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CTCP - Concepto 2025-0200 de 2025

Consejo Técnico de la Contaduría Pública

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Detalles

Título
CTCP - Concepto 2025-0200 de 2025
Autor
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Fiscal
Año
2025

CONSEJO TÉCNICO DE LA

CONTADURÍA PÚBLICA

Calle 13 Nº 28 – 01 Piso 6 / Bogotá, Colombia Código Postal 110311 Conmutador (601) 606 7676 – Línea Gratuita 01 8000 958283

Email: consultasctcp@mincit.gov.co

www.ctcp.gov.co

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Bogotá, D.C.,

Señor (a) Luis Eduardo Peña C.

E-mail: lusebas21@hotmail.com

REFERENCIA No. del Radicado 1-2025-022412 Fecha de Radicado 10 de julio de 2025 Nº de Radicación CTCP 2025-0200 Tema Inhabilidad del contador en PH

CONSULTA (TEXTUAL)

“Actualmente soy contador publico en un conjunto residencial en el cual realizó mis funciones de analisis y registro de la información contable y genero los informes financieros mensualmente, entre los miembros del consejo de administracion elegidos por la asamblea general se encuentra mi pareja sentimental quien obra como consejera principal con voz y voto, Agradezco me indiquien si existe conflicto de intereses que no me permita obrar con independencia mental y/o profesional en el cargo que desempeño o si existe algun tipo de inhabilidad que no permitan ejercer dicho cargo”.

RESUMEN:

No existe una prohibición expresa que impida que un contador público ejerza sus funciones como preparador de la información financiera en una propiedad horizontal cuando un familiar suyo haga parte del consejo de administración. No obstante, el profesional debe evaluar si dich a relación afecta su independencia y objetividad,

funciones como preparador de la información financiera en una propiedad horizontal cuando un familiar suyo haga parte del consejo de administración. No obstante, el profesional debe evaluar si dich a relación afecta su independencia y objetividad, conforme al Código de Ética incorporado en el Decreto Único Reglamentario 2420 de

2015. Si la amenaza identificada no puede ser mitigada mediante el uso de salvaguardas adecuadas, el contador deberá abstenerse de aceptar o continuar con el encargo.

CONSIDERACIONES Y CONCEPTO

El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) , en su calidad de organismo permanente de normalización técnica de Normas de Contabilidad , Información Financiera y Aseguramiento de la Información, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y conforme a las disposiciones legales vigentes, principalmente las contempladas en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009 y los decretos que la s desarrollan, procede a dar respuesta a la consulta de manera general, sin pretender resolver casos particulares, en los siguientes términos:CONSEJO TÉCNICO DE LA

CONTADURÍA PÚBLICA

Calle 13 Nº 28 – 01 Piso 6 / Bogotá, Colombia Código Postal 110311 Conmutador (601) 606 7676 – Línea Gratuita 01 8000 958283

Email: consultasctcp@mincit.gov.co

www.ctcp.gov.co

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En respuesta a una consulta similar, el CTCP emitió el concepto 2025-0106 sobre “Inhabilidad del contador en PH”, en el que manifestó lo siguiente:

www.ctcp.gov.co

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En respuesta a una consulta similar, el CTCP emitió el concepto 2025-0106 sobre “Inhabilidad del contador en PH”, en el que manifestó lo siguiente:

“No se observa una prohibición expresa en la normatividad vigente que impida a un contador público ejercer sus funciones como preparador de la información financiera en una propiedad horizontal cuando un familiar forma parte del consejo de administración.

Sin embargo, de acuerdo con el artículo 42 de la Ley 43 de 1990 y el “Anexo técnico compilatorio y actualizado 4-2019 de las normas de aseguramiento de la información” del DUR 2420 de 2015, el profesional debe evaluar si la relación familiar puede afectar el libre y correcto ejercicio de la profesión, así como su independencia y objetiv idad. Este profesional deberá tener y demostrar absoluta independencia en el ejercicio de su juicio profesional, especialmente , cuando existan circunstancias que puedan generar amenazas a dicha independencia.

El Código de Ética establece que deben identificarse y evaluarse amenazas a los principios fundamentales, tales como: integridad, objetividad, competencia profesional y debida diligencia, confidencialidad y comportamiento profesional.”

Ahora bien, una relación una relación personal estrecha puede generar una amenaza de familiaridad, que debe ser mitigada con salvaguardas apropiadas. Es importante que el contador evalúe si existen salvaguardas que puedan eliminar o reducir la amenaza a un nivel aceptable, en la independencia. Si no es posible eliminar o reducir la amenaza a un nivel aceptable, el contador deberá abstenerse de aceptar o continuar con el encargo profesional.

nivel aceptable, en la independencia. Si no es posible eliminar o reducir la amenaza a un nivel aceptable, el contador deberá abstenerse de aceptar o continuar con el encargo profesional.

En los términos expuestos, se absuelve la consulta, señalando que este organismo se ha basado exclusivamente en la informa ción proporcionada por el peticionario. Los efectos de este concepto se encuentran enunciados en el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011.

Cordialmente,

Sandra Consuelo Muñoz Moreno Consejera – CTCP

Proyectó: Michel Julieth Herrán Saldaña Consejero Ponente: Sandra Consuelo Muñoz Moreno Revisó y aprobó: Sandra Consuelo Muñoz Moreno / Jimmy Jay Bolaño Tarrá / Jairo Enrique Cervera Rodríguez / Jorge Hernando Rodríguez

Herrera

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