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CSJ - STP5139-2024

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - STP5139-2024
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2024

DIEGO EUGENIO CORREDOR BELTRÁN Magistrado ponente STP5139-2024 Radicación n°137006 Acta 98. Bogotá, D.C., veinticinco (25) de abril de dos mil veinticuatro (2024). ASUNTO Procede la Corte a resolver la tutela promovida por DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ, contra los ciudadanos Jairo Alberto Higuera Sandoval y Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez, la Sala Única de Santa Rosa de Viterbo, la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Boyacá, los Juzgados Primero y Tercero Civiles del Circuito, Primero y Segundo Promiscuos de Familia del Circuito, Segundo Civil Municipal de Oralidad, Primero Municipal de Pequeñas Causas Laborales, Tercero y Cuarto Penales Municipales con Función de Control de Garantías, Primero y Segundo Penales del Circuito con Funciones de Conocimiento, todos de Duitama y Primero Promiscuo Municipal de Paipa, Juzgados Tercero Civil Municipal de Duitama y Paipa y, las Fiscalías Locales y Seccionales Cuarta, Quinta, Octava, Novena, Doce y Veinte de Duitama, por la presunta vulneración de las garantías fundamentales a la vida, integridad personal,CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ vivienda digna, honra, paz y libre locomoción, trámite al que fueron vinculados la Inspección de Policía de Paipa y a la ciudadana Alba Ligia Cruz Espitia.

vivienda digna, honra, paz y libre locomoción, trámite al que fueron vinculados la Inspección de Policía de Paipa y a la ciudadana Alba Ligia Cruz Espitia. HECHOS Y FUNDAMENTOS DE LA ACCIÓN A partir del contenido de la demanda de tutela y las intervenciones de las autoridades judiciales y particulares accionados y vinculados como terceros con interés legítimo para intervenir, se logran establecer que, desde hace unos años -aproximadamente 2018se generó un conflicto entre Alba Ligia Cruz Espitia y Jairo Alberto Higuera Sandoval, quienes sostuvieron una relación sentimental. Desde entonces, se han promovido varios procesos civiles que involucran bienes de propiedad de los antes mencionados y penales relacionados con violencia sexual contra Jairo Alberto Higuera Sandoval y fraude procesal contra Alba Ligia Cruz Espitia. Uno de los bienes objeto de controversia corresponde al inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria FMI 074-019950 ubicado en el municipio de Paipa, donde se afirma, residen Alba Ligia Cruz Espitia y su hijo DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ -hoy accionante-. De dicho inmueble figuraba como propietaria Alba Ligia Cruz Espitia y luego Jairo Alberto Higuera Sandoval. Posteriormente, éste último lo vendió a Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez, quien actualmente registra el título de propiedad. 2CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006

DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ

lo vendió a Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez, quien actualmente registra el título de propiedad. 2CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ Sobre esa base, Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez inició proceso reivindicatorio nº 155164089001-2020-00126 contra Alba Ligia Cruz Espitia y Jairo Alberto Higuera Sandoval. De dicho asunto conoció en primera instancia, el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Paipa y en segunda, el Segundo Civil del Circuito de Duitama. En ambas instancias, en sentencias de 11 de marzo de 2022 y 22 de agosto de 2023, respectivamente, se accedió a la pretensión reivindicatorio de la demandante. Para efectos de lograr la materialización de la decisión, la demandante inició proceso ejecutivo, del cual, conoció en segunda instancia, la Sala Única del Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo. En aras de dar cumplimiento al derecho reivindicatorio allí reconocido, el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Paipa en auto de 18 de enero de 2024 comisionó a la Inspección de Policía de Paipa a fin de que llevara a cabo la diligencia de entrega del mencionado inmueble. Paralelamente, Alba Ligia Cruz Espitia promovió proceso de simulación nº 155164089001202100163 contra Jairo Alberto Higuera Sandoval y Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez. Ello con fundamento en que

