Decreto 1-2019-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 1-2019-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Fiscal
- Año
- 2019
ORGANO OFICIAL DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA, C. A. · EN ESTA EDICIÓN ENCONTRARÁ:· >e' :_.;,_ .··-:'~"- :-,:.:::::_·:,';,:· ... '":·:i:F '"',,, ,,,, "' " _ ¡/ ·<:,,· ,; CONGRESO 'ISE'LA REPUBLICA DÉ (;U~TEMAI.A ·.· . • cbétt~EtoNúME~ol -2019 · ··· ·· · ·· ·· ·. · · · · ··· · ·· ~ó!linq) . . Ácué·r,dase :~-~~nCe~er: -lá _·rí_c).ci~~a_u:8-ó~:-~--:güaf~-~Oit~-~ci; :: !~_dr\ J naturalizadón ál s;~~rJUAN CARLOS PERE: VE~~~~;~ :-A~úé~d_a~e-:·: :~~~~~d-~~; ·;?': 'n~:~;-qrMii:~J~: __ ·9~at~f)l-Ottecb--i:por.::-:" . naturólizcici6o-á la s~iiói~ ÁZENATH óELiPILAR FONSECA': . cM'IAc8o. '" • · · • · · ••.•· · ··. · · -'"'"'"'' ' · · · • ·• ,,0 . ! . . · ··· Péiginq},.. A-cJ~¡d6~~:,~6dd~~a~y-_:jo~---riad6~~hdód : gUa~e-márt~-¿a~:.:p~~, :-:::
- ·• ,,0 . ! . . · ··· Péiginq},..
A-cJ~¡d6~~:,~6dd~~a~y-_:jo~---riad6~~hdód : gUa~e-márt~-¿a~:.:p~~, :-::: • -_ -· .. ··-' .'·-O'·':i:-:''·>'-~q·~,>"''"'':~l'•'·'- -·-· . ' • '''' - .: . ', ·--' -,.:. • naturalizoci6n ·."<li"·lo+señoréi:([viERLY •MERCEDES ·CORREA·· B¡\L[)OVINQ: .. :: : . .. : . ·" i .• ··· ·· .·· .. ··••,; ·. . . ' PÓ~i~by ,_~é, ::::_;;~;~(~;>-:;;·::· :-.'-. .i;J;:~:::;.:,.. :t::.-:cF::_;i~- "MINisfí:liio'ol:'í'tNANzAs l'úai.leA"s • ... •' .o. RGANISMOJUDIÓAL >. ··-'---.~.c:..::..=..::..c:::..::..:.=:c:,=,,.=.c=-=-"-"':::..::..::c.,..___;;;;;_ .. • 1
CqRIESU~REMA.DE.JUSTICIA
· AClJERDONÚMERO W-2019 ... Página5 .. ....... . < :EsC:uE.i ~iclóNAi, :. .
· . clilll'r!ML DE :Aiilild.ii rí.lllA · ·. ·:o_::':)>:y_:~,;·:: --:o~,-:<.¡1..:~· ~' . " -.-;- :-:•::>'··· .·.···; ..... ·.,~~$6(udé~:oa;~ól? •·'·> , •.•...•• · :::;:~:;:::_;::_: --': : .. ,. :': ;-;:_; ¡;:; ;~aQ_i_~:~-?.:X :~ \-,--.: ·· · · . . ,; /X. : A.Nl:Jt.iC:Jqs,y~~~Q~ • 1 :' .•••. --?'2-FS.:..:S: .. i';,.,c;: ... S.:..: .. :;;.,. ,8 .• ,,8,.,,,;;:, ·.,+. 'i"é"". ,.7',""". ?L.s.:..:=::: •..•. . -.. ''d~trlt$~~~~torfJi?· •>. r·.•.··.··.·.· .•. · .. :.•. ... ">J~~:~~~;:, -~-:-:·EOié:tOS~ -~ ·: ., .. --~-,;(: ... :-, .._ - -"' · .:- ·. ~áQihÓ--9-~ .·' ;:_ RemafE>s .:> ' · · • ~Ógirio 12 ·_. :_-:.::cQnv~:édt:~·~¡Q{\ .. -.. ·~ ··:-:: -: ~á9!_n:~ .,. :· ::·_·;· .... ·,.-.:'" __ :_~:·;. :-~- ... -.·:-·:·._.--: ;;>··: .. . . -'"
ORGANISMO LEGISLATIVO
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CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
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ORGANISMO LEGISLATIVO
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CONGRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA
DECRETO NÚMERO 1-2019
' . EL CON.GRESO DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA CONSIDERANDO: Que la Constitución Politíca de fa República de Guat~mal~, establece que el goce d~ la salud ~S dere_cho fundamental del ser humano, sin discri_minación alguna' y que el Estado velará por .la salud y l·a asistencia social _de todos lós habitantes. -Desarrollará a través de Sus . fn~tituciones, aCciOnes de pr~Vendón, prom-ocíóh, recuperación, .rehabilitación, coordinación y las complementarias pertinentes, .a fin de procurarles el más completo bienestar fisico, mental y social. Para. que ese .derecho sea efectivo; es necesario que se proporcionen los mediós para que _pueda··realizarse; y el Estado tiene la p.otestad y ia .obligación de organizar la sanjdad eón el objetivo de proteger la salud de la población.
