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CSJ - SP32128(19-10-2009)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP32128(19-10-2009)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2009

ÚNICA INSTANCIA

Radicación N°32.128 Averiguación de responsables

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Aprobado Acta N° 328 Bogotá, D. C., octubre diecinueve (19) de dos mil nueve (2009). VISTOS Revisada la actuación son varios los asuntos que ameritan pronunciamiento de la Sala.

1. Las denuncias anónimas: A continuación será relacionado el contenido de cada uno de los escritos que las contienen y en seguida se anunciará la

determinación procesal a seguir: IP P Página 1 de 16 (cid:9)(cid:9)

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Radicación N° 32.128 Averiguación de responsables 1.1. (cid:9) En documento recibido el 13 de julio de 2009' se pide investigar el origen de los nombramientos de los titulares de las Notarías del Círculo de Pereira dada la injerencia indebida de los siguientes funcionarios: en la 1a del Ministro del Interior Fabio Valencia Cossio; en la 2a de los congresistas María Isabel Mejía Marulanda y Habib Merheg; en la 411 del representante Naranjo; en la 5' nuevamente de los senadores Mejía Marulanda y Merheg, y de Enrique Soto, y porque el paramilitar Macaco y Habib hicieron una inversión de más de $2'000.000 para lavar activos; y en la 7', de Carlos Enrique Soto.

Decisión: Al no suministrar el autor de este escrito información circunstancial que permitan orientar la presente actuación en una dirección determinada y hacia el logro de las

finalidades señaladas en el artículo 322 de la Ley 600 de 2000, la Sala no emprenderá ninguna acción averiguatoria respecto de los hechos enunciados. Además, porque el origen de los nombramientos recaídos 0 sobre las personas que han fungido como Notario 7 del Círculo de Pereira, ya viene siendo objeto de exploración dentro de este diligencia miento. 1.2. (cid:9) Expresa un funcionario del Ministerio del Interior no identificado, en escrito recibido 13 de julio de 20032, que el Notario 1° de Neiva y el 2° de Garzón inicialmente no fueron admitidos al concurso por no llenar los requisitos, pero al comunicarse el Senador Hernán Andrade con el Ministro del Interior y de Justicia C. ()fig. N° 1, fol. 35. 2C. ong. N 2, bis. 95-96. Página 2 de 16

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Radicación N° 32.128 Averiguación de responsables Carlos Holguin y éste con el Rector de la Universidad de Pamplóna, tres días después les comunicaron la admisión al concurso, y posteriormente les dieron los borradores de las pruebas de conocimiento y los cuadernillos de las entrevistas asegurándoles el nombramiento en propiedad.

Decisión: La falta de relación de estos hechos con la presunta entrega de Notarías por el Gobierno Nacional a los Congresistas, en compensación por el voto favorable dado al proyecto de acto legislativo sobre la primera reelección presidencial, objeto de la presente indagación preliminar, induce a la Sala a no ocuparse de ellos, además, porque de acuerdo a la

forma genérica como están descritos no permiten inferir la eventual configuración de infracciones penales. 1.3. En documento remitido por correo el 27 de julio de 2009 por Mauricio Poveda3, sin indicar documento de identidad ni dirección de origen, se informa que Abelardo de la Espriella Juris, identificado con cédula de ciudadanía N° 19.149.475, actualmente Notario 45 del Círculo de Bogotá, le consigna dinero al congresista que lo hizo nombrar, cuyo nombre no suministra, en una cuenta de la Sociedad Gestiones Comerciales Ltda., con Nit N° 860517703-1, de la cual presentó certificado de existencia y representación expedido por la Cámara de Comercio de Bogotá, sede Salitre, documento en el que consta que son socios capitalistas miembros de la familia lragorri Sus. 3 C. orig. N° 2, fols. 171-173. Página 3 de 16

