CSJ - STP17482-2023
Corte Suprema de Justicia
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Detalles
- Título
- CSJ - STP17482-2023
- Autor
- Corte Suprema de Justicia
- Categoría
- Jurisprudencia
- Área del derecho
- Penal
- Año
- 2023
SALA DE DECISIÓN DE TUTELAS #2
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA Magistrado ponente STP17482-2023 Radicación # 134292 Acta 211 Bogotá, D. C., catorce (14) noviembre de dos mil veintitrés (2023).
VISTOS: Resuelve la Corte la impugnación presentada por Álvaro Rincón Monroy, quien se desempeñó como Juez 1º Penal del Circuito de Duitama con Función de Conocimiento, contra la sentencia de tutela proferida el 25 de octubre de 2023 por la Sala Única del Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo, mediante la cual negó el amparo de los derechos fundamentales de VÍCTOR ENRIQUE JAIME LÓPEZ y HENRY MANUEL GUTIÉRREZ SANDOVAL, presuntamente vulnerados por el recurrente.CUI 15693220800020230021801
Radicado 134292 TUTELA SEGUNDA INSTANCIA Al trámite fueron vinculados el Juzgado 4º Penal Municipal de Duitama con Función de Control de Garantías y las partes e intervinientes reconocidas en el proceso penal 150016008797202200031.
FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN: Según se establece de la actuación, contra Jerson Jahir y Karen Julieth Velandia Suarez, Martha Nubia Suarez León, Jorge Alexánder Velandia y Eric Alexánder Benítez Téllez se adelanta el proceso 15001600879120220003101, por los delitos de concierto para delinquir, estafa y captación masiva y habitual de dineros.
El 11 de septiembre de 2023, el Juzgado 4º Penal Municipal de
15001600879120220003101, por los delitos de concierto para delinquir, estafa y captación masiva y habitual de dineros. El 11 de septiembre de 2023, el Juzgado 4º Penal Municipal de Duitama con Función de Control de Garantías les impuso medida de aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario. Inconformes con esa postura, los abogados de los procesados apelaron y el asunto le correspondió por reparto al Juzgado 1º Penal del Circuito de Duitama, autoridad judicial que fijó audiencia de lectura de la decisión para el 12 de octubre siguiente. Entre tanto, VÍCTOR ENRIQUE JAIME LÓPEZ y HENRY MANUEL GUTIÉRREZ SANDOVAL, representantes de víctimas en la actuación, presentaron escrito de recusación alegando que se encuentran configuradas las causales 4ª, 5ª y 11 del artículo 56 del Código de Procedimiento Penal. Tras estimar vulnerados sus derechos fundamentales al debido proceso, VÍCTOR ENRIQUE JAIME LÓPEZ y HENRY MANUEL GUTIÉRREZ SANDOVAL acudieron a la acción de tutela. Solicitaron el aplazamiento de la audiencia del 12 de octubre de 2023 hasta tanto el Juez 1CUI 15693220800020230021801 Radicado 134292 TUTELA SEGUNDA INSTANCIA 1º Penal del Circuito de Duitama resuelva la recusación interpuesta en su contra.
TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:
1CUI 15693220800020230021801 Radicado 134292 TUTELA SEGUNDA INSTANCIA 1º Penal del Circuito de Duitama resuelva la recusación interpuesta en su contra.
TRÁMITE DE LA PRIMERA INSTANCIA:
1. Por auto del 11 de octubre de 2023, la Sala Única del Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo admitió la tutela y corrió el traslado al sujeto pasivo y vinculados de la acción. A la par, suspendió como medida provisional la audiencia del 12 de octubre de 2023 programada por el Juzgado 1º Penal del Circuito de Duitama.
2. El titular de ese despacho judicial adujo que, si bien los accionantes radicaron solicitud de recusación en contra suya, lo cierto es que la misma debe proponerse, tramitarse y decidirse en audiencia pública, en la cual el interesado debe sustentar su petición conforme a las causales establecidas en el artículo 56 de la Ley 906 de 2004. Asimismo, afirmó que a partir del 15 de octubre de 2023 dejará el cargo.
3. La Secretaría del Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo confirmó el retiro del doctor Álvaro Rincón Monroy como juez del despacho accionado.
4. El abogado de los procesados relató el transcurso de la actuación y pidió que se niegue el amparo pretendido. Señaló que la circunstancia alegada debe ser expuesta a través del mecanismo idóneo para tal fin, esto es, la recusación.
5. El abogado Ferney Arturo Jaime Moreno, representante de
circunstancia alegada debe ser expuesta a través del mecanismo idóneo para tal fin, esto es, la recusación.
5. El abogado Ferney Arturo Jaime Moreno, representante de víctimas, coadyuvó la demanda de tutela. En su criterio, no existe certeza de la imparcialidad del Juez 1º Penal del Circuito de Duitama, dado que la
2CUI 15693220800020230021801 Radicado 134292 TUTELA SEGUNDA INSTANCIA Comisión de Disciplina Judicial y la Fiscalía General de la Nación lo están investigando por su actuar en el proceso 1500160080797202200031, el cual tiene los mismos procesados que en la actuación cuestionada.
