CSJ - SP33118(08-06-2010) (3)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP33118(08-06-2010) (3)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2010
11.5o6
CÉSAR PÉREZ GARCÍA
33.118 4gpti6Gca Colombia Corte Suprema &Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL Aprobado acta Nro: 175 Bogotá, D. C., ocho (8) de junio de dos mil diez (2010) En virtud del estudio realizado al expediente y en aras de acopiar mayores elementos de juicio, en consideración a las indagatorias rendidas por ALONSO DE JESÚS BAQUERO AGUDELO y las declaraciones que fueron trasladadas a esta investigación, la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ordena la práctica de las siguientes pruebas: Declaración de ALONSO DE JESÚS BAQUERO AGUDELO, conocido con el alias de "VLADIMIR", quien se encuentra privado de la libertad en la cárcel de máxima de seguridad de Palmira (Valle), diligencia que se llevará a cabo el día viernes dieciocho (18) de junio del año en curso, a las ocho y treinta de la mañana (8:30 a.m.), en las instalaciones de la Presidencia del Tribunal Superior de Cali. Declaración de IVÁN ROBERTO DUQUE GAVIRIA, conocido con el alias de "ERNESTO BÁEZ", diligencia que se llevará a cabo el día lunes veintiuno (21) de junio del año en curso a las 1 CÉSAR PÉREZ GARCÍA., 33.118 ira & Colombia 115 Corte yuprema áejusticia diez 4e la mañana (9:00 a.m.), en las instalaciones de la cárcel de
Declaración mediante certificación jurada del doctor WILLIAM VÉLEZ MESA, Representante a la Cámara a quien se le hará entrega de cuestionario. DeOaración de la ex alcaldesa de Segovia RITA IVONNE TOBÓN AREIZA, diligencia que se llevará a cabo el día y la hora que se deterfninará posteriormente, en atención a que reside fuera del país su deponencia se realizará a través de teleconferencia. Con la de ida antelación se les comunicará a los sujetos procesales.
5. Llitvar a cabo inspección judicial al proceso que cursa en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, con sede en la ciud0 de Washington (E.E.U.U.), promovido por las víctimas de honnitpidios y desapariciones forzadas de miembros de la Unión Patri tica, para allegar a esta investigación las declaraciones y docu entos que forman parte de los expedientes, que tengan relaci n directa con los hechos investigados y que motivaron la contiñuación de la investigación contra el ex Representante a la
Cánr•+a CÉSAR PÉREZ GARCÍA.
Para la recepción de las declaraciones y la realización de la insp cción en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, se c misiona a los Magistrados Auxiliares de la Comisión de Apoyo Inve tigativo de la Sala Penal, quienes están facultados para que CÉSAR PÉREZ GARCÍA 33.118 púóCua Cokongia Corte Suprema de Justicia en caso de no llevarse a cabo el día y la hora señalados, proceder a fijar una nueva citación cuando se estime conveniente.
6. Comisionar a los funcionarios del C.T.I., que integran la Comisión de Apoyo Investigativo de la Sala, para: Inspeccionar las investigaciones disciplinarias que se tramitan o hayan tramitado en Procuraduría General de la Nación contra los miembros de la Fuerza Pública y el doctor CÉSAR PÉREZ GARCÍA por los hechos ocurridos en el municipio de Segovia el 11 de noviembre de 1988.
Ubicar a los miembros de la Fuerza Pública y a las personas particulares que fueron vinculados a los procesos penales por los delitos de terrorismo, homicidio múltiple, lesiones personales múltiples, concierto para delinquir con fines terroristas, daño en bien ajeno y otros, por los hechos ya referidos con la finalidad de ordenar sus testimonios.
Se trata de los militares: Teniente Coronel LUIS ALEJANDRO
LONDOÑO TAMAYO, Teniente Coronel MARCO HERNANDO
BÁEZ GARZÓN, Coronel HERNANDO NAVAS RUBIO, Capitán
CIRO HENRY BORDA GUERRA, Capitán HUGO ALBERTO
VALENCIA VIVAS, Capitán HENRY BERNAL FERNÁNDEZ, Mayor
® BERNARDO JOSÉ BLANCO PINEDA, Teniente EDGARDO
ALFONSO HERNÁNDEZ NAVARRO y Teniente HENRY ORDÓÑEZ
GÁLVEZ.
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33.118 4 6 Corte Suprema de Justicia
DO la Policía Nacional: Capitán JORGE ELIÉCER CHACÓN LASSO
y apitán HENRY BERNAL. Según información que obra en el expediente (folio 254 c.2), loS miembros de la Fuerza Pública se encuentran en:
A EJANDRO LONDOÑO TAMAYO: Batallón 13 de Policía Militar.
RGE ELIÉCER CHACÓN LASSO: Segunda Estación de Policía.
E GARDO ALFONSO HERNÁNDEZ NAVARRO: Batallón 13 de
P4licía Militar.
MARCO HERNANDO BÁEZ GARZÓN: Comando de la Brigada
Logística.
H GO ALBERTO VALENCIA: Batallón 13 de Policía Militar.
