CSJ - SP34671(05-08-2011)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP34671(05-08-2011)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2011
FtAD. 34671. ACCIÓN DE REVISIÓN
JAIME ALBERTO GÓMEZ VALENCIA
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
Bogotá, D.C., cinco de agosto de dos mil once 1.- Los Honorables Magistrados de la Sala, doctores Sigifredo Espinosa Pérez, Alfredo Gómez Quintero, María del Rosario González de Lemos, Augusto J. Ibáñez Guzmán, Jorge Luis Quintero Milanés, Yesid Ramírez Bastidas, Julio Enrique Socha Salamanca y Javier Zapata Ortiz, declararon sukpedinaeritc2,para conocer de la acción de revisión instaurada a nombre del sentenciado señor JAIME ALBERTO GÓMEZ VALENCIA. 2.- En vista de esta manifestación, se ordenó integrar la Sala con un número igual de Conjueces, siendo designados y tomaron posesión los doctores Yesid Reyes Alvarado, Femando Enrique Arboleda Ripoll, Francisco Acuña Vizcaya, Hugo Quintero Bernate, Juan Carlos Prías Bernal (en reemplazo del Magistrado Jorge Luis Quintero Milanés), Guillermo Angulo González (en reemplazo del Doctor Yesid Ramírez Bastidas), Luis Bernardo Alzate Gómez y Soledad Cortés de Villalobos. 3.- Posteriormente, tras el vencimiento del período constitucional para el cual fueron elegidos los doctores Jorge Luis Quintero Milanés y Yesid Ramírez Bastidas, en su reemplazo asumieron funciones como Magistrados titulares de la Sala los doctores José Luis Barceló Camacho y Fernando Alberto Castro Caballero, respectivamente. 4.- Ante esta circunstancia, procede disponer que los Magistrados
Barceló Camacho y Castro Caballero, se integren a la Sala y desplacen a los Conjueces Juan Carlos Prías Bernal y Guillermo Angula Gónzález, quienes habían sido designados para tales efectos en reemplazo de los doctores Quintero Milanés y Ramírez Bastidas. 5.- Por otra parte, el doctor Femando Enrique Arboleda Ripoll, en la actualidad no integra la lista de Conjueces para el período correspondiente al año 2011, motivo por el que se separa del conocimiento del presente proceso. No obstante, de conformidad con el artículo 54 de la Ley 270 de 1996, Estatutaria de la Administración de Justicia, esta circunstancia no afecta el quórum deliberatorio y decisorio de las providencias que habrán de RAD. 34671. ACCIÓN DE REVISIÓN JAIME ALBERTO GÓMEZ VALENCIA adoptarse en este asunto, razón por la cual no procede disponer su reemplazo por otro Conjuez. La Secretaría de la Sala hará las (cid:9) a ' nes correspondientes en los libros radicadores y librará s comu icaciones que sean del caso.
CÚMPLASE.
JOSÉ LEO BUSTOS MARTINEZ
Magistrado
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria