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Decreto 0995 de 2026

Presidente de la República

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Detalles

Título
Decreto 0995 de 2026
Autor
Presidente de la República
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Administrativo
Año
2026

DECRETO NÚMERO 0995 DE 2026

(agosto 4)

por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con la integración del Consejo para la Gestión y el Desempeño Institucional y la incorporación de la política de Gestión Ambiental Institucional en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG).

El Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 1083 de 2015 constituye el marco normativo base para la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión; y que, mediante el Decreto número 1499 de 2017, por medio del cual se modifica el citado Decreto 1083 de 2015 en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015, se adoptó el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) como marco de referencia para dirigir, mear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades de los ciudadanos, bajo criterios de eficiencia, eficacia, integridad, transparencia y calidad en el servicio.

Que el Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG) se estructura a partir de políticas de gestión y desempeño institucional, entendidas como el conjunto de lineamientos, directrices e instrumentos formulados por las entidades líderes de política, orientados a fortalecer las capacidades institucionales y mejorar el desempeño de las entidades públicas.

Que la Constitución Política, en sus artículos 79 y 80, reconoce el derecho de todas las personas a gozar de un ambiente sano y establece como deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente, así como planificar el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, conservación, restauración o sustitución.

Que la Ley 99 de 1993 organizó el Sistema Nacional Ambiental (SINA) y definió al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible como organismo rector de la gestión del medio ambiente y de los recursos naturales renovables, encargado de formular las políticas, regulaciones y orientaciones en materia ambiental.

Que, en el marco de las funciones asignadas al Estado, las entidades públicas desarrollan actividades administrativas y operativas que generan impactos ambientales asociados al uso de recursos naturales, consumo energético, generación de residuos, emisiones y vertimientos, lo cual hace necesario incorporar criterios de sostenibilidad ambiental en la gestión institucional.

Que, en consecuencia, resulta necesario fortalecer la articulación de la gestión ambiental con los procesos de planeación, ejecución, seguimiento y evaluación institucional, mediante su incorporación como política de gestión y desempeño institucional dentro del Modelo Integrado de Planeación y Gestión (MIPG), con el fin de promover prácticas sostenibles, el uso eficiente de los recursos públicos y la reducción de impactos ambientales derivados de la gestión estatal.

Que la incorporación de la política de Gestión ambiental institucional contribuye al cumplimiento de compromisos nacionales e internacionales en materia ambiental y de desarrollo sostenible, así como al fortalecimiento de la gestión pública orientada a resultados con enfoque de sostenibilidad.

Que en la sesión del Consejo de Gestión y Desempeño del 10 de diciembre del 2025, se incorporó la Política de Gestión Ambiental Institucional como política del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, al ser considerada como elemento central del fortalecimiento institucional y austeridad del gasto, con foco en la huella de carbono y uso eficiente de recursos, política que es liderada por el Ministerio del Ambiente y el Desarrollo Sostenible. Por lo expuesto anteriormente,

DECRETA:

Artículo 1°. Modifíquese el artículo 2.2.22.1.3 del Decreto número 1083 de 2015, adicionando un nuevo numeral, así: 12. Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible.

Artículo 2°. Modifíquese el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto número 1083 de 2015, adicionando un nuevo numeral, así: 20. Gestión ambiental institucional.

Artículo 3°. Vigencia y derogatorias. El presente decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y modifica los artículos 2.2.22.1.3 y 2.2.22.2.1 del Decreto número 1083 de 2015. Publíquese y cúmplase. Dado en Bogotá, D. C., a 4 de agosto de 2026.

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