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Decreto 1-2013

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 1-2013
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Desastres_Naturales
Año
2013

-----·------------··---- jfunbabo en 1880 • • ,, . tarlObt tntnca LUNES 7 de enero de 2013 NÓ. 1áiomo CCXCVI EN ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ: . . ... .. . MINisrÍl:IIÍo oEi.A DEFENSA fiAaONAL Acu<lrclasé nombrar corno Vooole< Mi)itores para lo Sala Regional MlX!o de la C:orte de Apelaciones del llepar!arnento <:le Quiché,.a los Oficiales Supériores qve o continuación se in'dícan·. MINISTERIO DE GQIIERNAOÓN AcJi!idase ap<obar los medidas efectúados en el ~ueoo boldío denamihoda "SANTA MARÍA Y I.AS PAVAS", ubicodó ,,.; ¡utisditéi6n munkipol de chi&ec, Departamento de Alto Verapaz. I'Ógir\o 3

MINISTERIO DE FINANZAS PÚBUW Ac: ~ér~os~. ad~é::~?i~ o _fav?: de_.la. -Prqcuradu:r~o Gen_~ral d_e la Nod9n ta f~nca _ur~n~ lr\serita en el Registro Genérdl de lo Propiedad de la Zona Central, ubicado en la 4o. (:-ailé pbn.!ente,· cosa: r:túme~o 2, mvni.Cipi~ ~e· Antiguo Guatemak,.f d~pa~mento -dé

Sotatepéquez. Página 4 f\cuérdase d~smembrar .o. favá;:-de! ·EStado una ·fracción. de _terrenO de ?,§00.0000

Sotatepéquez. Página 4 f\cuérdase d~smembrar .o. favá;:-de! ·EStado una ·fracción. de _terrenO de ?,§00.0000 met~?s c,uodrados· qu_e_ foi~O ·porté ·:d~ la ~1nta rústic? í~sc~ta __ en el Regfstr? General de 1o Propiedad de la .Zona Central,.. Vbkoda -en el caserío NutwO ~speronzor municipio de Say~xché, depoitoménto dé Petén. · • ..... · .. ·. . ..... ·. . . . . .. Página 4 A~ú-~r~as_~. mJ~;;rt~ái.'·la. p~~r_r990 _?el pla~~ -~~ ~lg(?nc~~ ·de .lo~ ~~~~-r~~os ~bíert~_$ celebradas pór laDirecciM Normativo de Con!rolaciQnes y Adquisiciones del Estado· del Mínisterio ~de' Fin~nzOs Púb~¡cqs~ torrespondienfes al Co'"!Cvi'Sb No_ciona_l ·de Oferta 9t: Precias DNCAE número· díe<z gui6n dos mil nueve (DNCAE No. 1 0-2009). • . . . Pógina 5 ~uétda~e· ~~toriztÍ( ·Ja·::~r~~rógo __ del ptozo ·de-vlge_ndo ~e·los ·:~~n~~at_os· Abi~rtos:

<;:el~brados :par: la Direcci<?n: Normativa dé Contrataciones y AdquisiCi~nes·dei-Estado del ·Mifií~lerio._dé Fí~on~s PU~icaS; ~orre~poncHente$ al ,S:onCur~? Ndtt9hal.~e:·of~rto de Precios DNCAE número trece guión dos mll ácha (DNCAE Na. ,13·100~. • ····.··' • ..• ·· .. ·.· .•• ·.· ·: •··· ...... ·. · ....•.. Pógir\o$ AéiJórdase a~torízor t.; pt<l>rroga del. plozo . de vigencia de las . Contmtos Abiertos cdeb<ados por la Diréa:i6n Normcrlivo de Contmtocíortes y AdquisiCiones del Estado d<!ll Mini$lério de Finonzas Públicos; co«espondientes al CortCuF$0 Nacional de Oferto <;le Precios DNCAE ~úmero once ¡¡uíón dos mil ocho (DNCAE Na. 11-2008). > .•••...•... ·. ·• .·, • . , . , ..... •···. .. ·· .. Pógi~ó!!i ,Acuétda<e outoriiar lo pr6rrog<> del plozq de vl¡¡encla dé los C<>nl<alos A~értos celebrados por la Dirección Notmcrlivo de Cantrotocianesy¡\d<juisíciones del Estado del Ministerio de finanzas Públicos, carrospondientes aiConcu<So Nocional de Oferto d<> Precios DNCAt número ce<a !tes g~IÓI\ das rnil sielir (DNCAE No. 03·2007), ... , .. ·

