DAP - Resolución 754 de 2023
DAPRE - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
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Detalles
- Título
- DAP - Resolución 754 de 2023
- Autor
- DAPRE - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Diversidad
- Año
- 2023
COLOMBIA
POTENCIA DE LA ^ Presidencia de la Republica VIDA |0-07 5 4 28 JUL2023 RESOLUCION NUMERO DE 2023 "Por la cual se adopta el Protocolo para la prevencion, atencion y medidas de proteccion de todas las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual y se crea el Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion en el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica" EL DIRECTOR DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA En ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por el articulo 208 de la Constitucion Politica de Colombia, los Decretos 2647, 2648 y 2649 de 2022 y 1194 de 2023
CONSIDERANDO: Que la Declaracion Universal de Derechos Humanos reafirma el principio de la no discriminacion y proclama que todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y que toda persona puede invocar todos sus derechos y libertades sin distincion alguna y, por ende, sin distincion de genero.
Que el titulo II, Capitulo I de la Constitucion Politica de Colombia consagra la dignidad humana, igualdad, no discriminacion, honra, salud, libertad de expresion y el libre desarrollo de la personalidad como derechos fundamentales de los ciudadanos colombianos. Que mediante la Ley 51 de 1981, se ratified por parte del Estado Colombiano la Convencion sobre la Eliminacion de todas las formas de Discriminacion contra la Mujer (CEDAW) y en la misma se comprometio a tomar medidas apropiadas para "modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar
Convencion sobre la Eliminacion de todas las formas de Discriminacion contra la Mujer (CEDAW) y en la misma se comprometio a tomar medidas apropiadas para "modificar los patrones socioculturales de conducta de hombres y mujeres, con miras a alcanzar la eliminacion de prejuicios y las practicas consuetudinarias y de cualquier otra indole que esten basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en funciones estereotipadas de hombres y mujeres". Que con la Ley 248 de 1995 el Estado Colombiano ratified la Convencion Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la Violencia contra la Mujer "Convencion de Belem do Para" en la cual se declara que la violencia contra la mujer constituye una violacion de los derechos humanos y las libertades fundamentales, ademas de ser una ofensa a la dignidad humana y una manifestacion de las relaciones de poder historicamente desiguales entre generos. Que la ley 1257 de 2008, creada para la proteccion integral de las mujeres, es una norma que permite garantizar una vida libre de violencia y en la que se dictan normas de sensibilizacion, prevencion y sancion de formas de violencia y discriminacion contra las mujeres. Que en el aho 2007 el Consejo de Derechos Humanos de la ONU oficializo los principios de Yogyakarta, que contienen criterios orientadores para la aplicacion de la legislacion internacional de derechos humanos en relacion con la orientacion sexual y la identidad de genero y, Colombia suscribio la Declaracion sobre Orientacion Sexual e Identidad de Genero de la Asamblea General de las Naciones Unidas, reafirmando el derecho de no discriminacion y condenando la violencia, el acoso, la exclusion, la estigmatizacion y prejuicio contra personas por causa de su orientacion sexual o identidad de genero.
