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CSJ - STP7994-2026

Corte Suprema de Justicia

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Detalles

Título
CSJ - STP7994-2026
Autor
Corte Suprema de Justicia
Categoría
Jurisprudencia
Área del derecho
Penal
Año
2026

CUI 11001020400020250342900 Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

CARLOS ROBERTO SOLÓRZANO GARAVITO

Magistrado Ponente

STP7994-2026 Radicación n.° 151444 Acta 136

Bogotá, D.C., treinta (30) de abril de dos mil veinti séis (2026).

I. ASUNTO

1. Según las directrices que la Corte Constitucional impartió a esta Sala en auto 1896 del 26 de noviembre de 2025, emite el fallo que en derecho corresponde frente a la demanda de tutela presentada por el apoderado de ANDRÉS

ARANGO ZAPATA , MARÍA VICTORIA DUQUE YEPEZ ,

CARLOS EDUARDO FRANCO MUÑOZ, HERNEY BORRERO

HINCAPIÉ, NATALIA ELIZABETH RUIZ CERQUERA ,CUI 11001020400020250342900

Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

2

KATHERINE GARZÓN PATI ÑO, SERGIO ANDRÉS

MANJARRES MAESTRE , VÍCTOR HUGO ARTURO

OROZCO, MARÍA CRISTINA CASAS PIEDRAHITA ,

VICTORIA EUGENIA ALZATE MARTÍNEZ , MÓNICA

CUERVO JIMÉNEZ, MÓNICA SUÁREZ GUTIÉRREZ, ASLEY

CRISELL CAICEDO MATEUS , DIANA CAROLINA GÓMEZ

AGUIRRE, JAVIER ANDRÉS CORREA QUICENO y MARÍA

CUERVO JIMÉNEZ, MÓNICA SUÁREZ GUTIÉRREZ, ASLEY

CRISELL CAICEDO MATEUS , DIANA CAROLINA GÓMEZ AGUIRRE, JAVIER ANDRÉS CORREA QUICENO y MARÍA TERESA GARCÍA RIOFRIO contra numerosos juzgados de los distritos judiciales de Buga y Popayán, por la supuesta vulneración de sus derechos fundamentales a la dignidad humana, igualdad, honra, buen nombre, debido proceso y libertad.

II. ANTECEDENTES

2. De los documentos que figuran en el expediente, se observa que el 15 de mayo de 2025, Fabio Andrés Madrid García, quien adujo actuar en calidad de apoderado judicial de las catorce personas que , según manifestó, para ese momento, o previamente, prestaban sus servicios profesionales a la EPS Servicio Occidental de Salud S.A. 1 , promovió acción de tutela en contra de la Fiscalía General de

1 (i) Víctor Hugo Arturo Orozco, Gerente Regional Cali; (ii) Mónica Suárez Gutiérrez, Coordinadora Sede Cartago; (iii) Mónica Cuervo Jiménez, Coordinadora Sede Cauca; (iv) Victoria Eugenia Álzate Martínez, Coordinadora sede Buga; (v) Asley Crisell Caicedo Mateus, Coordinador sede Palmira; (vi) Sergio Andrés Manjarrez Maestre – Gerente de Estrategia Territorial; (vii) Katherine Garzón Patiño, Abogada de procesos judiciales; (viii) Herney Borrero Hincapié, Abogado de Relaciones Laborales; (ix) Andrés Arango Za pata, Gerente de Experiencia al usuario; (x) María Cristina Casas

judiciales; (viii) Herney Borrero Hincapié, Abogado de Relaciones Laborales; (ix) Andrés Arango Za pata, Gerente de Experiencia al usuario; (x) María Cristina Casas Piedrahita, Jefe sede Risaralda; (xi) María Teresa García Riofrio, Jefe sede Buenaventura; (xii) María Victoria Duque Yépez, Directora Comercial; (xiii) Natalia Elizabeth Ruiz Cerquera, Segundo Suplente del Gerente y Representante legal y; (xiv) Javier Andrés Correa Quiceno, Gerente General del 15 de abril de 2021 al 18 de abril de 2022.CUI 11001020400020250342900 Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

3 la Nación, la Policía Nacional, el Consejo Superior de la Judicatura, diversos Tribunales Superiores de distritos judiciales y numerosos juzgados de distintas categorías y especialidades2. A este asunto le correspondió el radicado n.° 11001023000020250045700.

