CSJ - STP12904-2023
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - STP12904-2023
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2023
Calle 12 No. 7 – 65 Palacio de Justicia - Bogotá, Colombia.
PBX: (571) 562 20 00 Exts.1126 -1142 - 1143 - 1144 - 1145 Fax: 1125 - 1428
www.cortesuprema.gov.co MYRIAM ÁVILA ROLDÁN Magistrada ponente CUI: 11001023000020230118000 Radicado n.° 133785 STP12904-2023 (Aprobado acta n.°207) Bogotá D.C., dos (2) de noviembre de dos mil veintitrés (2023).
I. OBJETO DE LA DECISIÓN La Sala resuelve la acción de tutela formulada por GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ contra (i) la Vicefiscal General de la Nación, (ii) la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, (iii) la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, (iv) la Secretaría de la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, (v) la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación, (vi) la Dirección Seccional de Bogotá de la Fiscalía General de la Nación, (vii) la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, (viii) la Secretaría de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá y (ix) el Fiscal Séptimo Delegado ante el Tribunal Superior del
Distrito Judicial de Bogotá. En síntesis, el accionante considera vulnerado su derecho fundamental de petición, en tanto no ha recibido una respuesta completa a la solicitud que presentó ante el Fiscal Séptimo Delegado ante el Tribunal
Distrito Judicial de Bogotá. En síntesis, el accionante considera vulnerado su derecho fundamental de petición, en tanto no ha recibido una respuesta completa a la solicitud que presentó ante el Fiscal Séptimo Delegado ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá que, por su parte, también la remitió a diferentes entidades.Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000
GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ
II. HECHOS 1.- El 8 de agosto de 2023, el periodista GONZALO G UILLÉN JIMÉNEZ presentó un derecho de petición al Fiscal Séptimo Delegado ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, formulándole veinticuatro preguntas (ver siguiente párrafo). Adicionalmente, le advirtió: Por todo lo anterior, usted debe entregarme la información solicitada en la misma forma en que se le ha solicitado, con mucho cuidado de no ir a mentir, pues la misma será verificada y contrastada con mucho detenimiento por el equipo periodístico y legal de La Nueva Prensa así como parte las autoridades judiciales que adelantarán investigaciones penales y disciplinarias por estos hechos. 2.- El 14 de agosto de 2023, el Fiscal Séptimo Delegado ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá respondió esa solicitud, en la que además advirtió que remitiría algunas de las preguntas a diferentes autoridades: Pregunta del accionante Respuesta del Fiscal Autoridad a la que remitió 1)Sírvase informar si usted conoce a la
señora DEISSY ARGOTTI ARIZA,
diferentes autoridades: Pregunta del accionante Respuesta del Fiscal Autoridad a la que remitió 1)Sírvase informar si usted conoce a la señora DEISSY ARGOTTI ARIZA, quien se desempeña como Fiscal 324 Delegada ante los Jueces Penales Municipales de Bogotá D.C.. En caso afirmativo, cuándo y en qué condiciones usted la conoció, especificar las circunstancias de tiempo, modo y lugar.
1. A pesar de que esta petición no está relacionada con mi función pública, sino es un asunto privado, con gusto se la respondo para evitar así su habitual desinformación pública: conocí a la doctora Deissy Argotti Ariza, Fiscal 324 Local, cuando acudí a la primera citación de la audiencia de conciliación por la injuria dentro de la indagación 110016000050202361574 que se llevó a cabo el día 21 de abril de la presente anualidad, en la que funjo como víctima y usted como indiciado por los delitos de concierto para delinquir, extorsión e injuria, y a la cual usted no se presentó. 1 a 9
A la Dirección Seccional de Bogotá de la Fiscalía General de la Nación, con el fin de que se manifieste sobre las preguntas 1 a 9. También para que tome las decisiones que, por competencia, correspondan en
General de la Nación, con el fin de que se manifieste sobre las preguntas 1 a 9. También para que tome las decisiones que, por competencia, correspondan en relación con la presunta obtención y difusión irregular, por parte del peticionario, de los alegados abonados celulares de dos de 2Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ Pregunta del accionante Respuesta del Fiscal Autoridad a la que remitió sus funcionarios. Asimismo, para que comunique y tome las medidas de protección pertinentes en relación con la doctora Argotti Ariza frente a los indebidos cuestionamientos que está planteando uno de sus indiciados. 2)Indique si usted ha tenido comunicaciones telefónicas con la doctora DEISSY ARGOTTI ARIZA, al móvil […] desde su celular […] o desde su móvil institucional, en caso afirmativo indicar las circunstancias de tiempo, modo y lugar, el motivo de la conversación, esto en el período comprendido entre el mes de enero de 2023 a la fecha.