CONSIDERANDO: Que el Gqbierno ha establecido la-~alud, _la educación, un may_or crecimiento económiéo y la transparencia como el centro de la agenda política, reconociendo el imPOrtante papel que el desarrollo del capital humano juega en la contribuc,ión del crecimiento humano: en ese. sentido, ei Plan· de Gobi_emo 2015.:..2020 enfatiza la neCesidad de mejoras en salud,
que el desarrollo del capital humano juega en la contribuc,ión del crecimiento humano: en ese. sentido, ei Plan· de Gobi_emo 2015.:..2020 enfatiza la neCesidad de mejoras en salud, educación y la reducción de ·la desnutrición crónica. _·A ese .re·specto. el .Gobierno estableció la comisión para Reducir la Desnutrición Crónica 2016"2020. El Gobierno reci?ntemente aqtualizó ei Modelo de cuidados primarias de salud, adoptando un enfoque m.ultidimensiónal (individuaHamiUa~camunidad) e integ"rando aspectos complementarios de las tradiciones indfgenas en "temas de creencias y prácticas sobre la salud. El Gobierno también está comprometido a mejorar la transp·arencia y responsabilidad al instituc!onaliz_ar_ el m~IJej'?.-·POr restJltad_.os en·fa.administracíón pública y al. promover. las é!Uditoriassqciales y otros mecanismos.para fortalecer la participación cfudádana . . CONSIDERANDO: Que el Gobierno deG~i>temala'solicitó apoyo.al Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento -BI.RFpara. apoyar la imph~mentación de la Estrategia Nacional para ·la Prevención de la Desnutrición C.rónicá 201 E?-2020~ · que. busca abordar los principales factores de riesgo para la "desnutrición crónica al incrementar el acceso de su población . rrieta a mejores cuidados primarios de sa.lud y servicios de agua y saneamiento; así como inrormacióri y recurs9s adicionale~ psrá promover y. apoyar-comportamientos saludables.
. rrieta a mejores cuidados primarios de sa.lud y servicios de agua y saneamiento; así como inrormacióri y recurs9s adicionale~ psrá promover y. apoyar-comportamientos saludables. En respuesta a dicha solicitud, el 24 d.e. marzo de 2017, ef Directqrio Ejecutivo del Banco Internacional .de Reconstrucción ·y-Fomento -BIRF-, apr.obó otorgar a la República de Guatemala, ·un finaticiam.iento con: cafácter -r~ernbolsablepor· un :montO ·de hastá cien millones de Dólares de los Estac;ios llnidos de América (US$100,ooci,ooo,oo), para la ejecución del Proyecto Crecer Sano: Proyecto d13 Nutrición y Salud en Guatemala; y que habiéndose obtenido las opinione·s. favorables del Organismo Ejecutivo y d.e la Junta Monetaria, a que se refiere .·el· af\lculo 171 .literal i) de la Constitución Polftica de la República de Guatemala, es procedente emitir la disposición legal. que lo apruebe .