Genero de la Asamblea General de las Naciones Unidas, reafirmando el derecho de no discriminacion y condenando la violencia, el acoso, la exclusion, la estigmatizacion y prejuicio contra personas por causa de su orientacion sexual o identidad de genero. Que el objetivo No. 5 de Desarrollo Sostenible - Agenda 2030, de la Organizacion de Naciones Unidas - ONU, de la cual Colombia, es estado parte, establece la igualdad de Pagina 1 de 5COLOMBIA POTENCIA DE LA Presidencia de la RepublicaVIDA r-0754 28 JUL2023 genero, como base fundamental para avanzar en la erradicacion de la pobreza, proteger el planeta y asegurar la prosperidad general. Que el artfculo 344 de la Ley 2294 de 2023 "Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2022-2026 "Colombia Potencia Mundial de la Vida"", declara la emergencia por violencia de genero en el territorio nacional y dispone una serie de acciones estrategicas a ser desarrolladas por las entidades en el marco de sus programas, planes, proyectos y politicas publicas. Que a traves del documento CONPES 4080 del dieciocho (18) de abril de 2020, se aprueba la Polltica de Estado de "Equidad de genero para las mujeres: hacia el desarrollo sostenible del pais", el documento tecnico "Sugerencias de polltica publica en pro-equidad de genero" sera la hoja de ruta a 2030, en aras de dar continuidad al trabajo que el Gobierno Nacional ha realizado por la equidad de las mujeres. Que mediante Directiva Presidencial N° 01 de 8 de marzo de 2023, el sehor Presidente de la Republica doctor Gustavo Petro Urrego insto a las Entidades de la Rama Ejecutiva
trabajo que el Gobierno Nacional ha realizado por la equidad de las mujeres. Que mediante Directiva Presidencial N° 01 de 8 de marzo de 2023, el sehor Presidente de la Republica doctor Gustavo Petro Urrego insto a las Entidades de la Rama Ejecutiva del Orden Nacional y demas ramas del poder publico, entes autonomos, organismos de control y vigilancia y entidades territoriales, para adoptar las medidas de que trata la Directiva ibidem u otras medidas efectivas para garantizar la prevencion, atencion y proteccion de todas las formas de violencia contra las mujeres y basadas en genero y/o discriminacion por razon de sexo, genero, orientacion sexual, raza, pertenencia etnica, nacionalidad y discapacidad en el ambito laboral y contractual. Que en cumplimiento de la Directiva Idem, el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica diseho el "Protocolo para la Prevencion, Atencion y Medidas de Proteccion de todas las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual en el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica", as! como la creacion del Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion interior. en su Que, en merito de lo anterior, RESUELVE ARTICULO PRIMERO: Adoptar el "Protocolo para la Prevencion, Atencion y Medidas de Proteccion de todas las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual en el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica", el cual hace parte integral de la presente Resolucion.
ARTICULO SEGUNDO: El presente protocolo se aplica a servidores (as) publicos, contratistas, pasantes, practicantes, judicantes; a quienes prestan bienes y servicios a
la Presidencia de la Republica", el cual hace parte integral de la presente Resolucion.
ARTICULO SEGUNDO: El presente protocolo se aplica a servidores (as) publicos, contratistas, pasantes, practicantes, judicantes; a quienes prestan bienes y servicios a traves de diferentes mecanismos incluida la tercerizacion laboral; y los demas colaboradores de la entidad, visitantes y ciudadanos, cuando sean vlctimas de algun tipo de violencia contra la mujer y basada en genero y/o cualquier clase de discriminacion, especialmente aquellas que se realizan en el ejercicio de sus funciones y tengan ocurrencia en todas las sedes o lugares de trabajo, o en instalaciones o bienes de la entidad, inclusive en los espacios publicos y privados cuando son un lugar de trabajo, ash a) En los desplazamientos, viajes, eventos o actividades sociales o de formacion relacionados con el ejercicio de sus funciones o con el cumplimiento de las obligaciones contractuales.
En los lugares donde se paga al servidor publico o contratista, donde este toma su descanso o donde come, o en los que utiliza instalaciones sanitarias o de aseo y en los vestuarios. En las tecnologlas de la informacion y las comunicaciones, los espacios de interaccion digital, y en general en el desarrollo digital de actividades propias del cargo o de las obligaciones contractuales. b) c) Pagina 2 de 5COLOMBIA POTENCIA DE LA Presidencia de la RepublicaVIDA r-0754 2 8 JUL2023 En los trayectos de desplazamiento entre el domicilio y el lugar de trabajo, considerando los diferentes medios que utilice para tal fin.
PARAGRAFO PRIMERO: Los lineamientos que se establecen en el presente protocolo, deben inspirar y ser integrados en todos los procesos, procedimientos, politicas,
considerando los diferentes medios que utilice para tal fin.
PARAGRAFO PRIMERO: Los lineamientos que se establecen en el presente protocolo, deben inspirar y ser integrados en todos los procesos, procedimientos, politicas, estrategias, reglamentos y en general, todas las acciones y buenas practicas que se desarrollen en el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica.
PARAGRAFO SEGUNDO: Las medidas de que trata este protocolo no reemplazan las acciones legales que se originen en actos de violencia contra las mujeres y basadas en genero y/o actos de discriminacion por razon de raza, etnia, religion, nacionalidad, ideologia politica o filosofica, sexo u orientacion sexual o discapacidad, y demas razones de discriminacion, de conformidad con el marco legal colombiano.
ARTICULO TERCERO: Creese el Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion en el Departamento administrative de la Presidencia de la Republica como una instancia de coordinacion interna, cuyo objetivo es impactar en la sostenibilidad y relevancia de la equidad de genero y el derecho a la igualdad en la Entidad a traves de la formulacion, definicion e implementacion de estrategias, politicas y/o programas transversales enfocados en la eliminacion de posibles violencias contra las mujeres y basadas en genero y de todas las formas de discriminacion en el ambito laboral y contractual del sector publico, promoviendo el empoderamiento de las mujeres en los procesos estrategicos de la Entidad. d) PARAGRAFO PRIMERO: El Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion estara integrado por: El (la) Subdirector (a) General, quien lo presidira.
Entidad. d) PARAGRAFO PRIMERO: El Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion estara integrado por: El (la) Subdirector (a) General, quien lo presidira. El (la) Jefe de la Oficina de Talento Humano, quien ejercera la Secretana Tecnica del Comite. Un (a) delegado (a) del despacho de la Vicepresidenta de la Republica. El (la) Jefe (a) de Control Interne quien asistira en calidad de invitado, tendra voz, pero no voto. El (la) Subdirector (a) General podra delegar su asistencia al Comite en un (a) funcionario (a) del nivel asesor, quien en ese caso presidira el Comite. Los integrantes que conformen el Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion, deberan cumplir con los siguientes criterios: i) No tener ningun tipo de antecedentes en la comision u omision de actos que versen sobre violencias contra la mujer, basados en genero y/o discriminacion; y, ii) Deberan ser personas que se caractericen por el respeto de los derechos de los grupos historicamente discriminados. El Comite podra invitar a funcionarios de otras dependencias o a invitados externos de la Entidad para que asistan a las reuniones, cuando considere que puedan aportar elementos de juicio necesarios para cumplir con los objetivos de su competencia. Estos podran emitir sus opiniones tecnicas o profesionales sobre el asunto o materia en discusion, pero no votaran al momento de tomar las decisiones.
PARAGRAFO SEGUNDO: Seran funciones del Comite de Equidad de Genero,
Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion:
discusion, pero no votaran al momento de tomar las decisiones.
PARAGRAFO SEGUNDO: Seran funciones del Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion: Formular, definir e implementar las estrategias, politicas y/o programas especificos para la institucionalizacion de la igualdad de genero, la eliminacion de la violencia, la desigualdad y todas las formas de discriminacion y segregacion por orientacion sexual e identidad de genero en el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica.
Promover una cultura de gestion con enfoque de derechos y de genero, a traves de acciones de sensibilizacion y estrategias de comunicacion, dirigidas a los (as) a) b) c) d) a) b) Pagina 3 de 5COLOMBIA
POTENCIA DE LA
VIDA Presidencia de la Republica II"-07 5 4 2 8 JUL 2023 servidores (as) y colaboradores (as) de la Entidad, impulsando las pollticas y/o programas disenados por el Comite. Presentar para aprobacion del Comite Institucional de Gestion y Desempeno, las estrategias, politicas y/o programas especificos para la institucionalizacion de la igualdad de genero, la eliminacion de la violencia, la desigualdad y todas las formas de discriminacion y segregacion por orientacion sexual e identidad de genero en el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica. Mantener la confidencialidad de los asuntos que se sometan a su consideracion. Las demas que guarden relacion con la naturaleza del Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion.
Mantener la confidencialidad de los asuntos que se sometan a su consideracion. Las demas que guarden relacion con la naturaleza del Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion.
PARAGRAFO TERCERO: Seran funciones del (la) Presidente (a) del Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion: c) d) e) a) Programar las sesiones ordinarias del Comite.
Programar las sesiones extraordinarias, cuando se requieran. Coordinar con la Secretaria Tecnica del Comite, la elaboracion de actas e informes y demas documentos aprobados para su publicacion. Comunicar las recomendaciones adoptadas por el Comite. Gestionar ejercicios de divulgacion de las pollticas, estrategias, y programas que sobre la naturaleza del Comite deba difundir en la Entidad. Las demas que sean necesarias para el adecuado funcionamiento del Comite.
PARAGRAFO CUARTO: Seran funciones del (la) Secretario (a) Tecnico (a) del Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica, las siguientes: b) c) d) e) a) Proyectar el reglamento interne del Comite.
