CSJ - STC3923-2024
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - STC3923-2024
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2024
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado ponente STC3923-2024 Radicación nº 11001-02-03-000-2024-01062-00 (Aprobado en sesión del nueve de abril de dos mil veinticuatro). Bogotá D.C., nueve (9) de abril de dos mil veinticuatro (2024). Se resuelve tutela que D1 S.A.S. instauró contra el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, Sala Civil Familia, extensiva al Juzgado 1o Civil del Circuito de Santa Rosa de Cabal y a las demás autoridades, partes e intervinientes en la acción popular 66682-31-13-001-2023-00054-00. ANTECEDENTES 1.- La accionante solicitó que se revoque la sentencia dictada en segunda instancia por el Tribunal accionado (8 sept. 2023) y, en su lugar, se declare la inexistencia de vulneración de los derechos colectivos alegados, dado que esa Colegiatura interpretó incorrectamente la Ley 982 de 2005, pues sus disposiciones no le son aplicables por no ser una entidad prestadora de servicios públicos, así como que desconoció su propio precedente en un caso con identidad de partes, supuestos de hecho y pretensiones en la que negó las pretensiones, lo que determina la vulneración del debido proceso, igualdad y seguridad jurídica.Radicación nº 11001-02-03-000-2024-01062-00 2 2.- A la fecha de elaboración de esta providencia no se presentaron manifestaciones. CONSIDERACIONES Se declarará la improcedencia del amparo dado que la censora no satisfizo
2 2.- A la fecha de elaboración de esta providencia no se presentaron manifestaciones. CONSIDERACIONES Se declarará la improcedencia del amparo dado que la censora no satisfizo el postulado de inmediatez en la medida en que, desde la sentencia atacada ( 8 sept. 2023), hasta la interposición de este amparo (22 mar. 2024), ha transcurrido un tiempo superior a los 6 meses, lapso que esta Corporación ha considerado razonable para acudir a esta senda excepcional, sin que se observen razones de fuerza mayor demostradas que hubiese impedido a la impulsora acudir con la prontitud que amerita a reclamar la salvaguarda, como se ha reseñado, entre otras, en sentencia STC2007-2021. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, resuelve DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela instada por D1 S.A.S. Infórmese a los participantes por el medio más expedito y remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de no impugnarse esta resolución. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASERadicación nº 11001-02-03-000-2024-01062-00 3
FERNANDO AUGUSTO JIMENEZ VALDERRAMA
Presidente de Sala
HILDA GONZÁLEZ NEIRA Comisión de servicios