Ministerio de finanzas Públicos, carrospondientes aiConcu<So Nocional de Oferto d<> Precios DNCAt número ce<a !tes g~IÓI\ das rnil sielir (DNCAE No. 03·2007), ... , .. · .••.•.. .·· .. ·. •·· •...... ·. •. . \ .. ·· .... • ... . . • •. Pójjina!S Acvérdase m>ioríror lo pl'órtoga del plo.., de vigencia de los . CÓntr(ll(Js Abiertos celebrados por la Direcci6n Normativa de COiltmtociones y Adquisiciones del Esto da del Ministerio de Finanws Púb1ioas; correspondienf<,s al ConcurSa Nodoilol de Oferto .do Precios DNc:AE núrrier<>.cero tres gÚión dos rnil m;eve (DNCAE No,Q3-2009). • • .. . •. . . .·· .· •••••. . • .• ···....... •••. . . . . •· ' . < 1'6giha 7 Acuétda.e i av\ori,;,r la pt"ófr0 gc del ' piÓzo de vi¡¡enda de los Cont<otas Abiertas celebrados por la Di<ecciórl Normcrliv~ de Contmtadonés yAdquisiciones del Estado del Ministerio de Finanzas Pú~icos, CQr<espandie~tes <>1 Cancu"!o Nocion'QI de Oferto de • Precios DNCAf nómero cero nueve' gvión dos mil cinc;o (DNCAE No. 09 .2005). · ' . . ·. .· ·. . . ·.··. .. . .. ·. . . . l'ógirta 7

  • Precios DNCAf nómero cero nueve' gvión dos mil cinc;o (DNCAE No. 09 .2005). · ' . . ·. .· ·. . . ·.··. .. . .. ·. . . . l'ógirta 7

Acúérdase ouioritar lo prórroga del .plazo de vi¡¡entló ¡¡;, los Conl<olo$ Abiertos celebmd~s por lo Diiección Normativa de Ccntratocianes y Adquisiciones del Estod6 del Ministerio de finOhzas Pú~ioos, cor<esp<:>ndi.entes al Con~u<So Nocional de Oferto d!! Precios DNCAE número trece guión dos mil cinco (DNCAE No' 13.2005). · · .. ' .. ·. ..· .· . . . .• . . . ••. . •.• ... .. . . . ..... ·. . .. ·. . .. · . l'ógjr\o] kuétdase aut$rizatlo prórroga del plata de vigencia de. los C:onl<otos Abre~os celebradas por lo Oi<W:i6n Normativa de Carttratociones yAdquisicionesdel Estado d<!ll ~ ·Mh'll~teric:> :de_ finanzas ,p~I;Jícós,- carr~po~iénf~s ~~- ~oncVrsó N~cloool qe :Oferto' de PredosDNCAfnúmero once gui6n do• mil cinco (DNCAE.No; ]1.2005).'• . , .. · .. . ·. . .. Página 8 Acuérdase .. aut6rizar. ·lo piórrÓ¡¡o del· plaza ¡]e vigencia. dé ·lo~ Contr.,tas . Abiertos . celeb<ados par la Diretci6n ~ormcrliva de Contrataciones y Adquisiciones d~l Estado del

Acuérdase .. aut6rizar. ·lo piórrÓ¡¡o del· plaza ¡]e vigencia. dé ·lo~ Contr.,tas . Abiertos . celeb<ados par la Diretci6n ~ormcrliva de Contrataciones y Adquisiciones d~l Estado del Mi~ist~ri~ ~e -FinQn~~- ~ú~~íc~s_, co_r~~sp~nd~e~~~~-oi-Concur$a_~t.ld:~nal qe Oferto~~ Precios DNCAE n&mero doce guión dos mil Cinco (ONCAE No. 12.·2005). • ····•···... Pógina)l Acuétdcise .autorizar la p;órr6ga dél plo,o de vigenció de loS contratos Abiertos · célebrodos ·pada Dire<ci6h Normativa de Cootmlo<:iones y Adquisiciones del EstódO del Miníst~rio de Fifl(thzas Públicós, · c~rré$¡:iondientés al Concurso Nacional de. Qferto. de Pre<ios DNCAE n~mera diez gdión do$ inil.cin~<> (DNCAE No. 1 0·2005). • · ......•. · ..•.. ·· ·...... .;... ..·.··•.•.· ·•··.·. •·••.····•. . .. ·. > : l'óglno 8 Acuérdase áuloriiar lo prórroga del plozo de vigencia de los COntratos AGierta• celebro dos par la Direcciárt Norr¡lativa. de Cooliota<;iones yAdqui$í~i<:>nes del Esioi:lo de!