2 En concreto: el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cali, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Pereira, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán y de los siguientes juzgados: Juzgado 015 Civil Municipal de Oralidad de Cali; Juzgado 001 Promiscuo Municipal de La Unión; Juzgado 001 Civil Municipal de Cartago; Juzgado 001 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Cali; Juzgado 001 Penal Municipal con Función de Control de Garantías (frente a este despacho la parte accionante no especificó el municipio) Juzgado 001 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Buga; Juzgado 001 Penal Para Adolescentes con

001 Penal Municipal con Función de Control de Garantías (frente a este despacho la parte accionante no especificó el municipio) Juzgado 001 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Buga; Juzgado 001 Penal Para Adolescentes con Función de Control de Garantías Municipal de Palmira; Juzgado 001 Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Pereira; Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Villa Rica; Juzgado 001 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali; Juzgado 002 Civil Municipal de Ejecución Sentencias de Cali; Juzgado 002 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Cali; Juzgado 002 Municipal de Pe queñas Causas y Competencia Múltiple de Popayán; Juzgado 002 Penal Municipal de Pereira; Juzgado 002 Penal Municipal de Popayán; Juzgado 002 Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Palmira; Juzgado 003 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Cali; Juzgado 003 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Buga; Juzgado 0033 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali; Juzgado 004 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali; Juzgado 004 de Pequeñas Causas y Competenc ia Múltiple de Cali; Juzgado 004 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Cali; Juzgado 005 Civil Municipal de Tuluá; Juzgado 005 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Cali; Juzgado 005 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Buga; J uzgado 006 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Casa de Justicia Cali; Juzgado 006 Municipal de

Municipal con Función de Control de Garantías de Buga; J uzgado 006 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple Casa de Justicia Cali; Juzgado 006 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Cali; Juzgado 006 Penal Municipal de Popayán; Juzgado 007 Civil Municipal de Ejecución de Sentencia de Cali; Juzgado 007 Civil Municipal de Tuluá; Juzgado 007 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiple de Cali; Juzgado 008 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali; Juzgado 008 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Popayán; Juzgado 009 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali; Juzgado 001 Administrativo Oral del Circuito de Cali; Juzgado 001 Civil Municipal de Cali; Juzgado 001 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Cali; Juzgado 001 Penal Municipal de Pereira; Juzgado 001 Pequeñas Causas y Competencias Múltiple de Tuluá; Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Rosas; Juzgado 010 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali; Juzgado 010 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiples de Cali; Juzgado 011 de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Cali; Juzgado 011 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado 013 Civil Municipal de Medellín; Juzgado 014 Familia del Circuito de Cali; Juzgado 015 Penal Municipal de Cali; Juzgado 019 Penal de Cali con Funciones de Conocimi ento; Juzgado 002 Civil Municipal de Guadalajara Buga; Juzgado 002 Civil Municipal de

Municipal de Cali; Juzgado 019 Penal de Cali con Funciones de Conocimi ento; Juzgado 002 Civil Municipal de Guadalajara Buga; Juzgado 002 Civil Municipal de Menor Cuantía de Popayán; Juzgado 002 de Pequeñas Causas Laborales de Pereira; Juzgado 002 de Pequeñas Causas y de Competencia Múltiple de Pereira; Juzgado 002 Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Cali; Juzgado 002 Penal Municipal con Funciones Mixtas de Puerto Tejada; Juzgado 021 Administrativo Oral del Circuito de Cali; Juzgado 021 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Medellín; Juzgado 023 Penal Municipa l con Función de Conocimiento de Cali; Juzgado 024 Civil Municipal de Cali; Juzgado 025 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado 027 Penal Municipal con Funciones Control de Garantías de Cali; Juzgado 032 Penal Municipal con Funciones de Control de Garantías de Cali;CUI 11001020400020250342900 Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