2. Es falso. Y como complemento, me surge la duda de cómo es que usted, un particular e indiciado, obtuvo el aparente abonado celular de la fiscal Deissy Argotti Ariza, que
complemento, me surge la duda de cómo es que usted, un particular e indiciado, obtuvo el aparente abonado celular de la fiscal Deissy Argotti Ariza, que ni siquiera yo, como víctima de su investigación, se lo solicité. Como usted debe saber, los teléfonos celulares son datos personales que no son de libre acceso, ni difusión, bajo el amparo de la Ley Estatutaria 1581 de 2012. 3)Indique si usted se ha reunido en el despacho de la doctora DEISSY ARGOTTI ARIZA , en caso afirmativo indicar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se dio la reunión, temas tratados y acuerdos a los que llegaron.
3. A pesar de que esta petición no está relacionada con mi función pública, sino es un asunto privado, con gusto se la respondo para evitar así su habitual desinformación pública: en dicha reunión, que ha sido la única, lo esperamos a usted, como indiciado, para dar inicio a la conciliación, pero nunca llegó. Mientras tanto, como víctima de dicha indagación, y bajo el amparo que dicha condición me concede, le pedí que emitiera órdenes a policía judicial, lo cual aparentemente no ha sucedido porque ni siquiera he sido llamado a diligencia de entrevista con el fin de ampliar mi
condición me concede, le pedí que emitiera órdenes a policía judicial, lo cual aparentemente no ha sucedido porque ni siquiera he sido llamado a diligencia de entrevista con el fin de ampliar mi denuncia. En este sentido, es evidente que no se efectuaron “acuerdos” entre la funcionaria y yo. 4)Indique si usted le ha sugerido a la doctora DEISSY ARGOTTI ARIZA el impulso de la investigación CUI No. 110016000050202361574, en caso afirmativo indicar todos los detalles de la conversación y la solicitud expresa que usted le realizó a dicha servidora.
4. Lo remito a mi respuesta anterior. 5)Sírvase informar si usted conoce al señor JOSÉ FLORESMIRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ , quien se desempeña como Fiscal Delegado ante los Jueces Penales de Circuito de
Bogotá D.C. En caso afirmativo cuándo y en qué condiciones usted lo conoció, especificar condiciones de
5. No tengo presente conocer al
señor José Floresmiro Hernández González. 3Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ Pregunta del accionante Respuesta del Fiscal Autoridad a la que remitió tiempo, modo y lugar. 6)Indique si usted fue compañero de trabajo del señor JOSÉ
FLORESMIRO HERNÁNDEZ
Pregunta del accionante Respuesta del Fiscal Autoridad a la que remitió tiempo, modo y lugar. 6)Indique si usted fue compañero de trabajo del señor JOSÉ FLORESMIRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, en la Unidad de Delitos Sexuales de Bogotá.
6. Lo remito a mi respuesta anterior. 7)Indique si usted ha tenido comunicaciones telefónicas con el doctor JOSÉ FLORESMIRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ , al móvil […] desde su celular […] o desde su móvil institucional, en caso afirmativo indicar todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar, el motivo de la conversación, esto entre el período comprendido entre el mes de enero de 2023 a la fecha.