Ministerio de Fioan~c• Pública•• ror~ondiétltes al Co~~uroo NO<:íQfl<ll .de Ofét!o de. Precias DNCAEnúrner<> cero ocho guión das mil dru:o (ONCAENO; 08.2005}, ....... ·· l'óginá9

0RGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A.

Director General: Gustavó René Soberarlis Montes . . . . . . www.dca.gob.gt

ORGANISMO EJECUTIVO

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA .DECRETO GUBERNATIVO NÚMERO 1-2013

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República en Consejo de Ministros emitió el Decreto Gubernativo 3-2012, de fecha 7 de .noviembre de 2012 reformado por el Decreto Gubernativo Número 4-2012 de fecha 9 de noviembre de 2012, decretando Estado de Calamidad Pública en los departamentos de Retalhuleu, Suichitepéquez, Quetzaltenango, Sololá, Quiché, Totonicapán, San Marcos y Huehuetenango de la República de Guatemala, a consecuencia del terremoto acaecidO el dia 7 de noviembre de 2012, en la República de Guatemala. dicho decreto fue ratificado y modificado por el Decreto número 33-2012 del Congreso. de la República, con fecha 13 de noviembre de 2012. El Estado de Calamidad Pública fue prorrogado por Decreto Gubernativo Número 5-2012 de fecha 3 de diciembre de 2012.

CONSIDERANDO:

Congreso. de la República, con fecha 13 de noviembre de 2012. El Estado de Calamidad Pública fue prorrogado por Decreto Gubernativo Número 5-2012 de fecha 3 de diciembre de 2012.

CONSIDERANDO: Que a la presente fecha, aún persisten los efectos causados por el terremoto del 7 de noviembre de 2012, que ocasionó. pérdidas personales y materiales en la sociedad guatemalteca, que deben de solucionarse; y con el fin de velar por el bienestar, la seguridad y tranquilidad de las personas y sus bienes, se hace necesario prorrogar el Estado de Calamidad Pública en el Decreto Gubernativo, el cual de acuerdo al plazo establecido en el mismo y su prórroga, vence el 5 de enero del ai\o en curso.

POR TANTO: En ejercicio de las funcionés que le confieren los articulas 93, 94, 95; 138. 139 y 183 literales e) y f), de la Constitución Polftica de la República de Guatemala; 30 del Decreto Número 114-97 del Congreso de la República, Ley del Organismo Ejecutivo; y, 1, 2, 14 y 15 del Decreto Número 7 de ta Asamblea Nacional Constituyente de ta República de

Guatemala, Ley de Orden Público.

EN CONSEJO DE MINISTROS DECRETA: Articulo 1. Prórroga. Se prorroga por treinta dtas más el plazo de vigencia del Estado de Calamidad Pública, contenido en el Decreto Gubernativo Número 3-2012 de fecha 7 de noviembre de 2012 reformado por el Decreto Gubernativo Número 4-2012 de fecha 9 de noviembre de 2012, ratificado y modificado por el Decreto Número 33-2012 del Congreso

noviembre de 2012 reformado por el Decreto Gubernativo Número 4-2012 de fecha 9 de noviembre de 2012, ratificado y modificado por el Decreto Número 33-2012 del Congreso de la República de fecha 13 de noviembre de 2012. Dicho Estado de Calamidad Pública fue prorrogado por Decreto Gubernativo número 5-2012 de fecha 3 de diciembre de 2012 y vence el cinco de enero de 2013. Artículo 2. Justificación. La prórroga del-Estado de Calamidad Pública antes referida se decret~ en virtud de que a la fecha persisten los efectos causados por el terremoto d~l 7 de noviembre de 2012 y algunas condiciones que deben de s()lucionarse y que originaron la emisión de los Decretos Gubernativos referidos. Artículo 3. Convocatoria. Se convoca al Congreso de la República, para que dentro del término de tres días conozca, ratifique, modifique o impruebe el presente Decreto Gubernativo. Oportunamente, preséntese a dicho organismo de Estado, informe circunstanciado de .los hechos ocurridos y medida.s adoptadas, durante la emergencia, asi como las justificaciones correspondientes para la prórroga del plazo del Estado de Calamidad Pública decretado, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley de·orden Público. Articulo 4. Vigencia. El presente Decreto Gubernativo entra en vigencia inmediatamente y deberá. publicarse en el cl.i.<3ri() de. <:;'f!l'lt~C? ,.~méri~: Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa. Congreso de la República---·---~ -------------- ------~----~ ---~----

Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa. Congreso de la República---·---~ -------------- ------~----~ ---~---- 2 Guatemala, LUNES 7 de enero 2013 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMERO 13 Dado en la ci.udad de Guatemala, el dos d_e enero del afio dos mil trece.

