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DAFP - Concepto 302861 de 2021

DAFP - Departamento Administrativo de Función Pública

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Detalles

Título
DAFP - Concepto 302861 de 2021
Autor
DAFP - Departamento Administrativo de Función Pública
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Laboral
Año
2021

Departamento Administrativo de la Función Pública Concepto 302861 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública 1 EVA - Gestor Normativo Concepto 302861 de 2021 Departamento Administrativo de la Función Pública 20216000302861

Al contestar por favor cite estos datos:

Radicado No.: 20216000302861

Fecha: 18/08/2021 09:59:06 a.m.

Bogotá D. C., REF.: SITUACIONES ADMINISTRATIVAS. Permiso no remunerado. RAD.: 20212060581612 del 17-082021.

Acuso recibo comunicación remitida por la Comisión Nacional del Servicio Civil, mediante la cual consulta si existe alguna norma que autorice o garantice a los empleados de Carrera Administrativa, para que se les otorgue permiso no remunerado hasta por dos (2) años, cuando éste ya haya cumplido el tiempo o semanas cotizadas para pensión, sin que tenga aún la edad requerida para pensionarse; y si puede la entidad para la cual labora otorgar este tipo de permiso, al cabo del mismo vincularse nuevamente a la entidad sin perder los derechos de carrera.

Al respecto se precisa que, revisada la normativa vigente que regula la materia, no existe ninguna disposición legal, que autorice el otorgamiento de permiso no remunerado a favor de los empleados públicos por el término de dos (2) años, incluyendo a los empleados de carrera administrativa, aunque hayan cumplido las semanas cotizadas para pensión, o que hayan cumplido los requisitos de edad y semanas

cotizadas para acceder a la pensión de jubilación; razón por la cual no será procedente que la entidad en la cual se encuentra vincualado el empleado de carrera, otorgue esta clase de permisos.

Para mayor información relacionada con los temas de este Departamento Administrativo, le sugerimos ingresar a la página webwww.funcionpublica.gov.co/eva en el link “Gestor Normativo” donde podrá consultar entre otros temas, los conceptos emitidos por esta Dirección Jurídica.

El anterior concepto se emite en los términos establecidos en el Artículo 28 del CPACA. Cordialmente,

ARMANDO LÓPEZ CORTES

Director Jurídico

Elaboró: Pedro P. Hernández Vergara

Revisó: Jose F. Ceballos Arroyave

Aprobó: Armando López Cortes

11602.8.4

Fecha y hora de creación: 2025-06-15 20:35:32

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