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CSJ - SPL2774-2019

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - SPL2774-2019
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
General
Año
2019

República de Colombia Corte Suprema de Justicia Sala Plena

ÁLVARO FERNANDO GARCÍA RESTREPO

Magistrado Ponente APL2774-2019 Radicación n” 110010230000201200361-00 Aprobado acta n 20 N” 3 Bogotá, D.C., cuatro (4) de julio de dos mil diecinueve (2019). Decide la Corte lo que corresponda en relación con la queja presentada contra Alejandro Ordóñez Maldonado, en su condición de Procurador General de la Nación, por la señora Marisol Rojas Espitia.

I. ANTECEDENTES

1. La mencionada ciudadana radicó en esta Corporación documento en el cual expone hechos relacionados con el trámite contravencional que adelantó

ante una estación de policía de la ciudad de Bogotá, D.C., al parecer por asuntos ocurridos en su lugar de habitación, al cual acompaña la relación de denuncias de carácter penal presentadas por cuenta de tales acontecimientos. Radicación No. 110010230000201200361-00 Solicita a esta Corporación «investigación por los diferentes derechos de petición prioritarios que hfa] radicado (...) en la procuraduría General de la Nación y en la Personería Distrital», en relación con los cuales no «h/a] recibido respuesta alguna».

2. Para los fines establecidos en el artículo 150 de la Ley 734 de 2002, se dispuso la apertura de indagación preliminar y se ordenó la práctica de pruebas!, siendo allegadas las

siguientes: a. Oficio n. 02126 de 8 de noviembre de 2017,

mediante el cual el Jefe División de Registro y Control de Correspondencia, remitió el informe sobre las quejas, solicitucles, derechos de petición y documentos radicados en esa dependencia, entre el 1 de enero de 2011 y el 18 de abril de 2016, por la señora Marisol Rojas Espitia, los cuales suman 421 ítems (fls. 44 a 65). b. Oficio sin número de 7 de diciembre de 2017 remitido por el Procurador 234 Judicial Penal, en el cual informa que debido a que se posesionó en el cargo en septiembre de 2016, no tiene conocimiento sobre cualquier gestión jurídica o administrativa adelantada por ese despacho en relación con la quejosa (fl. 66).

C. Oficio sin número de 7 de diciembre de 2017 remitido por el Procurador 242 Judicial I Penal, en el cual informa. que no tiene conocimiento de las gestiones adelantadas por esa delegada respecto a peticiones formuladas por la señora Marisol Rojas Espitia (fl. 68). lFls. 41 y 42

Radicación No. 110010230000201200361-00 d. Oficio n.14860 de 20 de diciembre de 2017 y radicado en esta Corporación el 12 de enero de 2018 en el cual la Procuradora Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales informa que «efectivamente esta Procuraduría Delegada recibió una pluralidad de peticiones, presentadas por la mencionada quejosa» por lo cual se permite solicitar una ampliación del término debido a que es voluminosa la información a recolectar en el archivo de

gestión (fl. 69). e. Oficio 00005277 de 12 de diciembre de 2017, remitido por la Coordinadora Grupo de Supervigilancia del Derecho de Petición - Procuraduría Auxiliar para Asuntos Constitucionales, en el que informa que revisada la base de datos no encontró derecho de petición alguno suscrito por la señora Marisol Rojas Espitia, pero sí una solicitud de supervigilancia al derecho de petición que la ciudadana dirigió en el año 2012 al Comandante de la Estación de Policía de Teusaquillo. Sobre el particular, esa Coordinación requirió al teniente Coronel José Elías Vaquero, quien para la época de los hechos fungía como Comandante de la citada estación (fl. 67). f. La Procuradora Delegada para la Defensa de los Derechos de la Infancia, la Adolescencia y la Familia, mediante oficio 4129 radicado en esta Corporación el 26 de enero del presente año, remitió los radicados encontrados por esa dependencia en el sistema SIAF donde constan los escritos presentados por la señora Marisol Rojas Espitia (fls. 72 a 118). g. Oficio DRRC 000037 de 18 de enero de 2018 con el 3 Radicación No. 110010230000201200361-00 cual se remite la respuesta dada por la Procuradora 26 Judicial I de Apoyo a Victimas que informa de su posesión en el cargo el 1 de septiembre de 2016 y que no ha recibido derechos de petición por parte de la señora Marisol Rojas Espitia; anotó sin embargo que, revisado el computador de

