO” - personas que concertaban los encuentros de a. “EL ALEMAN” con los políticos - , se

impulsaran las candidaturas a las Corporaciones de elección popular, Alcaldías y demás, por medio del trabajo social con la comunidad que estos desarrollaban, refinendo también la propuesta que afirmó lc hizo a ÉDGAR EULISES TORRES para incluir en la lista a la Camara a ROBERT MENDOZA quien llegó al Congreso en representación de la zona morte del Departamento del Choco.

16. Menciona tambieén el Ministerio Público la alusión que realizó FREDY RENDÓN a los ofrecimientos de dinero que se hicieron a sus lugartenientes más cercanos - a. “MAURICIO " y a. “EL ESCAMOSO” -, para que cambiaran sus iniciales declaraciones ante la Policía Judicial donde habian corroborado las imputaciones de su cx jefe a. “EL ALEMÁN” en contra de los enjuiciados y prucba de ello es la grabación ¿:¡uc estc realizó de la conversación sostenida con ROBERT MENDOZA en la que se pueden apreciar esos ofrecimientos.

17. Destaca también, respecto de la declaración de “EL ALEMÁN”, su referencia a la financiación que afirmó éste, le otorgó a los procesados y que incluso a EDGAR EULISES 12 Úñica instancia 31 653

Odin Horacio Sánchez Montes de Oca y Edgar Eulises Torres Murillo República de Colombia Cor.e Suprema de Justicia TORRES lc prestó de mancra personal 400 millones de pesos” de los cuales sólo le devolvió 150 millones, y lo que confirmó el ex jele paramilitar, sobre la entrega de 150 millones de pesos a EDGAR EULISES TORRES, según lo informó CARLOS JAVIER

PÉREZ NIEVES, a. “EL MEDICO"

18. Relaciona el Ministerio Público la declaración vertida por cl ex jefc paramilitar el día 7 de marzo de la presente anualidad en el curso de la audiencia pública de juzgamiento, donde ratificó lo dicho en sus versiones anteriores, como los acucrdos politicos que se lograron con los procesados para clegir en periodos succsivos al Gobernador del Departamento del Chocó y al Alcalde de Quibdó.

19. Afirma la Dclegada de la Procuraduría que los anteriores señalamientos del “varón militar” constituyen el núcleo de la imputación, siendo explicitas las afirmaciones del desmovilizado jefc paramilitar en el sentido de la estrecra cercanía de TORRES MURILLO y SÁNCHEZ MONTES DE OCA con el grupo ¡legal a su mando, a los cuales apoyó politicamente a través de la directnz imparlida a las comunidades mediante los Promotores de Desarrollo Social y también les entregó recursos para su labor proselitista, participando el ex jefe del Bloque ELMER CÁRDENAS en acuerdos políticos con ellos para ” En deelaración del 28 de agonto de 2009 (2" qudio), alrma FEEDY RENDUÓN HENRERA: [97-21)%Me dijo, sesior, presiema de mansra personal, no para Ta campaña, 400 millanes de pavos que ya 14 Ina pago con lea contratos que ME van a dur, y yo ne ls prexté rie munera personal, ha poco (empo le lijr, EUCAR, me vas u payar o no ma vas pagar, y me mardó 150 mullones de pesos, están en Rogetá, ahi hay una parsana que "e CONO7£0 Que los hone

quardades, porqua ro tar go como traerios... entregados por una persosa de ADCAN RENISES TORRES. — — — — 13 Única instancia 31.653 Quin Horacio Sánchez Montes de Oca y Edgar Eutizes Torres Murillo República de Colombia Corte Suprema de Justicia auspiciar las candidaturas de ROBERT MENDOZA BALLESTEROS en la lista de TORRES MURILLO a la Cámara de Representantes en el año 2002 y de JULIO IBARGUEN MOSQUERA a la Gobernación del Departamento del Chocó para cl periodoa 2003 - 2007.