simulación nº 155164089001202100163 contra Jairo Alberto Higuera Sandoval y Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez. Ello con fundamento en que la venta del inmueble efectuada por el primero a la segunda fue simulado. El conocimiento de ese proceso correspondió también al Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Paipa, que en sentencia de 14 de marzo de 2023, declaró “absolutamente simulada” la compraventa suscrita entre Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez y Jairo Alberto Higuera Sandoval y dispuso compulsar copias ante la Fiscalía General de la Nación. 3CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ Dicha determinación fue apelada y actualmente se encuentra a cargo del Juzgado Primero Civil del Circuito de Duitama, pendiente por resolver en segunda instancia. DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ, quien alega la condición de sujeto de especial protección constitucional, por padecer una discapacidad, acude a la acción de tutela con el propósito de que, se adopten medidas que impidan la materialización de la diligencia de entrega del mencionado inmueble, donde reside junto con su progenitora Alba Ligia Cruz Espitia, ordenada en el proceso reivindicatorio hasta tanto, no se definan el proceso de simulación. Describe que, han sido muchos los procesos iniciados donde se han discutido los derechos de tiene su progenitora frente al bien inmueble fundamento de la acción de tutela. Sin embargo, no se han obtenido resultados favorables, pese a que los mismos debieron resolverse en favor de los intereses de aquella.

fundamento de la acción de tutela. Sin embargo, no se han obtenido resultados favorables, pese a que los mismos debieron resolverse en favor de los intereses de aquella. Destaca que, de la indebida definición de esos asuntos, deviene ahora la afectación de sus derechos como hijo en condición de discapacidad, pues en virtud de lo resuelto en el proceso reivindicatorio, deben entregar el inmueble donde reside con su progenitora. Expone su percepción sobre el origen del conflicto, esto es que, el inmueble era de propiedad de su progenitora Alba Ligia Cruz Espitia, quien convivió durante muchos años con Jairo Alberto Higuera Sandoval. Y que aquella como consecuencia de la manipulación y violencia psicológica de la que, refiere, siempre fue objeto, le trasladó el título de propiedad a éste 4CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ último, quien luego de la ruptura lo vendió simuladamente a Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez.

INTERVENCIONES

Secretaría Sala Única del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Santa Rosa de Viterbo La Secretaria remitió el link que contiene el expediente rad. 1523831030032021-00094-01, correspondiente al proceso verbal, donde se solicitó declarar la existencia de sociedad civil de hecho. Figuraron como parte demandante Alba Ligia Cruz Espitia y como demandado Jairo Alberto Higuera Sandoval. En el link obra el auto de 30 de mayo de 2023, mediante el cual, la magistrada ponente declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por

Alberto Higuera Sandoval. En el link obra el auto de 30 de mayo de 2023, mediante el cual, la magistrada ponente declaró desierto el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante contra la sentencia de 22 de marzo de 2023, proferida por el Juzgado Tercero Civil del Circuito de Duitama, que negó la pretensión. Así mismo, remitió el link del proceso ejecutivo en el proceso reivindicatorio nº 155164089001202000126-04, donde funge como demandante Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez y demandado Jairo Alberto Higuera Sandoval y Alba Ligia Cruz Espitia. Juzgado Tercero Civil del Circuito de Duitama 5CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ El despacho judicial remitió copia del expediente 1523831030032021-00094-00, que corresponde al proceso donde se solicitó declarar la existencia de sociedad civil de hecho y figuraron como parte demandante Alba Ligia Cruz Espitia y como demandado Jairo Alberto Higuera Sandoval. Juzgado Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Duitama La titular informó que, ese despacho conoció en primera instancia de la acción de tutela nº 152384105001-2020-00071-00, promovida por Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez, quien invocaba la protección de sus derechos a la propiedad privada y la vivienda digna.