su antecesor halló «2 archivos en los que al parecer se da una respuesta a Marisol Rojas Espitia, por parte del doctor Camilo Torres Munar, dle los cuales adjunta copia. h. La Procuradora Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, doctora Carmen Maritza González Manrique, mediante oficio 003113 SIGDEA E-2017-921069 AE 13906 ELQ de 16 de abril de 2018, remitió cuatro cuadernos, contentivos de solicitudes de vigilancia y derechos de petición radicados por la señora Marisol Rojas Espitia, a cuyo respecto relaciona el trámite impartido y las respuestas ofrecidas a la peticionaria (documento obrante en Cuad. 4 anexos de pruebas).

II. CONSIDERACIONES

1. El artículo 83 de la Ley 734 de 2002 señala que es competencia de la Sala Plena de la Corte Suprema de Justicia: El proceso disciplinario que se adelante contra el Procurador General de la Nación, en única instancia y mediante el procedimiento ordinario previsto en este código (...). En el evento en que el Procurador haya sido postulado por esa corporación, conocerá la Sala Plena del Consejo de Estado. La conducción del proceso estará a cargo, de manera exclusiva y directa, del presidente de la respectiva corporación.

Tal precepto lo complementa el artículo 192 ibídem, Radicación No. 110010230000201200361-00 según el cual es «competente la Corte Suprema de Justicia, Sala Plena, para conocer en única instancia, de acuerdo con las formalidades consagradas en este código, de los procesos disciplinarios que se adelanten en contra del Procurador General de la Nación».

En consecuencia, la Corporación cuenta con la atribución para adelantar estas diligencias, que se refieren a hechos ocurridos durante el primer período de Alejandro Ordoñez Maldonado como Procurador General de la Nación. De acuerdo con la norma referida el «proceso estará a cargo, de manera exclusiva y directa, del presidente de la respectiva corporación».

2. La actividad pública, además de ser reglada, se encuentra dirigida a colmar ciertas expectativas de lo que se espera de los servidores públicos. Por tal razón, la violación disciplinaria puede cometerse por acción u omisión en el cumplimiento de las funciones propias del cargo o desempeño, con ocasión de ellas o por extralimitación de competencias.

Así mismo, la insatisfacción de esos deberes es sancionada con propósitos preventivos y correctivos para «garantizar la efectividad de los principios y fines previstos en la Constitución, la ley y los tratados internacionales, que se deben observar en el ejercicio de la Función Pública», según el artículo 16 de la Ley 734 de 2002. Dicha función, de acuerdo con el criterio de la Corte Constitucional, «impone la necesidad de que la actividad de los funcionarios estatales se adecúe a los imperativos de eficacia, la 5 Radicación No. 110010230000201200361-00 eficiencia y la moralidad administrativa. Así se asegura, el adecuado funcionamiento de los servidores estatales, el correcto manejo y la preservación del patrimonio público, y la buena imagen de la administración, la cual gana legitimidad y credibilidad frente a la comunidad» (Sent. C-341 de 1996).

3. En garantía del «principio de legalidad», que a su vez se erige corno pilar del derecho al debido proceso consagrado en el artículo 29 de la Constitución Política, el legislador enunció de manera genérica en el libro II de la Ley 734 de 2002, las conductas que constituyen infracción al ordenamiento disciplinario, de suerte que podrán sancionarse aquellos comportamientos que se enmarquen en las situaciones allí descritas.