20. Para la Delegada del Ministerio Publico, testimonios como los de HUMBERTO LEÓN ATEHORTUA SALINAS, a.

“JUAN DIEGO”, CARLOS JAVIER PÉREZ NIEVES, a. “EL MEDICO”, HIGINIO MOSQUERA LOZANO, DANILO TABORDA MENESES, a. “CHUMILO” y PABLO CUESTA DENIS, a. “TURBO”, respaldan las imputaciones de FREDY RENDÓN HERRERA y fortalecen la acusación, a. “JUAN DIEGO”, quien relató la forma en que se realizaba el trabajo político con las comunidades, el cual generaba espacios de confianza para que se le consultara a los Promotores de Desarrollo Social de las autodefensas su parecer en punto de las candidaturas políticas, manifestó que a los encausados se les prestó apoyo económico y logistico y que ROBERT MENDOZA, persona muy cercana a la organización ilegal - como lo era EDGAR EULISES TORREShabía sido también el puente entre a. “EL ALEMAN" y los políticos.

21. En relación con el testimonio de CARLOS JAVIER PÉREZ NIEVES, scñala el Ministcrio Público, que este informó al proceso que a, “EL ALEMAN" entregó recursos para sus campañas a los procesados, con quienes sostuvo varias 14 Única instancia 31 653

Odin Horacio Sánciez Montes de Oca y Édgar Eulises Torres Murito República de Colombia EO T f$u A Corte Suprema de Justicia reuniones presenciando la entrega de dincros e inclusive por conducto suyo entregó unos emolumentos, ratificando también que ROBERT MENDOZA era muy cercano a la organización llegal, aspectos que en la audiencia pública reiteró, trayendo a colación el episodio de la gira política que devino en la inclusión de ROBERT MENDOZA BALLESTEROS en la lista de ÉDGAR EULISES TORRES a la Cámara de Representantes para las elccciones de 2002, ascgurando que entregó dincros tanto a éste último como a SÁNCHEZ MONTES DE OCA provenientes del “ALEMÁN” y que las reuniones de éste con polílicos las llevaba a cabo en la hacienda Virgen del Cobre en el Km. 15 de Arboletes a Necocli, sitio La Papaya, Corregimiento de Puceblo Nuevo viía a la Comarca, a las que acudieron los implicados, primero individualmente, pero que luego se hizo una última reunión conmjunta.

22. Respecto de las declaraciones de DANILO ALFONSO TABORDA MENESES alias “CHUMILO” y PABLO CUESTA

DENIS alias "TURBO” cencargados de la seguridad del Jefe del Bloque ÉLMER CÁRDENAS, destaca que estos indicaron que su jerarca sosteniía reuniones con distintos personajes entre los que sc contaban los politicos del Departamento a quienes sc les suministró apoyo económico,

23. Destaca la Delegada del Ministerio Público que cl testigo HIGINIO MOSQUERA LOZANO, seolicitado en su momento por la defensa de EDGAR EULISES TORRES, depuso 15 Única instancia 31.653

Odin Horacio Sánchez Montes de Oca y Edgar Eulises Torres Muritlo 'x República de Colombia y -z'.x :¡ Corte Suprema de Jualicia en declaración del 11 de febrero de 2010 circunstancias que ratifican cl compromiso pcenal de los implicados al narrar cóomo en una ocasión en la que se dirigia a un encuentro con “EL ALEMÁN” para aclarar su situación de scguridad ya que lo considcraban cercano a la guerrilla, pudo percatarsc en el sitio conocido como la Comarca de la presencia de los procesados junto con PATROCINIO SÁNCHEZ y JULIO IBARGUEN MOSQUERA, c indicó que cuando llegó donde. “EL ALEMÁN” este le comentó que no lo había rcecibido porque estaba hablando con los políticos mencionados con quienes arribó a un acuerdo para escoger a JULIO IBARGUEN como candidato a la Gobcernación del Chocó.

24. Que el testigo aseguró que RENDÓN HERRERA también lc manifestó que había financiado a EDGAR EULISES y

ODÍN SÁNCHEZ, y luego de ello se enteró del Pacto de Singapur, deduciendo que esa era la materialización de lo que le habia rclatado el ex jefc paramilitar y cnfatiza la Delegada quce las manifestaciones antceriores fucron rciteradas por cl testigo duranie su intervención en la audiencia pública.

