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CSJ - STC15786-2025

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - STC15786-2025
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2025

OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado ponente STC15786-2025 Radicación nº 11001-02-03-000-2025-04637-00 (Aprobado en sesión de primero de octubrede dos mil veinticinco) Bogotá D.C., primero (1°) de octubre de dos mil veinticinco (2025). Se resuelve la tutela que Ana Ligia Durán Romero interpuso contra la Sala Civil Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla, extensiva al Juzgado Segundo Promiscuo de Familia de Soledad (Atlántico) y a los demás intervinientes en el verbal de nulidad de partición con radicado 08758-31-84-002-2022-00238-00/01. ANTECEDENTES Del escrito se puede inferir que la gestora -demandante en el litigio analizadopidió que se deje sin efectos el auto que declaró la deserción de su apelación contra la sentencia de primer grado (21 mar. 2025), para que, en su lugar, la magistratura accionada «realice el estudio que corresponde a la apelación inicialmente presentada» . Los accionados remitieron el expediente, relataron sus actos y los defendieron. A la fecha de elaboración de esta providencia no se presentaron manifestaciones adicionales.Radicación n° 11001-02-03-000-2025-04637-00 CONSIDERACIONES Esta Sala tiene decantada la improcedencia de la tutela cuando no se cumple el requisito de subsidiariedad (CSJ STC6725-2025, entre otras). En este caso, la accionante no interpuso reposición contra el auto que

CONSIDERACIONES Esta Sala tiene decantada la improcedencia de la tutela cuando no se cumple el requisito de subsidiariedad (CSJ STC6725-2025, entre otras). En este caso, la accionante no interpuso reposición contra el auto que declaró la deserción de su apelación, de ahí que sea evidente el desaprovechamiento del mecanismo ordinario de defensa, así como el desconocimiento del carácter excepcional y residual de esta sede constitucional. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil y Agraria y Rural, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, resuelve DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela instada por Ana Ligia Durán Romero. Se ordena a las autoridades judiciales vinculadas a este trámite que anexen, a los expedientes objeto de control constitucional, copia de la presente decisión. Infórmese a los participantes por el medio más expedito y remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de no impugnarse esta resolución.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

HILDA GONZÁLEZ NEIRA

Presidenta de Sala

MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ

(Comisión de servicios) 2Radicación n° 11001-02-03-000-2025-04637-00

FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA

ADRIANA CONSUELO LÓPEZ MARTÍNEZ

JUAN CARLOS SOSA LONDOÑO

OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE

FRANCISCO TERNERA BARRIOS

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