En tal contexto, establece el numeral 34 del artículo 34 ibídem, que todo servidor público tiene como deber «frjecibir, tramitar y resolver las quejas y denuncias que presenten los ciudadanos en ejercicio de la vigilancia de la función administrativa del Estado». En ese orden, a la Procuraduría General de la Nación le corresponde iniciar, adelantar y fallar las investigaciones que por faltas disciplinarias tengan lugar contra los servidores y particulares que ejerzan funciones públicas o manejen dineros del Estado conforme lo dispone el Código Disciplinario Único, actuaciones originadas, entre otras, por información que suministren los ciudadanos. En igual sentido, el inciso 1 del artículo 277 de la Carta Política, establece que el Procurador General de la Nación «por sí o por intermedio de sus delegados (...), podrá cumplir la función establecida en el numeral 6 ibídem, es decir, «eljercer vigilancia 6 Radicación No. 110010230000201200361-00 superior de la conducta oficial de quienes desempeñen funciones públicas, inclusive las de elección popular». Aunado a lo anterior, el parágrafo del artículo 7” del

Decreto 262 de 2000, dispone: El Procurador General de la Nación ejercerá directamente las funciones que le otorga el artículo 278 de la Constitución Política. Las señaladas en el artículo 277 constitucional y las demás atribuidas por el legislador podrá ejercerlas por sí, o delegarlas en cualquier servidor público o dependencia de la entidad, en los términos establecidos en este decreto. Las funciones y competencias que en este decreto se atribuyen a las procuradurías delegadas, territoriales y judiciales, se ejercerán si el Procurador General de la Nación resuelve asignarlas, distribuirlas o delegarlas en virtud de las facultades previstas en este artículo. No obstante, el Procurador General podrá ejercer dichas funciones, pudiendo asumirlas en cualquier momento o delegarlas en otros funcionarios, dependencias de la entidad o comisiones especiales disciplinarias cuando lo considere necesario para garantizar la transparencia, imparcialidad y demás principios rectores de la función administrativa y disciplinaria. Las competencias disciplinarias consagradas en los numerales 21, 22, 23 y 24 de este artículo, sólo podrá delegarlas en el Viceprocurador General o en la Sala Disciplinaria; en este caso, el trámite respectivo no perderá su naturaleza de única instancia. En materia disciplinaria, la delegación podrá abarcar total o parcialmente la tramitación de la instancia.

4. A través del oficio 003113 SIGDEA E-2017-921069

AE 13906 ELQ (cuad. 4 anexos de pruebas), la Procuradora Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales,

remitió en cuatro carpetas el informe sobre los derechos de petición, así como diferentes solicitudes presentadas por la quejosa y el trámite dado a los mismos. En el cuadro anexo a continuación, se relacionan las misivas radicadas en la Procuraduría por parte de la quejosa y también las que enviaron otras entidades públicas, 7 Radicación No. 110010230000201200361-00 ilustrando además sobre el trámite que el Ministerio Público impartió a las mismas. Informe de la Procuradora Delegada para el Ministerio Público en Asuntos Penales, scbre las solicitudes recibidas en esa dependencia, formuladas por la quejosa Marisol Rojas Espitia. Cuaderno No. 1:

GESTIÓN DELEGADA

FECHA RECIBIDO

PARA EL MINISTERIO SERVIDOR QUE COPIA CONSTAN

No. SOLICITUD/ ASUNTO RESPUESTA A CIA DE

PÚBLICO EN ATENDIÓ

NÚMERO DE R£.D.

LA PETENTE RECIBIDO ASUNTOS PENALES -. Con oficio 5485 (09/05/2009) trasladó la petición a la Personería Solicitud de vigilancia a un Delegada en lo Román Enviado 06/05/2009 Penal 1 de Bogotá proceso seguido en la Carvajal ala (125657) Fiscalía por lesiones (£l. 3). Hernández, SI dirección personales (fls. 1-2). -. Con oficio Secretario de la de la 005486 Delegada petente (09/05/2009) comunicó a la peticionaria el anterior traslado. (fl. 4). -. Con oficio 6604 (14/06/2009)

