Decreto 1-1983
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1-1983
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Laboral
- Año
- 1983
Diario de Centro America
ANTES EL GUATEMALTECO
ORGANO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA Director Decano de la Prensa Centroamericana Licenciado Juan Fernando Cifuentes Herrera Fundado el 2 de Agosto de 1880
Teléfono de Redacción: 24-4-17 18 calle 6-72, zona 1 Teléfono de Administración: 24-4-18
GUATEMALA, VIERNES 7 DE ENERO DE 1983 NUMERO 38TOMO CCXX ción de sus disposiciones, es conveniente modificar el menOtórgase a la empresa denominada "Nacional Agro SUMARIO Industrial, Sociedad Anónima", de nombre co-cionado Decreto Ley, mercial (NAISA), clasificación de industria existente dentro del Grupo "A" y equipárase con POR TANTO, ORGANISMO EJECUTIVO la similar guatemalteca "Industrias de Oleaginosas de Escuintla, Sociedad Anónima" (IODE-En el ejercicio de las facultades que le confiere el Artículo 40. del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado porSA). PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA el Decreto Ley Número 36-82, Otórgase a la empresa "Fábrica de Discos SoniDECRETO LEY NUMERO 1-83 bel", clasificación de industria dentro del Grupo DECRETA: "B" y equipárase con la similar guatemalteca"Discos de Centroamérica, Sociedad Anónima".Las siguientes modificaciones al Decreto Ley Número
MINISTERIO DE TRABAJO Y 120-82
Otórgase at la empresa "Fábrica de Discos SoniPREVISION SOCIAL bel", exoneración del 40% del Impuesto de Es-Artículo 10.-El Articulo 20. queda asi: tabilización Económica, sobre los rubros que se menciona. Nómbrase a las personas que se expresa Sub- "Artículo 20.-La intervención del Instituto Guatemalinterventores del Instituto Guatemalteco de Seteco de Seguridad Social estará a cargo de un Interventor y Otórgase a la empresa denominada "Agro Indus-tres Subinterventores, que serán nombrados por el Presi-guridad Social. trial, Sociedad Anónima", de nombre comercial (NAISA), exoneración del 40% y 100%, sobredente de la República por Acuerdo Gubernativo". la importación de materia prima, maquinaria MINISTERIO DE GOBERNACION y equipo que utilice en su proceso productivo.Artículo 20.-EI Articulo 30. queda asi: Apruébanse las operaciones de mensura practicadas por el ingeniero Enrique Prera Sierra, PUBLICACIONES VARIAS "Articulo 30.-EI Interventor tiene la representación leen Jas fincas Santa María Buena Vista y E Engal del Instituto y puede delegarla total O parcialmente en canto, ubicadas en Amatitlán y Escuintla res-INSTITUTO GUATEMALTECO DE SEGURIDAD SOCIALcualesquiera de los Subinterventores, según el caso, previo pectivamente, propiedad del señor Otto Mittelsacuerdo que asi lo determine". taedt Villela. ACUERDO DE LA INTERVENCION
NUMERO 1-83
MINISTERIO DE FINANZAS Articulo 30.-El Articulo 40. queda asi: ANUNCIOS VARIOS PUBLICAS "Artículo 40.-Los Subinterventores estarán bajo las orMatrimonios. Líneas de transporte Solicitud denes del Interventor y son los llamados a sustituirlo en caConcédese exoneración de derechos aduaneros y de autorización de sociedad. Constituciones so de ausencia temporal, conforme lo disponga este último, demás impuestos que gravan la importación de de sociedad. Modificaciones de sociedad. y desempenarán las funciones que les asigne o de9 bultos, a favor de la "Asociación del CentroDisoluciones de sociedad. Registros de marca. legue". Nutricional y Hogar Permanente Casa Canada".-Títulos supletorios. Edictos. - Remates. Concédese a la "Asociación del Centro NutricionalInversiones Centrales de Guatemala, S. A. (INy Hogar Permanente Casa Canadá", la exoneCEGUA). Balance General al 30 de junio de Artículo 40.-El Artículo 50. queda asi: 1978. ración que se indica. "Articulo 50.-En tanto dure la intervencion, las funConcédese la exoneración que se expresa a favor Lavandería El Siglo, S. A. Balance General al ciones y atribuciones que el ,Decreto Número 295 del de la "Asociación del Centro Nutricional y Ho30 de junio de 1976. Congreso de la República -Ley Orgánica del Instituto
