CSJ - SP853-2025(58962)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SP853-2025(58962)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2025
JOSE JOAQUIN URBANO MARTINEZ Magistrado ponente SP853-2025 Radicación NI 58962 Trámite impugnación especial CUI 11001020400020110056102 Única Instancia NI 36046 Aprobado Acta No. 066 Bogotá D.C., veintiséis (26) marzo de dos mil veinticinco (2025).
I. OBJETO DE LA DECISIÓN La Sala decide la impugnación especial promovida por LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS y su defensa contra la sentencia del 16 de marzo de 2016 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, que lo condenó como autor del delito de concierto para promover grupos armados al margen de la ley en concurso con el de constreñimiento al sufragante en calidad de determinador.CUI 11001020400020110056102
Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 2
II. SÍNTESIS DE LOS HECHOS Según la sentencia, desde el año 1997 la organización armada ilegal Bloque Caquetá hizo presencia militar en el Departamento del Caquetá y, por disposición de la comandancia de las Autodefensas Campesinas de Córdoba y Urabá – ACCU – a las que pertenecía el Bloque, a partir del segundo semestre de 2001, este entregó el territorio al Frente Sur Andaquíes – FSA – del Bloque Central Bolívar de las Autodefensas Unidas de Colombia – AUC –, para ese entonces, bajo la dirección de alias David.
Desde este acuerdo de cesión y tras el sometimiento generalizado de la población, el FSA profundizó la tarea de expansión en el territorio del Caquetá ganando un espacio social igual o mayor al que tuvo la organización armada que lo antecedió. El Departamento advirtió la fuerza de la presencia militar del FSA y les concedió a sus militantes un espacio de interlocución con las autoridades y el poder político de la región, lo que condujo a que el Frente tuviera injerencia en la votación de los cargos de elección popular y en la fiscalización de su ejercicio. La organización armada también permeó otros estamentos del Caquetá. Algunos miembros activos de la dirección y operación de las Fuerzas Armadas sirvieron a los intereses militares del FSA y otros, en uso del retiro, se enrolaron en el grupo armado; algunos servidores de los entes de control y de investigación penal y disciplinaria omitieron o flexibilizaron el cumplimientoCUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 3 de sus funciones en connivencia con los intereses de la organización; y la contratación de obras públicas, en su mayoría, estuvo bajo la aprobación del Frente o le tributó por el tiempo de ejecución de los contratos. El control político y militar de la región condujo a que los intereses electorales de algunos dirigentes del orden departamental y local confluyeran con los del FSA. En el lapso de la influencia armada del Frente en el Caquetá, LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS – congresista por
el Departamento - asintió el dominio territorial, social y político de aquel, promovió la interlocución de los militantes del grupo armado con dirigentes políticos y sostuvo reuniones con sus comandantes. El fin de la interlocución de ALMARIO ROJAS con el grupo armado fue el acordar su apoyo en la votación de algunos de los cargos de elección popular y, también, para su propia elección como miembro de la Cámara de Representantes por el Caquetá. En este contexto, la violencia atravesó el control político del FSA del Bloque Central Bolívar en el Caquetá y, también, el ejercicio democrático de la población. La confluencia de los intereses de la organización armada con los de los políticos de la región, entre ellos ALMARIO ROJAS, condujo a la comisión de actos de constreñimiento sobre la población sufragante para depositar su voto a favor de los candidatos que acordaron, con el FSA, el impulso de su actividad política.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 4 El ánimo de los sufragantes se afectó tras recibir volantes en los que el grupo armado les indicaba el o los candidatos por los que debían votar. Las órdenes, en su mayoría, se cumplieron. El temor fundado en los antecedentes violentos de la región afectó el ánimo de los sufragantes y en la mayoría de los casos condujo a que depositaran sus votos en favor de los candidatos auxiliados por el FSA. ALMARIO ROJAS y los candidatos beneficiados por los resultados tenían conocimiento de las presiones ejercidas sobre la población del Departamento y consintieron los resultados.
III. SÍNTESIS DE LA ACTUACIÓN PROCESAL
1. El 23 de marzo de 20111, la Sala ordenó la apertura
candidatos beneficiados por los resultados tenían conocimiento de las presiones ejercidas sobre la población del Departamento y consintieron los resultados.