remitió la petición a la Personería de Delegada en lo Penal 2 de Bogotá, respecto de los 2 radicados que allí se señalan (f1.8). -. Con Oficio Román 006688 de la Solicitando de vigilancia 22/05/2009 misma data Carvajal especial en los procesos de (146062) investigación que cursan en remitió (se Hernández, NO NO entiende que la Fiscalía (fis. 5-7). Secretario de la copia) de la Delegada petición a la Personería Delegada en lo Penal 1 de Bogotá, respecto de los 4 radicados que allí se señalan (f1.9). -. No figura oficio librado a la petente. (23/07/2009) se Oficio No. 07394 del dispuso el archivo Defensor del Pueblo provisional, Miguel Antonio 03/06/2009 Regional Bogotá remitiendo señalando que en Fierro Páez. (157893) a esa Delegada la misma el radicado SIAF Profesional petición señalada en el N 125657 fue Universitario punto anterior (146062) (fls. tramitada la 10 a 13). petición que ahora Grado 17 se pretende (fl.16) Derecho de petición petición 04/06/2009 «para mostrar mi inconformidad y desacuerdo (1615) con todas las quejas...» (ls. 14-15). Radicación No. 110010230000201200361-00 Derecho de petición «para manifestar mi inconformidad 5 10/06/2009 por la manera en que se me

(169518) están siguiendo los procesos en la Fiscalía...» (fls. 17 a 19). co Derecho de petición «se E de Junio de 104/06/2009 sirvan investigar de oficio, hi se dispuso 6 las actuaciones del | RIO al de 1 (175488) personero local de A cument Ce la Miguel Antonio Teusaquillo...». (fs. 20 a 22). | CMadon lo Pá —— señalando que los lerro Paez. Derecho de petición | -adicados Profesional «manifestar mi 169518 otesion . 104/06/2009 | "conformidad por las | 175488, 176798 | ano 7 querellas que he formulado 47 ñ Grado 17 (176795) . 1832 ueron ante la Secretaría General de tad 1 Inspecciones de tramitadas SIAR Teusaquillo..... (fis. 23 a 26). | Pozcen ¡q 7 _— (£1. 30). Derecho de petición «pongo en conocimiento suyo los 8 23/06/2009 | atropellos a lo que estoy (183247) siendo objeto por parte de la señora Nancy Esther Mejía Púa...» (fls. 27 a 29). -. Con oficio 9368 | Román Carvajal de 14/09/2009 Herná Ls ernández, fue remitido a la . o doctora Secretario de la Derecho de petición «pongo Personería Delegad Enviado en conocimiento suyo Delegada en lo ejegaca 1 ala 25/08/2009 | Muevamente los atropellos a | p-7 212 de Bogotá OO

9 lo que estoy siendo objeto (fl. 33) dirección (260162) por parte de la señora Nancy : : de la Esther Mejía Pua...» (fls. 31fici 32) -. Con O icio No. petente Ñ 9369 de la misma fecha se informó a la peticionaria (fl. 34). -- Con oficio | Román Carvajal 11440 de Hernández 05/09/2009 se s - d ; remitió la petición | Secretario de la Derecho de petición para | ala doctora Mirta | Delegada. que «se tomen medidas | Patricia Bejarano, 10 11/09/2009 contra el señor Omar | servidora de la (283513) Vicente Pua Mejía y Nancy | Personería de Esther Mejia Pua...»(fls. 35a | Bogotá (fl. 37). 36). Oficio 11441 se informó a la peticionaria (fl. 38) -. Oficio 10753 de | Román Carvajal 02/11/2010 Hernández remitiendo ? petición a la Secretario de la doctora Nelcy | Delegada. Derecho de petición «pedir carenas as Enviado 05/10/2010 contestación a copia derecho Personería de a la 11 de petición enviado a su Bogotá (fl. 41) dirección (331741) despacho...» (fl. 39-40). 8 " Ñ de la -. Oficio 10754 de petente la misma data informando a la peticionaria el traslado efectuado (fl. 42). Oficio No. 1175 de Doctor Luis | SI Enviado a 21/11/2010, suscrito por el Eduardo Gómez la