7. Es falso. Y como complemento, me surge la duda de cómo obtuvo el aparente abonado celular del
fiscal José Floresmiro Hernández González. Como usted debe saber, los teléfonos celulares son datos personales que no son de libre acceso, ni difusión, bajo el amparo de la Ley Estatutaria 1581 de 2012. 8)Indique si usted se ha reunido en el despacho del doctor JOSÉ FLORESMIRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ, en caso afirmativo indicar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se dio la reunión, tema tocado y acuerdos a los que
GONZÁLEZ, en caso afirmativo indicar las circunstancias de tiempo, modo y lugar en que se dio la reunión, tema tocado y acuerdos a los que llegaron.
8. Es falso. 9)Indique si usted le ha sugerido al doctor JOSÉ FLORESMIRO HERNÁNDEZ GONZÁLEZ el impulso de la investigación CUI No. 110016000050202361574 que adelanta la doctora DEISSY ARGOTTI ARIZA, en caso afirmativo indicar todos los detalles de la conversación y la solicitud expresa que usted realizó a este servidor.
9. Es falso. 10)Sírvase indicar con plena exactitud y claridad la cantidad de procesos que le han sido asignados a usted durante los meses de junio, julio y agosto del año 2023, incluyendo el número de radicado y la fecha de cada uno de ellos.
10. No han sido asignados nuevos procesos a mi despacho en los meses específicos que usted indica. - 11) Sírvase indicar la cantidad de procesos que han salido de su despacho por reasignación o cualquier otro motivo, incluyendo los números de radicado y la fecha, además del número de cuadernos que componen cada uno de esos radicado.
11. Su respuesta carece de marco temporal y no puedo responderla, en vista de que llevo múltiples años en mi despacho
número de cuadernos que componen cada uno de esos radicado.
11. Su respuesta carece de marco temporal y no puedo responderla, en vista de que llevo múltiples años en mi despacho actual. Si delimita las fechas en las que requiere dicha información, se la indicaré. - 12)Sírvase indicar la cantidad exacta de procesos que han tenido salida efectiva de su despacho, sea por condena o
12. Reitero mi respuesta anterior. -
4Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ Pregunta del accionante Respuesta del Fiscal Autoridad a la que remitió absolución o preclusión firme, incluyendo el número de radicado y la fecha, además del número de cuadernos por radicado entregados a Gestión Documental para ser trasladados al Archivo Central. 13)Sírvase indicar si su oficina ha sido readecuada, pintada o modificada durante los meses de junio, julio o agosto de 2023.
13. Es falso. - 14)Sírvase indicar si usted ha sido cambiado de oficina del sótano del bloque T, a otra oficina de las instalaciones de la FGN nivel central del bunker.
14. Es falso. - 15)Sírvase indicar si usted ha visitado las instalaciones de Tribunal Superior
de Bogotá D.C., ubicado en calle 24 a
instalaciones de la FGN nivel central del bunker.
14. Es falso. - 15)Sírvase indicar si usted ha visitado las instalaciones de Tribunal Superior
de Bogotá D.C., ubicado en calle 24 a # 53 28, durante los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2022, en caso afirmativo indicar todos los motivos y todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Si estuvo en el despacho de alguno de los magistrados de la Sala Penal (o con algún empleado de un despacho de esa sala), en caso afirmativo indicar el nombre completo del magistrado o el empleado. Asimismo, indicar el motivo, las circunstancias de tiempo, modo y lugar; además qué solicitudes usted hizo.
15. Es falso. 15 a 19
Al señor magistrado Luis Enrique Bustos Bustos, de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, así como a la Presidencia de dicha corporación, para que procedan a responder los interrogantes 15 a 19. 16)Sírvase indicar si usted visitó durante los meses de octubre, noviembre o diciembre del 2022 al Magistrado
LUIS ENRIQUE BUSTOS BUSTOS.
16. Es falso. 17)Sírvase indicar si usted visitó durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2022, a algún miembro del equipo de trabajo del magistrado
LUIS ENRIQUE BUSTOS BUSTOS.
17. Es falso.
durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2022, a algún miembro del equipo de trabajo del magistrado
LUIS ENRIQUE BUSTOS BUSTOS.