Os civiles: DARÍO ALBERTO MARÍN, FRANCISCO ANTONIO DE JIISÚS MONSALVE MONSALVE a. "KIN-KON" o "CUASI", C1RLOS MARIO RUIZ VILLA, a. "PECAS", JOSÉ OTONIEL URIBE CATAÑO a. "CARNICERO", MARCO ANTONIO RUIZ VILLA a. "PECAS" o "YEYO", LUIS ALBERTO ARRIETA MORALES, alias "FIRAÑA", HÉCTOR EMILIO HENAO a. y "EL CHULO".
C Ubicar a las siguientes personas, con la finalidad de ordenar sus testimonios: E señor SIGIFREDO ZAPATA; la periodista AMPARO AMAYA, qUien prestaba sus servicios al Noticiero TV HOY; NORBERTO 4 CÉSAR PÉREZ GARCÍA 33.118 4púbfica fe néndia Corte Suprema & justicia SIERRA, alias "EL AMANSADOR"; SAMUEL VALENCIA, al
parecer ganadero con finca en un municipio denominado La Tulia o La Julia; LUIS ALBERTO ARRIETA, alias "PIRAÑA"; LILIANA OSORIO, alias "MÓNICA; LUZ MARINA HENAO DE PÉREZ, esposa de HENRY PÉREZ, quien reside en Puerto Boyacá; OSCAR BARAJAS, propietario de un granero en Segovia; un abogado de apellido CASTILLA que tiene oficinas en Medellín y Puerto Berrío, socio de la pesebrera de Puerto Berrío y administrador de la misma en el arlo 1988; alias "GRILLITO", alias "EL TONGO" y alias "RENDIJA". También establecer el paradero de ÁLVARO SEPÚLVEDA, alias "CÉSAR", al parecer capturado en el ano 2009 en Bogotá; y
GERARDO LOAIZA ZULUAGA, alias "PONZOÑA",
D. Desarrollar en la población se Segovia una labor investigativa para establecer la ubicación y disponibilidad de quienes para la época rindieron declaración ante la comisión de jueces de orden público, como fueron: El padre JORGE MIRA BALBÍN, identificado con la cédula de ciudadanía número 743.305 de Santa Rosa de Osos; de la concejal JAEL CANO DE ORTIZ, identificada con la cédula de ciudadanía número 21.946.047 de La Cruzada-Remedios; HERNÁN DARÍO LONDOÑO HENAO, identificado con la cédula de ciudadanía número 2.705.438 de Segovia; FRANCISCO AURELIO VIANA YEPES, identificado con la cédula de
5 CÉSAR PÉREZ GARCÍA 33.118 ci adanía número 564.645 de Amalfi; ALBERTO RAFAEL A LA AYALA, identificado con la cédula de ciudadanía número 71 974.099 de Turbo; LILIANA INÉS MONSALVE CASTRILLÓN; HEIRNÁN DARÍO MESA MEJÍA, identificado con la cédula de ci dadanía número 3.609.709 de Segovia; GLORIA VÁSQUEZ D VALENCIA, identificada con la cédula de ciudadanía número 3 .880.162 de Cimitarra; CLEMENTE ZAPATA CARDONA, id ntificado con la cédula de ciudadanía número 2.705.329 de S govia; FRANCISCO LUIS CATAÑO PALACIO, identificada con la cédula de ciudadanía número 3.609.741 de Segovia y 1RLOS JULIO QUINTERO CARDONA, identificado con la 1 c "dula de ciudadanía número 71.184.289 de Puerto Berrío. Complementar la información que obra a folios 189 a 209
E. del cuaderno anexo número 1, relacionado con una transcripción de una entrevista que no fue aportada en su totalidad.
F. Obtener toda la información necesaria que se tenga sobre los hechos ocurridos en la población de Segovia, el registro en periódicos, revistas, noticieros y en general a través de los medios de información sobre la presunta relación con el
entonces Representante a la Cámara César Pérez García. Obtener la información en la Registraduría Nacional del Estado Civil, sobre las elecciones en el municipio de Segovia, la tendencia política con antelación a los hechos y
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33.118 Wepú6Hca tfr Colombia Corte Suprema de justicia los resultados de los comidos electorales para la alcaldía y el concejo municipal respecto del partido Liberal y de la Unión Patriótica para el año de 1988.
H. Allegar los documentos que contienen la información publicada por la CORPORACIÓN REINICIAR que llevó a cabo la investigación como homenaje a las víctimas de la masacre de Segovia, a través de la cual se reconstruye la memoria histórica que hace parte de "Memoria Viva" y del caso por el genocidio político contra la Unión Patriótica ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, sin que esto implique el desconocimiento de la "cláusula de confidencialidad" que rige los procesos de construcción de
la Memoria Histórica. Entérese, con la debida antelación, al Defensor, al Ministerio Público y a la Parte Civil. Por Secretaría de la Sala, se librarán las citaciones y oficios a que haya lugar.
CÚMPLASE
PERMISO
MARÍA DEL ROSARIO GONZÁLEZ DE LEMOS
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CÉSAR PÉREZ GARCÍA
33.118 Igfpú6fua te Colombia Corte Suprema tú justicia
ALFtD0 GÓMEZ QUINTERO
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