COMUNIQUES E

Héctor Mauricio L6pez Bonilla Ministro de Gobernaci6n '

EZMOLINA

Pavel Vinicio Centeno L6pez Ministro de Finanzas Pablicas ~ Cint~ ,_,.~ V..f..4-., ~P-v-( Ministra de ECiucaci6n a:old Oeberto Caballeree L6pez M stro de Relacionas Exteriores Ekate na Arbolievna Parrilla Viceministra de Desarrollo· Sostenible del Ministerio de Energta y Minas Encargada del Despacho Rub6n Eduardo Mejla Linares Viceministro de Ccmunicacicnea, Infraestructura y Vivienda Encargado del DesDach<'- Se io de la Torre Gimeno Ministro de Economta Luz Elizabeth Lainf ta SotoMinistra de Desarrollo SOcial (E-020-2013)-7-e'nero ·. MINISTERIO DE LA DEFENSA NACIONAL Acuérdese nombrar como Vocales Militares para la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones del Departamento de Quiché, a los Oficiales Superiores que a continuación se indican.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 6

Guatemala, 29 de noviembre del 2012

EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

CONSIDERANDO:

que a continuación se indican.

ACUERDO GUBERNATIVO NÚMERO 6

Guatemala, 29 de noviembre del 2012 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que es función del Presidente de la República, dictar los decretos para los que estuviere facultado por la Constitución Polltica de la República de Guatemala, asf como los acuerdos, reglamentos y órdenes para el estricto cumplimiento de las leyes.

CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Número 22·2012 de fecha 02 de mayo· del2012; de la Corte ·Suprema de Justicia, fue creada la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones del Departamento de Quiché, por lo que de conformidad con el Código Militar, el Presidente de la República debe nombrar a loa Oficiales Superiores en servicio activo de la Fuerza Permanente, para integrar las Cortes Marciales como Vocales Militares para la referida Sala Regional de la Corte de Apelaciones. · POR TANTO: En el ejercicio de las funciones que le confieren los articulas 1831iterales c).y e) y 250 de la Constitución Política de la República de Guatemala; y los articulas 471, 472 y 473 del Código Militar, segunda parte. · ACUERDA: ArtJculo 1. Nombrar como Vocales Militares para la Sala Regional Mixta de la Corte de Apelaciones del Departamento de Quiché, a los Oficiales Superiores que a continuación se indican: ·

VOCAL PRIMERO PROPIETARIO

VOCAL SEGUNDO PROPIETARIO

VOCAL PRIMERO SUPLENTE

VOCAL SEGUNDO SUPLENTE

Mayor de Infantería MARIO ROLANDO LAR lOS

se indican: ·

VOCAL PRIMERO PROPIETARIO

VOCAL SEGUNDO PROPIETARIO

VOCAL PRIMERO SUPLENTE

VOCAL SEGUNDO SUPLENTE

Mayor de Infantería MARIO ROLANDO LAR lOS Mayor . de Policía Militar FELIX

FERNANDO GARCIAPAIZ

-Coronel de Infantería DEM ERICK

FERNANDO MELGAR PADILLA

Teniente Coronel -de Artillería DEM EDWIN OSEA~ CANÚ OCHOA Articulo 2. El presente Acuerdo empieza a regir un di a después de su publicación en el Diario de Centro América, debiendo darse a conocer en la Orden General del Ejército para Oficiales. - ~0\~ñit~ P-~~-f.·· i . :· .: ·,, .· -:::·~ \. ·.:. -~ -'""'~:J·....t... '\'. !'.7"-, ... ....-:; . ·:,"""""·· c."' "~~·-·

, GENERAL DE DIVI81ÓN

ISTRO DE LA DEFENSA NACI

.,·

MOLINA

(E-OÍ 5-20.13)~7-enero .J Congreso de la República. Dirección Legislativa. Unidad de Información Legislativa. Congreso de la República

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