la acción de tutela nº 152384105001-2020-00071-00, promovida por Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez, quien invocaba la protección de sus derechos a la propiedad privada y la vivienda digna. Refirió que, mediante fallo de 6 de agosto de 2020 declaró improcedente el amparo. Decisión que fue confirmada por el Juzgado Laboral del Circuito de Duitama, el 9 de septiembre de 2020. Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Boyacá La secretaría allego el link que contiene el proceso disciplinario 15001102000-2019-00001-00. Asunto donde obra como quejoso Jairo Alberto Higuera Sandoval y como disciplinable la abogada Esperanza Cruz Espitia. En dicho asunto, en decisión de 24 de noviembre de 2023, se dispuso la terminación anticipada del procedimiento y el archivo definitivo de las diligencias. 6CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ A su turno, la magistrada ponente refirió que, los hechos fundamento de la acción de tutela se circunscriben al proceso de lanzamiento adelantado por la Inspección de Policía de Paipa. Seguidamente, realizó un recuento de las actuaciones desarrolladas al interior del proceso disciplinario, donde adujo, veló por el respeto de los derechos fundamentales de las partes. Puntualizó que, contra la decisión que ordenó la terminación anticipada y el archivo no se interpuso recurso de apelación. Juzgado Primero Penal del Circuito de Duitama

derechos fundamentales de las partes. Puntualizó que, contra la decisión que ordenó la terminación anticipada y el archivo no se interpuso recurso de apelación. Juzgado Primero Penal del Circuito de Duitama El titular remitió el link que contiene el proceso penal 155166000216-2019-00034-00 actualmente en etapa de juicio -para celebración de audiencia preparatoria- , que se adelanta contra Jairo Alberto Higuera Sandoval, por el delito de acceso carnal violento agravado y donde figura como víctima Alba Ligia Cruz Espitia. Juzgado Segundo Penal del Circuito de Duitama El despacho informó que, conoce la etapa del juicio del proceso nº 1523860002122020-51690, adelantado contra Alba Ligia Cruz Espitia, por el delito de fraude a resolución judicial; actualmente prevista fecha para iniciar el juicio oral. 7CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Duitama La directora del despacho informó que, conoció el proceso 152383184001-2023-00348-00. Asunto que correspondió a demanda de declaración y existencia de unión marital de hecho promovida por Alba Ligia Cruz Espitia contra Jairo Alberto Higuera Sandoval. Como actuación procesal relevante refirió que, en auto de 7 de diciembre de 2023 inadmitió la demanda. Posteriormente ante la omisión de la parte demandante de subsanar los defectos, la rechazó. Juzgado Primero Civil del Circuito Oral de Duitama

diciembre de 2023 inadmitió la demanda. Posteriormente ante la omisión de la parte demandante de subsanar los defectos, la rechazó. Juzgado Primero Civil del Circuito Oral de Duitama La secretaria informó que, bajo el radicado 152383103001202000059-00 ese despacho conoció del proceso verbal promovido por Alba Ligia Cruz Espitia contra Jairo Alberto Higuera Sandoval. Describió que, en dicho asunto el 13 de noviembre de 2020 se inadmitió la demanda y se concedió 5 días para subsanarla. No obstante, como se incumplió con dicha carga, el 11 de diciembre de 2020 se rechazó. Fiscalía 41 Seccional de Duitama La asistente ilustró que la Fiscalía Quinta Seccional de Duitama fue suprimida y su carga procesal distribuida. Adujo que, efectuadas las respectivas averiguaciones, se logró establecer que aquella fiscalía conoció la noticia criminal nº 8CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ 152386000212-2013-00889, denunciante Alba Ligia Cruz Espitia. Asunto donde, el 24 de agosto de 2016 se emitió orden de archivo, de la cual adjunta copia. Juzgado Cuarto Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Duitama El titular adujo que, dentro del proceso 155166000216-2019-00034 adelantado contra Jairo Alberto Higuera Sandoval por el delito de acceso carnal violento conoció de audiencia preliminar búsqueda selectiva en base de datos.