17. Es falso. 18)Sírvase indicar si el día dos de diciembre de 2022 (o en los días siguientes), usted tuvo comunicación con el magistrado LUIS ENRIQUE BUSTOS BUSTOS o algún miembros del equipo de trabajo de este servidor.
18. Mi comunicación que recuerdo, del 2 de diciembre de 2022, fue una solicitando el link de las audiencias virtuales. La única comunicación mía que tengo presente, de días subsiguientes, estuvo relacionada con la remisión del link de la sesión de la audiencia virtual del 16 de diciembre de
5Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ Pregunta del accionante Respuesta del Fiscal Autoridad a la que remitió 2023. 19)Sírvase indicar si usted realizó alguna gestión, trámite o sugerencia al magistrado LUIS ENRIQUE BUSTOS BUSTOS, para que no se le impusiera medida de aseguramiento dentro del radicado CUI No. 110016000102202200180.
19. La única “sugerencia” que planteé al señor magistrado Luis Enrique Bustos Bustos fue la que, en ejercicio de mis derechos
radicado CUI No. 110016000102202200180.
19. La única “sugerencia” que planteé al señor magistrado Luis Enrique Bustos Bustos fue la que, en ejercicio de mis derechos al debido proceso y defensa, efectué en mi intervención en la audiencia pública de solicitud de imposición de medida de aseguramiento del 2 de diciembre de 2022. 20)Sírvase indicar si durante el período comprendido entre los meses de marzo y agosto de 2023, usted ha visitado las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia. En caso afirmativo indicar absolutamente todas las circunstancias de tiempo y modo en que lo hizo.
20. Es falso. A la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia para que proceda a responder la consulta 20. 21)Sírvase indicar si durante los meses de marzo a agosto de 2023, usted ha visitado las instalaciones de la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia. En caso afirmativo indicar absolutamente todas las circunstancias de tiempo, modo y lugar. Si ha tenido conversaciones con algún magistrado o con algún miembro del equipo de trabajo de uno de estos. 21.Es falso. 21 a 23
A la Presidencia de la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia para que se pronuncie sobre los cuestionamientos 21 a 23. 22)Sírvase indicar si durante los meses
la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia para que se pronuncie sobre los cuestionamientos 21 a 23. 22)Sírvase indicar si durante los meses de marzo a agosto de 2023, usted ha tenido comunicación personal, telefónica o virtual con algún magistrado de la Sala Especial de Primera Instancia o con algún miembro del equipo de trabajo de uno de estos. En caso afirmativo indicar detalladamente el motivo de la conversación.
22. Es falso. 23)Sírvase informar usted si conoce, de forma directa o por interpuesta persona, que el sujeto NESTOR HUMBERTO MARTÍNEZ NEIRA, haya realizado visitas a las instalaciones de Tribunal Superior de Bogotá Sala Penal o a la Sala Especial de Primera Instancia en búsqueda de que a usted no le impusiera medida de aseguramiento o que sea absuelto de los cargos imputados.
23. No me consta, pregúntele a él. 24) Indíqueme si es cierta información judicial que poseo en el sentido de que usted envió desde el bunker de Bogotá a dos funcionarios del CTI para
24. Es falsa. A la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación y al Despacho de la
6Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ Pregunta del accionante Respuesta del Fiscal Autoridad a la que remitió
6Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ Pregunta del accionante Respuesta del Fiscal Autoridad a la que remitió amenazar a otros dos funcionarios de ese mismo cuerpo con el fin de cambiar versiones y de que no actúen de manera que se paralice el flujo cotidiano y normal del narcotráfico a través del Magdalena Medio y Buenaventura. Todo esto, dice la información que poseo, por instrucción principales de la sujeto Martha Mancera, con el propósito de proteger al delincuente director del CTI en Buenaventura. [Negrillas originales] señora Vicefiscal General de la Nación, con el fin de que pronuncien sobre el planteamiento 24. 3.- El 8 de septiembre de 2023, GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ requirió al mencionado Fiscal para que le remitiera los soportes de envío a las diferentes autoridades. 4.- El 22 de septiembre de 2023, GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ instauró acción de tutela, por cuanto no había obtenido respuesta de ninguna de las entidades a las que el Fiscal Séptimo Delegado ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá remitió las preguntas: (i) la Vicefiscal General de la Nación, (ii) la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, (iii) la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, (iv)
Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá remitió las preguntas: (i) la Vicefiscal General de la Nación, (ii) la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia, (iii) la Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia, (iv) la Secretaría de la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, (v) la Dirección del Cuerpo Técnico de Investigación, (vi) la Dirección Seccional de Bogotá de la Fiscalía General de la Nación, (vii) la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, y (viii) la Secretaría de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá. Solicitó que se les ordenara «dar respuesta de forma inmediata a lo solicitado».
