CSJ - STC9192-2025
Detalles
- Título
- CSJ - STC9192-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2025
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado ponente STC9192-2025 Radicación nº 11001-02-03-000-2025-02620-00 (Aprobado en sesión de dieciocho de junio de dos mil veinticinco) Bogotá D.C., dieciocho (18) de junio de dos mil veinticinco (2025). Se resuelve la tutela que Nelson Augusto Rubiano Cantor interpuso contra la Sala de Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y el Juzgado Veinticinco de esa misma especialidad y ciudad, extensiva a todos los intervinientes en la investigación de paternidad con radicado n° 110013110025-2023-00730-00. ANTECEDENTES El accionante -demandado en el litigio analizadopidió, en síntesis, que se deje sin efectos el auto que declaró la deserción de su apelación contra la sentencia de primer grado (19 may. 2025) para que, en su lugar, la magistratura decrete pruebas y resuelva en su favor la respectiva instancia. Los accionados remitieron el expediente, relataronRadicación n° 11001-02-03-000-2025-02620-00 2 sus actos y los defendieron. El apoderado de la demandante del declarativo se opuso a la salvaguarda. CONSIDERACIONES Esta Sala tiene decantada la improcedencia de la tutela cuando no se cumple el requisito de subsidiariedad (CSJ STC6725-2025, entre otras). En este caso, el accionante no interpuso reposición contra el auto que declaró la deserción Esta Sala tiene decantada la improcedencia de la tutela cuando no se cumple el requisito de subsidiariedad (CSJ STC6725-2025, entre otras). En este caso, el accionante no interpuso reposición contra el auto que declaró la deserción de su apelación, de ahí que sea evidente el desaprovechamiento del mecanismo ordinario de defensa, así como el desconocimiento del carácter excepcional y residual de esta sede constitucional. DECISIÓN En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil y Agraria y Rural, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, resuelve DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela instada por Nelson Augusto Rubiano Cantor. Se ordena a las autoridades judiciales vinculadas a este trámite que anexen, a los expedientes objeto de control constitucional, copia de la presente decisión. Infórmese a los participantes por el medio más expedito y remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de no impugnarse esta resolución. NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASERadicación n° 11001-02-03-000-2025-02620-00 3
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Presidenta de Sala
MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ
FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE FRANCISCO TERNERA BARRIOSFirmado electrónicamente por:
Hilda González Neira Presidenta de la Sala Martha Patricia Guzmán Álvarez Magistrada OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE FRANCISCO TERNERA BARRIOSFirmado electrónicamente por:
Hilda González Neira Presidenta de la Sala Martha Patricia Guzmán Álvarez Magistrada Fernando Augusto Jiménez Valderrama Magistrado Octavio Augusto Tejeiro Duque Magistrado Francisco Ternera Barrios Magistrado Este documento fue generado con firma electrónica y cuenta con plena validez jurídica, conforme a lo dispuesto en artículo 103 del Código General del Proceso y el artículo 7 de la ley 527 de 1999
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