Realizar la convocatoria de las sesiones del Comite. Verificar el quorum antes de sesionar. Fijar y hacer seguimiento al orden del dfa propuesto por los integrantes del Comite. Elaborar las actas, informes y demas documentos relacionados con el Comite, y coordinar con la Presidencia su suscripcion. Custodiar y conservar los documentos expedidos por la instancia y demas documentos relacionados.
Comite. Elaborar las actas, informes y demas documentos relacionados con el Comite, y coordinar con la Presidencia su suscripcion. Custodiar y conservar los documentos expedidos por la instancia y demas documentos relacionados. Hacer seguimiento y verificar el cumplimiento de los compromises adquiridos por los integrantes del Comite o sus delegados. Las demas que sean necesarias para el adecuado funcionamiento del Comite.
PARAGRAFO QUINTO: El Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion del Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica, funcionara de la siguiente manera: El Comite se reunira de manera ordinaria, mmimo una vez cada tres meses y de manera extraordinaria, cada vez que se requiera, previa convocatoria por parte de la Secretaria Tecnica del Comite.
Las sesiones se instalaran con la presencia del (la) Presidente (a) y del Secretario (a) Tecnico (a) del mismo. Para sesionar y deliberar se requerira de la asistencia de la mitad mas uno de los (as) miembros del Comite. Las decisiones se aprobaran con el voto favorable de la mayona simple de los (as) miembros del Comite. El Comite podra sesionar presencial o a traves de cualquier medio electronico que permita una comunicacion simultanea o sucesiva. Para este ultimo caso, los (as) miembros deberan expresar su voto y/o ejercer su derecho de voz dentro del mismo dfa en el que haya iniciado la reunion. b) c)
d) e) f) g) h) a) b) c) d) e) Pagina 4 de 5COLOMBIA POTENCIA DE LA WP Presidencia de la RepublicaVIDA io-0754 2 8 JUL 2023
ARTICULO CUARTO: Ordenar a la Subdireccion General, Oficina de Talento Humane y Area de Contratos, del Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica para que una vez se cumpla un (1) ano de la entrada en vigencia del Protocolo que se adopta mediante la presente Resolucion, se evaluen las disposiciones, contenido y necesidades que surjan a fin de actualizar su contenido.
ARTICULO QUINTO: La Oficina de Talento Humane en coordinacion con el Area de Contratos y los supervisores de los contratos del Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica, adelantaran todas las acciones que encuentren pertinentes para que el "Protocolo para la Prevencion, Atencion y Medidas de Proteccion de todas las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual en el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica" haga parte de la culture organizacional y sea incorporado en todas las formas de vinculacion de los (as) colaboradores (as) de la Entidad.
ARTICULO SEXTO: El Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica tendra un plazo de seis (6) meses para adecuar los procesos, procedimientos, gulas, manuales, lineamientos y demas documentos de la Entidad con las orientaciones de que trata el Protocolo para la Prevencion, Atencion y Medidas de Proteccion de todas las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual; y capacitar el talento humano de la Entidad y en especial
que trata el Protocolo para la Prevencion, Atencion y Medidas de Proteccion de todas las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual; y capacitar el talento humano de la Entidad y en especial el que conforma el Grupo de Seguridad y Salud en el Trabajo y los miembros del Comite de Equidad de Genero, Diversidad Sexual y Prevencion de Situaciones de Violencia y/o Discriminacion para el cumplimiento de sus responsabilidades en el marco de lo establecido en la presente Resolucion.
ARTICULO SEPTIMO: La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion.
PUBLIQUESE, COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Dada en Bogota, D.C., a los 2 8 JUL 2023 C
CARLOS RAMON GONZALEZ MERCHAN
Director
A pro bo: Rev iso: Luz Karime Fernandez - Subdirectora Generate Clemencia Carabali Rodallega - Consejera PresidenciaJ para la Equidad de la Mujer
Gilma Ramirez - Jefe de Oficina de Talento Humano G Nicolas Marquez - Jefe de Oficina de Planeacion Naziy Tatiana Pinzon - Jefe de Area de Contratos^ Jose Tobo - Jefe de Oficina de Control Internoy^S'' Jenny Martinez - Jefe de Oficina de Control Internb Disciplina Jaime Rincon - Presidente del Comite de Convivencia Laboral Esther Jaramillo - Asesora de la Subdireccion General/]/Proyecto: Proyecto y reviso: Luis Alejandro Fernandez - Contratista de la Subdireccion General Pagina 5 de 5Presidencia de la Republica Protocolo para la prevention, atencion y medidas de protection de las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discrimination en el ambito laboral y contractual en el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica.
