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Decreto 10-1987-2

Congreso de la República de Guatemala

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Detalles

Título
Decreto 10-1987-2
Autor
Congreso de la República de Guatemala
Categoría
Legal
Área del derecho
Laboral
Año
1987

Diario de Centro America Organo oficial de la República de Guatemala omo CCXXX Decano de la Prensa CentroamericanaDirector: Danilo de León Guatemala, martes 10 de marzo de 1987Número 77

SUMARIO ANUNCIOS VARIOS DECRETA: Matrimonios. Líneas de transporte. ConstitucioAtrículo 1.-Se prorroga por seis meses el plazo a nes de sociedad. Modificaciones de sociedad. que se refiere el artículo 2 de las Disposiciones Finales ANISMO LEGISLATIVO Patente de invención. Registro de marcas. Tiy Transitorias del Decreto 44-86 del Congreso de la Retulos supletorios. Edictos. Remates. pública. Dentro de la prórroga que establece este artículo la Junta Directiva del Congreso deberá emitir GRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA los reglamentos y demás disposiciones que establece diDECRETO NUMERO 10-87 Soldadores, Tanques, Trailers y Estructuras, Sociedadcha ley, para reglamentarla, sin menoscabo de las gaAnónima. Balance General al 30 de junio de 1985. rartias que establece la Constitución y la propia ley.

Valls Urquijo Inmobiliaria, S. A. - Balance GeneralArtículo 2.-El presente Decreto entrará en vigencia GANISMO EJECUTIVO al 30 de junio de 1985, el mismo día de su publicación en el Diario Oficial Constructora Hefco, Sociedad Anónima. Balance GePase al Organismo Ejecutivo para su publicación. ERIO DE RELACIONES EXTERIORES neral al 30 de junio de 1985. Dado en el Palacio del Organismo Legislativo: en la

el Acuerdo Gubernativo No. 151, de fecha 25 Procesos Químicos de Centroamérica, S. A. - Balance ciudad de Guatemala, a los veintiséis dies del mes de febrero de mil novecientos ochenta y siete. de 1986, por el cual se nombró al Periodista General al 30 de junio de 1985. René Cocón López, Vicecónsul de Guatemala Angeles, California, Estados Unidos de Ame-Compañía Distribuidora Continental, S. A. - Balance FELIPE ANTONIO HERNANDEZ VALENCIA, General al 31 de diciembre de 1984. Segundo Vicepresidente. en funciones de Presidente. e al Licenciado Carlos Enrique González ValKarda Internacional, S. A. Balance General al 31 de cargo de Subdirector de Contratación y Tradiciembre de 1985. JOSE FRANCISCO LOPEZ VIDAURRE aternacionales del Ministerio de Relaciones ExSecretario. Pfizer Corporation, Sucursal Guatemala-Balance General al 30 de noviembre de 1985. MIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO, Secretario. Sandoz (Latinoamericana), S. A.-Balance General al 31 TERIO DE FINANZAS PUBLICAS de diciembre de 1985. Asamera Oil Corporation Ltd. (Sucursal Guatemala)- e a favor del "Instituto Lingüístico de Verano",Balance General al 31 de diciembre de 1985. ORGANISMO EJECUTIVOeración que se expresa.

C. B. I. Company.-Balance General al 31 de diciembre de 1985.

MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORESSTERIO DE AGRICULTURA, GANADERIA Y Cía. Arrendadora de Inmuebles, S. A. (CAREINSA).-

ALIMENTACION Balance General al 31 de diciembre de 1985. Cancélase el Acuerdo Gubernativo No. 151, de fecha 25 de julio de 1986, por el cual se nombro al Periodista Axcel René Cocón López, Vicecónsul de Guatemala a la Unidad de Formación de Recursos Huen Los Angeles, California, Estados Unidos de Amela responsabilidad técnica y administrativa, del rica. na de Capacitación Juvenil, en los niveles urORGANISMO LEGISLATIVO Palacio Nacional: Guatemala, 28 de enero de 1987.rural. Presidente de la República, STERIO DE GOBERNACION En el ejercicio de las funciones que le confiere elCONGRESO DE LA REPUBLICA DE GUATEMALA artículo 183, inciso s) de la Constitución Política de la República, nse las operaciones de mensura practicadas por DECRETO NUMERO 10-87 ACUERDA: niero Peter Oestmann Madrid, sobre la finca que se indica, propiedad de las personas que Artículo 10. Cancelar el Acuerdo Gubernativo No.Congreso de la República de Guatemala,ncionan. 151, de fecha 25 de julio de 1986, mediante el cual senombró al señor Periodista Axcel Rene Cocón López,CONSIDERANDO: Viceconsul de Guatemala en Los Angeles, CaliforniaEstados Unidos de América, a quien se le agradece la ISTERIO DE SALUD PUBLICA Y Que de conformidad con la Constitución Política decolaboración prestada durante el tiempo que sirvióla República de Guatemala el Congreso debía emitir una ley que regule las relaciones del Organismo condicho cargo. ASISTENCIA SOCIAL su personal, presupuesto que fue debidamente cump.idoArtículo 20.-El presente acuerdo empezará a regir a

se la creación de la Farmacia Central Estatal en su oportunidad; partir de la fecha de entrega del cargo respectivo.CONSIDERANDO: ran Pueblo", que funcionará adscrita al Centro Comuniquese. lud Número uno, de la ciudad de Guatemala. Que el Congreso al emitir la ley a que se refiere el Considerando anterior, dispuso establecer un plazo de MARCO VINICIO CEREZO AREVALO. seis meses para emitir las normas relacionadas con la clasificación de cargos, escalafón y otros aspectos que El Ministro de Relaciones Exteriores, ERIO DE TRABAJO Y PREVISION SOCIALdetermina la propia ley; MARIO RAFAEL QUINONES AMEZQUITA. inse los Estatutos del S'ndicato de Trabajadores CONSIDERANDO: Empresa Productos Alimenticios Imperial, So-Que dicho plazo ha sido imposible cumplirlo debidoAnónima; y reconócese su personalidad juri-a que se trata de normas especiales, en cuya elabora-Trasladase al Licenciado Carlos Enrique González Val-ción deben participar organismos técnicos que no fordez, al cargo de Subdirector de Contratación y Tra-man parte de la estructura técnico administrativa deltados Internacionales del Ministerio de Relaciones Ex-Congreso, razón por a cual debe prorrogarse el perío-teriores do a que se refiere el artículo 2 de las Disposiciones PUBLICACIONES VARIAS Finales y Transitorias de la mencionada Ley, sin que ACUERDO GUBERNATIVO DE ello constituya menoscabo de las garantías, derechos, y NOMBRAMIENTO NUMERO 43 CIPALIDAD DE GUATEMALA, GUATEMALA ventajas laborales del personal del Congreso de la

República, razón por la cual es procedente emitir laPalacio Nacional: Guatemala, 20 de febrero de 1967.CONCEJO respectiva disposición legal, e las reformas que se expresan al Reglamento Presidente de la República, POR TANTO, Transporte Urbano por Autobuses, acordado por En ejercicio de las atribuciones que le confiere elEn el ejercicio de las funciones que le confiere el Municipalidad de Guatemala, departamento de literal a) del artículo 171 de la Constitucion Políticaartículo 183. inciso s) de la Constitución Política de la temala. de la República de Guatemala, República de Guatemala,

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