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CSJ - STC3160-2024

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - STC3160-2024
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Civil
Año
2024

OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado ponente STC3160-2024 Radicación nº 11001-02-03-000-2024-00830-00 (Aprobado en sesión del veinte de marzo de dos mil veinticuatro) Bogotá D.C., veinte (20) de marzo de dos mil veinticuatro (2024). Se resuelve la tutela que Juan Carlos Sabogal Sabogal interpuso contra la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado 22° del Circuito de la misma especialidad y ciudad, extensiva a las autoridades, partes e intervinientes en el declarativo con radicado n° 11001-31-03-022-201900274-01.

ANTECEDENTES

1. El accionante pidió que se ordene al tribunal resolver la reposición presentada por su contraparte contra el auto que rechazó el recurso de casación.

Señaló que pidió impulso del litigio el 6 de diciembre pasado sin que a la fecha de interposición del resguardo (8 mar. 2023) se emitiera pronunciamiento alguno. De la falta de resolución deriva su reproche.Radicación n° 11001-02-03-000-2024-00830-00

2. El tribunal convocado remitió el link del expediente y señaló haber resuelto el recurso interpuesto mediante auto de 12 de marzo de 2023.

CONSIDERACIONES El amparo será negado, toda vez que la pretensión invocada fue satisfecha en el curso de esta instancia, habida cuenta que el fallador de segundo grado emitió y notificó1 (12 y 13 mar. 2023 respectivamente) el auto que resolvió la

El amparo será negado, toda vez que la pretensión invocada fue satisfecha en el curso de esta instancia, habida cuenta que el fallador de segundo grado emitió y notificó1 (12 y 13 mar. 2023 respectivamente) el auto que resolvió la reposición de cuyo trámite se derivó la mora judicial denunciada. Así se configura el hecho superado, como lo ha indicado esta Corporación en múltiples ocasiones, entre ellas, la ocurrida en STC10752-2020, entre otras. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil y Agraria y Rural, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, resuelve NEGAR la tutela instada. Infórmese a los participantes por el medio más expedito y remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de no impugnarse esta resolución.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE

FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA 1https://www.ramajudicial.gov.co/documents/2233156/172411192/ESTADO+E-045++13+ +DE+MARZO+DE+2024.pdf/7b9790db-3526-4185-b099-0d94a6f26a3c 2Radicación n° 11001-02-03-000-2024-00830-00

Presidente de Sala

HILDA GONZÁLEZ

NEIRA

MARTHA PATRICIA GUZMÁN

ÁLVAREZ

AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

LUIS ALONSO RICO

PUERTA

HILDA GONZÁLEZ

NEIRA

MARTHA PATRICIA GUZMÁN

ÁLVAREZ

AROLDO WILSON QUIROZ MONSALVO

LUIS ALONSO RICO

PUERTA

OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO

DUQUE

Comisión de servicios

FRANCISCO TERNERA BARRIOS

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