de la Republica Protocolo para la prevention, atencion y medidas de protection de las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discrimination en el ambito laboral y contractual en el Departamento Administrative de la Presidencia de la Republica. Julio de 2023Protocolo para la prevencion, atencion y medidas de proteccion de las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual en el DAPRE Proceso I Talento asociado HumanoCOLOMBIA
POTENCIA DE LA Codigo D-TH-16
VIDA Version 01
CONTENIDO
21. INTRODUCCION....................................................................................
2. PRINCIPIOS ORIENTADORES..........................................................
3. OBJETIVOS............................................................................................... 3.1 General:................................................................................................... 3.2 Especificos:............................................................................................
4. MARCO NORMATIVO............................................................................ 4.1 Marco constitucional y bloque de constitucionalidad........... 4.2 Ordenamiento Jundico Nacional...................................................
5. ALCANCE Y AMBITO DE APLICACION...........................................
6. CONCERTOS............................................................................................
7. CONDUCTAS PROHIBIDAS................................................................
8. RUTA DE ATENCION INTERNA......................................................... 8.1 iComo se activa la ruta?.................................................................. 8.2 dQuien puede activar la ruta?........................................................ 8.3 <LAnte quien se activa la ruta?........................................................ 8.4 Etapas de la ruta.................................................................................
9. COMITE DE EQUIDAD DE GENERO, DIVERSIDAD SEXUAL Y
PREVENCION DE SITUACIONES DE VIOLENCIA Y/O
DISCRIMINACION.......................................................................................... 9.1. Impedimentos y recusaciones.................................................. 9.2. Medidas de Prevencion de situaciones de violencia y/o discriminacion que puede adoptar el Comite...................................
10. GLOSARIO................................................................................................
11. REFERENCIAS.................................................................................
12. REPONSABLE DEL DOCUMENT©.................................................
3 6 6 6 8 8 8 11 13 17 30 30 31 31 37 39 40 40 42 46 49 1 de 49
Idioma del documento: espafiolPlantilla-01 (Version No. 5)Protocolo para la prevencion, atencion y medidas de proteccion de las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual en el DAPRE
Talento Humano Proceso asociadoCOLOMBIA
POTENCIA DE LA Codigo D-TH-16
VIDA Version 01
1. IIMTRODUCCION El Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica -DAPRE-, desde su vision y objetivos se concibe como una Entidad que cuenta con talento humano competente e incluyente, centrado en el servicio con igualdad, y entre sus objetivos esta "articular las politicas de inclusion y proteccion de los actores diferenciales del cambio, para impulsar la seguridad humana y la justicia social".
El Departamento Administrativo de la Presidencia de la Republica - DAPRE rechaza todo tipo de violencia contra la mujer y basada en genero y/o cualquier clase de discriminacion, tambien fomenta y promueve la equidad y la diversidad a partir de una educacion humanista, fundamentada en el respeto como pilar de las relaciones sociales, con el fin de crear un ambiente seguro y favorable para el desarrollo personal y el fortalecimiento de la identidad institucional.
a partir de una educacion humanista, fundamentada en el respeto como pilar de las relaciones sociales, con el fin de crear un ambiente seguro y favorable para el desarrollo personal y el fortalecimiento de la identidad institucional. Se rechazan todos los actos de violencia, acoso y discriminacion, en las instalaciones de la Entidad y en cualquier tipo de escenario donde el DAPRE preste su funcion publica. En este contexto de cosas, el presente protocolo es un instrumento vivo y abierto a la participacion para cuando se estime una actualizacion. La Entidad le apuesta a la renovacion de espacios de formacion, prevencion, atencion e instancias de decision para atender las manifestaciones de violencia, que atenten contra la sana convivencia, que vulneren los derechos humanos y que afecten la dignidad de las personas que hacen parte de la organizacion, en especial, cuando la violencia se da por motives de genero y discriminacion, afectando a grupos historicamente vulnerados. 2 de 49
Idioma del documento: espariolPlantilla-Ol (Version No. 5)Proceso asociado Protocolo para la prevencion, atencion y medidas de proteccion de las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual en el DAPRE
Talento HumanoCOLOMBIA
POTENCIA DE LA Codigo D-TH-16
VIDA Version 01 El presente protocolo constituye entonces, un avance en el objetivo de lograr equidad e igualdad de oportunidades para las mujeres y personas violentadas y discriminadas historicamente. Presentamos este instrumento institucional en un momento unico, un gobierno diferente que cree en la paz; esta es razon suficiente para fortalecer el actuar desde lo publico, con el objetivo de erradicar todas las
discriminadas historicamente. Presentamos este instrumento institucional en un momento unico, un gobierno diferente que cree en la paz; esta es razon suficiente para fortalecer el actuar desde lo publico, con el objetivo de erradicar todas las formas de discriminacion y construir asi desde las instituciones, una Colombia equitativa e incluyente.
