CSJ - SPL1100102300002011-00108-00 (03-05-2011)
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SPL1100102300002011-00108-00 (03-05-2011)
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- General
- Año
- 2011
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA PLENA Exp. 110010230000201100108-00
Bogotá D.C., tres (3) de mayo de dos mil once (2011).-
1. Estas diligencias seguidas por el delito de extorsión contra MERCEDES TRUJILLO OLARTE y OTROS, han venido a la Corporación a fin de que, de conformidad con el artículo 341 de la Ley 906 de 204, el superior defina la competencia para seguir conociendo de las mismas. Lo anterior, por cuanto el abogado defensor, ante la Juez 3a Penal Municipal con función de Conocimiento de Girardot, manifestó en la audiencia de formulación de acusación, que ella recae en el Juzgado de Acacias (Meta), lugar en el que, según indicó, ocurrieron las llamadas extorsivas.
2. Repartido el asunto por Sala Plena al suscrito Magistrado, se observa que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 54 de la Ley 906 de 2004, en concordancia c on el artículo 32 numeral 4o ibídem, y el artículo 16 de la Ley Estatutaria de la Administración de Justicia, modificado por el artículo 7o de la Ley 1285 de 2009, a ella no corresponde definirlo sino a la Sala Penal de esta Corporación. ^^^^^e^^jQ/^áz Exp. 110010230000201100108-00
3. Remítase de inmediato el asunto a la referida Sala de Casación, para los fines que estime pertinentes.
Cúmplase.
LUIS^AB^^J^ND^iy^yAS
Magistrado