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Juzgado 035 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Cali; Juzgado 037 Civil Municipal de Cali; Juzgado 006 Civil Municipal de Ejecución de Sentencias de Cali; Juzgado 006 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Tuluá; Juzgado 007 Labo ral Municipal de Pequeñas Causas de Cali; Juzgado 007 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Armenia; Juzgado 008 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Pereira; Juzgado 11 de Pequeñas Causas y

Municipal con Funciones de Conocimiento de Armenia; Juzgado 008 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Pereira; Juzgado 11 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cali; Juzgado 01 1 Penal del Circuito con Función Conocimiento de Cali; Juzgado 012 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Pereira; Juzgado 021 Laboral Circuito de Cali; Juzgado 035 Civil Municipal de Oralidad de Cali; Juzgado 036 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado 038 Civil Municipal de Cali; Juzgado Administrativo 004 Oralidad de Ibagué; Juzgado Civil Municipal 009 de Pereira; Juzgado de Circuito 001 Laboral de Cali; Juzgado del Circuito 001 Penal Especializado de Cali; Juzgado de Circuito 003 Penal de Tuluá; Juzgado de Circuito 022 Penal con Función de Conocimiento de Cali; Juzgado de Pequeñas Causas y Competencia Múltiple de Tuluá; Juzgado Laboral Municipal Pequeñas Causas 002 de Pereira; Juzgado Municipal 001 Civil de Dosquebradas; Juzgado Municipal 001 Civil de Palmira; Juzgado Municipal 001 Civil de Pereira; Juzgado Municipal 001 Civil de Puerto Tejada; Juzgado Municipal 001 Civil de Santa Rosa de Cabal; Juzgado Municipal 001 Civil de Santander de Quilichao; Juzgado Municipal 001 Civil de Tuluá; Juzgado Municipal 001 Penal con Función de Control de Garantías de Cartago; Juzgado Municipal 001 Penal con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 001 Penal con Función de Control de Garantías de Popayán; Juzgado M unicipal 001 Penal de Buga; Juzgado

Control de Garantías de Cartago; Juzgado Municipal 001 Penal con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 001 Penal con Función de Control de Garantías de Popayán; Juzgado M unicipal 001 Penal de Buga; Juzgado Municipal 001 Penal de Dosquebradas; Juzgado Municipal 001 Penal de Santa Rosa de Cabal; Juzgado Municipal 001 Penal de Tuluá; Juzgado Municipal 001 Penal Para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Buga; Ju zgado Municipal 001 Penal Para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 001 Penal Para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Bugalagrande; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Caldono; Juzgado Municipal 01 Promiscuo de Caloto; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Candelaria; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Cerrito; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de El Tambo; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Guachené; Juzgado Munic ipal 001 Promiscuo de Jamundí; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Marsella; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Restrepo; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Rosas; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Versalles; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Vijes; Juzga do Municipal 001 Promiscuo de Villarrica; Juzgado Municipal 001 Promiscuo de Yotoco; Juzgado Municipal 002 Civil de Cali; Juzgado Municipal 002 Civil de Cartago; Juzgado Municipal 002 Civil de Palmira; Juzgado Municipal 002 Civil de Pereira;

Juzgado Municipal 002 Civil de Cali; Juzgado Municipal 002 Civil de Cartago; Juzgado Municipal 002 Civil de Palmira; Juzgado Municipal 002 Civil de Pereira; Juzgado Municipal 002 Civil de Santa Rosa de Cabal; Juzgado Municipal 002 Civil de Santander de Quilichao; Juzgado Municipal 002 Penal Con Función de Conocimiento de Cartago; Juzgado Municipal 002 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 002 Penal con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 002 Penal de Dosquebradas; Juzgado Municipal 002 Penal de Puerto Tejada; Juzgado Municipal 002 Penal de Santander de Quilichao; Juzgado Municipal 002 Penal Para Adolescentes con Funció n de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 002 Promiscuo de Candelaria; Juzgado Municipal 002 Promiscuo de El Cerrito; Juzgado Municipal 002 Promiscuo de Silvia; Juzgado Municipal 003 Civil de Buga; Juzgado Municipal 003 Civil de Cali; Juzgado Municipal 003 Civil de Dosquebradas; Juzgado Municipal 003 Civil de Pereira; Juzgado Municipal 003 Penal con Función de Control de Garantías de Buga; Juzgado Municipal 003 Penal con Función de Control de Garantías de Palmira; Juzgado Municipal 003 Penal Para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 003 Penal Para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 003 Promiscuo de Jamundí; Juzgado Municipal 004 Civil de Cali; Juzgado Municipal 0 04 Penal Con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 004 Penal Para Adolescentes con Función de Control de