III. SÍNTESIS DE LA ACTUACIÓN PROCESAL
1. El 23 de marzo de 20111, la Sala ordenó la apertura de investigación previa en contra de LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS y, el siguiente 4 de julio de 2012 2, abrió la investigación formal.
2. El 6 de julio de 20123, la Sala escuchó a ALMARIO ROJAS en indagatoria. El 30 de julio de 2012 4, definió la situación jurídica del procesado imponiéndole medida de aseguramiento de detención preventiva sin beneficio de excarcelación. La defensa impugnó 5 la decisión y la Sala la confirmó el 22 de agosto de 20126.
1 Cuaderno 1 folio 10. 2 Cuaderno 4 Folio 248. 3 Cuaderno 5 folio 26. 4 Cuaderno 6 folio 115. 5 Cuaderno 6 folio 248. 6 Cuaderno 7 folio 43.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 5
3. El 29 de enero de 20137, la Sala ordenó el cierre de la investigación. La defensa impugnó la decisión8 y la Corte la confirmó con auto del 11 de febrero de 20139.
4. El 6 de marzo de 2013 10, la Sala llamó a LUIS
FERNANDO ALMARIO ROJAS a responder en juicio como posible autor del delito de concierto para delinquir agravado en la modalidad de promocionar grupos armados ilegales – artículo 340 inc. 2 del C.P. -, con la circunstancia de mayor punibilidad dispuesta en el numeral 9 del artículo 58 del C.P.; en concurso con el de constreñimiento al sufragante agravado - artículo 387 inc. 3 del C.P. –. El acusado impugnó la acusación11 y esta Corporación la confirmó en auto del 20 de marzo de 201312.
5. El 16 de marzo de 2016 13, la Sala, tras concluir el juzgamiento, emitió la sentencia en la que declaró a LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS responsable de los delitos por los que lo acusó y lo condenó a ciento veinte (120) meses de prisión, multa de once mil (11.000) salarios mínimos legales mensuales vigentes e inhabilitación en el ejercicio de derechos y funciones públicas por el mismo lapso de la pena principal.
6. LUIS FERNANDO ALMARIO y su defensa impugnaron la sentencia. El 1 de junio de 2016, la Sala rechazó el trámite14.
7 Cuaderno 12 folio 218. 8 Cuaderno 12 folio 221. 9 Cuaderno 12 folio 247. 10 Cuaderno 13 folio 134. 11 Cuaderno 13 folio 238 y ss. 12 Cuaderno 13 folio 272 y ss. 13 Cuaderno 21 folio2 y ss.
14 Cuaderno 22. Folio 562.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 6
7. Mediante escrito del 17 de noviembre de 2020, ALMARIO ROJAS y su defensa recurrieron la decisión de condena, de acuerdo con el Acto Legislativo 01 de 2018 y la sentencia de la Corte Constitucional SU146 de 2020. Por auto del 2 de diciembre de 202015, la Sala concedió la impugnación especial habilitando su trámite y decisión.
IV. FUNDAMENTOS DE LA SENTENCIA IMPUGNADA La Corte condenó a LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS como autor del delito de concierto para delinquir agravado - en la modalidad de promocionar grupos armados en concurso con el delito de constreñimiento al electorado, con fundamento en las
siguientes consideraciones:
1. Con relación al marco fáctico de la conducta, explicó que desde los albores de 1997 el grupo armado de las Autodefensas de Córdoba y Urabá – ACCU – hizo presencia en el Caquetá y, desde el segundo semestre de 2001, cedió el Departamento al Bloque Central Bolívar – BCB – al mando de
Carlos Mario Jiménez alias Macaco. Este organizó en el terreno el denominado Frente Sur Andaquíes – FSA – de las Autodefensas Unidas de Colombia AUC. Concluyó que el Frente tuvo un efectivo control territorial y electoral sobre la mayor parte del Caquetá, desde su entrada al Departamento en el 2001, explicando que este expandió
15 Cuaderno Único Impugnaciones Especiales. Doc. 3.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas
Departamento en el 2001, explicando que este expandió
15 Cuaderno Único Impugnaciones Especiales. Doc. 3.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 7 rápidamente su presencia militar y se afianzó en la mayoría de los municipios del sur y oriente del Departamento 16, sometiendo al grueso de la población17 y forjando alianzas con gestores del narcotráfico del que obtuvo su principal fuente de financiación. Agregó que con la extensión territorial de la organización vino la gestión de alianzas con dirigentes políticos, aspirantes a cargos de elección popular y la injerencia en los procesos electorales de la región. Mostró que militantes del grupo armado aseguraron que algunos alcaldes 18 del Departamento colaboraron con la organización y, otros19, fueron elegidos por esta y fiscalizados en el ejercicio de su función. Algunos políticos se beneficiaron de la financiación y la seguridad armada ofrecida por las autodefensas y la acción del Frente alcanzó a algunas de las entidades públicas20, con las que forjó estrechas relaciones que facilitaron su expansión militar y presencia territorial. El grupo armado apoyó las campañas a cargos de elección popular de los candidatos cercanos a su proyecto ideológico o de aquellos que buscaron su acompañamiento, para lo que influyó en el electorado condicionando sus preferencias políticas y, en algunos casos, constriñendo el ejercicio del sufragio.