doctor Luis Eduardo Gómez Hernández, dirección Hernández, agente del El funcionario agente del de la ministerio público de la alude al traslado ministerio petente. 12 29/12/2010 Personería de Bogotá, con el ue le fuera público de la (ilegible) cual allegó copia de la ctua do, visto Personería de respuesta que libró a la Bogotá. a folios 37. señora Marisol Rojas Espitia (fl. 43), Anexó copia de la comunicación enviada a la señora Rojas Espitia (fl. 44). Radicación No. 110010230000201200361-00 -. Con oficio | Román Carvajal 1414 de | Hernández, 09/02/2011 se | Secretario de la Derecho de petición de la | remitió la | Delegada. señora Marisol Rojas | petición a la Espitia, «me dirijo | Personera 13/01/2011 | nuevamente sobre la difícil | Delegada en lo 13 (8219) situación que enfrento...» | Penal2 (fl. 47). (fis. 45-46). -. Con oficio 1415 se comunicó a la peticionaria (fl. 48). -. Oficio 1472 de | Román Carvajal 09/02/2011 se | Hernández, > : Ñ remitió petición a | Secretario de la La señora Marisol Rojas 25/01/2011 Esppirtii:a radicó derecho 25d e | lDae legadaP erseonn eralo | Delegada. 14 petición de intervención Penal 2 (1. 47) (no figura) ante Fiscalías 240 y 246 DES seccional (fls. 49 y 50). Con oficio 1473

se comunicó a la peticionaria.

Luis Eduardo Nota: El | Gómez funcionario Hernández, alude a las | agente del peticiones que le | Ministerio fueron trasladas | Público de la El doctor Luis Eduardo | con los oficios | Personería de Gómez Hernández, agente | No. 1414 de | Bogotá. del Ministerio Público de la | 09/02/2011

Personería de Bogotá, con | señalado en el oficio 0240 de 1? de marzo | numeral 15 y 09/03/2011 de 2011 allegó copia de los | 1472 de 15 (87838) oficios 1081, 1174, 0179 y | 09/02/2011 0238 dirigidos a la señora | señalado en el Marisol Rojas Espitia, por | numeral 16, y 2 medio de los cuales atendió | más reiteradas peticiones (fis. 53 | relacionadas a57). igualmente con solicitudes de intervención ante las Fiscalías 240, 246 y 330 Seccionales (fls. 53 a 57). La Personera Delegada en lo | -. Con oficio | Román Carvajal | s] Enviado a Penal II de Bogotá allegó el | 13559 de | Hernández, la oficio 564 de4 de octubre de | 02/11/2011, la | Secretario de la - o 2011, remitió copia de la | anterior petición | Delegada. dirección . petición que la señora | se remitió a la de la 16 10/10/2011 Marisol Rojas Espitia dirigió | Procuradora 242 petente. (378520) a la Fiscalía General de la | Judicial 1 Penal

Nación, demandando del | de Bogotá (fl. 62). Ministerio Público, intervención ante la Fiscalía 233 Seccional (fl. 58 a 61). -. Por su parte | Gladys M. figura que dicha | Rosero Ángel, funcionaría Produradora allegó copia del | Judicial 242 1 oficio 251 a | Penal. través del cual informó que mediante oficio No. 250, (anexó copia), comunicó a la peticionaria respecto de la petición que le fue trasladada con el citado oficio 13559 (fls. 63 a 65). La señora Marisol Rojas | -- Con oficio | Carlos Álvaro | A folio 81 17 15/12/201: | Espitia radicó copia del | 17091 dicha | Bohórquez figura copia (464793) derecho de petición que | petición fue | Plazas, del oficio dirigió a la Personería de | remitida a la | Funcionario de | PJI234-07410 Radicación No. 110010230000201200361-00 Teusaquillo, sobre Procuradora 242 la Procuraduría 12 de acompañamiento de la Judicial I Penal Delegada para el 17/02/2012, investigación que adelanta (fl. 68). Ministerio de la la Fiscalía 233 Seccional (fls. Público en Procuradora 69 a 72). (fl. 66-67). -. Con el 17092 Asuntos Penales 234 Judicial I dicha delegada Penal, comunicó lo (atuando en anterior a la calidad de peticionaria (69). Agente del Ministerio

