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CSJ - SPL1202-1970

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SPL1202-1970
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
General
Año
1970

OJBJKA\§ O IEM[JP'~IE§A§ IIJ'fJIJLIE§ O JBIENIEFJICA§. - ~IEQIIJJI§JI'll'O§ IP' Alff.A QIIJIE §lEAN lDlJIGNA§ lDliEIL AIP'OYO llJliE ILA NACJION Jine1l:ei[j[ll.lllibilidal!rli. die nos rurtlÍcll.llnos JL Q y 29 dien p1royedo die ney liTl.ÚmeJrO "!41: die JL~i[p$ m ( CámaJra 33"!) "polr tell.llan na Nacñ6n ICOliTltJribll.llye a na constJrll.l!CtCii!ÍlliTJ. die aeJrOpll.llelr= tos en nos tenñtoJrños nacñon.anes. Como anota el Gobierno en las objecio ra que esta entidad decida sobre su ex~wi­ nes, al Congreso correspondía según el tex bUJidad, en desarrollo del artículo 90 de la to constitucional vigente al momento de Constitución Política, el proyecto de llily NQ formularlas, "fijar. . . los planes y progra 74 de 1966 (Cámara N9 337) "Por la cual mas de todas las obras que hayan de em la Nación contribuye a la construcción de prenderse o continuarse" y "Decretar las Aeropuertos en los Territorios Nacionales". obras públicas que hayan de emprenderse Surtido el trámite señalado en los artícu o continuarse con arreglo a los planes y los 7Q y 12 del Decreto 0432 de 1969, se pro programas que fijen las leyes respectivas". cede a resolver, con las siguientes

(Numerales 4Q y 19 del artículo 76). El Acto legislativo NQ 1 de 1968 preciséi CONSIDERACIONES más esta atribución del Congreso así: Primera. El proyecto en origina es~budio, "4~ Fijar los planes y programas de desa rio del honorable Senado, si.guió el curso rrollo económico y social a que debe some constitucional y legal en el Congreso y fue terse la economía nacional, y los de las remitido a la Presidencia para la sanción obras públicas que hayan de emprenderse ejecutiva. o continuarse, con la determinación de los Con pliego de objeciones fue devuelto por recursos e inversiones que se autoricen para el Gobierno, habiendo recibido el trámite su ejecución, y de las medidas necesarias correspondiente y tanto el Senado como la para impulsar el cumplimiento de los mis Cámara, las declararon infundadas. mos". Segunda. El proyecto objetado como in Tampoco aparece en el expediente que constitucional por el Gobierno ordena, en las obras nacionales de que trata el pro su artículo 1Q, un aporte del Tesoro Nacio yecto hagan parte o estén incluidas en pla nal en cuantía de diez millones de pesos nes y programas aprobados por el legisla ($ 10.000.000.00) para financi.ar un plan de dor. Un estudio de entidad distinta, espe construcción y ensanche de aeropuertos en cíficamente la Empresa Colombiana de Ae los Territorios Nacionales, conforme a los ródromos, no llena la exigencia constitu planes establecidos por la Empresa Colom

cional y legal. Por esta causa, las objeciones biana de Aeropuertos. presidenciales son fundadas. El arlnculc. 29 señala las obras a que se <Doll"i0 §upJrema qi[e .JJustrem. - §alla lF'llma refiere el artículo 1 del proyecto. Bogotá, D. E., febrero doce de mil nove Q cientos setenta. El rurti.cuno 39 manda incluir anualmen (Magistrado Ponente: Doctor Luis Sarmien te en el Presupuesto de Rentas y Gas to Buitrago). tos una partida de doscientos mil pesos De la Presidencia de la República ha sido ($ 200.000. 00), como subsidio a la ope ehviado a la Corte Suprema de Justicia paración permanente de un avión de carga 1 Número 2338 Bis GACETA JUDICIAL 43 y pasajeros de la Empresa S a tena "para · Administrativo de A!eronáuÚca Civil un,-a atender a la comunicación aérea entre las información al respecto. localidades fronterizas de Leticia, Tarapacá, Esta entidad informa que de los aeropuer Araracuara, La Pedrera, La Chorrera, El tos incluidos en el proyecto de ley son de Encanto y Puerto Leguízamo, con el objeto propiedad del Fondo Aeronáutico Nacional de satisfacer las exigencias de la soberanía los de San Vicente del Caguán, Arauca, Ta nacional y del desarrollo económico y social me, Puerto Asís, Mitú, Leticia y Paz de Ari de dichas regiones". poro y que el resto pertenece a .municipios, El artñculo 49 faculta al Gobierno Nacio ·corregimientos, Fuerza Aérea, Armada y

nal para contratar empréstitos internos o particulares. externos a fin de dar cumplimiento al ar Cuarta. Como anota el Gobierno en las tículo 1Q del proyecto. objeciones, al Congreso correspondía según Y el arliculo 59 señala la fecha en que la el texto constitucional vigente al momento ley empezará a regir. de formularlas, "fijar. . . los planes y pro Las objeciones de inconstitucionalidad se gramas de todas las obras que hayan de refieren exclusivamente a los artículos 1 <:> y emprenderse o continuarse" y "Decretar las 2Q del proyecto y el Gobierno las fundamen obras públicas que hayan de emprenderse ta así: o continuarse con arreglo a los planes y "La Constitución Nacional en su artículo programas que fijen las leyes respectivas". 76 faculta al Congreso para ejercer por me (Numerales 4<:> y 19 del Art. 76). dio de leyes las siguientes respectivas atri · El Acto legislativo N<:> 1 de 1968 precisó buciones: más esta atribución del Congreso así: "4Q Fijar. . . los planes y programas de "41¡1 Fijar los planes y programas de desa todas las obras públicas que hayan de em rrollo económico y social a que debe some prenderse o continuarse". terse la economía nacional, y los de las obras "19. Decretar las obras públicas que ha públicas que hayan de emprenderse o con yan de emprendérse o continuarse, con arre tinuarse, con la determinación de los re glo a los planes y programas que fijen las cursos e inversiones que se autoricen para leyes respectivas". , su ejecución, y de las medidas necesarias

