CSJ - SP34428(22-06-2011)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP34428(22-06-2011)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2011
Casación 34428 Ley 90 Rubén Darío Cortés Ochoa República de Colombia Corte Suprema de Justicia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Magistrado Ponente JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO Aprobado acta N° 209 Bogotá, D.C., veintidós (22) de junio de dos mil once (2011) VISTOS Ejecutoriado el auto del 1° de junio de 2011, por medio del cual la Corporación inadmitió la demanda de casación formulada por el defensor del procesado Rubén Darío Cortés Ochoa en contra del fallo que lo condenó como autor responsable del delito de actos sexuales con menor de 14 años, sería del caso, en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral tercero de la parte dispositiva de dichas providencia, que la Sala se ocupara de estudiar una posible violación de las garantías fundamentales del condenado. No obstante lo anterior, la Corporación lo encuentra innecesario, tras evidenciar que la presunta violación al principio de prohibición de doble juzgamiento carece de materialidad. Casación 34428 Ley 90e6 -1 Rubén Darío Cortés Ochoa República de Colombia Corte Suprema de Justicia Lo anterior es así, por cuanto el fallo de condena proferido en las instancias declaró la responsabilidad penal del entonces procesado Cortés Ochoa por la conducta punible de que trata el artículo 209 del Código Penal, sin la concurrencia de ninguna de las circunstancias específicas de agravación punitiva descritas en el artículo 211 del mismo estatuto, modificado por la
Ley 1236 de 2008; de allí que no resulte del caso dar aplicación al pronunciamiento de constitucionalidad condicionada del artículo 211-4 de la Ley 599 de 2000, plasmado por la Corte Constitucional en la Sentencia C521 del 4 de agosto de 2009. Como consecuencia de lo anterior, la Sala revocará el numeral tercero del auto del 1° de junio de 2011 y declarará la ejecutoria de la sentencia. En mérito de lo expuesto, la CORTE SUPREMA DE JUSTICIA, SALA DE CASACIÓN PENAL, RESUELVE 1.REVOCAR el numeral tercero del auto del primero de junio de 2011. 2.DECLARAR que la sentencia condenatoria en contra de Rubén Darío Cortés Ochoa por el delito de actos sexuales con menor de 14 años ha cobrado ejecutoria, Casación 34428 Ley 906 \x Rubén Darío Cortés Ochoa \ República de Colombia Corte Suprema de Justicia JOSÉ LUIS BA ELó CAMACHO (cid:9) JOSÉ LEO BUSTOS MARTÍNEZ y- (cid:9) c-7- --
FERNANDO ALCAOSTRO CABALLERO SIGIFIEDÓ ÉSPINOSA
RMIS-07
ALF O GÓMEZ QUINTERO MARÍA i (cid:9) 0 ARIO G (cid:9) LEZ DE LEMOS
JUL9HA OLAMANCA asittas
NDA NOVA ARCÍA
Secretaria 3