2. PRINCIPIOS ORIENTADORES Debida diligencia: La obligacion de atender casos de violencia y/o discriminacion de manera celere y efectiva, desde el momento de la queja hasta el cierre de la ruta de atencion.
2.1
Atencion Integral: La obligacion de proporcionar espacios que promuevan la prevencion, la orientacion, informacion y bienestar de la persona victimizada, como pilares esenciales del tratamiento de casos de violencias y discriminaciones.
2.2
Informacion y Accesibilidad: La ruta de atencion de que trata el presente protocolo sera publica y socializada a todo el personal de la Entidad. Contara con formates accesibles y con espacios fisicos y 2.3 3 de 49
Plantilla-01 (Version No. 5) Idioma del documento: espanolProtocolo para la prevencion, atencion y medidas de proteccion de las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual en el DAPRE Proceso Talento asociado HumanoCOLOMBIA
POTENCIA DE LA Codigo D-TH-16
VIDA Version 01 digitales accesibles para una adecuada atencion, teniendo en cuenta las necesidades diferenciales de las personas con discapacidad.
Equidad: En coherencia con los valores institucionales de respeto y reconocimiento de la diversidad, la Entidad comprende que cada persona atraviesa diferentes experiencias, contextos y vivencias. Por ello,
necesidades diferenciales de las personas con discapacidad.
Equidad: En coherencia con los valores institucionales de respeto y reconocimiento de la diversidad, la Entidad comprende que cada persona atraviesa diferentes experiencias, contextos y vivencias. Por ello, brindara en todo memento un tratamiento equitativo, utilizando los mecanismos que esten a su alcance y segun las necesidades de cada persona.
2.4
Corresponsabilidad: Las acciones y actuaciones articuladas y en alianza son fundamentales para garantizar la solidaridad y el trato respetuoso y equitativo. La Entidad es responsable de respetar los derechos de todas las personas y de contribuir a la eliminacion de todas las formas de violencia y/o discriminacion en su interior, asi como de participar en la prevencion de este tipo de actos. 2.5 2.6 Celeridad: Los actos violentos y la discriminacion generan una afectacion importante en la salud mental y fisica de las personas. Por esta razon, se debera prevenir, atender, investigar y sancionar las violencias y las discriminaciones, con oportunidad, independencia, imparcialidad, exhaustividad y participacion de las personas victimizadas.
Confidencialidad y Reserva: La informacion y actuaciones presentadas en virtud del presente protocolo, en lo que resulte procedente, seran tratados de forma que se garanticen en todo momento los derechos de los involucrados,.procurando especialmente resguardar la seguridad de esta informacion, el derecho a la intimidad personal y la proteccion de 2.7 4 de 49
Idioma del documentor espanolPlantilla-01 (Version No. 5)Protocolo para la prevencion, atencion y medidas de proteccion de las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito
4 de 49 Idioma del documentor espanolPlantilla-01 (Version No. 5)Protocolo para la prevencion, atencion y medidas de proteccion de las formas de violencia contra la mujer, basadas en genero y/o discriminacion en el ambito laboral y contractual en el DAPRE 1 Talento Humano Proceso asociadoCOLOMBIA
POTENCIA DE LA Codigo D-TH-16
VIDA Version 01 datos personales, sin perjuicio del derecho a visibilizar o comunicar publicamente todas las formas de violencia contra las mujeres y basadas en genero de las que fue victima, como parte de su libertad de expresion, respetando los datos privados o semiprivados del presunto agresor, conforme a lo senalado en las Sentencias T-275 de 2021 y T-061 de 2022 de la Corte Constitu
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