16 Florencia, Albani, Morelia, Paujil Doncello, San José de Fragua, Belén de los Andaquíes, Curillo, Albania, Solita, Solita, San Vicente del Caguán, Puerto Rico, entre otros.
sufragio.
16 Florencia, Albani, Morelia, Paujil Doncello, San José de Fragua, Belén de los Andaquíes, Curillo, Albania, Solita, Solita, San Vicente del Caguán, Puerto Rico, entre otros. 17 Mediante la ejecución de homicidios, torturas, secuestros, extorsiones, hurtos, despojo y apropiación de tierras y desplazamiento forzado ampliamente documentados por las versiones de los militantes del FSA y testimonios de habitantes de la región. 18 Curillo, Morelia, Valparaiso, Montañita, Florencia y Albania. 19 Belén de los Andaquíes y Valparaíso. 20 Fiscalía General de la Nación, Policía y Ejército Nacional.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 8
2. Sobre la conducta y responsabilidad del señor LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS en el delito de concierto para delinquir, la Sala concluyó que este reconoció al Frente como estructura de poder con dominio sobre el Departamento del
Caquetá. Y, tras ese reconocimiento, ALMARIO ROJAS acordó promocionar al grupo armado apalancando la directriz de la cúpula del Bloque Central Bolívar en orden a la expansión territorial de la organización y el control del poder político regional y nacional . A cambio, ALMARIO ROJAS, y otros dirigentes que él respaldó, recibieron beneficios políticos gracias a la férrea influencia del Frente sobre el electorado.
La Corte declaró que en dicho escenario se probó la celebración de encuentros entre militantes y comandantes del Frente Sur Andaquíes y ALMARIO ROJAS, así:
3. La prueba directa de los vínculos entre ALMARIO ROJAS y las autodefensas del Caquetá es el testimonio del
exintegrante del FSA Harlintont Mosquera Hernández. Harlintont relató que, en octubre de 2005 – en la antesala de las elecciones legislativas de 2006 – sostuvo una reunión con ALMARIO ROJAS en la residencia de este ubicada en el barrio Juan XXIII de Florencia. El objeto de la reunión fue discutir el apoyo del FSA a la campaña de ALMARIO y la de otros políticos apoyados por aquel. ALMARIO ROJAS aseguró a Mosquera que “yo ya tengo todo cuadrado por arriba”.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 9 A partir de entonces, Harlintont, bajo órdenes de la dirigencia del FSA, contactó a quienes trabajaban para la organización en el Caquetá y gestionó el apoyo político y electoral acordado.
4. El dicho de Mosquera Hernández estuvo acompañado de prueba indiciaria que reforzó la veracidad de su relato.
Gabriel Jaime Esquivia Acosta, alias Carepa, exmilitante del Frente Sur Andaquíes, dijo que, en 2001, fue testigo de las órdenes de un comandante del grupo armado dirigidas a prestar acompañamiento a ALMARIO ROJAS en sus vistas a la
zona rural del Caquetá. También dijo que escuchó a su comandante asegurar que ALMARIO intermediaba ante el Ejército con miras a disminuir los combates contra el Frente y, además, fue testigo de la interlocución entre algunos dirigentes del FSA21 y el conductor y escolta de ALMARIO ROJAS22 de quien dijo, era el contacto directo entre el político y la organización.