Público ante la Fiscalía 233 Seccional, dando respuesta a la petición sobre dicho acompañami ento. La Secretaria Jurídica de la No figura registro Presidencia de la República de la gestión allegó oficio JMSC 33020 de 19 de diciembre de 2011, 18 04-01-2012 dando traslado de la misma (2882) petición que la señ ora Marisol Rojas Espitia, descrita en el punto anterior (fis. 70 a 72). A folios 73 a 75 figura copia | No figura registro de la petición que radicó la dela estión señora Rojas Espitia ante el qa ES Instituto Nacional de Medicina Legal relacionada con una citación para llevar a cabo una conciliación en la Fiscalía 71. -. Con oficio No. | Román Carvajal Enviado a 759 de | Hernández, la 24/01/2012 Secretario de la dirección La señora Marisol Rojas | dicha solicitud se | Delegada. de la Espitia radicó derecho de | remitió a la petente. 06/01/2012 | petición sobre intervención | Personería de 19 (5850) en querella 2252 de la | Bogotá, (1. 78). Inspección de Policia de Teusaquillo (fls. 76-77). Con oficio No. 760 se infomó a la peticionaria (fl. 79). 5 derechos de petición de la señora Marisol Rojas Espitia de los que radicó copia en la Delegada del Ministerio Público en Asuntos Penales, de lo cual figuran 2 traslados relacionados asi:

Del dirigido a la Fiscalía General de la Nación solicitando “un abogado de 10/01/2012 oficio...” en los procesos que | -. Oficio No. 7316 (142369) | adelanta en la Fiscalía | de 19/06/2012, Seccional 233 y 102 (fls. 82- | remitió a la 83). Procuraduría Del dirial gCoimadndaont e de | 234 Judicial 1 Enviada a la Estación de Policía | Penal de Bogotá | pomán Carvajal la : 19/04/2012 Teusaquillo, sobre medidas de | lo relativo a los Hernánd dirección oe : ernández, protección, aludiendo a los | procesos que [yg tario de la de la (142381) procesos que adelanta la | adelanta la Dels a e petente. Fiscalía 233 y 102 Seccional | Fiscalía 233 Ministerio 20 (fis. 84-85). Seccional (fl. 94). Público en Corresponde a copia similar 19/04/2012 | ¿el radicado 142369 (Als. 86- | -- Con oficio | ASU”tos Penales. (143202) 87). 7317 de Del dirigido al Consejo | 19/06/2012 Superior de la Judicatura en | comunicó a la 20/04/2012 | YU señala: “pongo en peticionaria (fl. conocimiento suyo el | 95). (144672) prevaricato por omisión que ha hecho el señor fiscal (...) 102...” (fis. 90-91). 20/04/2012 Del dirigido a la Personería | -. Oficio 5545 de | Román Carvajal Enviada a

Local de Teusaquillo | 09/05/2012, Hernández, la (144659) solicitando “intermediación | comunicó a la | Secretario de la dirección 11 Radicación No. 110010230000201200361-00 (...) ante todas las querellas | peticionaria (fl. | Delegada de la colocadas....” También | 92). Ministerio petente. relativo a las Fiscalias 233 y Público en 102 (fis. 88-89). -. Oficio No. 5544 | Asuntos Penales. de 09/05/2012, remitió a la Personería de Bogotá lo relativo a la querella policial (fl. 93). -. Con oficio No. | Román Carvajal Enviada a 7316 de Hernández la El doctor David Fernando | 19/06/2012 ya a j o Cortés Amador, Personero | había sido | Secretario de la dirección Delegado en lo Penal II (E), | remitido a la | Delegada de la 08.02/292 d 0/04/2012. 234 Judicial 1 | Ministerio potente . e , udici. has 21 24/04/2012 señala que remite copia de 3 | Penal de Bogotá Público en (155276) solicitudes de la señora | (visto a fl. 94) y | Asuntos Penales. Marisol Rojas Espitia en la | con oficio 7317 Fiscalía General de la Nación, | de 19/06/2012 (fls. 96 a 98), (mismo radicado | había No. 142369) anotado arriba. comunicado a la peticionaria (visto a fl. 95).

