🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

CTCP - Documento de orientación técnica 009 de 2015

Consejo Técnico de la Contaduría Pública

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
CTCP - Documento de orientación técnica 009 de 2015
Autor
Consejo Técnico de la Contaduría Pública
Categoría
Otros_temas_legales
Área del derecho
Fiscal
Año
2015

1

Convergencia con las Normas Internacionales de Info rmación Financiera ( NIIF ) en Colombia

SERIE INFORMACIÓN FINANCIERA Y CONTABILIDAD

Documento de Orientación Técnica 009. Orientaciones Técnicas Sobre la Aplicación de la NIIF para las Pymes Activos y Pasivos financieros

Autores: Alicia Costa Toda

Felipe Herranz Martín Constancio Zamora Ramírez (coordinador)

Dirección del Proyecto: Gabriel Suárez Cortés

Horacio Molina Sánchez

Revisión Técnica: Wilmar Franco Franco (presidente del CTCP ) Néstor Jiménez (contador público)

Daniel Sarmiento Pavas (consejero del CTCP ) Gustavo Serrano Amaya (consejero del CTCP ) Gabriel Suárez Cortés (consejero del CTCP ) Jorge Suárez Tirado (consultor del Banco Mundial)2

Índice Presentación 4

1. Introducción 9

2. Definiciones 11

3. Reconocimiento y valoración inicial 20

4. Pasivos e instrumentos de neto 22

5. Valoración a valor razonable 28

6. Valoración a costo amortizado 33

7. Valoración a costo 40 7.1. Compromisos para recibir un préstamo 40 7.2. Determinados instrumentos financieros que no c oticen en bolsa ni se pueda determinar su valor razonable de forma fiable 42 7.3. Contratos vinculados con los instrumentos cita dos en el numeral 7.2 que, en caso de ejercitarse, darán lugar a la entrega de tales inst rumentos

43

8. Deterioro 44

valor razonable de forma fiable 42 7.3. Contratos vinculados con los instrumentos cita dos en el numeral 7.2 que, en caso de ejercitarse, darán lugar a la entrega de tales inst rumentos 43

8. Deterioro 44 8.1. Identificación de evidencias objetivas 44 8.2. Medición del deterioro 45 8.3. Reversión del deterioro 47

9. Baja de activos financieros 50

10. Baja de los pasivos financieros 54

11. Derivados y coberturas contables 58 11.1. Contabilidad de instrumentos derivados 58 11.2. Aspectos generales de la contabilidad de cobe rturas 61 11.3. Condiciones para aplicar una contabilidad de coberturas 63 11.4. Contabilidad de coberturas tipo I 66 11.5. Contabilidad de coberturas tipo II 71

12. Información a revelar en la memoria 80

Referencias 843

Nota: Este Documento de Orientación Técnica está elaborad a sobre la base de los pronunciamientos oficiales, emitidos por la IFRS Foundation a fecha 1 de enero de 2014 ( red book ).

Los casos y ejemplos contenidos en este Documento d e Orientación Técnica no incluyen los posibles efectos impositivos de acuerdo con la legislación fiscal colombiana.4

Presentación

Las Normas Internacionales de Información Financier a ( NIIF ) constituyen el conjunto de normas contables con mayor aceptación a nivel mundi al. El desarrollo de las tecnologías, entre ellas las referidas a las de comunicación de datos, ha facilitado la movilidad de los recursos entre los diferentes mercados financieros en el planeta. Hoy día, los inversores