5. Johan Darley Benítez Zapata, auxiliar de policía de la Estación de Morelia - Caquetá – también colaborador del FSA –, sostuvo que, en 2002, vio a LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS atravesando un retén de policía ubicado en zona rural de la vía que conduce del municipio de Morelia al de Valparaíso.
ALMARIO viajaba en el vehículo blindado asignado por el Estado para su seguridad, acompañado sólo por su conductor Ángel Jimmy Lasso Mosquera.
21 Alias José María y alias Jorge el Calvo por orden de aquel. 22 Ángel Jimmy Mosquera Lasso.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 10 En el mismo año y entre tres o cuatro oportunidades, Benítez Zapata vio a ALMARIO ROJAS asistir a reuniones junto con algunos comandantes e integrantes23 de la organización, en una de las fincas del FSA en la zona rural del municipio de Valparaíso. Por otro militante del Frente, Benítez se enteró de que en
las reuniones se discutían circunstancias relativas a los apoyos entre el FSA y ALMARIO ROJAS en orden al sostenimiento de la Organización y al curso de los intereses políticos de ALMARIO en el Caquetá. Johan Darley, bajo las mismas circunstancias, supo que ALMARIO ROJAS apoyaba al Frente con el ingreso al Departamento de dineros destinados a su financiamiento y con la disminución de los controles del Ejército sobre las rutas del narcotráfico.
6. Carlos Fernando Mateus Morales alias Paquita – Coordinador general y financista del FSA - y José Germán Sena Pico alias Nico – uno de los políticos del Frente - describieron reuniones ocurridas en 2003 por las que gestionaron asuntos relacionados con el apoyo a algunos políticos del Caquetá.
En una primera reunión se ratificó el apoyo del FSA a la campaña de Arnoldo Barrera a la alcaldía de Florencia; en una segunda reunión – en la finca La Bonita -, uno de los enlaces del Frente24 comunicó que en una reunión anterior – mayo de 2003 en la sede de Cofema - el candidato a la gobernación del Caquetá Juan Carlos Claros Pinzón, manifestó interés porque el Frente lo apoyara como lo venía haciendo con Barrera.
23 Carlos Fernando Mateus Morales alias Paquita, alias Chiqui, alias Regina, alias Simpson. 24 Alias Chiqui, relacionista del Frente y coordinador del control económico del narcotráfico a favor del FSA.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 11 ALMARIO ROJAS conocía de la solicitud. El colaborador del frente y uno de sus comandantes hicieron un aporte de cien millones de pesos a la campaña de
Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 11 ALMARIO ROJAS conocía de la solicitud. El colaborador del frente y uno de sus comandantes hicieron un aporte de cien millones de pesos a la campaña de Claros Pinzón. El apoyo solicitado se aprobó, siempre que se tuviera el aval de ALMARIO ROJAS, por lo que el Frente gestionó una reunión con aquel. El enlace del FSA se reunió con Claros Pinzón y ALMARIO ROJAS en su residencia en Bogotá D.C. En ella, ALMARIO ROJAS, además de respaldar las aspiraciones políticas de Claros Pinzón y avalar la solicitud de apoyo ante la organización, comprometió la participación del FSA en la contratación del Caquetá una vez consiguiera la Gobernación del Departamento.
7. Carlos Fernando Morales Mateus y José Germán Sena Pico revelaron un segundo acontecimiento que ejemplificó el vínculo de LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS con el Frente Sur Andaquíes de las autodefensas.
En 2005, Mateus Morales citó a Francy Helena Díaz, para entonces, aspirante a la Alcaldía de Milán, Caquetá. La cita no se cumplió y, a cambio, el Ejército bombardeó el lugar destinado para la reunión por lo que Mateus declaró a Francy Helena como objetivo militar. La candidata acudió a ALMARIO ROJAS para que intercediera ante el Frente y se anulara la orden de asesinarla.CUI 11001020400020110056102
Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 12 Juan Carlos Monje 25 agotó la intermediación y comunicó a Mateus Morales que la orden del político era cesar toda amenaza contra la vida de Francy Helena.
