CSJ - SP31840(18-11-2009)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP31840(18-11-2009)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2009
Ret 31.840
MILTON HUMBERTO AV, SANTANA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
MAGISTRADO PONENTE
AUGUSTO J. IBÁÑEZ GUZMÁN
Aprobado: Acta No.360
Bogotá, D. C., dieciocho (18) de noviembre de dos mil nueve (2009). MOTIVO DE LA DECISIÓN La Sala se pronuncia sobre el recurso de reposición interpuesto por el apoderado del señor Milton Humberto Ávila Santana contra la providencia del pasado 21 de octubre, mediante la cual se inadmitió la demanda de revisión presentada.
ANTECEDENTES Y CONSIDERACIONES
1. En el proveído interlocutorio del 21 de octubre de 2009, la Sala resolvió inadmitir la demanda de revisión propuesta por el apoderado del señor Ávila Santana'.
2. En escrito del 28 del mismo mes, el abogado manifestó que interponía recurso de reposición contra ese auto y que lo sustentaría "dentro del término de ley" 2.
'Folio 94. Folio 107. 7 RevisU 31.840 MILTON HUMBERTO ÁVILA ANTANA La postulación de la impugnación se hizo dentro de los términos legales, como que la decisión fue notificada por anotación en estado del día 30 de octubre3 y, en términos del artículo 187 del Código de Procedimiento Penal, ese medio de gravamen podía ser propuesto en cualquier tiempo, contado desde el proferimiento de la determinación y hasta tres días después del último acto señalado.
3. El artículo 189 procesal exige que el recurrente debe sustentar
La reposición, este es, expresar las razones de hecho y de derecho del disenso, carga que se impone cumplir dentro de los dos (2) días siguientes a la ejecutoria formal de la providencia. La defensa afirmó que lo haría, pero no fue así. En efecto, la secretaría dejó constancia expresa del transcurso del lapso y de que el apoderado no se pronunció4 En esas condiciones, la Sala de debe declarar desierto el recurso, porque el desconocimiento de la obligación de sustentarlo le impide resolver sobre el fondo, como que no conoce los motivos de inconformidad y son estos los que limitan su competencia, en cuanto tales razones constituyen el tema por valorar y confrontar con la decisión censurada. Consecuente con lo expuesto, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, Folio 104 vuelto. ' Folios 109 y 110. 4 2 Revlsié.840 MILTON HUMBERTO ÁVILA (cid:9) ANA RESUELVE Declarar desierto el recurso de reposición interpuesto por el apoderado del señor Milton Humberto Ávila Santana contra el auto del pasado 21 de octubre. No procede ningún recurso. Notifíquese y cúmplase. JOSÉ MARíd 3