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Radicación N°32.128 Averiguación de responsables Decisión: Teniendo en cuenta que el documento contentivo de esta noticia criminosa suministra datos concretos verificables, se librará misión de trabajo al grupo de investigadores del CT1 asignado para colaborar en esta actuación con el fin de que establezcan: i) en la Registraduría Nacional del Estado Civil, si al firmante Mauricio Poveda le ha sido expedida cédula de ciudadanía y el lugar de su residencia, y para que una vez conocida esta información sea entrevistado sobre los hechos que delata, ii) a través de la hoja de vida Abelardo de la Espriella Juris

que reposa en la Superintendencia de Notariado y Registro, determinar qué personas lo recomendaron, así como iii) los nexos que eventualmente puedan tener los socios de la sociedad mencionada con el Senador de la República Jorge Aurelio Iragorri Hormaza, dada la coincidencia de apellidos entre ellos, o de dichos socios con otros congresistas, y para que averigüen iv) si el ciudadano de la Espriella Juris ha tenido relaciones comerciales con dicha sociedad y de qué tipo, o si ha hecho consignaciones en sus cuentas bancarias. 1.4. El 5 de agosto de 2009' se recibe documento sin firma alguna5 comunicando que la Notaría 57 de Bogotá fue "vendida" por Eduardo Enríquez Maya a Josefina Erazo Cabrera, hermana de Manuel Erazo Cabrera, "periodista de cabecera" de dicho senador (oriundo de Iles, Nariño), quien después de asumir el cargo en propiedad al negarse a seguir pagando al citado congresista $20'000.000 mensuales, recibió del hijo de éste graves amenazas. Igual le sucede a la Notaria 2a del Círculo de Pasto, Miryam Lasso, quien al negarse a continuar dando C. orig. N° 2, fols. 246-247. 5 C. orig. N° 2, fol. 246-247. Página 4 de 16

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Radicación N° 32.128 Averiguación de responsables contribuciones económicas al Senador por haberle gestionado dicho nombramiento aduciéndole su posterior vinculación en propiedad, recibió de la esposa de éste, Ruth Caicedo, amenazas

para obligarla a proseguir haciendo los pagos.

Decisión: Los hechos relacionados con la Notaría 57 del Círculo de Bogotá ya están siendo materia de averiguación (en autos del 14 y del 25 de septiembre se decretaron pruebas) y para verificar los alusivos a la Notaría 2' del Círculo de Pasto, se dispone recibir testimonio a la doctora Miryam Lasso, a cargo de dicha oficina, así como a los colaboradores más cercanos a ella, y en ese lugar se practicará inspección judicial con los siguientes propósitos: i) obtener fotocopia de los informes estadísticos notariales durante los años 2005 a 2009, ii) verificar y analizar los registros contables plasmados en los libros de caja de la notaría, así como los soportes de las transacciones efectuadas durante el mismo período, iii) revisar y analizar el libro diario de egresos, comprobantes y soportes de las transacciones en él registradas, iv) establecer la cuenta única de la Notaría y las del Notario, y revisar los extractos bancarios de ellas durante el periodo en estudio, y) confrontar los movimientos realizados con las conciliaciones bancarias correspondientes a los egresos y transferencias que en el período indicado se hayan efectuado en esa notaría, vi) revisar los libros índices de los protocolos con el fin de determinar qué empresas constructoras recurren en mayor número a protocolizar la venta de inmuebles. fr Página 5 de 16

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Radicación N°32.128 Averiguación de responsables Una vez establecido quien antecedió en el cargo a dicha funcionaria, se le recibirá testimonio e igualmente se decretarán y

practicarán las pruebas que se deduzcan de las anteriores. 1.5. Otro anónimo llega a esta Corporación el 10 de agosto de 20096 sobre la intervención del Senador Hernando Pedraza en el nombramiento de Édgar Ulloa Ulloa, como Notario 2° del Círculo de Sogamoso, para retribuirle el voto favorable al referendo.