III. ANTECEDENTES PROCESALES RELEVANTES
7Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ 5.- Inicialmente, la acción de tutela fue remitida al Consejo de Estado (11001031500020230539600) que, mediante Auto de 2 de octubre de 2023, dispuso remitir la actuación a la Corte Suprema de Justicia, lo cual se realizó el 10 de octubre de 2023. 6.- El expediente fue repartido el 11 de octubre de 2023 por Sala Plena a la Magistrada ponente, quien a través de Auto de 13 de octubre de 2023 admitió la acción de tutela, ordenándose enterar a las accionadas. Se recibieron las siguientes respuestas1: 6.1.- La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia indicó
2023 admitió la acción de tutela, ordenándose enterar a las accionadas. Se recibieron las siguientes respuestas1: 6.1.- La Secretaría General de la Corte Suprema de Justicia indicó que el accionante se limitó a señalar su correo institucional, «sin explicar el derecho o fundamental que presuntamente esta Oficina le haya vulnerado». Añadió que el 14 de agosto de 2023, un empleado a cargo de la correspondencia trasladó el correo enviado ese mismo día por el Fiscal Séptimo, a la Presidencia de la Corporación, la que el 9 de octubre dio respuesta (PCSJ – n.° 2172 de 2023). 6.2.- La Presidencia de la Corte Suprema de Justicia refirió que dio respuesta mediante oficio de 9 de octubre de 2023, notificada a la cuenta de correo electrónico del accionante el 12 de octubre de 2023. Por tanto, solicitó negar la acción de tutela por hecho superado. 6.3.- La Secretaría de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá explicó que el correo enviado el 14 de agosto de 2023 por el Fiscal Séptimo, fue remitido el día siguiente al Magistrado Luis Enrique Bustos Bustos. 1 El contenido de las respuestas al derecho de petición se transcribirá, según corresponda, en la parte pertinente del caso concreto; ver infra, párr. n.° 19. 8Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ 6.4.- El Magistrado Luis Enrique Bustos Bustos, de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá,
CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ 6.4.- El Magistrado Luis Enrique Bustos Bustos, de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, contestó que (i) el 16 de noviembre de 2022 le fue asignado, en ejercicio de la Función de Control de Garantías, el conocimiento del proceso 11001600010220220018002; (ii) el 16 de diciembre de 2022 se abstuvo de imponer medida de aseguramiento en contra del Fiscal Séptimo Delegado ante ese Tribunal; y (iii) no ha vulnerado el derecho de petición del accionante en tanto iba dirigido contra el referido Fiscal. Añadió que (iv) con el fin de « evitar sospechas o deducciones subjetivas», el 4 y el 25 de septiembre de 2023 requirió al Coordinador de la Oficina de Administración del Tribunal para que informara «si el señor Daniel Ricardo Hernández Martínez, identificado con cédula de ciudadanía 79.795.566 de Bogotá, ingresó a esta sede judicial en los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2022 y, de ser así, qué Despacho lo autorizó o a qué dependencia acudió», respecto de lo que no ha obtenido respuesta. Finalmente, (v) adujo que la tutela resulta «temeraria» en tanto está poniendo en tela de juicio su transparencia, honra y buen nombre «a partir de sospechas infundadas sin soporte probatorio alguno». 6.5.- La Dirección de Asuntos Jurídicos de la Fiscalía respondió lo relacionado con las diferentes áreas de la entidad concernidas (la Dirección