normas contables con mayor aceptación a nivel mundi al. El desarrollo de las tecnologías, entre ellas las referidas a las de comunicación de datos, ha facilitado la movilidad de los recursos entre los diferentes mercados financieros en el planeta. Hoy día, los inversores y las entidades demandantes de financiación con cie rta dimensión acuden a los mercados financieros internacionales para captar recursos. Los costos de las transacciones en estos mercados s e reducen sensiblemente si existe información sobre los demandantes de recursos y, si además, esta información está elaborada y revisada con estándares de calidad y cr iterios comparables. No es aventurado afirmar que, en materia de información financiera y aseguramiento de la información, se ha producido una gran transformación del panorama e xistente respecto al siglo XX . La transformación exige la puesta en marcha de medi das destinadas, a corto plazo, a ofrecer mecanismos que faciliten la transición a un nuevo marco de información financiera y, a largo plazo, la transformación de l as enseñanzas en este nuevo marco. El Consejo Técnico de la Contaduría Pública ( CTCP ) ha promovido, entre otras muchas medidas, la elaboración de documentos de Orientació n Técnica para la convergencia con las NIIF y con la NIIF para las Pymes que versan sobre algunos de los tem as más relevantes de las normas, así como dos Documentos de Orientaci ón Pedagógica para la enseñanza, tanto de las NIIF como de las Normas de Aseguramiento de la Informac ión ( NAI ). En este proyecto hemos contado con el apoyo financiero del Banco Mundial, el cual muestra un permanente compromiso con la implantación exitosa d e estos estándares internacionales.

tanto de las NIIF como de las Normas de Aseguramiento de la Informac ión ( NAI ). En este proyecto hemos contado con el apoyo financiero del Banco Mundial, el cual muestra un permanente compromiso con la implantación exitosa d e estos estándares internacionales. Desde el punto de vista técnico, hemos contado con la colaboración de la Asociación Española de Contabilidad y Administración de Empres as (Aeca). Aeca cuenta con una dilatada experiencia de más de 35 años emitiendo do cumentos que orientan la práctica contable en España, de los cuales cuenta con una dé cada de experiencia en la implantación de las NIIF para las empresas españolas cotizadas en los merca dos de valores. Estos documentos se organizan en dos series: Inform ación Financiera y Contabilidad y Educación. La serie de Información Financiera y Con tabilidad comenzó con la edición de la Orientación Técnica N° 001 “Contabilidad bajo lo s nuevos marcos técnicos normativos”. A este se añaden 10 documentos elabora dos en este marco de colaboración con el Banco Mundial y Aeca. Los documentos de la serie de Información Financier a y Contabilidad son documentos que están dirigidos a los preparadores de informaci ón financiera de las compañías5

colombianas, a los inversores, profesionales en mat eria contable, auditores, académicos y a cualquier otro interesado en profundizar su com prensión de la normativa contable. Los documentos se han diseñado bajo tres premisas: primero , un elevado rigor conceptual; segundo , una gran cantidad de ejemplos y situaciones concr etas de aplicación y, tercero , la adaptación al medio colombiano. Cada documento establece las fuentes normativas internacionales consideradas, que son la s que se encontraban vigentes al comenzar el proyecto en julio de 2014.

y, tercero , la adaptación al medio colombiano. Cada documento establece las fuentes normativas internacionales consideradas, que son la s que se encontraban vigentes al comenzar el proyecto en julio de 2014. Los temas seleccionados para estos documentos de la serie de Información Financiera y Contabilidad están relacionados con las áreas que c ontienen un mayor número de aspectos novedosos y que puedan ser de más amplio interés, d istinguiendo los dos marcos de información financiera previstos por el Internation al Accounting Standards Board ( IASB ): las NIIF completas y la NIIF para las Pymes (versión de 2009). Los documentos segundo y tercero se destinan al Marco Conceptual, pues son la clave de bóveda de todo el armazón intelectual de los pro nunciamientos del IASB . El Marco Conceptual es un pronunciamiento importante en la e structura normativa del IASB por dos motivos fundamentales: por un lado, sirve de guía p ara la emisión o modificación de los estándares, así como para la solución de las transa cciones no reguladas. Por otro, al ser el fundamento de la normativa, constituye una herramie nta básica para comprender y justificar los estándares de información financiera . Esta segunda motivación es la que soporta el enfoque de enseñanza basada en el Marco Conceptual, auspiciada por el IASB . El cuarto y quinto documentos se destinan a la Adopción por primera v ez. Este es un cambio significativo en los procesos de elaboración de información financiera de una entidad. Con la finalidad de facilitar la comparabi lidad de la información, se asume el principio de aplicación retroactiva de los criterio s contenidos en las NIIF ; sin embargo, la