8. Los exintegrantes del FSA Carlos Monroy Durán, alias el Gato, y Albeiro Antonio Ardila López, alias Rambo, describieron una reunión celebrada en julio y agosto de 2005, entre Juan Carlos Monje y ALMARIO ROJAS, y otros26, en las inmediaciones de la finca La Gringa, en zona rural del Caquetá.
Monroy Durán y Ardila López supieron por el dicho de otros de los militantes que prestaron seguridad a la reunión, que, en ella, se acordó el financiamiento de ALMARIO ROJAS al montaje de una estructura del FSA que estaría al mando de Monje. El resultado de la reunión se denominó el acuerdo de la bocana o acuerdo del pescao.
9. Finalmente, Carlos Fernando Morales relató que, por orden de ALMARIO, en 2007, se le llamó a prestar apoyo a Nelcy Almario, hermana de aquel, a la campaña política del año 2007; hechos que, si bien corresponden a una fecha posterior a la de desmovilización del Frente Sur Andaquíes, son indicio de la fortaleza y la prolongación en el tiempo de la alianza entre el
FSA y ALMARIO ROJAS.
25 Ex integrante del Frente Sur Andaquíes y cuya familia se vinculó laboralmente con diferentes entidades públicas del Departamento del Caquetá por orden de Juan Carlos Claros Pinzón, entonces gobernador. 26 Nicolás Gómez Rodríguez, alias el cantante, el coronel del Ejército Orlando Barbosa García y un colaborador de la campaña de ALMARIO.CUI 11001020400020110056102
entonces gobernador. 26 Nicolás Gómez Rodríguez, alias el cantante, el coronel del Ejército Orlando Barbosa García y un colaborador de la campaña de ALMARIO.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 13 La Corte evaluó los testimonios referidos y concluyó que en ellos no había interés alguno por faltar a la verdad, mostrando tener aptitudes suficientes para percibir los hechos descritos y relatarlos de forma coherente, espontánea, hilvanada y circunstanciada. Y agregó que, si bien algunos de los declarantes incurrieron en puntuales imprecisiones y/o contradicciones o sus relatos fueron producto de la reconstrucción conjunta de hechos, lo cierto es que sus dichos fueron suficientes para evidenciar que LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS, entre 2001 y 2006, afianzó “ apoyos y compromisos electorales” con integrantes del grupo armado Frente Sur Andaquíes del Bloque Central Bolívar con injerencia en el Departamento de Caquetá, que beneficiaron al grupo armado, a él y a otros aspirantes a cargos de elección popular apoyados por este.
10. Con relación al delito de constreñimiento al electorado, se probó que el Frente Sur Andaquíes ejerció actos de constreñimiento sobre la población del Departamento del Caquetá, en orden a direccionar el sufragio a favor de los intereses electorales de LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS y/o de políticos apoyados por este.
La conclusión se apoyó en el testimonio de Albeiro Antonio Ardila López, alias Rambo –ex integrante del FSA -, quien declaró que, a finales de 2005, distribuyó en las casas y negocios del
de políticos apoyados por este. La conclusión se apoyó en el testimonio de Albeiro Antonio Ardila López, alias Rambo –ex integrante del FSA -, quien declaró que, a finales de 2005, distribuyó en las casas y negocios del municipio de Valparaíso, cartas en sobres cerrados por las que se ordenó a la población votar a favor de LUIS FERNANDO
ALMARIO ROJAS.CUI 11001020400020110056102
Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 14 El dicho de Ardila López mostró cómo la injerencia territorial y electoral del Frente Sur Andaquíes se concretó en actos de constreñimiento a los sufragantes para que votaran por candidatos que, como ALMARIO ROJAS, se concertaron con dicho grupo en la promoción de sus actividades. La conclusión no se enervó con el dicho de algunos habitantes del municipio de Valparaíso, quienes negaron la distribución de comunicaciones alusivas al candidato de la preferencia de la organización armada, porque no representó la situación de la generalidad de los habitantes del Caquetá o no mostró claridad respecto del nivel de coacción implícito a la actividad proselitista, la invitación a votar o la conminación a la dirección del voto. Remató, diciendo que ALMARIO ROJAS era conocedor de la actividad del Frente en orden a constreñir el voto de los habitantes del Caquetá en su favor y, además, lo consintió, en tanto que el resultado de esa labor no era otro que alentar su elección y la de los políticos locales que apoyó.
V. FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS, con la coadyuvancia de su apoderado judicial, solicitó revocar la decisión y, en su
elección y la de los políticos locales que apoyó.
V. FUNDAMENTOS DE LA IMPUGNACIÓN LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS, con la coadyuvancia de su apoderado judicial, solicitó revocar la decisión y, en su lugar, proferir un fallo absolutorio 27. Razonó de la siguiente
manera:
1. El Frente Sur Andaquíes – FSA - del Bloque Central Bolívar – BCB – no tuvo control territorial y tampoco electoral en el Departamento del Caquetá. La acción militar de la
27 Cuaderno Único Impugnaciones Especiales – Memorial Partes e Intervinientes Folio 1 y ss.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 15 organización tuvo un escaso impacto y un pobre cubrimiento territorial. Desde el 2001, el panorama del Frente era el debilitamiento del mando y la disminución de la efectividad de la acción militar, a consecuencia del desorden y el desconcierto de sus militantes, luego de la arremetida de los grupos guerrilleros y la efectiva reacción de las Fuerzas Armadas. La intervención de la Fiscalía, la temprana judicialización de los integrantes de la organización y las decisiones judiciales28 que siguieron, reflejaron la debilidad del FSA por cuenta de la persecución judicial que no le dio tregua desde su ingreso en el año 2001, tal y como lo ratificaron exintegrantes del FSA29, uno de los comandantes de las AUC30 y servidores del
Ejército Nacional31. Si bien, algunos habitantes 32 de la zona rural de los municipios de Morelia y Valparaíso describieron el estado de terror y zozobra a los que fueron sometidos tras los hurtos, extorsiones, secuestros y asesinatos selectivos ejecutados por el FSA, no es menos cierto, que aquellos describieron hechos que ocurrieron solo hasta el año 2002. Lo que es plausible, pues, partir de ese año, el Frente se replegó y la acción militar se redujo a hechos de violencia esporádicos y aislados con escaso impacto en la seguridad del Departamento.
28 Sentencias del Juzgado 2 Penal Especializado de Florencia del 29 de septiembre de 2006 y 20 de agosto de 2009. 29 Everardo Bolaños Galindo alias John, Jefferson Pera Mena alias Eduard o Serpiente, Nilson Valencia Reyes alias William, teniente Wolfrando Arbeláez Aristizábal. 30 Carlos Mario Jiménez Naranjo alias Macaco. 31 Capitán del Ejército Nelson Enrique Ordóñez Pabón. 32 Tiberio Cediel Núñez, Jader Anturí, Oscar Eliécer Valencia, Luz Estela Flórez, Everardo Bolaños Galindo alias John.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 16 Aunque la organización alcanzó un nivel importante de cooptación de miembros activos del Ejército y la Policía, lo que llevó al repliegue de la presencia armada del Estado, las instituciones tomaron medidas disciplinarias y administrativas que rompieron las alianzas y recondujeron la misión constitucional de la fuerza.
2. Por otra parte, el objetivo central del FSA no era el dominio político o territorial, por lo que su presencia se redujo
instituciones tomaron medidas disciplinarias y administrativas que rompieron las alianzas y recondujeron la misión constitucional de la fuerza.
2. Por otra parte, el objetivo central del FSA no era el dominio político o territorial, por lo que su presencia se redujo a la comisión de delitos comunes estrechamente ligados al control del narcotráfico y a la acción militar antisubversiva.
Por esto, el grupo no pugnó por conquistar espacios políticos ni construyó alianzas con dirigentes de la región; no participó de los procesos electorales del Departamento ni perturbó el sufragio de sus habitantes. Tampoco participó de la administración ni se benefició de la contratación pública. Y, si bien algunos comandantes del FSA33 dijeron participar en reuniones con un aspirante a la gobernación del Caquetá y con otro a la alcaldía de Florencia, estas se convocaron de manera aislada y a título personal, en contravía de la orden de la dirigencia de las autodefensas que prohibió la vinculación del Frente con intereses políticos y electorales.
3. No se probó la existencia de vínculos o alianzas políticas entre el Frente Sur Andaquíes del Bloque Central Bolívar de las
AUC y LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS.
