Decreto 10-1991-2
Congreso de la República de Guatemala
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Detalles
- Título
- Decreto 10-1991-2
- Autor
- Congreso de la República de Guatemala
- Categoría
- Legal
- Área del derecho
- Ambiental
- Año
- 1991
1386 DIARIO DE CENTRO AMERICA-Febrero 5 de 1991 NUMERO 64
DECRETO NÚMERO 10-91
DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO, EN LA CIUDAD DE GUATEMALA, A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE ENERO DE MIL
NOVECIENTOS NOVENTA Y\UNO.
El Congreso de la República de Guatemala CONSIDERANDO: Que el Gobierno de la República ha suscrito un Acuerdo de Cooperacion Tennica entre MARCONNIONIO DARDON CASTILLO la Secretaria General de la Organizacion de los Estados Americanos para Ejecución de PRESIDENTE un Estudio a Nivel de Factivilidad de un Proyecto de Inversion para el Manejo y conservación de los Recursos Naturales Renovables de la Cuenca del Rio Chixoy, y que el mismo se encuentra. ya en operaciones, a raiz del compromiso interinstitucional firmado el 5 de diciembre de 1988.
MIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO
SARA MARINA
CONSIDERANDO: SECRETARIO SECRETARIO Que el Acuerdo de Cooperación Técnica entre el Gobierno de la República de Guatemala PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintiuno de enero de mil novecientos y la Secretarfa General de la Organización de los Estados Americanos, para la Ejecuciónnoventa y uno de un Estudio a Nivel de Factibilidad, de un Proyecto de Inversion para el Manejo y DE Conservación de los Recursos de la Cuenca Alta del Rio Chixoy, contiene normas PUBLIQUESE Y CUMPLASE tendientes a favorecer la ecología del país.
POR TANTO: BERRANO ELIAS Ea ejercicio de las atribuciones que le confiere el artículo 171. inciso I) de la Constitución Política de la República de Guatemala, E1 Secretario Genera de DECRETA: Presidenc de la Republ fica ARTICULO 1. Se aprueba el Acuerdo de Cooperacion Técnica entre el Gobierno de la Republica de Guatemala y la Secretaria General de la Organización de los Estados Americanos para la Ejecucion de un Estudio a Nivel de Factibilidad de un MANUEL EDUARDO CONDE Proyecto de Inversion para el Manejo y Conservación de los Recursos Naturales Renovables de la Cuenca Alta del Rio Chixoy, suscrito en la Ciudad de Washington el 22 de diciembre de 1988.
ÁRTICULO 2. El Presente Decreto entraga en vigencia el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial.
PASE AL ORGANISMO EJECTIVO BARA SUPUBLICACION Y
CUMPLIMIENTO. ORGANISMO EJECUTIVO DADO EN EL PALACIO DEL ORGANISMO LEGISLATIVO EN LA CIUDAD DE GUATEMALA A LOS NUEVE DIAS DEL MES. DE ENERO DE MIL PRESIDENCIA DE LA REPUBLICA
NOVECIENTOS'NOVENTA Y UNO.
Acuérdase vetar el Decreto número 13-91 del Congreso de la República, emitido el diez de enero del año en curso.
ACUERDO GUBERNATIVO NUMERO 66-91
Palacio Nacional: Guatemala, 25 de enero de 1991.
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA,MARGO CASTILLO
PRESIDENTE. CONSIDERANDO:
Que el Decreto número 13-91 del Congreso de la República, remitido al Organismo Ejecutivo para su sancion y promulgación, contiene disposiciones que afectan el régimen de legalidad del país, por 10 que no es conveniente que MIGUEL ANGEL PONCIANO CASTILLO SARA MARIMA GRAMAJO SOTO SECRETARIO se convierta en Ley de la República.
SECRETARIO POR TANTO: PALACIO NACIONAL: Guatemala, veintiuno de enero de mil novecientos En ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 183, incisos e) y noventa y uno DE h) de la Constitucion Politica de la República de Guatemala y con fundamenPUBLIQUESE Y CUMPLASE to en 10 dispuesto por el artículo 178 de dicha ley fundamental,
EN CONSFJO DE MINISTROS
PERRANO ELIAS ACUERDA: ARTICULO 10. Vetar el Decreto número 13-91 del Congreso de la República, E1 Secretar Genera de Presidenc de la Republ fica emitido el diez de enero del año en curso.
ARTICULO 20. Con las observaciones correspondientes devolver el citado MANUEL EDUARDO CONDE ORE LANA proyecto de ley al Honorable Congreso de la República, para su considera-- ción. Comuniquese. JORGE ANTONIO SERRANO ELIAS. . Vicepresidente de la República,
GUSTAVO ADOLFO ESPINA SALGUERO.
General de Brigada
DECRETO NUMERO 11-91 LUIS ENRIQUE MENDOZA GARCIA,
Ministro de la Defensa Nacional El Congreso de la República de Guatemala ALVARO ENRIQUE ARZU IRIGOYEN, Ministro de Relaciones Exteriores.
CONSIDERANDO: Coronel de Ingenieros DEM.
RICARDO MENDEZ RUIZ ROSMHOSER Que el Gobierno de la República ha suscrito con el Gobierno de la República de Ministro de Gobernación. Venezuela el Convenio de Supresion de Visas para los titulares de Pasaportes Lic. RICHARD AITKENHEAD CASTILLO, Diplomáticos de Servicios u Oficiales, a través de un cruce de notas con fechas 8 y 22 Ministro de Economia.de mayo en curso,
IRMA RAQUEL ZELAYA ROSALES,
CONSIDERANDO: Ministro de Finanzas Públicas.
Que el convenio de Supresion de Visas suscrito por cruce de Republica de Dr. MARIO SOLORZANO MARTINEZ, Guatemala y la República de Venezuela para titulares de Pasapartes Diplomaticos, de Ministro de Trabajo y Previsión Social Servicio U Oficiales, con fechas 18 22 de mavo del año en cuiso contiene normas que Ing. CARLOS LEONEL HURTARTE CASTRO, favorecen a las Misiones Diplomáticas y Consulares guatemaliecas y venezolanas Ministro de Enercía y Minas. acreditadas en Guatemala y Venezuela. y que asimismo. no alectan disposiciones vigentes ni mucho menos la Constitución Política de la República. Ing. Agr. ADOLFO BOPPEL CARRERA. Ministro de Agricultura, Ganadería y Alimentación
POR TANTO: Dr. MIGUEL ANGEL MONTEPEQUE CONTRERAS,
En cumplimiento de las atribuciones que le confiere el artículo 171 inciso 1) de la Ministro de Salud Pública y Asistencia Social. Constitución Política de la República de Guatemala Lic. ANTULIO CABELLO BARAJAS, Ministro de Asuntos Específicos.
DECRETA: MANOLO BENDFELDT ALEJOS, Artículo 1. Sc aprueba el Convenio de Supresion de Visas suscrito por cruce de Ministro de Desarrollo Urbano y Rural. notas entre la República de Guatemala y la República de Venezuela para titulares de Lioda. MARIA LUISA BELTRANENA DE PADILLA, Pasaportes Diplomáticos, de Servicio u Oficiales, con fechas 18 y 22 de mayo del año en Ministra de Educación. curso.
Artículo 2. El Presente Decreto entrará en vigencia el día siguiente de su ALVARO E HEREDIA, publicación en el Diario Oficial. Ministro de Comunicactones, Transporte y Obras Públicas MARTA REGINA DE FAHSEN, PASE AL ORGANISMO EJECUTIVO PARA SU PUBLICACION Y Ministra de Cultura y Deportes.