El titular adujo que, dentro del proceso 155166000216-2019-00034 adelantado contra Jairo Alberto Higuera Sandoval por el delito de acceso carnal violento conoció de audiencia preliminar búsqueda selectiva en base de datos. Fiscalía Doce Seccional de Duitama El delegado adujo que adelanta la indagación 1523860000212-2021151915 por el delito de fraude procesal, en virtud de la denuncia promovida por Alba Ligia Cruz Espitia contra Jairo Alberto Higuera Sandoval. Refirió que, la inconformidad que ventila el accionante en esta acción constitucional está relacionada con un proceso civil reivindicatorio. Asunto donde no es parte o interviniente. Adujo que, si bien, el actor refiere la condición de hijo de Alba Ligia Cruz Espitia, dicha ciudadana en cada una de las actuaciones ha sido representada por apoderado judicial, quien incluso ha presentado oposiciones en la diligencia de entrega en el proceso reivindicatorio. Por tanto, existe un mecanismo de defensa judicial ordinario. 9CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ Juzgado Segundo Civil Municipal de Duitama Indicó que, bajo el radicado 2020-169, le fue repartida la demanda reivindicatoria de menor cuantía pretendida por Deily Xiomara Cárdenas Sánchez contra Alba Ligia Cruz Espitia y Jairo Alberto Higuera Sandoval. Mediante auto de 16 de julio de 2020 la rechazó de plano por falta de competencia, ello por cuanto ésta se fija por el lugar donde esté ubicado

Sánchez contra Alba Ligia Cruz Espitia y Jairo Alberto Higuera Sandoval. Mediante auto de 16 de julio de 2020 la rechazó de plano por falta de competencia, ello por cuanto ésta se fija por el lugar donde esté ubicado el inmueble. Y como en el caso, el mismo está ubicado en Paipa, ordenó remitir las diligencias al Juzgado Promiscuo Municipal de Paipa. Fiscalía Décima Seccional de Duitama La delegada refiere que contra Jairo Alberto Higuera Sandoval se adelanta el CUI 15516600020162019-00034, por el delito de acceso carnal violento en concurso homogéneo y funge como víctima Alba Ligia Cruz Espitia. Asunto donde actualmente se agota la etapa de juicio. Indica que, la única relación existente entre dicha actuación y los aspectos ventilados en la acción de tutela, es que, los presuntos hechos delictivos ocurrieron en el inmueble objeto de controversia en los procesos civiles. Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Paipa 10CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ El titular del despacho refirió que, ha tramitado cuatro acciones civiles donde actúan como partes Alba Ligia Cruz Espitia, Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez y Jairo Alberto Higuera Sandoval. Entre estos, menciona el nº 2020-0126, que corresponde al proceso reivindicatorio instaurado por Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez contra Jairo Alberto Higuera Sandoval y Alba Ligia Cruz Espitia, donde ante la existencia de sentencia en firme, se ordenó a la última ciudadana entregar el inmueble.

reivindicatorio instaurado por Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez contra Jairo Alberto Higuera Sandoval y Alba Ligia Cruz Espitia, donde ante la existencia de sentencia en firme, se ordenó a la última ciudadana entregar el inmueble. Así como también, el proceso nº 2021-0163 que corresponde al proceso verbal de simulación instaurado por Alba Ligia Cruz Espitia contra Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez y Jairo Alberto Higuera Sandoval. Indica que, dicho asunto, mediante sentencia de 14 de marzo de 2023, se declaró “absolutamente simulada” la compraventa suscrita entre Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez y Jairo Alberto Higuera Sandoval, respecto del inmueble objeto de controversia y ordenó compulsar copias ante la Fiscalía General de la Nación. Indicó que dicha determinación fue apelada y actualmente se encuentra a cargo del Juzgado Primero Civil del Circuito de Duitama, pendiente por resolver. Destacó que, al encontrarse en firme la decisión emitida en el proceso reivindicatorio debe cumplirse. Inspección de Policía de Paipa 11CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ El inspector señaló que, en cumplimiento de la medida provisional decretada suspendió la diligencia de entrega de inmueble prevista para el 23 de abril de 2024, dentro del despacho comisorio librado por el Juzgado Promiscuo Municipal de Paipa en el despacho comisorio. Sin embargo, indicó que la apoderada de parte demandante presentó