Decisión: Teniendo en cuenta que esta información no está relacionada con los episodios a que se contrae esta actuación y que sobre ellos cursa en esta Sala indagación preliminar, se ordena que por Secretaría se compulse copia de este escrito para que sea anexado a ella. 1.6. En escrito del 26 de agosto de 2009', firmado por Cesar Escobar M, se lee que el Gobierno Nacional le dio a César Negret por votar favorablemente la primera reelección, la Notaría 30 de Bogotá, en cabeza de Andrés González, cuya situación económica es difícil, quien durante algunos meses vinculó a la esposa de Negret, como tesorera, pero como éste no logró ser reelegido como congresista, tramitó el nombramiento para reemplazarlo.

Decisión: Estos sucesos ya vienen siendo objeto de indagación según se dispuso en auto del 14 de septiembre de 2009, sin embargo, para obtener mejores elementos de juicio se g C. orig. Na 2, fol. 251.

O. orig. NI 3, fOIS. 50-51. ' Página 6 de 16/

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Radicación N° 32.128 Averiguación de responsables librará misión de trabajo al grupo de investigadores del CTI

mencionado en precedencia, con el fin de que ubiquen el lugar de residencia y/o de trabajo del firmante del escrito delatorio, César Escobar M, identificado con cédula de ciudadanía N° 8.461.248 de Medellín, teniendo en cuenta que para su remisión utilizó la empresa de mensajería "Envía", según comprobante que reposa en este expediente. 1.7. En documento del 26 de agosto de 2009' Javier Llano Matiz, identificado con cédula de ciudadanía N° 11313.925, cuenta que la Notaría 36 de Bogotá fue entregada a Luis Humberto Gómez Gallo, quien hizo nombrar a María Del Pilar Moreno de Alvarado, y que los amigos y familiares de dicho congresista acuden allí a dar declaraciones falsas, y éste protocolizó una escritura pública para apropiarse de una bodega ubicada en la carrera 66 #12 A-40 de Bogotá, hechos sobre los cuales, señala, ya existe denuncia penal en la Fiscalía 70 Seccional de Bogotá y 118 de la misma categoría y lugar, luego no hay razón para que esta Corporación se ocupe de ellos, sobre todo porque el funcionario denunciado ya no ostenta la investidura congresional. 1.8. (cid:9) En escrito sin firma responsable recibido el 31 de agosto de 2009, aparentemente procedente de la Asociación Cívica de Risaralda, se menciona la Notaría 7' de Pereira y la injerencia del Representante a la Cámara Carlos Enrique Soto Jaramillo en el nombramiento de Jorge Eliécer Sabas Bedoya, sin ' C. °fig. N° 34 fols. 66-79.

I C. orig. N° 3, fol. 85-87 Página 7 de 16, ÚNICA INSTANCIA Radicación N° 32 128 Averiguación de responsables cumplir los requisitos legales, hechos que ya vienen siendo objeto de investigación dentro de esta actuación. 1.9. (cid:9) A la alusión genérica a la "venta de notarías" en documento recibido el 3 de septiembre de 2009'° no se dará trascendencia dada (cid:9) la ausencia de información (cid:9) que permita orientar la acción persecutoria penal en un sentido determinado. 1.10. En memorial anónimo con tachones recibido el 7 de septiembre de 2009" se señala que Sabas Pretel de la Vega pagó al abogado Jaime Bernal Cuellar por la defensa que le hizo en caso de la "Yidis-Política", con el nombramiento de la hija en una Notaría de Bogotá.

