🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CSJ - SP34611(28-07-2010)

Corte Suprema de Justicia

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CSJ - SP34611(28-07-2010)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2010

Rçpú6fica fe Colombia Segunda instancia N 3461

PI. HAROLD GAMBOA VELÁSQUEZ

Corte Suprenr Y de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente: ALFREDO GOMEZ QUINTERO Aprobado acta N° 236

Bogotá D. O., veintiocho (28) de julio de dos mil diez (2010) VISTOS Decide la Sala el recurso de apelación interpuesto por el Fiscal 38 Delegaudoanta el -Irríbunal Superior del Distrito Judicial de Buga, contra el auto del trece (13) de julio de dos mil diez (2010) que negó a práctica de una prueba pedida por el fiscal, decisión que se adoptó en la audiencia preparatoria del juicio en el proceso contra HAROLD GAMBOA VELÁSQUEZ acusado del delito de peculado por apropiación a favor de terceros. úbCwa 6e Colombia Segunda instancia N° 34611

PI. HAROLD GAMBOA VELÁSQUEZ

Corte Suprema d Justicia HECHOS De conformidad con la resolución de acusación del 15 de julio de 2008, el ex juez primero laboral del circuito de Buenaventura (y.). Dr. HAROLD GAMBOA VELÁSQUEZ fue acusado por haber reconocido prestaciones sociales y reliquidaciones, que determinaron pagos indebidos en perjuicio patrimonial al EstadoFondo de Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia, siendo demandantes:

1. Oswaldo Urrea Rivas y José Leonardo Viveros: Sentencia del 28 de octubre de 1992;

2. Oswaldo Urrea Rivas y Miguel Cortés Cuero:

Sentencia del 21 de febrero de 1994;

3. Arnulfo Portocarrero y Severiano Gamboa: Sentencia del 20 de septiembre de 1994;

4. Cándido Banquera - Fiar StelIa Cobo Arboleda:

5. Sentencia del 20 de febrero de 1995.

(Fuente Resolución de acusación, folios 64 - 79) 1 Içpú6Cwa de Cofombia Segunda instancia N° 34611

Pi. HAROLD GAMBOA VELASQUEZ

.1 Corte Suprema ¿e Justicia ANTECEDENTES La fiscalía 38 Delegada ante el Tribunal de Bogotá profirió resolución de acusación el 15 de julio de 2008 por el delito de peculado por apropiación (folios 64 - 79 / 1). El Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga celebró la audiencia preparatoria el trece (13) de julio de 2010 (folios 188199/1). IDENTIDAD DEL PROCESADO HAROLD GAMBOA VELÁSQUEZ, identificado con la cédula de ciudadanía número 16 585 518 de Cali, nació el 13 de junio de 1957 en Cali, hijo de José Gamboa y Fanny Velásquez, casado con luz Marina Arango, ha ocupado varios cargos en la Rama Judicial del poder público en el Valle del Cauca... y después como juez municipal y del circuito laboral en el Juzgado Primero de Buenaventura.

LA DECISIÓN OBJETO DE IMPUGNACIÓN

El Fiscal Quinto Delegado ante el Tribunal Superior de Buga, presentó la siguiente solicitud: 3 R,ú6rwa cíe Co(oinbia

Secunda ¡stancia N° 34611

P/. HAROLD GAMBOA VELÁSQUEZ

Corte Suprema Le Justicia

2. Oficiar a la Unidad Nacional de Delitos contra la Administración Pública - Estructura de apoyo asunto Foncolpuertos con la finalidad de obtener información respecto de si por los hechos aquí averiguados cursa investigación y cuál el estado de la misma. en contra de los profesionales del derecho que representaron a José Leonardo Viveros, Miguel Cortés Cuero, Severiano Gamboa, Cándido Banguera Rosendo, dentro de los procesos ordinarios laborales adelantados en el despacho del Juzgado Primero Laboral del Circuito de Buenaventura (y.), a cargo del acusado doctor HAROLD GAMBOA VELÁSQUEZ, quien emitió los fa/los contrarios a derecho, condenado al Fondo Pasivo Social de la Empresa Puertos de Colombia en Liquidación'. (folios 102, 1031 1).

A tal petición, el Tribunal no accedió en razón a que el solicitante no explicó la pertinencia de la prueba, y además porque no advirtió que tal información fuese relevante frente a una eventual existencia de taies investigaciones, en los hechos que se juzgan en el proceso. En el curso de la audiencia, el Fiscal apeló la decisión.