25. Hacc referencia el Ministeno Publico a los testimonios de los llamados Promotores de Desarrollo Social - PDS - del Bloque ÉLMER CÁRDENAS, que inicialmente ante la Policía Judicial corroboraron la versión del “ALEMAN" pero que luego en declaración ante el Magistrado comisionado por la Corte, desconecieron lo dicho, que ningún grado de credibilidad puede 16 Única instancia 31.653

Odin Heracio Sanchez Montes de Oca y Edgar Eulises Torres Munilo República de Colombia 4 Corta Suprema de Justicia otorgárscle a csos “acomodados” y “manipulados” testimonios, si sc tienc en cuenta la noticia que sc tuvo en cl juicio sobre el asesoramiento de un abogado a quien se identificó como “Del Toro” cl cual “les había prcordenado absolver cuestionarios ya claborados”.

26. Sostiene que, por ejemplo, JOSÉ LUIS ARRIETA SÁNCHEZ, a “MAURICIO”, llegó al extremo de indicar que en el ambientc de marginalidad en cl que sc desarrollaban las A.U.C era habitual acudir a la mendacidad y ofrece como sospechoso el hecho de que este testigo compareció al juicio oral asesorado de manera gratuita pur un abogado del cual no ofreció datos concretos, afirmando QUE: “de esta forma tales testimonios en los que se

pretende una ajenridad de los procesados con los cargos que en su contra fueron formulados, no pueden ser tenidos en cuenta ya que las circunstancias particulares en las que se nndió tal declaración dejan entrever un interés marcado en distorsiónar la realidad,.. »

27. Ahora, en lo que tiene que ver con los testimonios de ROBERT MENDOZA BALLESTEROS y J¿ULIO IBARGUEN MOSQUERA, destinatarnios de los reprochables acuerdos politicos, indica cl Ministerio Público que tampoco revisten la solidez suficiente para infirmar el compromiso penal de los procesados, pues éstos tienen 1inusitado interés en los resultados de este proccso, como que su propia situación está ligada a su destino, y recuerda que en la grabación rcalizada por el “ALEMÁN” de la conversación que sostuvo con ROBERT MENDOZA, sc observa que este no es ajeno a los hechos por los 17 Única instancia 31 653

Ogin Horac: o Sánchez Montes de Oca y

Edgar Eulisez Torres Murniio República de Coiombia E f$ Corte Suprema de Justicia que sc procede, pues atendió presuroso el llamado del ex “comandante” a visitarlo a su sitio de reclusión y sc obscrva en la conversación un ambiente de conocimiento entre ellos, contrario a la pregonada ajenidad que MENDOZA quiso hacer Crceer.

28. Aludiendo a las inconsistencias en que incurrieron los deponcntes que corroboraron las imputaciones rcalizadas por el principal testigo de cargo, a. “EL ALEMAN”, considera que estas se reficren a aspectos accesorios del testimonio ya que en

lo csencial son coincidentes al reportar cl apoyo económico y logístico del Bloque ÉLMER CÁRDENAS a las campañas políticas de los aquí procesados, además, el que no haya absoluta correspondencia en los montos de dineros entregados, en los lugares que sc hizo cl desembolso, en las fechas de las reuniones y otras circunstancias de esta indole, obedece al decurso inexorable del tiempo que causa mella en el proceso de rememoración de los testigos, como algunos así lo afirmaron.