Decisión: Teniendo en cuenta que esta Corporación no tiene competencia para investigar penalmente al nombrado ex—Ministro del Interior y de Justicia, se dispone remitir copia del documento en referencia a la Vicefiscalía General de la Nación en donde se tiene conocimiento cursa proceso penal en contra de dicho (cid:9) funcionario (cid:9) por (cid:9) los (cid:9) episodios (cid:9) relacionados (cid:9) con(cid:9) el nombramiento de los Notarios y mencionados por el denunciante. 1.11. Con la antefirma de Carlos López el 7 de Septiembre de 2009 se recibe un escrito en el que se pide sea investigado el

nombramiento de Carla Ospina, actualmente Notaria de Bogotá, quien trabajó en la Unidad de Trabajo Legislativo del Representante a la Cámara Alonso Acosta, durante los años 1° C. orig. N° 3, fol. 97. "C. orig. N° 3, fol. 98. Página 8 de 16

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Radicación N°32.128 Averiguación de responsables 2002-2006, quien la hizo nombrar en dicho cargo a cambio de votar favorablemente el referendo.

Decisión: La ausencia de conexión entre esta información y los sucesos averiguados en este diligenciamiento aconseja que sean analizados dentro de la indagación preliminar que tramita la Sala sobre las prebendas entregadas por el Gobierno Nacional a los congresistas por el apoyo al referendo para la reelección del Presidente de la República, razón por la cual se ordena que por Secretaría se compulse copia de este escrito para que sea anexado a ella. 1.12. En documento allegado el 7 de Septiembre de 2009 12, suscrito por Luis Eduardo Pinzón Urrea, con cédula de ciudadanía

N° 19057088 (carrera 102 B #148-31, apto 202, interior 1, bloque 1, de esta ciudad y teléfonos 7032276 y 310-7636812), se dice que a nombre del senador Hernán Andrade le pidieron una contribución para darlo por ganador del concurso de Notario para Bogotá, hechos que dice ya denunció ante la "Fiscalía 186 Unidad Administrativa de Bogotá", a raíz de demanda de tutela que presentó ante el Consejo Seccional de la Judicatura de

Cundinamarca. Además, solicita que mientras concluye dicho proceso se le nombre en provisionalidad en una Notaría.

Decisión: Al observarse que el firmante del referido documento pretende con su denuncia ser vinculado en provisionalidad a una Notaría, que no compromete en ella directamente al Senador Andrade y que ya una Fiscalía se ocupa C. °fig. N 3, fols. 101-120.

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Radicación N°32128 Averiguación de responsables de investigar el acontecer que enuncia, la Sala se abstendrá de ejercer sus facultades investigativas. 1.13. En escrito recibido el 11 de Septiembre de 2009 13 , Juan Landazábal Ucrós, con cédula de ciudadanía N° 19.207.184, (carrera 5' #26-16 de Bogotá), dice que: i) al Senador Milton Arlex Rodríguez Sarmiento le fue adjudicada la Notaría de Usme en cabeza de Jaime Alberto Rodríguez Cuesta (actualmente Notario nombrado en otra oficina por haber ganado el concurso), quien en compensación le consignó una suma considerable de dinero posiblemente en cuentas del BBVA (calle 72), Granahorrar y/o Caja Social de la señora Yanet Santos Gutiérrez, con cédula de ciudadanía N° 20.644.876, actualmente vinculada a la Unidad de Trabajo Legislativo de dicho congresista a quien también ella hacía aportes de su salario; ii) Wilson Martínez (celular 3102620407) fue postulado para ese cargo por el Representante Rodríguez Sarmiento y el Superintendente Cuello Baute lo

entrevistó, pero como no tuvo dinero suficiente para pagar el dinero exigido fue descalificado; iii) Clara Inés Díaz Durán, con cédula de ciudadanía N° 51.640.480 (celular 311-2387609), e Hilda María García Gómez con cédula de ciudadanía N° 41.599.320, integrantes de la UTL del congresista antes dicho, tenían que darle a éste parte del salario que devengaban y la primera continúa haciéndolo ahora que es Senador; iv) el Representante a la Cámara Fernando Tamayo Tamayo recibió la Notaría de Sosa y se la entregó a Miguel Antonio Zamora, y también recibió la Oficina de Instrumentos Públicos de la Zona Sur de Bogotá y se la entregó a René Alejandro Vargas Laverde, C. orig. N° 3. fol. 121 13 Página 10 de 16 6)/e/

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Radicadón N° 32.128 Averiguación de responsables quienes deben "tributar" mensualmente a dicho congresista; v) y finalmente es mencionado Alirio Villamizar Afanador por recibir dineros de funcionarios del INPEC y gestionar traslados de reclusos.