CONSIDERACIONES DE LA SALA

1. Competencia. De acuerdo con lo formado por los artículos 186, 191. 192. 193(13)(1) y 194 de la Ley 600 de 2000, corresponde a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de ffl

(cid:9) \ '\-S Nçpú61w'a de ColTom6ia Segunda instancia N° 34611

PI. HAROLD GAMBOA VEIJkSOLEZ

1i Corte Suprema dé Justicia Justicia resolver los recursos de apelación interpuestos contra autos en procesos que conocen en primera instancia los Tribunales Superiores de Distrito, teniendo en cuenta que los hechos por los que se investiga al procesado HAROLD GAMBOA VELÁSQUEZ tienen origen en su calidad de Juez Laboral, su juzgamiento está asignado en primera instancia al Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga y por tanto la segunda instancia a esta Corporación.

2. Respuesta a los argumentos del recurrente No obstante advertir a la Sala Penal del H. Tribunal de Buga que el registro magnético en C.D. que se remitió como documento electrónico anexo a la audiencia preparatoria celebrada el 13 de julio de 2010 es inaudible, como se remitió copia integral del acta de la diligencia (folios 188 - 199), con fundamento en ella la Sala RESOLVERÁ el mérito de la apelación propuesta por el Fiscal del caso: El tema de prueba se orienta a establecer si en contra de los profesionales del derecho que representaron a José Leonardo ú6rwa fe Cofom6ia Segunda instancia N° 34611 fr

PI. HAROLD GAMBOA VELÁSQUEZ

Corte Suprema dé Justicia Viveros, Miguel Cortés Cuero, Severiano Gamboa, Cándido Banquera Rosendo dentro de los procesos ordinarios laborales que se adelantaron ante el Juzgado Primero Laboral del Circuito de Buenaventura (y.) cursa investigación penal, y cuál el estado de la misma, lo palmario es que ello es independiente de la deterrninació; de responsabilidad penal del juez que profirió las

sentencias de reconocimiento de prestaciones sociales y facilitó la apropiación de fondos públicos. En efecto: Es claro que el fundamento de la responsabilidad penal es individual, pues el acto que se atribuye al juez es totalmente diferente del acto que se imputa a los abogados defensores. Y si ello es así, en nada se alteraría el proceso contra el juez, ante una eventual ¡) falta de vinculación de los defensores o ¡1) ante la determinació o exclusión de responsabilidad penal de los litigantes en el otro proceso, teniendo en cuenta —además que iii) por la condición de funcionario público (juez laboral) GAMBOA VELÁSQUEZ ostenta fuero de juzgamiento, situación que no ampara a los litigantes eventualmente involucrados en la conducta punible. 6 Rçpú6Cwa di Cotombia Segunda instancia N° 34611 Pi. HAROLD GA1BOA VELASQUEZ Corte Suprema cíe Justicia De manera que fue acertada la determinación del Tribunal, cuando negó la práctica de la prueba, en razón a que el fiscal del caso no explicó Ja pertinencia de la misma, además porque no avizoró relevancia alguna de tal información en lo que tiene que ver con la responsabilidad del juez acusado, porque —con su conductaeventualmente facilitó la apropiación de fondos públicos a favor de terceros. En esos precsos términos —léase responsabilidad penal individua del juez-, resulta extravagante requerir la prueba de la existencia y del estado del proceso que se adelanta contra terceros (abogados y - o beneficiarios) en un proceso en el que se acusa al servidor judicial de un posible peculado a favor de aquéllos.

Con fundamento en ello, concluye la Sala que la negativa a la solicitud probatoria propuesta por el fiscal fue correcta, y por ello CONF IRMAkÁ la decisión del Tribunal. En mérito de lo dicho la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Penal, 7 (cid:9) . W,fpúbfica de Cofom6ia \_11 \~ Segunda instancia N 34611 u

PI. HAROLD GAMBOA VELASQUEZ

Corte Suprema tfeju.sticia RESUELVE: PRIMERO: CONFIRMAR el auto apelado. Devuélvase el proceso al tribunal del origen. Contra esta decisión no procede recurso alguno. Comuníquese y cúmplase. JOSÉ

ALFREDO GÓMEZ UINTERO

9 (cid:9) ~ Rçpú6&a de Colombia \ 5 Segunda instancia N° 34611 PI. HAROLD GAMBOA VELASQUEZ Corte Suprema de justicia JI Teresa Ruiz Núñez Secretaria

Consultar sobre este documento ...