CSJ - SPL1403-1972
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - SPL1403-1972
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- General
- Año
- 1972
DEMANDA INEPTA Inhibición por sustracción de materia. Corte Suprema de Justicia. — Sala Plena.— y suboficiales de'la Policía Nacional, que Bogotá, D. E., 14 de marzo de 1972. corre publicado en el Diario Oficial número 33506 de 31 'de enero del año que cursa, y (Magistrado Ponente: Doctor Guillermo por cuyo artículo 169 derogó expresamente González Charry). todo el Decreto número 3072 de 1968, al : - cual pertenecía el precepto objeto de la deEl ciudadano César Castro Perdomo, inmanda. vocando el artículo 214 de la Constitución, En estas condiciones se está frente a la ha. venida a pedir,de la Corte una, declarasituación prevista por el artículo 30 del Deción de inexequibilidad sobre el artículo 103 creto 432 de 1969, ya que la disposición.cudel Decreto extraordinario 3072 de 17 de ya legitimidad se discutía ha perdido vidiciembre de 1968, reorgánico de la carregencia. ra de oficiales y suboficiales de la Policía Por lo expuesto, la Corte Suprema de JusNacional, cuyo texto dice: ticia, en Sala Plena, SE DECLARA INHI- “El Oficial o Suboficial de la Policía NaBIDA para decidir sobre el fondo de la. accional que sea separado del servicio en forción propuesta, por sustracción de materia, ma absoluta por sentencia condenatoria definitiva, no podrá gozar de los tres (3) Cópiese, notifíquese y archívese el expemeses de alta' para la formación de su hoja diente. de servicios; ni de asignación de retiro; solamente tendrá derecho al reconocimiento de la cesantía por su tiempo de servicio Juan Benavides Patrón, Mario Alario Di Fiprestado al ramo de Defensa, y si fuere el lippo, José Enrique Arboleda Valencia, Humberto caso, a la indemnización por incapacidad Barrera Domínguez, Aurelio Camacho Rueda, adquirida en el servicio”. Alejandro Córdoba Medina, Ernesto Cediel AnComo disposiciones constitucionalevisogel, José Gabriel de la Vega, José María Esgueladas señaló los artículos 118-8, 55 y 169 rra Samper, Miguel Angel García, Jorge Gaviria de la Carta. Salazar, Guillermo González Charry, German GiEl Procurador General opinó en su Oporraldo Zuluaga, José Eduardo Gnecco C., Alvaro tunidad. Luna Gómez, Humberto Murcia Ballén, Luis Pero acontece que mientras se tramitaba Edudrdo Mesa Velásquez, Alfonso Peláez Ocamla demanda, el Gobierno Nacional, hizo uso po, Luis Carlos Pérez, Luis Enrique Romero Soto, de las facultades extraordinarias que le Julio Roncallo Acosta, Eustorgio Sarria, Luis Sarconfirió la Ley 7 de 1970, y dictó el' Demiento Buitrago, José María Velasco Guerrero. ereto número 2338 de 3 de diciembre de 1971; reorgánico de la carrera de oficiales Heriberto Caycedo Méndez, Secretario General.