23 de abril de 2024, dentro del despacho comisorio librado por el Juzgado Promiscuo Municipal de Paipa en el despacho comisorio. Sin embargo, indicó que la apoderada de parte demandante presentó oposición porque la medida iba dirigida al proceso de perturbación a la posesión 774/2020, asunto que refiere, se encuentra archivado. Abogada Michel Carreño Martínez La profesional del derecho actúa como apoderada de Alba Ligia Cruz Espitia en los procesos civiles que cursan en el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Paipa. Indica que su representada y su hijo Daniel Leonardo Castañeda Cruz afrontan una persecución judicial por parte de Jairo Alberto Higuera y Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez. Destaca que, Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez pese a conocer que, en el proceso de simulación 2021-0163 le compulsaron copias por fraude procesal y falso testimonio, “aun sigue atacando a mis prohijados”. Finalmente, manifiesta que, “coadyuvo en la solicitud de favorabilidad de las pretensiones incoadas”. Abogada Paola Cristina González Araque 12CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ La profesional del derecho indicó que representa a Alba Ligia Cruz Espitia en todas las actuaciones penal adelantas en su contra o donde actúa como víctima. Refirió que, desde el momento en que fue contratada ha “evidenciado claras persecuciones y hostigamientos en contra de mi representada y de su familia en particular, sometiéndolos a defenderse de

Refirió que, desde el momento en que fue contratada ha “evidenciado claras persecuciones y hostigamientos en contra de mi representada y de su familia en particular, sometiéndolos a defenderse de diversas causas, con zozobra y miedo de las retaliaciones que pueda desencadenar el señor Higuera y la señora Cárdenas”. Adujo que, la persecución que ha emprendido Jairo Alberto Higuera Sandoval tuvo origen en la denuncia que en el año 2018 aquella formuló por las agresiones de tipo sexual, personal y económico de las que víctima; camino que inició en la Comisaría de Familia de Paipa. Abogada Esperanza Cruz Espitia Indicó que, ostenta la condición de hermana de Alba Ligia Cruz Espitia y tía del hoy accionante, quien presenta una discapacidad. Refiere que, aquellos han sido objeto de maltrato y persecución por parte de Jairo Alberto Higuera Sandoval, quien de manera fraudulenta los ha despojado de sus bienes. Adujo que, incluso que, en virtud del apoyo que ha brindado a su hermana y sobrino, Jairo Alberto Higuera Sandoval presentó en su contra una queja disciplinaria, dado su condición de abogada. Asunto que conoció 13CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Boyacá, quien emitió providencia de terminación anticipada. Jairo Alberto Higuera Sandoval Dicho ciudadano mediante apoderado especial se opuso a las

la Comisión Seccional de Disciplina Judicial de Boyacá, quien emitió providencia de terminación anticipada. Jairo Alberto Higuera Sandoval Dicho ciudadano mediante apoderado especial se opuso a las pretensiones y refirió que, la tutela ha sido empleada como maniobra dilatoria para evitar la materialización de decisiones judiciales en firme; esta vez utilizando al hoy accionante, quien afirma, no es cierto que presente alguna discapacidad, sino solo episodios de epilepsia que no le generan incapacidad para trabajar. De otra parte, refirió que, en efecto, ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Paipa se tramitó el proceso verbal de simulación nº 2021-00163, donde actúa como demandante Alba Ligia Cruz Espitia y como demandados Jairo Alberto Higuera Sandoval y Deily Xiomara Cárdenas Sánchez. Proceso donde si bien se obtuvo sentencia de primera instancia favorable, la misma fue apelada y se encuentra en dicho trámite ante el Juzgado Primero Civil del Circuito de Duitama. Por tanto, la sentencia aún no se encuentra en firme. Así mismo indicó que, ante el Juzgado Primero Promiscuo Municipal de Paipa se tramitó proceso verbal reivindicatorio 2020-00126, donde obró como demandante Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez y demandados Alba Ligia Cruz Espitia y Jairo Alberto Higuera Sandoval. Asunto donde se ordenó la reivindicación del inmueble materia de controversia, decisión que fue confirmada por el Juzgado Segundo Civil