de sospechas infundadas sin soporte probatorio alguno». 6.5.- La Dirección de Asuntos Jurídicos de la Fiscalía respondió lo relacionado con las diferentes áreas de la entidad concernidas (la Dirección Seccional de Bogotá, el Cuerpo Técnico de Investigación -CTIy el Despacho de la Vicefiscal). Sostuvo que se configuró la carencia actual de objeto por hecho superado, en la medida que: (i) Sobre lo solicitado a la Dirección Seccional de Bogotá señaló que otorgó respuesta al accionante el 17 de octubre de 2023, dirigida a su 9Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ cuenta de correo electrónico: «En el escrito en mención, pone de presente que los interrogantes son de conocimiento exclusivo del Fiscal 7º Delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá, quien ya otorgó respuesta directamente al peticionario». (ii) En lo relacionado con el CTI y la Vicefiscal dio respuesta -en las mismas condicionesel 18 de octubre de 2023, informando que esos despachos actúan «bajo el principio de legalidad y con estricto acatamiento de las funciones que le fueron encomendadas, luego en el evento en el que su solicitud contenga hechos que revisten características de delito, se le sugirió radicarlos a través de alguno de los canales de denuncia dispuestos para su recepción». 6.6.- El Fiscal Séptimo Delegado ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá expresó, en resumen, que el 14 de agosto de
denuncia dispuestos para su recepción». 6.6.- El Fiscal Séptimo Delegado ante el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá expresó, en resumen, que el 14 de agosto de 2023 dio respuesta de fondo y completa a los cuestionamientos que el accionante plasmó en su derecho de petición. Por tanto, solicitó ser eximido de cualquier responsabilidad respecto de la vulneración de derechos constitucionales. 6.7.- El Secretario de la Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia contestó que el 17 de octubre de 2023 puso la petición en conocimiento de los magistrados de la Sala, quienes el 18 y 19 de octubre de 2023 se pronunciaron sobre las preguntas 21, 22 y 23, lo que fue comunicado al correo electrónico del accionante. 7.- El 25 de octubre de 2023, GONZALO G UILLÉN J IMÉNEZ presentó un escrito informando: […] se han recibido las siguientes respuestas: 10Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ Corte Suprema de Justicia, Sala Especial de Primera Instancia, calendada 18 de octubre de 2023, suscrita por el Magistrado Jorge Emilio Caldas Vera. Quien a grandes rasgos contesta lo que le corresponde. Corte Suprema de Justicia, Sala Especial de Primera Instancia, calendada 18 de octubre de 2023, suscrita por la Magistrada Blanca Nélida Barreto Ardila. Quien a grandes rasgos contesta lo que le corresponde. Fiscalía General de la Nación (Vicefiscalía General de la Nación y Dirección
de octubre de 2023, suscrita por la Magistrada Blanca Nélida Barreto Ardila. Quien a grandes rasgos contesta lo que le corresponde. Fiscalía General de la Nación (Vicefiscalía General de la Nación y Dirección Nacional del Cuerpo Técnico de Investigación), calendada 18 de octubre de 2023, suscrita por el señor Carlos Alberto Saboyá González, Director de Asuntos Jurídicos. No hay respuesta a lo solicitado. Corte Suprema de Justicia, Presidencia, calendada 9 de octubre de 2023, suscrita por el Magistrado Presidente Fernando Castillo Cadena. No hay respuesta a lo solicitado Dirección Seccional de Fiscalía de Bogotá, calendada xx (sic) de octubre de 2023, suscrita por la señora Leonor Merchan (sic) Lopera. Quien a grandes rasgos contesta lo que le corresponde. Definitivamente, no han contestado las siguientes autoridades judiciales. Tribunal Superior del Distrito Judicial-Sala de Decisión, magistrado Luis Enrique Bustos Bustos. Tribunal Superior del Distrito Judicial-Sala de Decisión, Secretaría, citador Cristian Felipe Ramírez Joya. Vale la pena resaltar que las (sic) respuesta dada por la Presidencia de la Corte Suprema de Justicia; nos parece precaria, abstracta, no responde lo que le corresponde, parece que el Magistrado que la suscribe, el doctor Fernando Castillo Cadena, no se tomó la molestia de leer el documento que le hizo llegar por parte del Fiscal 7º Delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá […]. Como se podrá observa, no se le está preguntado por lo afirmado en los incisos tres y cuatro de la respuesta, se le está indagando si el señor Daniel Ricardo