Con oficio 020-12 de 29/05/2012 el doctor Ricardo Rojas Tovar, agente del ministerio público de la personería de Bogotá, allegó 12/06/2012 | copia del oficio 019-12, a 22 (218013) través del cual emitió respuesta a la señora Marisol Rojas Espitia, sobre la solicitud que le fue enviada vista a folios 88 y 89, (fls. 99 a 101). Con oficio 8201 | Román Carvajal Enviada a de 5 de julio de | Hernández, la 2012 remitió a la | Secretario de la dirección La señora Marisol Rojas | Personería Delegada de la Espitia radicó derecho de | Delegada en lo | Ministerio petente. 25/06/2012 petición que dirigió a la | Penal l de Bogotá | Público en 23 Fiscalía General la Nación (fls. | (fl. 105). Asuntos Penales. (238267) 102 a 104). Con oficio No. 8202 dio respuesta a la peticionaria (fl. 106). Con oficio 8473 | Román Carvajal Enviada a de 9 de julio de Hernández la 2012 el y documento fue | Secretario de la dirección enviado a la | Delegada de la La señora Marisol Rojas Fiscalía 233 | Ministerio petente. Espitia radicó copia del Unid. ad de Público en 24 25 (/ 20 36 8/ 252 90 )1 2 | ld ae r Fe ic sh co al íad e 1p 0e 2t ic di eó n Bod gi or ti ág ido (f s.a D se ol ito Bs ogoS te áx ua

— le (s fl. | Asuntos Penales. 107-108). ). Con oficio No. 8474 se ofreció respuesta a la peticionaria (fl. 110). El doctor Rubén Darío | Mediante oficio | Román Carvajal Montoya Mejía, Defensor del | 9739 de | Hernández, Pueblo Regional Bogotá, | 31/07/2012 dio | Secretario de la mediante el oficio 5019- | traslado a la | Delegada 25 09/07/2012 | DPRB-JDDB de 3/07/2012 | Fiscalía 233 | Ministerio (257162) señala que traslada peticiones | Unidad de | Público en radicadas 45287, 46241 y | Delitos Sexuales | Asuntos Penales 43026, formuladas por la | de Bogotá. señora Marisol Rojas Espitia (£1. 111). La doctora Liliana Medina Páez, Personera Delegada en 26 09/07/2012 lo Penal II (E), mediante oficio (268486) MIP 08.02/500 de 4/07/2012 señala que remite “el asunto 12 Radicación No. 110010230000201200361-00 de la referencia”, en 3 folios (fl. 113). La doctora Martha Mercedes La funcionaria se Vargas Hernández, Agente del refiere a la Ministerio Público de la petición que le 03/08/2012 personería de Bogotá, con fue enviada vista 27 (295867) oficio 1038 de 30/072012, a folios 102 a allegó copia del oficio 1049, 104. con el cual dio respuesta a la señora Marisol Rojas Espitia

(fl. 114). Con el oficio Román Carvajal 11477 de 7 de Hernández, septiembre de Secretario de la 2012 se le dio Delegada traslado a la Ministerio La Personera Delegada en lo Procuradora 234 Público en Penal Il, Liliana Medina Páez, Judicial 1 Penal Asuntos Penales 03/08/2012 radicó oficio 08.02/634 de (fl. 119). 23 21/08/2012, en el cual (319053) señala que remite en 11 folios Con el número solicitudes de la señora Rojas 11478 se brindó Espitia (fl. 116). respuesta a la funcionaria de la personería (£L 120). El Delegado del Román Carvajal Ministerio Hernández, Público en Secretario de la Asuntos Penales Delegada mediante oficio Ministerio No. 14299 del Público en 07/11/2012, Asuntos Penales señala que como complemento al anterior oficio La señora Marisol Rojas 11477, remitió 16/10/2012 Espitia radico solicitud sobre copia del escrito 29 silencio administrativo en las de la señora (396712) Fiscalias 102 y 233 Rojas Espitia, Seccionales (fls. 122 a 124). sobre presuntas irregularidades en la Fiscalia 233 Seccional (£l.

  1. Con oficio No. 14330 comunicó a la peticionaria,

(1. 126). Con oficio 14754 de 19/11/2012 remitió a la Procuradora 234 Judicial I Penal,