6. El Tribunal negó el amparo. Precisó que la vulneración alegada por los accionantes cesó por una situación que no es atribuible al doctor Álvaro Rincón Monroy, esto es, su retiro forzoso como titular del Juzgado 1º Penal del Circuito de Duitama.
7. Álvaro Rincón Monroy, quien se desempeñó como Juez 1º Penal del Circuito de Duitama impugnó el fallo. Indicó que la Corporación Judicial debió examinar el fondo del asunto y no declararlo hecho superado, toda vez que no existió hecho vulnerador que pusiera en peligro las garantías constitucionales de los demandantes. Asimismo, solicitó se compulse copias en contra de los accionantes.
CONSIDERACIONES DE LA CORTE: Conforme al artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, la Sala es competente para resolver la segunda instancia respecto de la decisión adoptada por la Sala Única del Tribunal Superior de Santa Rosa de
Conforme al artículo 32 del Decreto 2591 de 1991, la Sala es competente para resolver la segunda instancia respecto de la decisión adoptada por la Sala Única del Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo. Álvaro Rincón Monroy, quien se desempeñó como Juez 1º Penal del Circuito de Duitama, pretende que se examine de fondo el asunto. No obstante, conforme a los medios de convicción allegados al trámite, es innecesario emitir pronunciamiento al respecto por carencia actual de objeto. Es claro que lo pretendido por los accionantes era el aplazamiento de la audiencia de lectura de la decisión programada para el 12 de octubre 3CUI 15693220800020230021801 Radicado 134292 TUTELA SEGUNDA INSTANCIA de este año por parte del Juzgado 1º Penal del Circuito de Duitama hasta tanto su titular se pronunciara sobre la recusación propuesta por aquellos. Advierte la Corte que la Corporación Judicial de primera instancia, con auto del 11 del mismo mes, como medida provisional suspendió el trámite surtido ante ese despacho judicial, con lo cual no se realizó la diligencia cuestionada. Adicionalmente, la secretaría del Tribunal informó que «mediante acuerdo No. 050 de Sala Plena Ordinaria de la Corporación realizada el 5 de octubre de 2023, se ordenó el retiro del servicio por cumplimiento de la edad de retiro forzoso y la obtención de la pensión de vejez de Álvaro Rincón Monroy identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.212.118 expedida en Duitama, quien se venía desempeñando en propiedad en el
Rincón Monroy identificado con la cédula de ciudadanía No. 7.212.118 expedida en Duitama, quien se venía desempeñando en propiedad en el cargo de Juez 001 Penal Con Función de Conocimiento; a partir del 15 de octubre de 2023, inclusive, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 1° del Decreto 321 de 2007 y el parágrafo 3° del artículo 9° de la Ley 797 de 2003». De acuerdo a lo expuesto, la decisión de primera instancia será confirmada toda vez que la situación que motivó la demanda de tutela desapareció pues el doctor Álvaro Rincón Monroy a la fecha de la decisión de primer grado no fungía como Juez 1º Penal del Circuito de Duitama, lo que conlleva a ratificar el fallo por sustracción de la materia. Emitir otro tipo de pronunciamiento carecería de fundamento sobre todo si se tiene en cuenta que será otro juez quien adopte la decisión respecto al recurso de apelación promovido contra el auto del 11 de septiembre de 2023, por medio del cual el Juzgado 4º Penal Municipal de Duitama con Función de Control de Garantías impuso medida de 4CUI 15693220800020230021801 Radicado 134292 TUTELA SEGUNDA INSTANCIA aseguramiento de detención preventiva en establecimiento carcelario contra Jerson Jahir Velandia Suarez y otros en la actuación 15001600879120220003101. De otra parte, respecto de la solicitud de expedir copias en contra de los accionantes, la Corte advierte que el juez de tutela no es competente
15001600879120220003101. De otra parte, respecto de la solicitud de expedir copias en contra de los accionantes, la Corte advierte que el juez de tutela no es competente para iniciar, ni impulsar investigaciones disciplinarias. Por tal razón, si considera que hay hechos que constituyen algún tipo de conducta reprochable, deberá a nombre propio o por conducto de apoderado presentar las respectivas quejas ante los organismos de control. Se confirmará, en consecuencia, el fallo impugnado. En mérito de lo expuesto, la Sala de Decisión de Tutelas N° 2 de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley,
RESUELVE:
1. CONFIRMAR la sentencia del 25 de octubre de 2023, mediante la cual la Sala Única del Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo negó la acción de tutela instaurada por VÍCTOR ENRIQUE
JAIMES LÓPEZ y HENRY MANUEL GUTIÉRREZ SANDOVAL.
2. NOTIFICAR esta providencia de conformidad con el artículo 30 del Decreto 2591 de 1991.
3. REMITIR el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE,
5CUI 15693220800020230021801 Radicado 134292
TUTELA SEGUNDA INSTANCIA
LUIS ANTONIO HERNÁNDEZ BARBOSA
HUGO QUINTERO BERNATE
NUBIA YOLANDA NOVA GARCÍA
Secretaria 6