Decisiones: En relación con los episodios descritos en i) se librará misión de trabajo al grupo especial de investigadores del CTI para que verifique si efectivamente el ciudadano Jaime Alberto Rodríguez Cuesta fue Notario del Círculo de Usme y si en la actualidad funge como Notario, en caso afirmativo a partir de qué fecha, en dónde y si lo hace en interinidad o en propiedad; y además deberán establecer si Yanet Santos Gutiérrez pertenece

a la UTL del Senador Milton Arlex Rodríguez Sarmiento, si en las citadas entidades financieras tiene cuentas y el movimiento de ellas entre noviembre de 2005 y hasta la fecha, con el fin de establecer el origen y el monto de las consignaciones que le haya efectuado en cuanto superen la cifra de $1'000.000.00. ji) También se impartirá misión al grupo del CTI para establecer el lugar de residencia y ocupación de Wilson Martínez, con el fin de recibirle testimonio. iii) iv) y y) Dada la ausencia de relación entre estos hechos y los que son objeto de averiguación en este expediente, se ordena que por Secretaría se compulsen copias del documento en mención para que sea sometido a reparto entre los Magistrados de esta Corporación. Página 11 de 16 ,

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Radicación N°32.128 Averiguación de responsables 2. (cid:9) Poderes y solicitudes afines. 2.1. El Senador de la República Milton Rodríguez Sarmiento nombra defensor y pide copia de la denuncia y anexos, y en sendos memoriales el mandatario solicita reconocimiento jurídico para actuar en este diligenciamiento, insiste en las copias y ofrece la versión libre de su mandante para evitar que se le continúe afectando la imagen".

Decisión: (Se reitera la posición asumida por la Sala en auto del 11 de agosto de 2009 proferido dentro de esta indagación previa, en el sentido de que como aún no se han determinado conductas punibles ni las personas a quienes le son imputables —con excepción del Senador de la República Alirio Villamizar por

la presunta injerencia ilícita en el nombramiento de la Notaria 11 de Bucaramanga, Luz Yaneth Rojas—, se niega el reconocimiento de personería jurídica al abogado nombrado por el congresista Rodríguez Sarmiento y las copias solicitadas. 2.2. Luis Orison Arias Bonilla, Notario 8° del Círculo de Cali, otorga poder a un abogado para que lo represente, quien aduciendo el ejercicio del derecho de petición pide se le informe si su poderdante está siendo investigado dentro de esta actuación previa o si se ordenó compulsar copias a la Fiscalía, petición que justifica en el hecho de que se haya recaudado su hoja de vida como Notario y los soportes respectivos, y ordenado un estudio C. orig. N° 1, fols. '116-118 y C. o6g. N° 2, fol. 268. 14 15 C. onig. N° 2, fols. 104-107. Página 12 de 16

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Radicación N°32.128 Averiguación de responsables contable sobre los movimientos bancarios de sus cuentas y las de su núcleo familiar.

Decisión: Igual determinación a la acabada de consignar se adopta respecto de los pedimentos de Luis Orison Arias Bonilla's y de su abogado, además porque siendo aquel Notario 8° del Círculo de Cali carece del fuero que otorga competencia a la Corte para investigarlo penalmente, luego si no tiene vocación para ser sujeto procesal dentro de esta actuación mal puede reconocerse personería al letrado por él designado, quien so

pretexto del ejercicio del derecho de petición tampoco puede acceder a información reservada exclusivamente a quienes tienen tal condición, sin perjuicio de que sea enterado de la inexistencia de orden de compulsación de copias con destino a la Fiscalía para la eventual investigación de su poderdante. 2.3. En memorial presentado el 28 de septiembre del año en curso Javier Llano" solicita la expedición de copias de la presente actuación.

