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CSJ - STP16845-2022

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - STP16845-2022
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2022

SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS #2

LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA Magistrado ponente STP16845-2022 Radicación #127513 Acta 272 Bogotá, D. C., veintidós (22) de noviembre de dos mil veintidós (2022).

VISTOS: Resuelve la Sala la solicitud de tutela formulada por ALBA RODRÍGUEZ PICO , en procura del amparo de sus derechos fundamentales, presuntamente vulnerados por la

Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá. Al trámite fue vinculada la Secretaría de esa Corporación Judicial.CUI 11001020400020220232700 Número Interno 127513 TUTELA DE PRIMERA INSTANCIA FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN: El 11 de agosto y el 26 de septiembre de 2022 ALBA RODRÍGUEZ PICO presentó petición a la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá con el objeto de que se corrija el nombre de su hermana Elma Rodríguez Pico en la sentencia radicado 110016000253200782791, el cual se registró erradamente como Elvira, lo que le ha impedido reclamar la indemnización en su condición de víctima. Afirmó que no ha recibido contestación. Consideró vulnerado su derecho fundamental de petición. Su pretensión es que se ordene a la corporación accionada que resuelva lo solicitado.

TRÁMITE DE LA ACCIÓN: Por auto del 10 de noviembre de 2022, la Sala admitió la demanda y corrió traslado al sujeto pasivo de la acción y al vinculado. Mediante informe del 11 siguiente la Secretaría

TRÁMITE DE LA ACCIÓN: Por auto del 10 de noviembre de 2022, la Sala admitió la demanda y corrió traslado al sujeto pasivo de la acción y al vinculado. Mediante informe del 11 siguiente la Secretaría comunicó la notificación de dicha determinación.

La Secretaría General de la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá informó que las solicitudes radicadas por la demandante fueron remitidas al despacho de la magistrada a cargo del proceso el 11 de agosto y el 26 de septiembre de 2022. La Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá solicitó negar el amparo constitucional, debido a la 1CUI 11001020400020220232700 Número Interno 127513 TUTELA DE PRIMERA INSTANCIA carencia actual de objeto por hecho superado . En sustento, informó que el 15 de noviembre de 2022 corrigió la sentencia dictada el 31 de julio de 2015 dentro del proceso 110016000253200782791, respecto del nombre de la víctima Elma Rodríguez Pico.

CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Acorde con el numeral 5º del artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015, modificado por el artículo 1º del Decreto 333 de 2021, la Sala es competente para resolver este asunto en primera instancia, por cuanto el procedimiento involucra a un tribunal superior de distrito judicial.

La presente acción se orienta a que la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá resuelva de fondo la solicitud de corrección de sentencia presentada por ALBA

procedimiento involucra a un tribunal superior de distrito judicial. La presente acción se orienta a que la Sala de Justicia y Paz del Tribunal Superior de Bogotá resuelva de fondo la solicitud de corrección de sentencia presentada por ALBA RODRÍGUEZ PICO el 11 de agosto de 2022, y reiterada el 26 de septiembre siguiente. Observa la Corte que en auto del 15 de noviembre de 2022, la Corporación judicial accionada resolvió lo solicitado y corrigió en la sentencia del proceso 110016000253200782791 el nombre de la víctima Elma Rodríguez Pico, que se había registrado erradamente como Elvia. Providencia debidamente notificada a las partes interesadas. 2CUI 11001020400020220232700 Número Interno 127513 TUTELA DE PRIMERA INSTANCIA Constatado lo anterior, se advierte que el derecho fundamental de petición se encuentra satisfecho en la medida que la autoridad judicial accionada resolvió satisfactoriamente el objeto de la solicitud que motivó la tutela, razón por la cual deviene innecesaria la intervención del juez constitucional. Se negará, en consecuencia, la acción de tutela. Por lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas #2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,

RESUELVE:

1. NEGAR la acción de tutela promovida por ALBA

Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,

RESUELVE:

1. NEGAR la acción de tutela promovida por ALBA RODRÍGUEZ PICO contra la Sala de Justicia y Paz del

Tribunal Superior de Bogotá.

2. NOTIFICAR esta providencia de conformidad con el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.

3. En caso de no ser impugnada, REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,

LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA

3CUI 11001020400020220232700 Número Interno 127513

TUTELA DE PRIMERA INSTANCIA

FABIO OSPITIA GARZÓN

HUGO QUINTERO BERNATE

NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA

Secretaria 4

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