demandados Alba Ligia Cruz Espitia y Jairo Alberto Higuera Sandoval. Asunto donde se ordenó la reivindicación del inmueble materia de controversia, decisión que fue confirmada por el Juzgado Segundo Civil 14CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ del Circuito de Duitama. Es decir, se trata de un asunto donde sí existe decisión en firme. Destacó que, Alba Ligia Cruz Espitia siempre ha alegado derechos sobre el mencionado inmueble en calidad de presunta compañera de Jairo Alberto Higuera Sandoval (vendedor del inmueble), condición que no ha sido probada ni declarada por sentencia en firme. Así como que, la posesión la adquirió aquella ciudadana mediante “actos ilegales”. Refirió que, no es cierto que el hoy accionante DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ padezca de alguna discapacidad, pues su condición de salud es padecer epilepsia que no le impide ejercer alguna actividad laboral, ya que como él mismo lo manifiesta “desarrolla actividades en el club de chalanería como dueño”, que se suman al hecho de que, los certificados médicos que aporta corresponden cuando tenía 9, 11 y 12 años, siendo que actualmente tiene una edad mayor a 35 años. Así como que, tampoco es cierto que dependa económicamente de su progenitora Alba Ligia Cruz Espitia. Abogada Diana Patricia Quintero Rojas La profesional del derecho, quien actúa como apoderada de Deidy

como que, tampoco es cierto que dependa económicamente de su progenitora Alba Ligia Cruz Espitia. Abogada Diana Patricia Quintero Rojas La profesional del derecho, quien actúa como apoderada de Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez en el proceso reivindicatorio 2020-00126 indicó que, DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ no es parte, ni se ha vinculado como tercero afectado en ninguna de las actuaciones judiciales. 15CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ Refirió que, dicho ciudadano no puede ser tenido como una persona discapacitada, pues los documentos que aporta para acreditar dicha condición datan del año 1998. Además que, prueba de su capacidad es que “tiene un emprendimiento con un club de chanalería donde dicta clases”. Solicita se aclare la medida provisional decretada en el auto que avocó el conocimiento, por cuanto allí se dispone la suspensión de diligencia de entrega de inmueble previsto en la querella de perturbación a la posesión radicada 774/2020. Sin embargo, aclara que, dicha diligencia de entrega de inmueble fue dispuesta en el proceso reivindicatorio 2020-00126 promovido por Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez contra Alba Ligia Cruz Espitia y Jairo Alberto Higuera Sandoval y para ello, se comisionó a la Inspección de Policía de Paipa. CONSIDERACIONES De conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 1º del

Higuera Sandoval y para ello, se comisionó a la Inspección de Policía de Paipa. CONSIDERACIONES De conformidad con lo establecido en el numeral 5 del artículo 1º del Decreto 333 de 2021, que modificó el canon 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, es competente esta Sala para pronunciarse sobre la presente demanda, en tanto ella involucra a la Sala Única del Tribunal Superior de Santa Rosa de Viterbo. En el presente asunto, se distingue dos escenarios constitucionales que serán abordados de manera separada, por ameritar decisiones distintas. El primero, comprende la inconformidad del accionante en la definición de 16CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ los procesos, en especial los asuntos civiles en que ha sido parte su progenitora Alba Ligia Cruz Espitia. El segundo, corresponde a la medida de desalojo del inmueble. De la definición de los procesos donde ha sido parte Alba Ligia Cruz Espitia Frente a este punto, la Sala anticipa que declarará improcedente el amparo, porque DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ carece de legitimidad para promover la acción de tutela. La acción de tutela está consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política para que, mediante un procedimiento preferente y sumario, se protejan los derechos fundamentales cuando resulten transgredidos o amenazados por la acción u omisión de las autoridades