Decisión: La citada reserva obliga a negar el pedimento del ciudadano Llanos, cuya intervención dentro de este diligenciamiento —según quedó anotado en el numeral 1.7. de este auto— se reduce a suscribir la denuncia del 26 de agosto del año en curso relacionando hechos sin conexión con los aquí averiguados y que vienen siendo investigados por la Fiscalía General de la Nación. "C. orig. N° 2, fols. 104-107.

C. orig. N° 3. fols. 175.

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Radicación N°32,128 Averiguación de responsables Comuníquese lo anterior a los memorialistas y devuélvanseles los referidos documentos.

3. Nuevo impulso oficioso a la presente indagación previa.

Con el propósito de avanzar en el esclarecimiento de los episodios que han dado origen a esta actuación se decretan las siguientes pruebas: 3.1. Solicitar a la DIAN copia de las declaraciones de renta de Andrés González Ángulo (cédula N° 10'545.402), Cesar Laureano Negret Mosquera (cédula N° 10'537.127) y Alicia María

Garrido Ángulo (cédula N° 34_542.649), correspondientes a los años 2005 a 2008, y librar misión de trabajo al grupo especial de investigadores del CT1 con el fin de establecer si existe algún parentesco entre el primero y la última mencionada. 3.2. Solicitar a la Secretaría General de la Cámara de Representantes y del Senado de la República información a cerca de la vinculación laboral a dichos órganos de Manuel Eraso Cabrera, hermano de la Notaría 57 del Círculo de Bogotá, cuyo nombramiento ha sido mencionado por el denunciante Manuel Guillermo Cuello Baute, y el envío de los actos administrativos de nombramiento respectivos, junto a una constancia sobre el tiempo de servicio. Página 14 de 16 ,

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Radicación N° 32.128 Averiguación de responsables 3.3. Para continuar con la verificación de la denuncia formulada por Manuel Guillermo Cuello Baute se dispone librar misión de trabajo al grupo especial de investigadores del CTI con el fin de que establezcan si se produjeron nombramientos de Notarios, en interinidad, durante los años 2005 y 2006, en caso afirmativo sobre qué personas recayeron; la eventual relación de ellas con miembros del Congreso Nacional; y la posición asumida por éstos durante los debates del proyecto de acto legislativo que permitió la primera reelección del Presidente de la República, en las siguientes oficinas: Notarías 5, 12, 24, 30 y 31 del Círculo de Medellín; 68, 69, 70, 71, 73 y 74 del Círculo de Bogotá.

Para la práctica de las inspecciones judiciales y las pruebas de orden testimonial ordenadas en este auto, y para ordenar y practicar las que se deriven de las anteriores y de los informes rendidos por el CTI en respuesta a los requerimientos impartidos a través de este auto, se comisiona a los Magistrados Auxiliares de la Sala Penal, Alberto Poveda Perdomo y Lubeth del Carmen Ceballes Cuenca, quienes quedan facultados para señalar fecha y hora para su realización.

CÚMPLASE.

JULIO ENRIQUE HA SALAMANCA b g Página 15 de 16.

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Radicación N°32.128 Averiguación de responsabas (cid:9) PERMISO r.nmisintv np c!Dyn,,.0 (cid:9)

JOSÉ LEONIDAS BUSTOS MARTNEZ SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ

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CCIIISION DE SERVIr' . M4

ALFREDO GÓMEZ QUINTERO OSARIO G LEZ DE LEMOS

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JAV I 1142./ IÚÑEZ Página 16 de 16

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