por parte del Fiscal 7º Delegado ante el Tribunal Superior de Bogotá […]. Como se podrá observa, no se le está preguntado por lo afirmado en los incisos tres y cuatro de la respuesta, se le está indagando si el señor Daniel Ricardo Hernández Martínez, visitó las instalaciones de la Corte Suprema de Justicia, respuesta que debe resolver, no sobre una normativa que se presume los ciudadanos ya conocemos, sino verificando en los libros de entradas y salidas de esas instalaciones o los sistemas de información; ahora, si el señor Castillo Cadena, no es competente para resolver lo que requerido debe trasladar la comunicación a quien verdaderamente corresponda, pero definitivamente no debe contestar de esa forma, irrespetando y burlando los derechos fundamentales de las personas. […] 11Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ Igual circunstancia se presenta con la respuesta entregada por el Director de Asuntos Jurídicos de la Fiscalía General de la Nación, quien lejos de responder lo solicitado se despachó en una serie de argumentos que no tiene ninguna relación con lo solicitado. […] Por todo lo anterior, solicito se sirva declarar vulnerado el derecho de petición por parte de las siguientes autoridades: Presidente de la Corte Suprema de Justicia. // Martha Janeth Mancera, Vicefiscal General de la Nación. // Director Nacional del Cuerpo Técnico de Investigaciones C.T.I. // Magistrado Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá D.C., Luis Enrique Bustos Bustos. // Secretaría del Tribunal Superior de Bogotá.
Director Nacional del Cuerpo Técnico de Investigaciones C.T.I. // Magistrado Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá D.C., Luis Enrique Bustos Bustos. // Secretaría del Tribunal Superior de Bogotá. 8.- El 26 de octubre de 2023, la Magistrada ponente dispuso -para garantizar el derecho de defensa y contradicción de las entidades demandadascorrer traslado del escrito del accionante para que, de considerarlo pertinente, emitieran un pronunciamiento. Se recibieron las siguientes respuestas: 8.1.- El Magistrado Magistrado Luis Enrique Bustos Bustos, de la Sala de Decisión Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, reiteró su anterior respuesta (ver supra, párr. n.° 6.4.). 8.2.- El Magistrado Gerson Chaverra Castro, actuando como Presidente (e) de la Corte Suprema de Justicia, informó que el 27 de octubre de 2023 trasladó la solicitud del accionante al Jefe de la Oficina de Seguridad del Palacio de Justicia para que lo atendiera, dentro del ámbito de sus competencias, lo cual fue informado al accionante mediante oficio PCSJ – n.° 3108 de 27 de octubre de 2023 (adjuntó copia de esas dos actuaciones). 8.3.- La Secretaria General de la Corte Suprema de Justicia reiteró su contestación (ver supra, párr. n.° 6.1.).
12Tutela de primera instancia Radicado n.° 133785 CUI 11001023000020230118000 GONZALO GUILLÉN JIMÉNEZ 8.4.- La Dirección Seccional de Bogotá de la Fiscalía General de la Nación se remitió a la respuesta dada por la Dirección de Asuntos Jurídicos de la entidad (ver supra, párr. n.° 6.5.), la que a su vez, el 30 de octubre de 2023, respondió al accionante, frente a su escrito de 25 de octubre de 2023, que el Despacho de la Vicefiscal ni el CTI « no han dado instrucciones en el sentido de ejercer presiones indebidas con las finalidades delictivas que usted señala en su requerimiento, sino que por el contrario, propenden por el respeto de la autonomía e independencia de los fiscales a cargo de cada caso, en el desarrollo de su programa metodológico y la adopción de las decisiones que en derecho correspondan […]». Además, reiteró que si tenía conocimiento de situaciones que pudieran