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CSJ - SP37010(16-12-2011)

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SP37010(16-12-2011)
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2011

Extradición 37010, Gilberto Miranda Rojas República de Colombia Corte Suprema de Justicia

CORTE SUPREMA DE JUSTICIA

SALA DE CASACIÓN PENAL

Magistrado Ponente JOSÉ LUIS BARCELÓ CAMACHO Aprobado acta N° 445 Bogotá, D. C., dieciséis (16) de diciembre de dos mil once (2011) A través de comunicación del 15 de noviembre de 2011, El Viceministro de Política Criminal y Justicia Restaurativa del Ministerio de Justicia y del Derecho devuelve a esta Corporación el concepto de extradición correspondiente al ciudadano Gilberto Miranda Rojas, tras considerar que la opinión de la Sala sobre la viabilidad de le entrega de la mencionada persona se elaboró con fundamento en la 'segunda acusación sustitutiva No. 06 091 (S-2)(SLT) del 4 de marzo de 2011', proferida por la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York, sin tener en cuenta que dicha pieza procesal fue reemplazada por la 'tercera acusación sustitutiva No. 06 091 (S-3)(SLT) del 14 de abril de 2011'. Una vez revisada la actuación, la Corte encuentra que en la Nota Verbal Extradición 3701 ff Gilberto Miranda Rojas República de Colombia Corte Suprema de Justicia No. 1563 del 8 de julio de 2011, mediante la cual fue requerida la entrega en extradición del nacional colombiano Gilberto Miranda Rojas, el Gobierno de los Estados Unidos precisó lo siguiente: "La Embajada tiene el honor de informar al Ministerio que entre la fecha de la

'nota diplomática anteriormente mencionada No. 0680, mediante la cual se solicitó la detención provisional de Miranda Rojas para propósito de extradición, y la fecha de esta nota, la segunda acusación sustitutiva No. 06 091 (S-2)(SLT) del 4 de marzo de 2011 fue nuevamente sustituida. Sin embargo, los cargos contra este individuo en la tercera acusación sustitutiva continúan siendo los mismos de la segunda acusación sustitutiva. De conformidad, Gilberto Miranda iRojas es ahora el sujeto de la tercera acusación sustitutiva No. 06 091 (53)(SLT) del 15 de abril de 2011, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York"(Subraya la Sala). En estas condiciones, de la aclaración realizada por el gobierno del país requeriente surge nítido que las imputaciones fácticas y normativas respecto del ciudadano colombiano pedido en extradición Gilberto Miranda Rojas son idénticas en la segunda y tercera acusaciones sustitutivas de fechas 4 de marzo y 15 de abril, respectivamente. Por lb tanto, la Sala de Casación Penal RATIFICA su concepto del 26 de octuldre de 2011 mediante el cual se pronunció sobre la legalidad de la entrega en extradición del nacional colombiano Gilberto Miranda Rojas al Gobierno de los Estados Unidos, el cual mantiene la vigencia de sus conclpsiones frente a la tercera acusación sustitutiva No. 06 091 (S3)(SLT) del 15 de abril de 2011, proferida en contra del mencionado por la

Corte, Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Este de Nueva York. 2 Extradición 37016 Gilberto Miranda Rojas República de Colombia Corte Suprema de Justicia Devuélvase el expediente al Ministerio del Interior y de Justicia, para lo de ley. Comuníquese y cúmplase. 11.1," win E A )11

JOSÉ LUIS BAR LO CAMACHO (cid:9) JOSÉ (cid:9) IDAS BUSTOS MARTÍNEZ

PERMITO

RNANDO ALBERT ASTRO CABALLERO (cid:9) SIGIFREDO ESPINOSA PÉREZ

ÍA DEL ROSARI OZ AUG TO IBÁÑEZ UZMÁN 5s LUIS G (cid:9) RMO(cid:9) AZAR OTERO (cid:9) JULIO E&RIQ1JÉ SOCHÁ AMANCA 4,, ( e 6 ce (cid:9) yeeld

BIA YOjÁNDA NOVA GARCÍA

Secretaria 3

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