33 Carlos Fernando Mateus Morales alias Paquita – comandante Financiero - y José Germán Sena Pico alias Nico – comandante Político -.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962
Luis Fernando Almario Rojas 17 Gabriel Jaime Esquivia Acosta sostuvo que, en 2001, fue testigo de una reunión en la que alias José María - comandante de los Urbanos del FSA - ordenó contactar a ALMARIO ROJAS para que intermediara con el Ejército en orden al cese de los combates en contra de la organización. Esquivia respaldó la veracidad de su relato en el señalamiento de otros militantes34, que también fueron testigos directos de las órdenes del comandante. Sin embargo, todos ellos negaron la celebración de la reunión y también rechazaron los vínculos del Frente con el ejercicio político de ALMARIO ROJAS
4. El auxiliar de la Policía Nacional Johan Darley Benítez Zapata, declaró que, en 2002, en un retén policial de las inmediaciones del municipio de Morelia, participó en la inspección de una camioneta blindada marca Toyota en la que viajaba ALMARIO ROJAS, solo acompañado por el conductor.
Ese mismo año, Benítez vio en tres o cuatro oportunidades que ALMARIO ROJAS se reunió con Carlos Fernando Mateus Morales – alias Paquita –, entre otros, en la finca La Gringa ubicada en el kilómetro 20 de la vía Morelia Valparaíso en Caquetá. Con todo, las pruebas no corroboraron el testimonio de Johan Darley. Benítez Zapata hizo parte de una organización de sicariato y tráfico de narcóticos en los departamentos del Eje Cafetero, lo que facilitó que declarara en falso contra de LUIS FERNANDO
ALMARIO ROJAS.
34 Luis Alberto Medina Salazar alias El negro julio, Juan de Jesús Lagares Almario alias El burro,
que facilitó que declarara en falso contra de LUIS FERNANDO
ALMARIO ROJAS.
34 Luis Alberto Medina Salazar alias El negro julio, Juan de Jesús Lagares Almario alias El burro, Nelson Enrique Ortega Escobar alias El Mosco y Rahomir Trujillo alias Tribilín.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 18 Carlos Fernando Mateus Morales – anfitrión de las reunionesen múltiples salidas procesales, no solo negó los encuentros descritos por Johan Darley, sino que también negó conocer a ALMARIO ROJAS o que este tuviera vínculos o alianzas políticas con el FSA35. Según el testimonio, las reuniones de la finca La Gringa posiblemente ocurrieron en el primer semestre de 2002. En ese mismo año, ALMARIO ROJAS visitó el Departamento del Caquetá en seis oportunidades, pero las Misiones de Trabajo del esquema de seguridad del político, las minutas e informes rendidos por los escoltas y detectives y los testimonios de algunos36 de los servidores de la Policía y del DAS que protegían a ALMARIO ROJAS, no dejaron trazabilidad de encuentros registrados por fuera de su agenda ordinaria o de traslados por fuera de la zona urbana de Florencia. Idéntica información aportó el examen de los teléfonos celulares asignados al parlamentario para su uso privado y para el contacto con el personal de seguridad.
5. Carlos Fernando Mateus Morales – alias Paquita - y José Germán Sena Pico - alias Nico - afirmaron que, en mayo de
2003, asistieron a una reunión en zona rural de Morelia, junto con José Germán Sena Pico alias Nico, alias peruano y alias Chiqui. El fin de la reunión era atender la solicitud de apoyo
35 Itera el recurso que, junto con Mateus Morales, Everardo Bolaños Galindo, Onilfer Muñoz y José German Sena Pico también negaron los vínculos de ALMARIO ROJAS con el FSA o los de este con cualquier otro político del Caquetá. 36 William Cardona, César Arcila y Luis Enrique Henao.CUI 11001020400020110056102 Impugnación Especial 58962 Luis Fernando Almario Rojas 19 electoral hecha por el candidato a la alcaldía de Florencia, Arnoldo Barrera, quien también asistió. En el curso de la reunión, alias Chiqui informó a alias peruano que el candidato a la Gobernación del Caquetá, Juan Carlos Pinzón Claros, también manifestó interés por tener el apoyo del FSA en su campaña. Alias Peruano no desechó la solicitud, pero la condicionó al aval de LUIS FERNANDO ALMARIO ROJAS y al compromiso de este con gestionar la contratación del Departamento a favor de terceros, señalados por Mateus Morales y el po
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