gar Permanente Casa Canadá". Guatemalteco de Seguridad Socialconfiere a la Junta DiInmobiliaria San Agustin, S. A. Balance Generalrectiva, Gerencia y Consejo Tecnico del referido Instituto, Concédese la exoneración que se indica a favor al 31 de diciembre de 1979. seran asumidas por el Interventor. de la "Asociación del Centro Nutricional y Hogar Permanente Casa Canadá". Intercambio Tropical, S. A. Balance General al 30Queda disuelta la actual Junta Directiva del Instituto de junio de 1979. Guatemalteco de Seguridad Social". Nómbrase e intégrase con las personas que se indica la Comisión Calificadora encargada de Internacional de Viviendas, S. A. Balance de Puevaluar y calificar la documentación que preblicación al 30 de junio de 1979. Artículo 50.-El Artículo 60. queda asi: senten los proveedores y cuando proceda, recomendar la inscripción de los solicitantes en Compania Agricola Tropical, S. A. Balance Ge- "Artículo 60.-Se faculta al Interventor del Instituto el Registro de Proveedores Calificados. neral al 30 de junio de 1977. Guatemalteco de Seguridad Social para que tome las medidas necesarias, a efecto de que el Instituto cumpla eficienteInversiones Variadas, S. A. Balance de Publicamente con sus funciones. Igualmente se delega en el InterMINISTERIO DE ECONOMIA ción al 30 de junio de 1979. ventor la facultad de nombrar y remover a cualquier funcionario y empleado de la Institución, así como para canceModifícase en el sentido que se expresa el artícuEmpresa Agricola "El Pacayal, S. A.". Balance lar las plazas o puestos que estime conveniente. Se facultalo 19 del Acuerdo Ministerial número 628-81 del General al 30 de junio de 1979. también al Interventor para crear las plazas o puestos que 17 de diciembre de 1981, solicitado por la emestime necesarios, con la previa aprobación legal.presa "Prensa Libre, Sociedad Anonima". Podrá nombrar, asimismo, a un Cuerpo Asesor cuyaModificase en el sentido que se indica el artículo 49 del Acuerdo Ministerial número 327-82 del ORGANISMO EJECUTIVO función especifica será el asesoramiento esencialmente tec12 de agosto de 1982, solicitado por la empresa nico del Interventor. Dicho Cuerpo Asesor podrá integrarlo "Fábrica de Filtros Lorenz", propiedad del señor con los Jefes de Departamento y funcionarios o empleados Fritz Gunther Konrad Morjan Lorenz. del Instituto que estime conveniente". Ampliase en la forma que se indica el artículo 19 PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA del Acuerdo Ministerial número 328-82 del 12 de Artículo 60.-El Artículo 70, queda así: agosto de 1982, solicitado por la empresa "Fá- DECRETO LEY NUMERO 1-83 brica de Filtros Lorenz", propiedad del señor "Articulo 70.-Durante la intervención decretada, las reFritz Gunther Konrad Morjan Lorenz. El Presidente de la República, ferencias hechas en la parte normativa de la Ley Orgánica del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social y en cualAutorizase el cambio de razón social de la empresa "Johnson & Johnson de Centroamérica, CONSIDERANDO: quier otra Ley, Reglamento o disposicion, las palabras Junta Directiva, Gerencia y Consejo Técnico del InstitutoSociedad Anónima", para que en lo sucesivo se denomine "Johnson Guatemala, Sociedad Anó- Que por medio del Decreto Ley Número 120-82 de fechaGuatemalteco de Seguridad Social, se entenderán sustinima", así como de todos los derechos y fran30 de diciembre de 1982, se inter ino el Instituto Guatemal-tuidas por la palabra Intervención; la palabra Gerente, por quicias que le fueron otorgados. teco de Seguridad Social y que a efecto de facilitar la aplica-Interventor; y la palabra Subgerente, por Subinterventor",878 DIARIO DE CENTRO AMERICA.-Enero 7 de 1983 NUMERO 38 Artículo 70.-Mientras dure la intervención del Instituto CONSIDERANDO: vista de que los artículos a que se refiere el presente Guatemalteco de Seguridad Social, los reclamos que formuAcuerdo, se destinarán exclusivamente para los fines len los patronos o los afiliados con motivo de la aplicaciónQue las impugnaciones presentadas por los señoresbenéficos que desarrolla la entidad, es procedente autodel Decreto Número 295 del Congreso de la República 0 deLorenzo de Jesús Morales Peralta, Manuel Lisandrorizar la exoneración solicitada, habida cuenta de que el