POR TANTO: En ejercicio de las atribuci,;;,es que. le confiere el articulo 171 literales a) e i) de la· Constitución Polltica de la República de Guatemala, DECRETA: Artículo 1. Aprobación. Se aprueban· las· -negociaciones de_!· Convenio de Préstamo Número . · 873Q.:.GT: denom.inado _ "Crecer Sano: Proyecto ·_de ~utrición . y Salud en Guatemaia", .a ser celeorado entre la República de Guatemala y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomentó -BIRF-. ·
Guatemaia", .a ser celeorado entre la República de Guatemala y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomentó -BIRF-. · Artículo 2 .. Autorización. Se autorizá al Organismo Ej~<;utivo para. que, por intermedio · . del Ministerio de Finanzas f?úblicas. suscriba el Convanio de Préstamo Número 8730~GT, para · la· ejecución del Proyecto ''Crecer Sano: Proyecto de· Nutrición y Salud en Guatemala" •. bajo lós ·t$rminos y cOn~iCioneS financieras queren el mismo se estat?lezcan. Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.2 Guatemala, LUNES'11 de marzo 2019 DIARIO de CENTRO AMÉRICA NÚMER074 De conformidad con el Convenio de Préstamo precitado, los ·principales términos y condiciones financieras de esta operaci9n son los siguiente_?:·
Monto: DestinO:~
Organismo EjecUtOr: Plazo:
Tasa de interés: Comisión Inicial:
Comisión de Co~promiso: Amortización: Hasta cien millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$100,000,000.00). Apoyar la ejecu~lón del proyecto denominado.
Crecer-Sano: · Proyectq _de Nutrición y ·Salud en Guatemala. ·- · - · · El Ministerio de Salud Pública y Asist<lncia Social (MSPAS). en coorqinación con el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) y la · Secretaria de Seguridad Alimentaria y · Nútricional (SESAN) en su · calidad de
Social (MSPAS). en coorqinación con el Ministerio de Desarrollo Social (MIDES) y la · Secretaria de Seguridad Alimentaria y · Nútricional (SESAN) en su · calidad de entidadé's benefiCiarias. Cada" ·un·a e·n~ ·el'::· [unbito de .e sus respectivas competencias Y'·. según sea definido . en el Convenio · de Préstamo. Treinta y tres (33) años incluyendo· hasta seis (6) años de periodo de 'gracia. Este último contado a partir de' la fecha de aprob3:ción del .financiamiento por·. parte del Directorio. del Banco Internacional de . Reconstrucción y Fomento -BIRF-. De conformidad .con lo establecido en él aitlculo 11, Sección 2.05 ·del Convenio de Préstamo. Un cuarto del uno por ciento (0.25%), sobre el monto .total del préstamo, según lo establecido en el Convenio de Préstamo, la cual será regularizada por' el Ministerio de Salud Pública y Asistencia Social (MSPAS). Un cuarto del uno por ciento (0.25%), anual . sobre el saldo del préstamo pendiente de desembolsar, según ·lo ·establecido en el Convenio de Préstamo. Mediante cuotas semestrales, consecutivas y 'en lo posible iguales, según 1~ establecido en el Convenio de Préstamo. · De· conformidad con el Convenio de Donación GFF número TFOA4027, las principales características de la donación serán IB.s siguientes: - · · OrganismO fina~ciero:
Monto: Destino: Banco internacional· de Reconstrucción y Fomento
características de la donación serán IB.s siguientes: - · · OrganismO fina~ciero:
Monto: Destino: Banco internacional· de Reconstrucción y Fomento -BIRF-, quien actúa como ·administrador del Fondo .Fiduciario de Múttiples donantes· del ·Fondo de
Financiamiento Mundial. Hasta nueve millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$9,000,000.00). Apoyar en él financiamiento de la cancelación del préstamo aprobado en. este Decreto,· conforme a lo establecido en el Convenio de Donación. Se debe -tomar nota que --la realización de los desembolsos de la donación, está sujeto a lo dispuesto en las secciones 111 y IV del Convenio de . Donación referido. · Se faéulta al Organismo Ejecutivo por intermedio del Ministerio de Finanzas Pública~ para que -realiet:' .. los ajustes del. Convenio y~- todos los documentos relacionados-con el Préstamo Número f\730-GT denominado "Crecer Sano: Proyecto de Nutrición y Salud en Guatemala", a ser celebrado entre la República de Guatemala y el Banco Internacional. de Reconstrucción y Fomento ~BIRF-. Los ajusteS se· circunscribirán a los téimlnos y condiCiones aprobados en el presente DecretO. A.sirriismo,· el Minifiterio de-Finanzas Públicas informará· a :SEGEPLAN y JUNTA MONETARIA de los .ajustes realizados al Convenio y todos los documento$ relacionados al Préstamo para su conocimiento y efectos que procedan. Articulo 3. Recursos asignados a la · Parte 2 .. del programa Enfoque .hacía ·