cambio significativo en los procesos de elaboración de información financiera de una entidad. Con la finalidad de facilitar la comparabi lidad de la información, se asume el principio de aplicación retroactiva de los criterio s contenidos en las NIIF ; sin embargo, la restricción costo vs beneficio justifica excepciones obligatorias a est e criterio o permite exenciones voluntarias a este criterio en la adopci ón por primera vez. El sexto y séptimo documentos tratan la regulación sobre Propiedades, Planta y Equipos. Estos recursos son uno de los activos más significa tivos en un gran número de industrias, al tratarse de elementos que pueden llegar a contro larse a través de diferentes instrumentos jurídicos, que requieren periodos prol ongados de recuperación. Los documentos octavo y noveno tratan sobre los activos y pasivos financieros. Lo s activos y pasivos financieros son elementos del est ado de situación financiera muy frecuentes en compañías de cierta dimensión, de gra n relevancia en determinados sectores como el financiero o las compañías aseguradoras, y caracterizados en un gran número de casos por una gran complejidad, en relación con la comprensión de los efectos de los6

instrumentos como con su propia valoración. Adicion almente, la regulación sobre instrumentos financieros ha experimentado una impor tante modificación que se encuentra en el periodo transitorio para su entrada en vigor. La aprobación de la NIIF 9, que modifica sustancialmente la NIC 39, supone nuevos criterios de clasificación de ca rteras; nuevos criterios de medición, inicial y posterior; un nuev o régimen de medición del deterioro de los activos financieros y, finalmente, un nuevo enf oque en la contabilidad de los instrumentos derivados y la contabilidad de cobertu ras.

criterios de medición, inicial y posterior; un nuev o régimen de medición del deterioro de los activos financieros y, finalmente, un nuevo enf oque en la contabilidad de los instrumentos derivados y la contabilidad de cobertu ras. Los documentos décimo y undécimo de la serie se reservan a las combinaciones de negocios. Estas son operaciones de una gran trascen dencia en el mundo empresarial. Las fusiones y adquisiciones de negocios son transaccio nes complejas y con múltiples aspectos a considerar al informar sobre ellas. Por citar algunos, destacar los referidos al método de adquisición tales como la identificación del adquirente; la fecha de adquisición; la valoración de los elementos objeto de la combinación y la valoración de la contrapartida entregada. La segunda serie de documentos se reserva a la educ ación de estos estándares contables internacionales y a los recogidos en las NIA . Por ese motivo, se han editado dos Documentos de Orientación Pedagógica. Los Documento s de Orientación Pedagógica están dirigidas fundamentalmente a profesores unive rsitarios o a instructores en materia de NIIF y de NAI en sus actividades de formación de los departament os financieros, de contabilidad, auditoría interna o los despachos de firmas dedicadas a los servicios de auditoría y revisoría fiscal. Los Documentos de Orientación Pedagógica pretenden ofrecer un marco metodológico, un conjunto de métodos de enseñanza y un panel de m étodos de evaluación dirigidos a la enseñanza de las NIIF y de las NAI . Estos documentos desarrollan ejemplos del proceso de enseñanza-aprendizaje desde la definición de los ob jetivos de aprendizaje, el diseño de métodos de enseñanza y la propuesta de métodos de e valuación.

NIIF y de las NAI . Estos documentos desarrollan ejemplos del proceso de enseñanza-aprendizaje desde la definición de los ob jetivos de aprendizaje, el diseño de métodos de enseñanza y la propuesta de métodos de e valuación. El primer documento de la serie de Educación ofrece orientaciones pedagógicas para la enseñanza de las NIIF y de la NIIF para las Pymes. El enfoque educativo del IASB , basado en conceptos, se desenvuelve en tres niveles que pr ofundizan progresivamente en el grado de dominio de los conceptos. Los Documentos de Orie ntación Pedagógica suscriben dicho modelo de enseñanza de los conocimientos. Par a cada nivel establece la tipología de contenidos y los enfoques de enseñanza con base en su complejidad y en el grado de criterio profesional requerido. Por otra parte, la formación de los contadores públ icos requiere no sólo el aprendizaje de conocimientos; también exige el desarrollo de compe tencias intelectuales, el entrenamiento de habilidades profesionales, la form ación en valores, ética y actitudes que7

