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CSJ - SP34554(25-08-2010)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP34554(25-08-2010)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2010

Revisión No. 34554. Bemabé Silva Meche.

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACION PENAL

Bogotá, D. C., veinticinco de agosto de dos mil diez. Mediante sentencia de 10 de febrero del año en curso, la Sala Penal de la Corte, con ponencia del Magistrado doctor JORGE LUIS QUINTERO MILANES, condenó en única instancia al ex Gobernador del Departamento del Vaupés, doctor Bernabé Silva Meche, por el delito de celebración de contratos sin el cumplimiento de los requisitos legales. Contra esta decisión, el doctor Bernabé Silva Meche, a través de apoderado, intenta acción de revisión, con fundamento en las causales previstas en los numerales segundo, tercero y sexto del artículo 232 del Decreto 2700 de 1991 y numerales segundo, tercero y sexto del artículo 220 de la Ley 600 de 2000. El artículo 228 de la Ley 600 de 2000, estatuto bajo el cual se rituó el proceso, establece que los Magistrados que hayan suscrito la decisión que es objeto de la acción de revisión no podrán intervenir en su trámite y decisión. Con fundamento en esta disposición, quienes integramos la Sala que dictó la sentencia, Magistrados Julio Enrique Socha Salamanca, José Leonidas Bustos Martínez, Sigifredo Espinosa Pérez, Alfredo Gómez Quintero, María del Rosario González de Lemos, Augusto Ibáñez Guzmán, Jorge Luis Quintero Milanés, Yesid Ramírez Bastidas y Javier Zapata Ortiz, nos declaramos impedidos para conocer del

asunto Revisión No. 34554. Bernabé Silva Meche. Como el impedimento comprende la totalidad de los Magistrados de la Sala, se ordena el sorteo de un número igual de conjueces para que se pronuncien sobre el impedimento manifestado (artículo 54 de la Ley 270 de 1996).

CUMPLASE.

ALAMANCA JOSE L Yt9DAS BUSTI ARTINEZ

SI REZ (cid:9) ALFREDO GOMEZ QUINTERO

MARIA EL ROSARIO NZALEZ DE LEMOS(cid:9) AUGUS(cid:9) AN

JOR (cid:9) UIS Q ILANES (cid:9) YES IREZ BASTIDAS

a Ruiz Núñez

RETARIA

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