sus reglamentos, deben ser tramitados y resueltos por losMorales Barillas, Miguel Angel Evans Estrada y Ale-Ministerio Público se pronunció en sentido favorable Subinterventores a la mayor brevedad. Contra las resolu-jandro Escobar, sin otro apellido, fueron rechazadas alen el dictamen número 761 de fecha 27 de octubre de ciones que dicten los Subinterventores procede el recurso deno haber hecho uso del término legal para acudir a los1982, apelación ante el Interventor, siempre que se interpongatribunales respectivos, asimismo, el recurso de RevocaPOR TANTO, dentro de los tres dias hábiles siguientes a la fecha de notifi-toria interpuesto por el último de los mencionados, fue cación respectiva. Contra las resoluciones que dicte el Inter-declarado sin lugar en resolución de fecha 23 de febreroEn el ejercicio de las facultades que le confiere el ventor o la Intervención, procede el recurso contencioso-del año en curso, dictada por el Ministerio de Goberna-Artículo 40. del Estatuto Fundamental de Gobierno, administrativo. ción, y habiéndose satisfecho todos los requisitos quemodificado por el Decreto Ley Número 36-82, y con bala legislación establece, es procedente emitir la corres-se en las disposiciones del Decreto Número 1095, reforArtículo 80.-EI presente Decreto Ley entrará en Vigor elpondiente disposición legal, aprobando las operacionesmado por el Decreto Número 1168, ambos del Congreso
dia de su publicación en el Diario Oficial. de mensura identificadas, de la República, Dado en el Palacio Nacional: en la ciudad de Guatemala, POR TANTO, ACUERDA: a los seis dias del mes de enero de mil novecientos ochenta y tres. En el ejercicio de las facultades que le confiere elArtículo 10.-Conceder a favor de la Asociación del Artículo 40. del Estatuto Fundamental de Gobierno,Centro Nutricional y Hogar Permanente Casa Canada, Publiquese y cúmplase. modificado por el Decreto Ley Número 36-82, y con ba-exoneración total de los derechos aduaneros, tasas, imse en el Artículo 203 del Decreto Número 1551 delpuesto de papel sellado y timbres fiscales y demás imJOSE EFRAIN RIOS MONTT. Congreso de la República, Ley de Transformaciónpuestos que gravan la importación de nueve (9) bultos Agraria, conteniendo ropa usada, pañales, vitaminas para niños
MANUEL DE JESUS GIRON TANCHEZ, ACUERDA: desnutridos.
Secretario General de la Presidencia de la República. Artículo 10.-Aprobar las operaciones de mensuraArtículo 20.-El presente Acuerdo entrará en vigor practicadas por el Ingeniero Enrique Prera Sierra, enel día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. OTTO PALMA FIGUEROA, las fincas rústicas inscritas en el Registro de la ProMinistro de Trabajo y Previsión Social. piedad, asi: número cinco mil ciento cuarenta y nueveComuniquese.
(5,149) y novecientos cuarenta y nueve (949), foliosciento veintidós (122) y cuatro (4), libros sesenta (60) deJOSE EFRAIN RIOS MONTT. Amatitian y veintitrés (23) de Escuintla, denominadasMINISTERIO DE TRABAJO Y Santa Maria Buena Vista y El Encanto, respectiva-LEONARDO FIGUEROA VILLATE. mente, la primera con la extensión de setecientos seMinistro de Finanzas. PREVISION SOCIAL senta y cuatro hectáreas ochenta y cuatro áreas y se196652-7-E tenta y una centiáreas (764 Ha. 84 A. y 71 Ca.), equivalentes a dieciséis caballerias y sesenta y una manzanas, -0Nombrase a las personas que se expresan Subinterventorestres mil cincuenta varas cuadradas (16 Cab. 61 Mz. del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.3050 Vrs. 2), y la segunda con extensión de cientoConcédese a la Asociación del Centro Nutricional y Hoochenta y cuatro hectáreas cuarenta y ocho áreas ygar Permanente Casa Canadá, la exoneración que se Palacio Nacional: Guatemala, 6 de enero de 1983.ochenta centiáreas (184 Ha. 48 A. 80 Ca.), equivalentesindica. a cuatro caballerías, cinco manzanas y siete mil treinta y cinco varas cuadradas (4 Cab., 05 Mz., 7,035 Vrs.2),ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 475-82 El Presidente de la República, debiendo inscribirse en el Registro de la Propiedad con
la superficie que se consigna en esta disposición,Palacio Nacional: Guatemala, 14 de diciembre de En el ejercicio de las facultades que le confieren losdentro de los linderos y especificaciones que constan en1982. Articulos 40. y 26 inciso 50. literal c) del Estatuto Fundamental de Gobierno, modificado por el Decreto Ley Núme-las actas de medida y planos respectivos. Artículo 20.-La Sección de Tierras, extenderá certi-El Presidente de la República, ·o 36-82, y con base en lo que dispone el Decreto Ley Nú- mero 120-82, modificado por el Decreto Ley Número 1-83,ficación de lo conducente de la medida, para los efectos de su inscripción, previo aviso a la Sección de laCONSIDERANDO: ACUERDA: Matrícula Fiscal de la Dirección General de Rentas Internas, para los efectos correspondientes, después delQue la Asociación del Centro Nutricional y Hogar Permanente Casa Canada, es una entidad no lucrativa Artículo 10.-Nombrar Subinterventores del Institutoamojonamiento respectivo.Artículo 30.-El presente Acuerdo entrará en vigorque trabaja desinteresadamente en obras de beneficio Guatemalteco de Seguridad Social a los siguientes profesionales: doctor Mario Rene Bolaños Duarte, licenciadoel día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.social; Luis Eduardo Anleu Corzo y licenciado Vernick Alexander CONSIDERANDO:
Paz Victoria. Comuniquese. JOSE EFRAIN RIOS MONTT Que la institución mencionada en el considerando anArtículo 20.-EI presente Acuerdo surte efectos a partir terior ha solicitado al Ministerio de Finanzas Públicas de la fecha de toma de posesión de las personas nombradas.RICARDO MENDEZ RUIZ ROSMHOSER, exoneración total para importar once (11) bultos conteMinistro de Gobernación. niendo ropa usada y alimentos, libre del pago de los deComuniquese. 196722-10-E. rechos aduaneros, tasas, impuesto de papel sellado y timbres fiscales y demás impuestos, que amparan los JOSE EFRAIN RIOS MONTT. tickets de equipaje números 347054, 347055, 347056, 347058, 347060, 347061, 347062, 347063, 347064, OTTO PALMA FIGUEROA, MINISTERIO DE FINANZAS 347065 y 816825 de Pan American, y en vista que los Ministro de Trabajo y Previsión Social. articulos a que se refiere este Acuerdo, se destinarán PUBLICAS exclusivamente a las obras de beneficio social que desarrolla la entidad, es procedente autorizar la exoneración solicitada, habida cuenta de que el Ministerio MINISTERIO DE GOBERNACION Público se pronunció en sentido favorable en el dicta-Concédese exoneración de derechos aduaneros y demás men número 707 de fecha 13 de octubre de 1982,
impuestos que gravan la importación de 9 bultos, a favor de la Asociación del Centro Nutricional y HoPOR TANTO, Apruébanse las operaciones de mensura practicadasgar Permanente Casa Canada. por el Ingeniero Enrique Prera Sierra, en las fincas En el ejercicio de las facultades que le confiere elSanta Maria Buena Vista y El Encanto, ubicadas ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 480-82 Artículo 40. del Estatuto Fundamental de Gobierno, en Amatitian y Escuintla, respectivamente, promodificado por el Decreto Ley Número 36-82, y con bapiedad del senor Otto Mittelstaedt Villela.Palacio Nacional: Guatemala, 14 de diciembre de se en las disposiciones del Decreto Número 1095, refor1982. mado por el Decreto Número 1168, ambos del Congreso ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 498-82 de la República, El Presidente de la República, Palacio Nacional: Guatemala, 17 de diciembre de ACUERDA:
CONSIDERANDO:
1982. Artículo 10.-Conceder a favor de la Asociación del El Presidente de la República, Que la Asociación del Centro Nutricional y HogarCentro Nutricional y Hogar Permanente Casa Canadá, Permanente Casa Canada, es una entidad no lucrativaexoneración total de los derechos aduaneros, tasas, imque trabaja desinteresadamente en obras de beneficiopuesto de papel sellado y timbres fiscales y demás im-CONSIDERANDO: social; puestos que gravan la importación de once (11) bultosCONSIDERANDO: conteniendo ropa usada y alimentos.
Que las operaciones de mensura practicadas por el Ingeniero Enrique Prera Sierra, en las fincas rústicasQue la institución mencionada en el considerando an-Artículo 20.-El presente Acuerdo entrará en vigor inscritas en el Registro de la Propiedad, asi: númeroterior ha solicitado al Ministerio de Finanzas Públicas el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial. cinco mil ciento cuarenta y nueve (5,149), folio cientoexoneración total para importar nueve (9) bultos conteveintidos (122) del libro sesents (60) de Amatitian, de-niendo ropa usada, pañales, vitaminas para niños des-Comuniquese. nominada Santa Maria Buena Vista; y número novenutridos, libre del pago de los derechos aduaneros, tacientos cuarenta y nueve (949), folio cuatro (4) del librosas, impuesto de papel sellado y timbres fiscales y deJOSE EFRAIN RIOS MONTT. veintitres (23) de Escuintla, denominada El Encanto,más impuestos, que ampara el ticket número 012389 ambas propiedad del señor Otto Mittelstaedt Villela,del Almacén de Equipajes de la Aduana Central de LEONARDO FIGUEROA VILLATE, merecieron la aprobación del revisor, Ingeniero Eduar-Aviación y los números 483939, 483938, 483958, Ministro de Finanzas. do Roesch Luna; 483917, 483918, 483919, 483950, 483916 y 483915, y en 196654-7-E.