Convenio y todos los documento$ relacionados al Préstamo para su conocimiento y efectos que procedan. Articulo 3. Recursos asignados a la · Parte 2 .. del programa Enfoque .hacía · Resultados. Considerando Sl,l modalidad de ejecución, los desembolsos que sé efectúen para la Parte· 2 del programa, serán utilizados. por las entidades ·qúe: apoyan el · cumplimiento de los indicadores estable.cidos en el mismo, siendo su distribución de. acuerdo a los valores porcentuales asi:-Minisferio. de Salud-Pública y Asistencia Soci.al el setenta y cinco por ciento (75%). y el Ministerio de Desarrollo Social el veinticinco por ciento (25%), los cuales serán utilizados por dichas e~tidades exclusivamente para actividades del programa. · · Articulo· 4. ~umplimianto da las obligaclonés financieras derivadas del Convenio de Préstamo q)le se autoriza. Las amortizaciones del capttal, pago .de intereses·y demás gastos· deriVados del cumplimiento delas obllgaciories financieras del convenio de Préstamo que se autoriza en los articulas anteriores, estarán a cargo del Organismo Ejecutivo, por conducto del. Ministerio de Finanzas Públicas, para lo cual deberá prever las ~signacionesp·resupuestari'as correspohdien:te:s_. en cada ejercicio· fiscSI, ... hasta:. la cancelación total de la deuda. Asimismo,. el Ministerio de Finanzas Públicas a solicitud del Organismo Ejecutor podra realizar por escrito con el Banco ·.Mundial, modificáciones a categorias de Gastos Elegibles. ·
cancelación total de la deuda. Asimismo,. el Ministerio de Finanzas Públicas a solicitud del Organismo Ejecutor podra realizar por escrito con el Banco ·.Mundial, modificáciones a categorias de Gastos Elegibles. · Artículo · 5. Convenio de Donación, Se .autoriza la ne·gociación y suscrtpCJon del · Convenio de Donación número TFOA4027 del Fondo de Financiamiento Mundial. GFF. a . ser suscrito entre la República de Guatemalil'y el -Banco lnternacicma!'de Reconstrucción y Fomehio 'BIRF", en los términos y condiciones que en dicho Convenio se establezcan: · de· cumplirse las condiciones establecidas en el mismo. para la· activación de las 'desembolsos de la donación, ·los recursos se destinarán para apoyar en el financiamiento de la cancelación del Préstamo, conforme lo establecido· en dicho instrumento legal. Articulo 6. Adquisición de bienes y· servicios. La adquisición de bienes, obras y servicios que se efectúen con los recursos provenientes del préstamo, cuya negociación es aprobada por .este Decreto, así como los debidos procesos de auditarla y fiscaliz~ción, observaran únicamente lo que ·para el efecto ·establezca ·el respectivo Convenio de Préstamo que -ª.S suscribe, el)_cumplimiento -º.Onlo que para..el efecto establece ,el·iutrculo T de la Ley de Contrataciones del Estado vigente, Articulo 7. Vigencia. El presente Decreto empieza a·regir ~1 día de su· publicación en el Diario Oficial. · · · ·
REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN,
Articulo 7. Vigencia. El presente Decreto empieza a·regir ~1 día de su· publicación en el Diario Oficial. · · · ·
REMÍTASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU SANCIÓN,
PROMULGACIÓN Y PUB!-ICACIÓN.
EMITIDO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN. LA CIUDAD
DE GUATEMALA, EL DE DE DO$ MIL DIECINUEVE.
14amnez
MrnlllRO bE ANANZAS PlJBUCAS
(E-247-~019):-) 1-morro L. Congreso de la República de Guatemala, Departamento de Información Legislativa.