CSJ - STC9488-2025
Detalles
- Título
- CSJ - STC9488-2025
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Civil
- Año
- 2025
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE Magistrado ponente
STC9488-2025 Radicación nº 11001-02-03-000-2025-02767-00 (Aprobado en sesión de veinticinco de junio de dos mil veinticinco)
Bogotá D.C., veinticinco (25) de junio de dos mil veinticinco (2025).
Se resuelve la tutela que interpuso Edgar Camelo Rueda, mediante apoderado, contra la Sala Civil - Familia del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Barranquilla y el Juzgado Quinto Civil del Circuito de la misma ciudad, extensiva a todos los intervinientes en el proceso de responsabilidad civil extracontractual con radicado n.° 08001-31-53-005-2022-00089-00/01.
ANTECEDENTES
El accionante -demandante en el litigio analizadopidió, en síntesis, que se deje sin efectos la sentencia de primer grado (20 jun. 2023) y la que resolvió la apelación (5 ago. 2024), para que, en su lugar, se efectué una adecuada valoración probatoria y se profiera una nueva determinación. El juzgado convocado remitió el expediente, relató sus actos y los defendió. A la fecha en que se realizó el proyecto de estaRadicación n° 11001-02-03-000-2025-02767-00 2 determinación no se habían recibido manifestaciones adicionales.
CONSIDERACIONES
Esta Sala tiene decantada la improcedencia de la tutela cuando no se cumple el presupuesto de inmediatez por haber transcurrido un término superior a los seis (6) meses que la
adicionales.
CONSIDERACIONES
Esta Sala tiene decantada la improcedencia de la tutela cuando no se cumple el presupuesto de inmediatez por haber transcurrido un término superior a los seis (6) meses que la jurisprudencia constitucional ha establecido como razonables para recurrir a este mecanismo excepcional (CSJ, STC2007-2021, STC3596-2024, entre otras ). En este caso, revisado el paginario, aprecia la Corte que la gestora acudió a esta senda el 11 de junio del cursante para controvertir las providencias adoptadas el 20 de junio de 2023 y el 5 de agosto de 2024 , lo cual denota que la s actuaciones censuradas desbordaron el margen temporal que jurisprudencialmente se ha delimitado como prudente para activar esta sede supralegal.
DECISIÓN
En mérito de lo expuesto, la Corte Suprema de Justicia, en Sala de Casación Civil y Agraria y Rural, administrando justicia en nombre de la República de Colombia y por autoridad de la Ley, resuelve DECLARAR IMPROCEDENTE la tutela instada por Edgar Camelo Rueda.
Se ordena a las autoridades judiciales vinculadas a este trámite que anexen, a los expedientes objeto de control constitucional, copia de la presente decisión. Infórmese a los participantes por el medio más expedito y remítase el paginario a la Corte Constitucional para su eventual revisión, de no impugnarse esta resolución.Radicación n° 11001-02-03-000-2025-02767-00 3
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
de no impugnarse esta resolución.Radicación n° 11001-02-03-000-2025-02767-00 3
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE
HILDA GONZÁLEZ NEIRA
Presidenta de Sala
MARTHA PATRICIA GUZMÁN ÁLVAREZ
FERNANDO AUGUSTO JIMÉNEZ VALDERRAMA
(Ausencia justificada)
OCTAVIO AUGUSTO TEJEIRO DUQUE
FRANCISCO TERNERA BARRIOSFirmado electrónicamente por:
Hilda González Neira Presidenta de la Sala
Martha Patricia Guzmán Álvarez Magistrada
Octavio Augusto Tejeiro Duque Magistrado
Francisco Ternera Barrios Magistrado
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Documento generado en 2025-06-26