exigen de los programas educativos la incorporación de enfoques sustentados en el modelo pedagógico de competencias y que en el ámbit o de la información financiera encuentran una referencia obligada en las Normas In ternacionales de Educación emitidas por la Federación Internacional de Contadores ( IFAC , por sus siglas en inglés). El segundo documento de la serie se destina a elabo rar orientaciones pedagógicas para la aplicación de las Normas Internacionales de Auditor ía. Este documento ha tomado como referencia el material educativo elaborado por la IFAC : “Guía para el Uso de las Normas Internacionales de Auditoría en las Auditorías de l as Entidades de Pequeña y Mediana

aplicación de las Normas Internacionales de Auditor ía. Este documento ha tomado como referencia el material educativo elaborado por la IFAC : “Guía para el Uso de las Normas Internacionales de Auditoría en las Auditorías de l as Entidades de Pequeña y Mediana Dimensión” ( Guide to Using International Standards on Auditing in the Audits of Smalland Medium-Sized Entities ). Los documentos han sido redactados por los autores asignados por Aeca y referidos en cada documento. Posteriormente, han sido sometidos a sucesivos procesos de revisión y adaptación al medio colombiano por parte de los con sejeros del CTCP y de colaboradores suyos y del Banco Mundial; en concreto, además de l os consejeros, han colaborado los contadores públicos Néstor Jiménez y Jorge Suárez. Tanto a los autores como a los revisores expresamos nuestra gratitud por el esfuer zo desplegado y que ha dado como resultado unos documentos de elevada calidad. El CTCP quiere expresar su gratitud también al Banco Mundi al por el apoyo antes referido y el reconocimiento a la labor desplegada por su fu ncionaria, la señora Jeannette Estupiñán Rojas. Asimismo, expresamos nuestro agrad ecimiento al Instituto Nacional de Contadores Públicos ( INCP ) por su respaldo en esta iniciativa.

Bogotá, D. C., junio de 2015

Wilmar Franco Franco Daniel Sarmiento Pavas Presidente del CTCP Conseje ro

Gustavo Serrano Amaya Gabriel Suárez Cortés Consejero Consejero89

1. Introducción La mayoría de las transacciones que se realizan en el marco de una actividad económica tienen como contrapartida un instrumento financiero . Así pues, bajo estas normas para

Consejero Consejero89

1. Introducción La mayoría de las transacciones que se realizan en el marco de una actividad económica tienen como contrapartida un instrumento financiero . Así pues, bajo estas normas para Pymes se registran tanto instrumentos de patrimonio que puedan adquirirse en bolsa, como un swap contratado con una entidad financiera o la emisión de un empréstito. Estas normas son aplicables también a los créditos conced idos a los clientes cuando se le han entregado bienes o prestado servicios. También resu ltan de aplicación respecto a la mayoría de los elementos recogidos en el pasivo de una compañía: deudas bancarias o deudas con proveedores y otros acreedores.

La NIIF para las Pymes en el área de instrumentos financie ros ha realizado importantes simplificaciones a la hora de establecer el registr o y valoración de los instrumentos financieros. Por un lado, el reconocimiento general mente se realiza a costo o nominal, lo que evita el complejo análisis que en determinados casos resulta necesario cuando el costo/nominal no coincide con el valor razonable, a demás de no entrar en la alternativa de reconocimiento en la liquidación. Por otro lado, los criterios de valoración posterio r se reducen básicamente a dos. El valor razonable con cambios en resultados aparece como cr iterio general y el costo amortizado para casos tasados. También es aplicable el costo, en casos donde el valor razonable no pueda ser determinado de forma fiable. Estos mecani smos de registro y valoración, así como los distintos casos en los que resultan aplica bles, se desarrollan en los apartados 2 a 4. En el cuarto apartado se analiza el caso espec ial de clasificación de instrumentos como pasivos o de patrimonio. Aunque parezcan casos excepcionales, sin embargo es