de Pereira; Juzgado Municipal 003 Promiscuo de Jamundí; Juzgado Municipal 004 Civil de Cali; Juzgado Municipal 0 04 Penal Con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 004 Penal Para Adolescentes con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 005 Civil de Buenaventura; Juzgado Municipal 005 Civil de Cali; Juzgado Municipal 005 Civi l de Pereira; Juzgado Municipal 005CUI 11001020400020250342900 Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

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3. La solicitud de amparo se invocó frente a los derechos fundamentales al debido proceso, a la libertad, a la

Civil de Tuluá; Juzgado Municipal 005 Penal con Función de Control de Garantías de Buenaventura; Juzgado Municipal 005 Penal con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 005 Penal de Palmira; Juzgado Municipal 006 Civil de Cali; Juzgado Municipal 006 Civil de Palmira; Juzgado Municipal 006 Civil de Pereira; Juzgado Municipal 006 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 006 Penal con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 007 Civil de Ca li; Juzgado Municipal 007 Civil de Pereira; Juzgado Municipal 007 Penal con Función de Conocimiento de Cali; Juzgado Municipal 007 Penal con Función de Control de Garantías de Palmira; Juzgado Municipal 007 Penal con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 008 Civil de Cali; Juzgado Municipal 008 Civil de Pereira; Juzgado Municipal 008 Penal con Función

Penal con Función de Control de Garantías de Palmira; Juzgado Municipal 007 Penal con Función de Control de Garantías de Pereira; Juzgado Municipal 008 Civil de Cali; Juzgado Municipal 008 Civil de Pereira; Juzgado Municipal 008 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 009 Civil de Cali; Juzgado Municipal 010 Penal con Función de Conocimiento de Cali; Juzgado Municipal 011 Civil de Cali; Juzgado Municipal 012 Civil de Cali; Juzgado Municipal 014 Civil de Cali; Juzgado Municipal 014 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 015 Civil de Cali; Juzgado Municipal 016 Civil de Cal i; Juzgado Municipal 016 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 017 Civil de Cali; Juzgado Municipal 017 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 018 Civil de Cali; Juzgado Municipal 019 Civil de Ca li; Juzgado Municipal 019 Penal de Cali; Juzgado Municipal 020 Civil de Cali; Juzgado Municipal 020 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 021 Civil de Cali; Juzgado Municipal 021 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 022 Civil de Cali; Juzgado Municipal 023 Civil de Cali; Juzgado Municipal 023 Penal de Cali; Juzgado Municipal 024 Civil de Cali; Juzgado Municipal 024 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 025 Civil de Cali; Juzgado Municipal 026 Civil de Cali; Juzgado Municipal 026 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 027 Civil de Cali;

025 Civil de Cali; Juzgado Municipal 026 Civil de Cali; Juzgado Municipal 026 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 027 Civil de Cali; Juzgado Municipal 028 Civil de Cali; Juzgado Municipal 028 Penal con Función de Control de Garantías d e Cali; Juzgado Municipal 029 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 031 Civil de Cali; Juzgado Municipal 031 Penal con Función de Control de Garantías de Cali; Juzgado Municipal 032 Civil de Cali; Juzgado Municipal 033 Civil de Cali; Juzgado Municipal 034 Civil de Cali; Juzgado Municipal 035 Civil de Cali; Juzgado Penal con Función de Control de Garantías 003 de Guadalajara de Buga; Juzgado Penal Municipal con Función de Conocimiento 01 de Cali; Juzgado Penal Municipal con Función de Conocimiento 003 de Pereira; Juzgado Penal Municipal con Función de Conocimiento 04 de Cali; Juzgado Penal Municipal con Función de Control de Garantías 001 de Dosquebradas; Juzgado Penal Municipal Con función de Control de Garantías 007 de Pereira ; Juzgado Penal Municipal 002 de Cali; Juzgado Penal Municipal 003 de Popayán; Juzgado Penal Municipal 004 de Tuluá; Juzgado Penal Municipal 010 de Cali; Juzgado Penal Municipal 017 de Cali; Juzgado Penal Para Adolescentes con Función de Control de Garantí as 001 de Guadalajara de Buga; Juzgado Penal Para Adolescentes con Función de Control de Garantías 001 de Popayán, Juzgado Penal Para Adolescentes con Función de Control de Garantías 006 de Cali, Juzgado Primero Promiscuo Municipal de El Tambo; Juzgado Promiscuo Municipal 001 de Candelaria;

