CTCP - Concepto 2025-0284A de 2025
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
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Detalles
- Título
- CTCP - Concepto 2025-0284A de 2025
- Autor
- Consejo Técnico de la Contaduría Pública
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2025
CONSEJO TÉCNICO DE LA
CONTADURÍA PÚ BLICA
Calle 13 N.º 28 – 01 Piso 6 / Bogotá, Colombia Código Postal 110311 Conmutador (601) 606 7676 – Línea Gratuita 01 8000 958283
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Bogotá, D.C.,
Señor (a)
Referencia No. del Radicado 1-2025-043435 Fecha de Radicado 27 de noviembre de 2025 Nº. de Radicación CTCP 2025-0284 A Tema Aclaración – Concepto 2025-0284 Sociedad en Liquidación
CONSULTA (TEXTUAL)
“(…) respetuosamente al leer el concepto 1 ‐2025‐034184 en el tema de Entes en liquidación no incorporaron el Decreto 2101 de 2016 posterior al 2420 de 2015 este es el decreto está vigente hoy para Super Sociedades, Juzgados y otros Entes; es de obligatorio cumplimiento para las liquidaciones. (…)”
RESUMEN:
El Decreto 2101 de 2016, mediante el cual se incorporó al Decreto Único Reglamentario 2420 de 2015 el marco técnico normativo de información financiera para entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha (Anexo 5), se encuentra vigente y es de obligatorio cumplimiento. Dicho marco resulta aplicable, en particular, a los procesos de liquidación adelantados bajo la competencia de la Superintendencia de Sociedades, los
no cumplen la hipótesis de negocio en marcha (Anexo 5), se encuentra vigente y es de obligatorio cumplimiento. Dicho marco resulta aplicable, en particular, a los procesos de liquidación adelantados bajo la competencia de la Superintendencia de Sociedades, los jueces de la República y demás autoridades con funciones en la materia.
CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) , en su calidad de organismo permanente de normalización técnica de Normas de Contabilidad , Información Financiera y Aseguramiento de la Información, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y conforme a las disposiciones legales vigentes, principalmente las contempladas en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009 y los decretos que la s desarrollan, procede a dar respuesta a la consulta de manera general, sin pretender resolver casos particulares, en los siguientes términos:CONSEJO TÉCNICO DE LA
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El CTCP se ha pronunciado de forma reiterada sobre la “Aplicación del Anexo 5 del DUR 2420 de 2015”, incorporado mediante el Decreto 2101 de 2016 relativo al Marco Técnico Normativo de Información Financiera para Entidades que No Cumplen la Hipótesis de
2420 de 2015”, incorporado mediante el Decreto 2101 de 2016 relativo al Marco Técnico Normativo de Información Financiera para Entidades que No Cumplen la Hipótesis de Negocio en Marcha. Sobre el particular, se recomienda revisar, entre otros, el concepto 2020-0002, en el cual se manifestó:
“(…) es importante aclarar que el Decreto 2101 de 2016 incorporó el anexo cinco al Decreto 2420 de 2015, estableciendo el “Marco Técnico Normativo de Información Financiera para Entidades que No Cumplen la Hipótesis de Negocio en Marcha”. Resaltado fuera de texto.
Así mismo, el epígrafe del Decreto 2101 de 2016, dispone expresamente:
“Por el cual se adiciona un título 5, denominado Normas de Información Financiera para Entidades que no Cumplen la Hipótesis de Negocio en Marcha, a la Parte 1 del Libro 1 del Decreto 2420 de 2015, Único Reglamentario de las Normas de Contabilidad, Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, y se dictan otras disposiciones”.
Es importante precisar que el Decre to Único Reglamentario 2420 de 2015 tiene como finalidad compilar, organizar y sistematizar las disposiciones expedidas, en desarrollo de las facultades de intervención económica previstas en la Ley 1314 de 2009, mediante las cuales se incorporan los marcos técnicos normativos de información financiera y de aseguramiento de la información al ordenamiento jurídico colombiano.
De esta manera, debe tenerse en cuenta que el DUR 2420 de 2015 es un decreto único reglamentario que compila los decretos que desarro llan (facultades de intervención en
aseguramiento de la información al ordenamiento jurídico colombiano.
De esta manera, debe tenerse en cuenta que el DUR 2420 de 2015 es un decreto único reglamentario que compila los decretos que desarro llan (facultades de intervención en la economía) la Ley 1314 de 2009, por medio de los cuales, una vez surtido el debido proceso, se incorporan los estándares internacionales a la legislación nacional.
En este contexto, el Decreto 2101 de 2016, como norma incorporada al DUR 2420 de 2015, se encuentra plenamente vigente y produce efectos jurídicos obligatorios, resultando aplicable a las entidades que no cumplen la hipótesis de negocio en marcha, particularmente en los procesos de liquidación adelantados ante la Superintendencia de Sociedades, los jueces de la República y demás autoridades competentes, en el ámbito de sus funciones.
En los términos expuestos, se absuelve la consulta, señalando que este organismo se ha basado exclusivamente en la información proporcionada por el peticionario. Los efectos de este concepto se encuentran enunciados en el artículo 28 de la Ley 1437 de
2011.CONSEJO TÉCNICO DE LA
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Cordialmente,
JAIRO ENRIQUE CERVERA RODRÍGUEZ
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Cordialmente,
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Consejero - CTCP
Proyectó: Miguel Ángel Diaz Martínez Consejero Ponente: Jairo Enrique Cervera Rodríguez Revisó y aprobó: Sandra Consuelo Muñoz Moreno / Jimmy Jay Bolaño Tarrá / Jorge Hernando Rodríguez Herrera / Jairo Enrique Cervera
Rodríguez