"En repetida jurisprudencia de la hono para impulsar el cumplimiento de los mis rable Corte Suprema de Justicia se han in mos". dicado los precisos alcances de aquellas dis Quinta. Tampoco aparece en el expedien posiciones constitucionales, en cuanto ellas te que las obras nacionales de que trata el otorgan al legislador la condicionada facul proyecto hagan parte o estén incluidas en tad de disponer la ejecución de las obras planes y programas aprobados por el legis públicas con señalada sujeción a planes· y lador. Un estudio de entidad distinta, espe programas previamente adoptados por el cíficamente la Empresa Colombiana de Ae mismo y no a los que, a manera de estudio ródromos, no llena la exigencia constitucio de posibles proyecciones, se hayan elabora nal y legal. Por esta causa, las objeciones do por la Empresa Colombiana de Aeró presidenciales son fundadas. dromos. Sexta. En cuanto a las obras que no son "La circunstapcia de referirse el proyecto de propiedad nacional, la contribución del a la ordenación de obras que debieron seña Tesoro Público tiene .que sujetarse estric larse antes, de conjunto e integralmente, en tamente a los planes y programas corres un plan o programa adoptado por ley, hace pondientes que el Congreso también debe que el proyecto, no se ajuste a las previsio señalar en los términos del Artículo 76, nu nes constitucionales correspondientes". meral 20 de la Constitución. Tercera. En el expediente no se encuen La Ley 11 de 1967 determina las obras o tra comprobación auténtica acerca de si las empresas útiles o benéficas dignas de apo obras proyectadas son de la Nación o de yo de la Nación y establece los requisitos

otras entidades oficiales, o de particulares, que deben llenar los proyectos para decretar por lo cual se solicitó del Departamento un auxilio. 44 GACETA JUDICIAL Número 2338 Bis ----~--------------------- Entre esas obras dignas de apoyo están Como ninguno de los requisitos exigidos los aeródromos (literal b Art. 39 Ley 11 de por esta Ley, que es orgánica, ha sido cum 1967); y para que el proyecto pueda ser via plido, las objeciones presidenciales son fun ble, dispone: dadas. "Artículo 49 Cuando se trata de la cons Séptima. Como el Gobierno objetó sola trucción y ensanche de una obra, el pro mente los artículos 19 y 29 del proyecto no yecto que persiga el apoyo nacional deberá es el caso de estudiar los restantes. Debe presentarse acompañado de los siguientes observarse, sin embargo, que el artículo 49 documentos: se refiere al 19 que ha de declararse inexe "a) De los planos de la obra levantados quible. o autorizados por ingeniero titulado, y con el visto bueno del Agente del Ministerio FALLO Público del lugar; "b) De un presupuesto detallado del cos Por las razones anteriores., la Corte Su to de la obra con la información correspon prema de Justicia, en §alia IP'llellill, previo es diente de las inversiones hechas en ella o tudio de la §ala Constit"U.ll.cimrnall, de los aportes que hará la entidad corres pondiente, y la garantía de la efectividad lltesm~nwe de ellos, así como de los que hagan para el mismo otras entidades que la auxilien; Son mexeq"U.ll.ilbHes los arihmllos 19 y 29 del

"e) Certificación de las autoridades mu proyecto dl.e ley número 74 de 1966 (Cámara nicipales o departamentales correspondien 337) "por la cual la Nación contribuye a la tes, según la índole y fines de la obra, sobre construcción de aeropuertos en los Territo la utilidad o necesidad de ésta o sobre la rios Nacionales". no existencia de otras similares en el lugar Comuníquese al Presidente de la Repúbli respectivo, así como sobre la capacidad o ca y al Congreso Nacional. aptitud de la obra para satisfacer las nece sidades que trata de remediar; "d) Una explicación razonada y justifi Guillermo Osptna Fernández, Mario Alarto Dt cada sobre la necesidad del aporte nacional Filippo, José Enrique Arboleda Valencia, Hum para garantizar la realización de la obra" .. berta Barrera Domínguez, Juan Benavides Pa Además el artículo 14 de la citada Ley 11 trón, Ernesto Blanco Cabrera, Ernesto Cediel An de 1967 exige que se demuestre la financia gel, José Gabriel de la Vega, Enrique López de ción completa de la obra, teniendo en cuen la Pava, Miguel Angel García, Jorge Gaviria Sa ta el valor del auxilio nacional decretado lazar, Germán Giralda Zuluaga, César Gómez por el Congreso. Estrada, Edmundo Harker Puyana, J. Crótatas Bien es cierto que el propio legislador pue Londoño, Alvaro Luna Gómez, Luis E. Mesa Ve de remitir el cumplimiento de los requisitos lásquez, Luis Carlos Pérez, Luis Enrique Romero exigidos en el artículo 49 al momento de Soto, Julio Roncallo Acosta, Luis Sarmiento Bui

hacer el pago o al de la inclusión de la trago, Eustorgio Sarria, Hernán Toro Agudelo, partida correspondiente en el Presupuesto José María Velasco Guerrero. Nacional (Art. 10). Empero en el proyecto que se estudia, no lo ha determinado así 1 el legislador. 1 Heriberto Caycedo Méndez, Seeretario General.

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