a 4. En el cuarto apartado se analiza el caso espec ial de clasificación de instrumentos como pasivos o de patrimonio. Aunque parezcan casos excepcionales, sin embargo es bastante común en pequeñas y medianas empresas la e misión de estos instrumentos con remuneraciones como obligaciones económicas o cuyo reembolso pueda ser requerido por el tenedor del instrumento, especialmente en en tidades de economía social. Por ello, se ofrecen las pautas que la NIIF para las Pymes establece en estos supuestos. El costo amortizado (capítulo 6) se permite para un a relación establecida de instrumentos que, en términos generales, podemos calificar como instrumentos de deuda básicos. Se contempla, de forma singular, en esta norma de Pyme s una valoración a costo para instrumentos de patrimonio para los cuales no se cu ente con una medida fiable de su valor razonable, lo que se tratará en el apartado 7. Adic ionalmente, la valoración posterior requerirá del posible reconocimiento del deterioro, eso sí, ligado a la existencia de una evidencia objetiva (capítulo 8). La baja de instrumentos financieros también se regu la de forma más simplificada que en la normativa general de la NIC 39. Aunque rigen los mismos principios en los acti vos10

financieros relativos a los riesgos relativos a los flujos de efectivo y la implicación continuada sobre ellos, se enumeran una serie de ca sos en los que se define la forma correcta de proceder contablemente. La baja de los pasivos financieros se trata en esta norma atendiendo bien a la cancelación del pasivo, bien a la existencia de diferencias sustanciales entre el pasivo anterior y el renegoci ado. Toda esta problemática se encuentra abordada en los numerales 9 y 10.

norma atendiendo bien a la cancelación del pasivo, bien a la existencia de diferencias sustanciales entre el pasivo anterior y el renegoci ado. Toda esta problemática se encuentra abordada en los numerales 9 y 10. El tratamiento contable de los derivados y las cobe rturas contables se tratan en el numeral 11 de este Documento de Orientación Técnica. De for ma paralela a la NIC 39, determinados contratos se encuentran dispensados de reflejarse a valor razonable, dada su vinculación con la actividad de la empresa. Igua lmente se establecen condicionantes respecto a los elementos que pueden calificar como una cobertura contable. No obstante, se encuentran relajados los requisitos respecto a l a eficacia, en relación con los de la normativa general de la NIC 39. Los contratos y riesgos que pueden dar lugar a cobertura contable, también tipificados en la normativa, será n tratados en el numeral 11.3. Finalmente, en el numeral 12, se enumeran los reque rimientos en relación a la información que debe mostrarse en los estados finan cieros. Singularmente la normativa de Pymes permite una opc ión contable en el ámbito de los instrumentos financieros, posibilitando que se pued a adoptar la NIC 39, dada la mayor opcionalidad contable que ofrece, además de abarcar un mayor espectro de contratos de instrumentos financieros. Por ello, se incorporan e n el texto cuadros que refieren las principales diferencias de la NIC 39 de forma esquemática en cada uno de los apartad os. Téngase en cuenta que la opcionalidad de la NIC 39 para las Pymes no es parcial o por áreas, sino en su conjunto. Es decir, aunque estas diferencias se presenten para cada

Téngase en cuenta que la opcionalidad de la NIC 39 para las Pymes no es parcial o por áreas, sino en su conjunto. Es decir, aunque estas diferencias se presenten para cada apartado, de optar por la NIC 39, se debe adoptar toda la estructura contable qu e establece esta norma. El presente Documento de Orientación Técnica sobre los activos y pasivos financieros en la NIIF para las Pymes está dirigido a los preparadores de información financiera de las compañías colombianas, a los inversores, profesiona les en materia contable, y a cualquier otro interesado en profundizar su comprensión.11

2. Definiciones Un instrumento financiero es un contrato que da lugar a un activo financiero de una entidad y a un pasivo financiero o a un instrumento de patrimonio de otra.

El concepto de instrumento financiero en las normas internacionales se apoya en dos elementos esenciales:

1. Detrás de un instrumento financiero existe un contr ato o negocio jurídico, no necesariamente escrito, con consecuencias económica s que las partes tienen poca o ninguna opción de evitar. En este sentido, los cr éditos u obligaciones con la administración pública no tienen la consideración d e instrumento financiero por no existir tal relación contractual.