Constitución Política para que, mediante un procedimiento preferente y sumario, se protejan los derechos fundamentales cuando resulten transgredidos o amenazados por la acción u omisión de las autoridades públicas o de los particulares, en los casos establecidos en la ley, a falta de otro medio de defensa judicial, a menos que se esté frente a un perjuicio irremediable que la haga procedente como mecanismo transitorio. La informalidad se constituye uno de los principios fundamentales que regulan el trámite de tutela; sin embargo, los artículos 10 y 13 del Decreto 2591 de 1991 indican que, tanto para la formulación de la tutela, como para la intervención en el curso de la misma, constituye un requisito indispensable tener legitimidad que valide dicha intervención. Dichas normas dotan de la facultad legal al Defensor de Pueblo y a personeros municipales para presentar el amparo, además de establecer que se podrán agenciar derechos de un tercero cuando el afectado no esté en 17CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ condiciones de procurar su defensa y también que el interesado podrá concurrir a través de apoderado judicial. En el caso concreto, a partir de la lectura contextualizada de la demanda de tutela y las intervenciones de las autoridades judiciales accionadas y vinculadas como terceros, es claro que, DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ no es parte en los procesos fundamento de esta acción de tutela, esto es, ni en el reivindicatorio nº

LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ no es parte en los procesos fundamento de esta acción de tutela, esto es, ni en el reivindicatorio nº 155164089001-2020-00126, ni en el de simulación nº 155164089001202100163, ni en ninguna de las otros civiles y penales promovidos. Por el contrario, como se detalla en las intervenciones contenidas en el acápite anterior, en todas las actuaciones han fungido como parte Alba Ligia Cruz Espitia -progenitora del hoy accionante-, Jairo Alberto Higuera Sandoval y Jairo Alberto Higuera Sandoval. Sobre ese hilo conductor, es claro que, la titular del derecho y, por ende, la legitimada para acudir en tutela y ventilar las presuntas irregularidades en las actuaciones judiciales, recae en cabeza de Alba Ligia Cruz Espitia, quien ha estado representada por apoderados judiciales por ella designados. Es decir, Alba Ligia Cruz Espitia no está amparado por alguna situación especial que le impida ejercer sus derechos y, por ende, promover directamente acción de tutela, para discutir la legalidad de lo resuelto en dichos procesos. 18CUI 11001023000020240043400 Tutela de primera instancia Nº 137006 DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ En ese orden de ideas, frente a este punto, se declarará improcedente el amparo invocado por DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ, por falta de legitimación por activa. De la medida de entrega de inmueble Frente a este punto, DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ

el amparo invocado por DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ, por falta de legitimación por activa. De la medida de entrega de inmueble Frente a este punto, DANIEL LEONARDO CASTAÑEDA CRUZ acude con fundamento en que él será afectado con la medida de entrega del inmueble, pues reside en este y refiere padecer una discapacidad que lo hace un sujeto de especial protección constitucional. Sobre este aspecto, se partirá por señalar que, en torno a este aspecto, sí es posible predicar la existencia de legitimidad e interés, pues dicho ciudadano afirma que la materialización de la medida entrega del inmueble afectará sus derechos. Ahora bien, a partir de la intervención de las autoridades judiciales y partes convocadas como accionadas y terceros con interés legítimo para intervenir, se logró establecer que la diligencia de entrega del inmueble identificado con la matrícula inmobiliaria FMI 074-019950 ubicado en el municipio de Paipa, proviene del proceso reivindicatorio nº 1551640890012020-00126 promovido por Deidy Xiomara Cárdenas Sánchez contra Alba Ligia Cruz Espitia y Jairo Alberto Higuera Sandoval, más no de alguna querella policial, como se entendió indicialmente del contenido de la demanda de tutela y sus anexos. En dicho proceso, existe una sentencia ejecutoriada que dis

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