haciendo La señora Marisol Rojas referencia al 23/10/2012 Espitia radicó la misma radicado 30 solicitud relacionada en el relacionado en el (405860) numeral anterior (fis. 127 a numeral 23 (fl. 129). 131). Con el número 14755 informó la gestión a la peticionaria (fl. 132). La Personera Delegada en lo Penal 1H, mediante oficio MIP.08-02/822 de 24/10/2012 allegó el derecho 29/10/2012 de petición presentado ante El mismo esa entidad por la señora 31 (411408) Marisol Rojas Espitia, relativo relacionado en el a los que ha referido como numeral 30 silencio administrativo en el asunto de del las Fiscalías Seccionales 233 y 102 (fl. 133 a 136). Radicación No. 110010230000201200361-00 La Personera Delegada en lo Penal II, mediante oficio MIP.08-02/846 de 26/10/2012 envió petición de 32 29/10/2012 la señora Marisol Rojas (414319) Espitia, que versa sobre el caso de la denuncia contra Omar Vicente Mejía Pua (dls. 137 a 140). Mediante oficio | Román Carvajal Con oficio 15049 de 28 de | Hernández, sin La Personera Delegada en lo noviembre de Secretario de la a Penal II, mediante oficio 2012 se le dio | Delegada Pncro z traslado a la | Ministerio comunicó MIP.08-02/846 de ON 26/10/2012 remitió derecho Procuradora 242 | Público en a la a : Judicial I Penal. Asuntos Penales o

29/10/2012 de petición radicado en esa peticiona 33 (412048) entidad por la señora Marisol Con oficio No. ría. Rojas Espitia, similar a otros 15049 de anteriores sobre silencio 28/11/2012 dio administrativo en el caso de traslado a la las Fiscalías Seccionaes 233 y Procuradora 242 102 (141 a 145). Judicial 1 Penal (fl. 146). Cuaderno No. 2

FECHA DE

RADICACIÓN OFICIOS DE GESTIÓN O RESPUESTA FUNCIONARIO QUE PROYECTÓ Y NÚMERO Con oficio 864 de 20 de Miguel Antonio Fierro diciembre de 2012, se le Páez y dio traslado a la María Eugenia Esquivel Procuradora 242 Judicial Méndez. IT Penal. La Personera Delegada en lo Penal 21/11/2012 II con oficio No. MIP 08.02/916 de 15/11/2012 anuncia la remisión Con oficio No. 863 se dio (439093) del derecho de petición presentado contestación a la peticionaria. por la señora Marisol Rojas Espitia (11.1). Con el oficio 16506 de 12 de diciembre de 2012 se dio respuesta a la personería. La Personera Delegada en lo Penal H con oficio MIP 08.02/917 de 15/11/2012, remite el derecho de 21/11/2012 petición que la señora Marisol (439306) Rojas Espitia dirigió a la Fiscalía General de la Nación, sobre el proceso penal adelantado en la Fiscalía 233 Seccional contra

OMAR VICENTE MEJIA PUA (fl. 5).

La Personera Delegada en lo Penal 26/11/2012 Il con oficio MIP 08.02/934 de 22/11/2012, remite solicitud de (444506) intervención de la señora Rojas Espitia (fl. 8). El Subdirector de Calidad del Servicio de la Alcaldia Mayor de Bogotá mediante oficio 59031 12/12/2012 11/12/2012 remitió la petición (462322) presentada por la señora Marisol Rojas Espitia relativa a los procesos de las Fiscalías 233 y 102 (fls. 1213). El Subdirector de Calidad del Servicio de la Alcaldía Mayor de 12/12/2012 Bogotá, mediante radicó oficio el (462319) 12/12/2012 remitiendo la petición presentada por la señora Marisol Rojas Espitia (fis. 14-16). La Personera Delegada en lo Penal 13/12/2012 II remite con oficio No. MIP (464889) 08.02/1023 de 10/12/2012 la petición que la señora Marisol 14 Radicación No. 110010230000201200361-00 Rojas Espitia relativa a los procesos de la Fiscalía Seccional 233 (fi. 20). La Personera Delegada en lo Penal II remite con oficio No. MIP 7 13/12/2012 08.02/1024 de 10/12/2012, la (465030) petición de la señora Rojas Espitia, relativa a los procesos de la Fiscalia 233 Seccional (fl. 8). El Coordinador Grupo Quejas y

Reclamos de la Fiscalía General de 13/12/2012 la Nación remite con oficio $ (464217) 20121300049721 la petición formulada por la señora Marisol Rojas Espitia (fls. 21-23). El Profesional Especializado Grupo de Correspondencia de la Personería remite copia de 6 peticiones de la señora Marisol 13/12/2012 Rojas Espitia, (1 en el Consejo 9 (465434) Super

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