2. Existen dos partes involucradas que van a registrar simultáneamente un mismo contrato. El inversor lo registrará como activo fin anciero y el emisor lo hará como pasivo financiero si conlleva obligación de pago o, en caso contrario, como instrumento de patrimonio. Si estamos registrando u n único contrato desde dos ópticas distintas, es lógico pensar que el tratamie nto contable que se debe otorgar

pasivo financiero si conlleva obligación de pago o, en caso contrario, como instrumento de patrimonio. Si estamos registrando u n único contrato desde dos ópticas distintas, es lógico pensar que el tratamie nto contable que se debe otorgar al contrato debe seguir patrones simétricos para ga rantizar la máxima coherencia de la norma. En este sentido, las normas internacionales estable cen, a la par, los requisitos de reconocimiento y valoración de activos y pasivos fi nancieros, definidos en la NIIF para las Pymes en los siguientes términos 1 (idénticos a los establecidos en la NIC 32): Un activo financiero es cualquier activo 2 que sea: (a) efectivo; (b) un instrumento de patrimonio de otra entidad; (c) un derecho contractual : (i) a recibir efectivo u otro activo financiero de otra entidad; o (ii) a intercambiar activos financieros o pasivos f inancieros con otra entidad, en condiciones que sean potencialmente favorables para la entidad; Un pasivo financiero es cualquier pasivo que sea: (a) una obligación contractual :

1 Se aporta inicialmente una definición no completa para referirnos posteriormente a la casuística conc reta de los instrumentos que se liquiden entregando o re cibiendo los propios instrumentos de patrimonio de la entidad. 2 Notar que las definiciones de activo y pasivo fina nciero exigen que la partida analizada sea primero un activo o pasivo, por lo que están remitiendo genéri camente al Marco Conceptual y a los requerimientos que allí se establecen para los mismos.12

(i) de entregar efectivo u otro activo financiero a otra entidad; o (ii) de intercambiar activos financieros o pasivos financieros con otra entidad, en

allí se establecen para los mismos.12

(i) de entregar efectivo u otro activo financiero a otra entidad; o (ii) de intercambiar activos financieros o pasivos financieros con otra entidad, en condiciones que sean potencialmente desfavorables p ara la entidad; Atendiendo al detalle mínimo de partidas que exige la NIC 1 Presentación de Estados Financieros , serían activos financieros el efectivo y equivale ntes al efectivo, deudores comerciales y otras cuentas por cobrar e inversione s financieras, tanto corrientes como no corrientes. Entre los pasivos financieros q uedan incluidos los acreedores comerciales (proveedores) y otras cuentas por pagar , bonos emitidos y deudas tanto corrientes como no corrientes y en general cualquie r contrato que conlleve una obligación de entregar efectivo y otro activo finan ciero. Un instrumento de patrimonio es cualquier contrato que ponga de manifiesto una participación residual en los activos de una entida d, después de deducir todos sus pasivos. El elemento determinante para identificar un activo (pasivo) financiero será la existencia de un derecho (obligación) emanado de un contrato a recibir (entregar) efectivo u otro activo financiero. Por ejemplo, los depósitos bancarios, las inversio nes en acciones, las cuentas a cobrar/pagar, valores de renta fija adquiridos/emitidos, los derecho de cobro a favor del arrendador/obligacione s de pago del arrendatario en un arrendamiento financiero son ejemplos de partidas q ue conllevan ese derecho/obligación contractual a recibir/entregar efectivo. En algunas ocasiones, el contrato otorga un derecho a recibir/entregar otro activo

arrendamiento financiero son ejemplos de partidas q ue conllevan ese derecho/obligación contractual a recibir/entregar efectivo. En algunas ocasiones, el contrato otorga un derecho a recibir/entregar otro activo financiero, en lugar de efectivo, como por ejemplo un título de deuda rescatable mediante títulos de deuda pública, que también entran en la definición de activo/pasivo financiero. Adicionalmente, las definiciones incluyen aquellos activos/pasivos que representan derechos/obligaciones contractuales a intercambiar instrumentos financieros con otra empresa en condiciones potencialmente favorables/de sfavorables, lo que supone de hecho catalogar a los instrumentos de derivados como acti vos o pasivos financieros en función de su situación, que deben aflorar necesariamente e n el estado de situación financiera de las entidades que los contratan. En efecto, algunos derivados como los futuros, forward o swaps son contratos que conllevan, a la vez, un derecho y una obligación de llevar a cabo un intercambio. Los cambios en los precios de mercado de los subyacente s asociados a estos derivados inducen cambios en la valoración de los citados der echos u obligaciones, situando a la empresa en condiciones de intercambio favorables (a ctivo financiero) o desfavorables (pasivo financiero). De igual forma, las opciones c ompradas cumplen la definición de13