Para Adolescentes con Función de Control de Garantías 006 de Cali, Juzgado Primero Promiscuo Municipal de El Tambo; Juzgado Promiscuo Municipal 001 de Candelaria; Juzgado Promiscuo Municipal 002 de Candelaria; Juzgado Segundo Penal Municipal con Funciones Mixtas de Dosquebradas; Juzgado 007 Penal Municipal con Función de Control de Garantías de Tuluá; Juzgado 003 Civil Municipal de Cali; Juzgado 003 Civil Municipal de Jamundí; Juzgado 003 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Cali; Juzgado 003 de Pequeñas Causas y Competencias Múltiples de Popayán; Juzgado 013 Penal Municipal con Función de Conocimiento de Pereira y Juzgado 013 Penal Municipal con Funciones de Conocimiento de Popayán.CUI 11001020400020250342900 Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

6 igualdad, al buen nombre, a la honra y a la dignidad humana de sus poderdantes, sobre quienes recaerían sanciones personales y patrimoniales, como lo son órdenes de arresto, embargos salariales y cobros coactivos , por haber fungido como representantes legales de la EPS SOS.

4. En concreto, indica el apoderado que la EPS ha venido enfrentando: (i) una crisis estructural de orden financiero, administrativo, jurídico y técnico -científico, que motivó la adopción sucesiva de medidas de vigilancia especial, programas de recuperación e intervención forzosa de la Superintendencia Nacional de Salud ; y (ii) 53.963 acciones de tutela interpuestas en su contra entre 2023 y 2025 y sus

motivó la adopción sucesiva de medidas de vigilancia especial, programas de recuperación e intervención forzosa de la Superintendencia Nacional de Salud ; y (ii) 53.963 acciones de tutela interpuestas en su contra entre 2023 y 2025 y sus consecuentes incidentes de desacato, en un contexto en el que cuenta con serias limitaciones que impedirían atender oportunamente las órdenes proferidas en los fallos constitucionales.

5. Bajo ese entendido , asegura que sus representados carecen de legitimación en la causa por pasiva para responder por sanciones derivadas del incumplimiento de fallos de t utela, puesto que, o no tienen cómo acatar lo ordenado o ya no se encuentran vinculados laboralmente con la EPS.

6. En la misma línea, alega que, ante la imposibilidad de atender a los requerimientos de los jueces constitucionales, la finalidad de los trámites incidentales se ha desnaturalizado al punto que correspondería aplicar elCUI 11001020400020250342900

Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

7 precedente jurisprudencial fijado por la Corte Constitucional en las sentencias T-1234 de 2008 y T-315 de 2020.

7. Con motivo de lo anterior, solicitó: (i) amparar los derechos fundamentales invocados; (ii) suspender -por el término de un año luego de surtido el trámite de notificaciónlas sanciones de arresto y multa impuestas en los incidentes de desacato, con el fin de permitir que la EPS SOS estabilice su operación y cumpla las órdenes de tutela represadas; y (iii)

las sanciones de arresto y multa impuestas en los incidentes de desacato, con el fin de permitir que la EPS SOS estabilice su operación y cumpla las órdenes de tutela represadas; y (iii) levantar las medidas cautelares sobre los salarios y cuentas bancarias de sus representados.