29. Sobre el modus operandi de las autodefensas en el área de influencia, des“aca la representante de la sociedad que éstas elaboraron una tarca de scnsibilización social a través de los Promotores de Desarrollo, con la cual se logró ganar la aceptación de la comunidad y ello permitió que los apoyos políticos buscados por el grupo ilegal, tuvieran como basc la persuasión y no cl adclantamiento de labores de intimidación armada para consolidar los apoyos a favor de los candicatos de 18 Única instancia 31.653

OQdin Horacio Sánchez Montes de Oca y £agar Eulises Torres Murillo RepúbBlica de Colombia Corfte Suprema de Justicia su predilección, lo que explica porqué no aparecen incrementos inusitados en la votación obtenida por los procesados para las elecciones del año 2002

30. En rclación con los testimonios de CATALINO SEGURA MORENO y DAYRON MENDOZA, advierte que, aunque se mostraron renuentes a admitir cualquier conocimiento de los hechos de mancra directa, no succdió lo mismo a la hora de corroborar al “ALEMÁN" en sus indicaciones, pues no pusicron

en entredicho los vinculos entre Rendón Herrera y los procesados.

31. Sobre el denominado “Pacto de Singapur", destaca el Ministerio Publico que si bien se allegaron declaraciones respaldando las exculpaciones de los procesados para indicar que dicho pacto obedeció a un proceso democrático legítimo, empero, de lo aportado a la actuación se dilucidó que éste obcedeció a una maquinación de las autodcefensas de consuno con los acusados, que luego sc “legitimó” antc la comunidad y que sólo por la intermediación del “ALEMÁN” fue que esas fuerzas políticas al parecer irreconciliables unieron esfuerzos, confluyendo esta circunstancia a formar cl convencimiento del llicito pacto entre los procesados TORRES MURILLO y SÁNCHEZ MONTES DE OCA, y el ex jefe del Bloque ÉLMER CÁRDENAS de las autodefensas, sin que sca oponible a tal conclusión la cevocación de la trayectoria política previa que alegaron los procesados, pues de ser ello asi no hubiera existido 19 ÚUnica instancia 31.653

Odin Horacio Sánchez Montes de Oca y Edgar Eulises Terres Murito RepúEbli ca de Colombiía Corte Suprema de Justicía la necesidad de una alianza como el pacto de Singapur para ascegurar el acceso a los cargos de clección popular.

+ Alegatos de ODÍN HORACIO SÁNCHEZ MONTES

DE OCA:

32. Para abordar cl estudio de las conclusiones a las que arribó la defensa material, la Sala advierte que muchas de ellas

fueron iteradas por el abogado defensor del señor ODÍN HORACIO SÁNCHEZ, por tal razón sc omitc su consideración en este acápite

33. Comicnza su intervención haciendo una semblanza de las familias tradicionales del Chocó quce han dominado cl escenario político desde los años 30, - el Lozanismo al que él pertenece, el Cordobismo, y el MIR', fundado por ÉDGAR EULISES TORRES - para significar con cllo que ni él mi su sector político necesitan de alianzas con grupos ilegales para conquistar el favor popular, señalando que su Hhermano PATROCINIO SÁNCHEZ MONTES DE OCA obtuvo la más alta votación en el año 2007 para la Gobernación del departamento del Choco.

34. Realiza una descripción gcográfica de las difcrentes zonas del Departamento del Chocó para cnfatizar que la pregonada omnipresencia de los paramilitares en ese Departamento, sc redujo a los municipios de ACANDÍ, UNGUÍA 20 Única instancia 31.653

Odin Horacio Sánchez Montes de Oca y Eagar Eulises Torres Murillo República de Colombia ?$.-? Carla Suprema de Justicia y RIOSUCIO, invocando cl Informec de Policia Judicial del CTI de fecha 31 de agosto del 2009 que obra a folios 91 y ss del cuaderno |, para delimitar en el tiempo y en el espacio la presencia del Bloque ELMER CÁRDENAS

35. Señala que para los años 2001 y 2002 habia un fuerte enfrentamiento entre los Frentes 37 y 34 de las FARC con los paramilitares en la zona comprendida entre los municipios

de Boyayá y Carmen del Darién, impidicndo el paso de cualquier persona, lo que (orna inverosimil la versión aportada por CARLOS JAVIER NIEVES PÉREZ sobre el recorrido que hicieron para csas fcchas.

36. Destaca las imprecisiones en que incurrió FREDY RENDÓN cn las distintas declaraciones que sc le recepcionaron durante la elapa instrucliva, pues en u

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