activo financiero mientras que el emisor, que asume una obligación, reconocerá un pasivo financiero. A estos instrumentos nos referimos espe cíficamente en el apartado 11 de este Documento de Orientación Técnica. La definición se completa, en último término con la referencia a los contratos que se liquidan con instrumentos de capital de la propia e mpresa cuyas características deben ser

Documento de Orientación Técnica. La definición se completa, en último término con la referencia a los contratos que se liquidan con instrumentos de capital de la propia e mpresa cuyas características deben ser analizadas para determinar si procede clasificarlos como activo financiero, pasivo financiero o instrumento de patrimonio. En este sen tido, dichos contratos se catalogarán como instrumentos de patrimonio neto únicamente si se liquidan mediante una relación de intercambio fija, entregando o recibiendo un núm ero concreto de estos títulos, y nunca mediante una liquidación por diferencias. Esto es a sí porque si el contrato es o puede ser liquidado por diferencias (por tanto, en efectivo), entraría en la definición de activo o pasivo financiero antes comentada, y si se liquidar an mediante una cantidad variable de instrumentos de patrimonio propio, la empresa estar ía asumiendo riesgos distintos a los de la propia empresa (y no entraría dentro del conc epto de “interés residual” característico de los instrumentos de patrimonio). El resto de situaciones, esto es, los contratos sob re instrumentos de neto que impliquen una liquidación por diferencias o por una cantidad variable de títulos, se calificarán como activos o pasivos financieros, según su naturaleza. A modo de ejemplo, si una entidad obtiene una financiación de 5 millones de USD que deberá liquidarse necesariamente mediante la entrega de 50.000 acciones de la propia entidad, dicho contrato se tratará como una emisión de instrumentos de patrimonio por cuanto no conlleva ningún riesgo para la entidad y esta sólo se ha comprometido a am pliar su capital. Por el contrario, si la cancelación de la deuda se produjera en un número v ariable de sus propias acciones,

como una emisión de instrumentos de patrimonio por cuanto no conlleva ningún riesgo para la entidad y esta sólo se ha comprometido a am pliar su capital. Por el contrario, si la cancelación de la deuda se produjera en un número v ariable de sus propias acciones, resultante de dividir el nominal del contrato entre la cotización unitaria de las acciones el día del vencimiento, el contrato entraría dentro de la definición de pasivo financiero. Como puede apreciarse, la definición de instrumento financiero que aporta la norma internacional es muy amplia, por cuanto abarca desd e los contratos más básicos o tradicionales tales como los depósitos a la vista o a plazo en un banco, créditos a clientes, deudas con proveedores, deudas bancarias, participaciones en el capital de otras sociedades, etc. hasta los instrumentos más s ofisticados, surgidos de procesos de innovación e ingeniería financiera como son los futuros, opciones, permutas financieras o swaps , deuda convertible, etc. Los instrumentos financieros forman parte del estad o de situación financiera de todas las compañías, particularmente los que hemos denominado primarios o básicos aparecerán con toda seguridad, pero en el ámbito de actuación de las Pymes es menos probable que14

se contraten instrumentos con estructuras complejas y, si se contratan, esto ocurrirá sólo esporádicamente. Para marcar esta dispar casuística, la NIIF para las Pymes aborda los instrumentos financieros en dos secciones: la Sección 11, que se ocupa del reconocimiento, baja en cuentas, medición e información a revelar de los i

Estás viendo una vista previa

Lee el documento completo con Ariel

Este es un fragmento de uno de los más de 1.2 millones de documentos de la biblioteca de Ariel. Crea tu cuenta para leerlo completo, descargarlo y consultarlo con Ariel, que siempre te lleva a la fuente exacta: Ariel NO alucina.

Consultar sobre este documento ...