8. Por otro lado, como medida provisional, pidió suspender de manera general las sanciones derivadas de los amparos concedidos por los despachos judiciales accionados.

9. El conocimiento del asunto fue repartido a esta Sala de Decisión de Tutelas que, mediante auto del 27 de mayo de 2025, rechazó las demandas interpuestas en contra de los Tribunales Superiores de Cali, Pereira y Popayán y dispuso la escisión del trámite respecto de las restantes, ordenando su remisión a las autoridades que serían competentes para conocerlas, de conformidad con las reglas de reparto establecidas en el Decreto 1069 de 2015, modificado por los Decretos 1983 de 2017 y 333 de 2021.

10. Como consecuencia de lo anterior, algunos de los despachos judiciales a los cuales se remitieron los asuntos escindieron fracciones de estos, y otros, se abstuvieron deCUI 11001020400020250342900

Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

8 avocar conocimiento de las diligencias, propusieron conflictos de competencia y los remitieron a la Corte Constitucional para que los dirimiera.

11. En auto 1896 del 26 de noviembre de 2025, la Sala Plena del Alto Tribunal dirimió los conflictos aparentes de

conflictos de competencia y los remitieron a la Corte Constitucional para que los dirimiera.

11. En auto 1896 del 26 de noviembre de 2025, la Sala Plena del Alto Tribunal dirimió los conflictos aparentes de competencia suscitados entre esta Sala y otras autoridades judiciales.

12. Al resolver lo propio, concluyó que « la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia debía asumir y tramitar la acción de tutela frente a la totalidad de las partes accionadas». En sustento de dicha tesis, sostuvo que las pautas de reparto en materia de tutela no son reglas de competencia y que la acción de amparo es inescindible.

13. Dicho lo anterior, aclaró que:

… en el asunto de la referencia no es posible que la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia tramite la decisión de fondo frente a la totalidad de los accionados, pues la acción de tutela fue remitida a múltiples oficinas judiciales y, luego d el reparto, algunos despachos han proferido sentencias, se han impugnado decisiones o, en otros casos, algunas de estas fracciones fueron remitidas a la Corte Constitucional con el fin de que se defina la autoridad competente para asumir su conocimiento. (…)

En ese contexto, si bien la fracción que conservó la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia con la escisión inicial de la tutela, fue objeto de rechazo por parte de la referida autoridad mediante el auto del 27 de mayo de 2025, ello no impide que los demás expedientes, surgidos de la misma escisión, deban

inicial de la tutela, fue objeto de rechazo por parte de la referida autoridad mediante el auto del 27 de mayo de 2025, ello no impide que los demás expedientes, surgidos de la misma escisión, deban ser devueltos a dicha autoridad, por lo que corresponde a dichaCUI 11001020400020250342900 Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

9 autoridad asumir el estudio y adoptar la decisión de fondo que haya lugar respecto de las fracciones procesales que permanecen pendientes.

14. Luego, y para lo que interesa al presente a sunto, identificó sobre cuáles de las fracciones escindidas que conoció no se han emitido fallos y debía esta Sala, en consecuencia, impartir trámite . Para ello, presentó la

siguiente tabla:

EXPEDIENTE CONCLUSIÓN

FRACCIONES ESCINDIDAS REMITIDAS A LA CORTE CONSTITUCIONAL EN LAS CUALES NO SE HAN EMITIDO DECISIONES ICC-5089 La autoridad judicial a la cual fue repartida con ocasión a la escisión (Sala de Decisión Penal en Sede Constitucional del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga) trabó el conflicto y remitió el asunto a esta Corporación previo a la admisión del trámite. ICC-5097 Una vez realizadas las escisiones por parte de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán una de las fracciones correspondió al Juzgado 002 Civil del Circuito Santander de Quilichao (Ca uca), autoridad que se abstuvo de asumir el conocimiento del trámite y

Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán una de las fracciones correspondió al Juzgado 002 Civil del Circuito Santander de Quilichao (Ca uca), autoridad que se abstuvo de asumir el conocimiento del trámite y remitió el asunto a la Corte. ICC-5100 Una vez realizadas las escisiones por parte de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán, el Juzgado 002 Promiscuo de Familia del Circuito de Santander de Quilichao recibió una de las fracciones escindidas frente a la cual decidió no avocar el conocimiento y remitió el expediente a la Corte Constitucional. ICC-5101 Una vez realizadas las escisiones por parte de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán, el Juzgado 001 Penal del Circuito de Santander de Quilichao recibió una de las fracciones escindidas frente a la cual decidió no avocar el conocimiento y remitió el expediente a la Corte Constitucional.CUI 11001020400020250342900 Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

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15. De otro lado, el Tribunal Constitucional validó la escisión frente a las partes procesales de las que no conoc ía el estado actual del trámite , con la finalidad de evitar dilaciones injustificadas que puedan afectar el acceso a la administración de justicia de los accionantes.

16. En este contexto, remitió los expedientes ICC-5089,

el estado actual del trámite , con la finalidad de evitar dilaciones injustificadas que puedan afectar el acceso a la administración de justicia de los accionantes.

16. En este contexto, remitió los expedientes ICC-5089, ICC-5097, ICC-5100, ICC-5101, ICC-5102, “20250006600” y “20250023400” a la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia para que los tramitara y adoptara la

decisión a que haya lugar. Además, dispuso:

SEGUNDO: DEJAR SIN EFECTOS el auto proferido el 28 de agosto de 2025 emitido por el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga - Sala de Decisión Penal en Sede Constitucional, en el marco de expediente “20250019300”.

TERCERO: REMITIR los expedientes “20250019300” y “20250031400” a las Salas de Decisión Penal en Sede Constitucional y de Decisión Constitucional del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga para que, de manera inmediata, tramite y adopte la decisión en segunda instancia a que haya lugar.

ICC-5102 Posterior a las escisiones por parte de la Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia y del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Popayán, el Juzgado Promiscuo de Familia del Circuito de Caloto recibió una de las fracciones del proceso. Al respecto, se abstuvo de avocar su conocimiento y ordenó la remisión del expediente a esta Corporación. “20250006600” Una vez reciba una parte procesal, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga - Sala de Decisión Penal se abstuvo de avocar el asunto y remitió el asunto a esta Corporación.

a esta Corporación. “20250006600” Una vez reciba una parte procesal, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga - Sala de Decisión Penal se abstuvo de avocar el asunto y remitió el asunto a esta Corporación. “20250023400” Tras recibir una parte procesal escindida, el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Buga - Sala Singular de Decisión Civil Familia se abstuvo de avocar el asunto y remitió el asunto a esta Corporación.CUI 11001020400020250342900 Número interno 151444 Tutela primera instancia EPS Servicio Occidental en Salud S.A.

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CUARTO: DEVOLVER el expediente ICC -5090 al Juzgado 004

Penal del Circuito de Conocimiento de Cali para su archivo, por las razones expuestas en esta providencia. (…).

17. Mediante auto del 23 de enero de 2026, esta Sala advirtió que , de conformidad con lo dispuesto por la Alta Corte, le correspondería pronunciarse sobre la presunta vulneración de los derechos fundamentales de los accionantes por parte de las autoridades frente a las cuales no se ha emitido decisión alguna, toda vez que los despachos judiciales a los que les fue repartido el asunto previa escisión se abstuvieron de asumir el conocimiento del mismo y propusieron el referido conflicto.

18. Revisados los expedientes remitidos, identificó que ello comprendía a: (i) los juzgados accionados que pertenecen al distrito judicial de Buga (ICC -5089, 20250006600, 20250023400); (ii) los juzgados 001 y 002 civiles municipales de Santander de Quilichao – Cauca (ICC -5097); (iii) al

al distrito judicial de Buga (ICC -5089, 20250006600, 20250023400); (ii) los juzgados 001 y 002 civiles municipales de Santander de Quilichao – Cauca (ICC -5097); (iii) al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Caldono – Cauca (ICC5100); (iv) al Juzgado 002 Penal Municipal de Santander de Quilichao – Cauca (ICC-5101); (v) al Juzgado 001 Promiscuo Municipal de Caloto y; (vi) al Juzgado Promi

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